Archivo de Suspensión de Garantías en materia de Tratados

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El  29 de diciembre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. NV-OEA-M4-987-2021 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 28 de diciembre  de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Chile ante la OEA una nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No. 216-21 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   21 de diciembre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 258, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 14 de diciembre  de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Chile ante la OEA una nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No. 209-21 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  6 de diciembre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 1148-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   6 de diciembre  de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/194, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 29 de noviembre  de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Chile ante la OEA una nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No. 200-21 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 26 de noviembre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No. DIRDEHU-1810-2021 y su respectivos anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  22 de noviembre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-348/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   22 de noviembre  de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/181, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 15 de noviembre  de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Chile ante la OEA una nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No. 188-21 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 2 de noviembre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 1061-21-MPP-OEA y sus respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 29 de octubre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Chile ante la OEA una nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No. 159-21 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  27 de octubre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. NV-OEA-M4-832-2021 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 21 de octubre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 1242 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  19 de octubre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-303/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 13 de octubre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 1003-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   12 de octubre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/149, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   4 de octubre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 210, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  30 de agosto de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-280/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  29 de agosto de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 947-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   13 de septiembre de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 185, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   30 de agosto de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/123, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  26 de agosto de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 802-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 18 de agosto de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No.NV-OEA-M4-659-2021 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  10 de agosto  de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 163 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  5 de agosto de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0940 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   4 de agosto de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/105, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  29 de julio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-207/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  16 de julio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-189/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  16 de julio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 142 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  15 de julio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 140 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  13 de julio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 691-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 6 de julio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0803 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   2 de julio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/088, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  28 de junio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 131 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  28 de junio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 650-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 15 de junio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0729 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 9 de junio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0679 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  7 de junio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 572-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   4 de junio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/073 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 2 de junio de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0642 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  26 de mayo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 106 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 18 de mayo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0540 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   11 de mayo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/064 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 4 de mayo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 095 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 26 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Uruguay ante la OEA una nota verbal comunicando la suspensión de garantías, Nota No. 043/2021, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 26 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 429-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  22 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-111/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 20 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0397 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 19 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Panamá ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. PANA-OEA-8-102 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 19 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 403-21-MPP-OEA y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 19 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 081 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  14 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. NV-OEA-M4-288-2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 9 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 074 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  2 de abril de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-095/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 25 de marzo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 280-21-MPP-OEA y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 23 de marzo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0309 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 19 de marzo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 252-21-MPP-OEA y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 15 de marzo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 055 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 8 de marzo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 051 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 2 de marzo de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0226 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 26 de febrero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0201 -2021 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 22 de febrero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 1555-21-MPP-OEA y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 17 de febrero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0149 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 1 de febrero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 018 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 1 de febrero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 075-21-MPP-OEA y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El   29 de enero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/016 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 27 de enero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0056 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  19 de enero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. NV-OEA-M4-054-2021 y sus respectivos anexos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 19 de enero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la OEA la nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. MPRD-OEA 0018 -2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El  13 de enero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la nota verbal comunicando la suspensión de garantías, nota No. 4-2-005/2021 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 12 de enero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Argentina ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de la suspensión de garantías, nota No. 007 y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 11 de enero de 2021, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Paraguay ante la OEA una nota verbal comunicando acciones realizadas en el marco de suspensión de garantías, nota No. 016-21-MPP-OEA y su respectivo anexo, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.