Libertad de Expresión

Comuunicado de Prensa 73/03

PRESENTACION DEL INFORME ANUAL DE LA RELATORIA   ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESION 2002

   

La Relatoría para la Libertad de Expresión elaboró el Informe sobre la Situación de la Libertad de Expresión en las Américas que forma parte del Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentado esta semana ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos. Este es el quinto Informe realizado por la Relatoría desde su creación en 1998 en el ámbito de la CIDH. Durante el año 2002, luego de evaluar postulantes en un concurso público la CIDH decidió el primer cambio de Relator Especial para la Libertad de Expresión, designando a Eduardo Bertoni, en reemplazo del Dr. Santiago A. Cantón, quien hasta ese momento se desempeñó en ese cargo. Bertoni asumió sus funciones en el mes de mayo de 2002.

 

En la introducción al primer informe de su ejercicio como Relator, Bertoni destaca el camino de su predecesor y reconoce el aumento en las expectativas de la comunidad interamericana sobre la Relatoría y explica que “ese aumento (...) genera un nuevo desafío: fortalecer la oficina de manera de cumplir con gran parte de aquellas”. Para esa tarea, el Informe resalta la necesidad de que al apoyo político institucional brindado a la Relatoría desde su creación, se sume el apoyo financiero, imprescindible para el funcionamiento de la Oficina y para cumplir con las actividades que demanda su mandato. El Informe insta a los países de la región a que imiten los esfuerzos de aquellos Estados que colaboran financieramente, entre los que se cuentan Argentina, Brasil, Estados Unidos de Norteamérica, México y Perú. En el Informe se agradece la contribución y el renovado apoyo de la Swedish International Development Cooperation Agency (SIDA) por haber mantenido tanto la confianza por el trabajo desarrollado como el interés en las actividades de la Relatoría.

 

En cuanto a la situación general en el hemisferio, Bertoni remarca que “el asesinato a periodistas continúa representando un problema grave en materia de libertad de expresión e información en las Américas. Refleja no sólo la violación del derecho a la vida, sino que además expone al resto de los comunicadores sociales a una situación extrema de vulnerabilidad y riesgo. Lamentablemente, en muchos casos estos crímenes se mantienen en la impunidad”. Señala asimismo que la libertad de expresión “es uno de los derechos más valorados de la democracia. Desafortunadamente en las Américas siguen existiendo prácticas que intentan restringirla (...) Periodistas, defensores de derechos humanos y personas en general que hacen uso de este derecho son acusados en tribunales penales de delitos de desacato, o de difamación cuando se manifiestan críticamente sobre asuntos de interés público. Ello no contribuye a generar un ambiente donde la libertad de expresión se desarrolle plenamente.”

 

Además en el Informe se menciona que la Relatoría ha recibido de algunos Estados y miembros de la sociedad expresiones de preocupación ante la posibilidad de que los medios de comunicación no siempre actúen responsable o éticamente. Con relación a ello, Bertoni destaca que “los medios de comunicación son principalmente responsables ante el público y no ante el Gobierno. Es primordial en una democracia la función principal de los medios de comunicación que consiste en informar al público. Es importante que los medios reflexionen sobre la importancia de su rol, sobre todo, en momentos de crisis. Pero la amenaza de imposición de sanciones legales por la adopción de decisiones periodísticas basadas esencialmente en cuestiones subjetivas o juicios profesionales suscitaría también un efecto inhibitorio en los medios. Además de ningún modo comportamientos no éticos justificarían agresiones a los periodistas  y demás trabajadores de la comunicación.”

 

Por otro lado, en el Informe se menciona la preocupación por parte de la sociedad civil, incluso medios de comunicación, acerca de que se podrían estar consolidando prácticas que impiden la expresión plural y diversa de opiniones dada la concentración en la propiedad de los medios de comunicación, tanto impresos como de radio y televisión. Al respecto, Bertoni dijo que “la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, elaborada por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión y adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, es muy clara en ese sentido: los monopolios u oligopolios en los medios de comunicación afectan la libertad de expresión ”. También se adelantó que la Relatoría seguirá esta problemática con atención a fin de elaborar las recomendaciones que puedan corresponder de acuerdo a cada una de las particularidades del fenómeno en los distintos Estados miembros.

 

El Informe Anual 2002 continúa dividido en seis capítulos, que se resumen a continuación.

 

El Capítulo I del Informe considera el Mandato y Competencia de la Relatoría, así como las actividades llevadas a cabo durante el 2002. Dentro de las actividades de difusión y promoción, puede destacarse la Reunión Anual de los Tres Relatores para la Libertad de Expresión, llevada a cabo en Londres bajo el patrocinio de la Organización No Gubernamental ARTICULO XIX en el mes de diciembre, donde el Relator Especial  de la OEA, Eduardo Bertoni, el Relator Especial de la ONU sobre la Libertad de Opinión  y Expresión, Ambeyi Ligabo, y el Representante de la OSCE sobre la Libertad de Prensa, Freimut Duve, dijeron estar “atentos al constante abuso de la legislación penal sobre difamación, inclusive por parte de políticos y otras personas públicas ”. También se menciona como actividad de promoción y difusión la presentación efectuada por el Relator Bertoni ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos. Otras actividades importantes que se encuentran en el mandato de la Relatoría son las visitas a los países. Durante el 2002, el Relator Especial visitó Venezuela, Haití y Chile, donde mantuvo reuniones con funcionarios de gobierno, y periodistas y trabajadores de medios de comunicación entre otros miembros de la sociedad civil.

