Archivo de Suspensión de Garantías en materia de Tratados

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Archivo 2017

El 13 de diciembre de 2017, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Honduras ante la OEA los dos Decretos Ejecutivos, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Decreto Ejecutivo PCM-088-2017 promulgado el 7 de diciembre de 2017 y Decreto Ejecutivo PCM-090-2017 promulgado el 8 de diciembre de 2017.

El 2 de diciembre de 2017, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Honduras ante la OEA una Nota Verbal relativa a la suspensión de garantías, nota No 098/MHOEA/2017, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 4 de agosto de 2017, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA las siguientes dos notas verbales relativas a la suspensión de garantías, nota No. 7-5-M/165 y No. 7-5-M/167, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 27 de junio de 2017, la Secretaría General recibió por parte de la Presidencia de la República de Ecuador las siguientes notas verbales respecto a la suspensión de las garantías, No.T.02-SGJ-17-0162 y No.T.02-SGJ-17-0163 en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 18 de julio de 2017 la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la siguiente nota verbal, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, nota No. NV-M12-352-2017.

El 27 de junio de 2017 la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA las siguiente nota verbal, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, nota No. 7-5-M/137.

El 21 de junio de 2017 la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA las siguientes notas verbales, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, notas No. 7-5-M/133 y No. 7-5-M/135.

El 19 de junio de 2017 la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la siguiente nota verbal, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, nota No. DH 360-000-414-17.

El 18 de mayo de 2017 la Secretaría General recibió recibió por parte de la Misión Permanente de Guatemala ante la OEA la siguiente nota verbal, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, nota No.NV-M12-240-2017.

El 15 de marzo de 2017 la Secretaría General recibió recibió por parte de la Misión Permanente del Perú ante la OEA la siguiente nota verbal, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Nota No.7-5-M/052.

El 16 de febrero de 2017 la Secretaría General recibió recibió por parte de la Misión Permanente del Perú ante la OEA la siguiente nota verbal, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Nota No.7-5-M/019.

El 23 de enero de 2017 la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA las siguientes notas verbales relativas a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, notas No.4-1-9-2017 y No.4-1-11-2017

El 12 de enero de 2017, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la siguiente nota verbal relativa a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, nota No.4-2-1-2017.