 

El Capítulo II contiene una descripción sobre algunos aspectos vinculados a la situación de la libertad de expresión en los países del hemisferio. Como dato preocupante el Informe señala que durante el año 2002, en el hemisferio, fueron asesinados 10 trabajadores de medios de comunicación como consecuencia del ejercicio de su profesión, continuó utilizándose arbitrariamente los tipos penales de calumnias e injurias con el fin de acallar la crítica contra funcionarios públicos y no se han registrado muchos avances en  cuanto a la promulgación de leyes que amparen el derecho de acceso a  la información, vital para la transparencia de los actos de gobierno.  Por otro lado, la Relatoría celebra las pocas acciones positivas ocurridas tales como la derogación de las leyes de desacato en un país del hemisferio y la promulgación de leyes de acceso a la información y/o recurso de habeas data en tres países de la región.

 

Los Capítulos III, IV y V presentan un enfoque teórico de temas de relevancia en el desarrollo del respeto al ejercicio de la libertad de expresión en el hemisferio.

 

Con el objetivo de contribuir a la promoción de la Jurisprudencia comparada, el Capítulo III resume la Jurisprudencia del Sistema Interamericano y la Jurisprudencia Doméstica de los Estados Miembros. La primer sección de este capítulo reúne la jurisprudencia de la CIDH y de la Corte en materia de libertad de expresión, describiendo la evolución en cuanto a la importancia que el sistema interamericano le asigna. El Informe refiere que “La Corte y la Comisión han destacado en grado creciente la importancia de la libertad de expresión en una sociedad democrática y el énfasis particular que este derecho merece en el sistema interamericano (...)”. Entre otros, algunos de los casos que se desarrollan son los resueltos al amparo de las disposiciones del Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La segunda sección, presenta decisiones de Tribunales locales que pueden ser “una herramienta de gran utilidad para que otros jueces sustenten sus decisiones en casos similares”. En esta oportunidad se han incluido casos de Argentina, Costa Rica, Colombia, Panamá y Paraguay.

 

El Capítulo IV desarrolla una primera aproximación a la problemática sobre “Libertad de Expresión y Pobreza”. En esta investigación, que comenzó en el 2001, el Relator exhorta que “ los Estados deben formular políticas públicas que disminuyan los índices de exclusión, garantizando el ejercicio del derecho a la libertad de expresión sin ningún tipo de discriminación”. También se aborda el tema relacionado con la importancia de establecer mecanismos para que los pobres accedan a la información pública como parte de su libertad de expresión. Finalmente se trazan algunas líneas gruesas sobre el ejercicio de la libertad de expresión y la utilización de medios de comunicación comunitarios como canales para efectivizar este derecho y sobre el derecho de reunión en espacios públicos. Según el Relator, “resulta en principio inadmisible la criminalización per se de las demostraciones en la vía pública cuando se realizan en el marco del derecho a la libertad de expresión y al derecho de reunión. En otras palabras: se debe analizar si la utilización de sanciones penales encuentra justificación bajo el estándar de la Corte Interamericana que establece la necesidad de comprobar que dicha restricción (la criminalización) satisface un interés publico imperativo necesario para el funcionamiento de una sociedad democrática.”

 

En la sección correspondiente a “Leyes de Desacato y Difamación Criminal”, Capítulo V, el Relator Especial reitera la necesidad de derogar el delito de desacato y lamenta los pocos avances significativos logrados por los países del hemisferio desde los últimos informes sobre el tema en los años 1998 y 2000. El Relator considera que “ es importante mantener el seguimiento del estado de avance de las recomendaciones efectuadas en informes anteriores, principalmente en cuanto a la necesidad de derogar esta normativa a efectos de ajustar la legislación interna a los estándares consagrados por el sistema interamericano en cuanto al respeto al ejercicio de la libertad de expresión”. Finalmente, Bertoni expresa su preocupación por los llamados delitos “contra el honor”, entre los que se incluyen las injurias y las calumnias, usados con los mismos fines del delito de desacato. De acuerdo con el Relator, “ Para asegurar la adecuada defensa de la libertad de expresión, los Estados deben adecuar sus leyes sobre difamación, injurias y calumnias en forma tal que sólo puedan aplicarse sanciones civiles en el caso de ofensas a funcionarios públicos. (...) De acuerdo con la doctrina de los órganos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, resulta necesaria la despenalización de expresiones críticas a funcionarios públicos, figuras públicas o, en general, asuntos de interés público (...) dado el efecto paralizante o la posibilidad de autocensura que la sola existencia de dichas leyes produce”.

 

En sus consideraciones finales, Bertoni reconoce que la libertad de expresión en las Américas continúa limitada en muchos países de diversas maneras. “La democracia requiere de una amplia libertad de expresión y ésta no puede profundizarse si continúan vigentes en los Estados mecanismos que impiden su amplio ejercicio. Hoy muchas de las viejas prácticas han desaparecido pero, al mismo tiempo, han surgido formas sutiles y sofisticadas de cercenamiento de la libertad de prensa”. A fin de lograr mejoras al respecto en pos de la protección de la libertad de expresión en el hemisferio, el Relator Especial recomienda investigar los asesinatos, secuestros, amenazas e intimidaciones a comunicadores sociales y juzgar a sus responsables; promover la derogación de las leyes de desacato y las leyes sobre difamación y calumnia criminal, y promulgar leyes que permitan el acceso a la información.

 

Por último, la Relatoría condena enérgicamente todos los actos intimidatorios que tienen por fin provocar un temor generalizado que suprima o restrinja la libre expresión. Pero al mismo tiempo, felicita a todos aquellos, periodistas, comunicadores sociales y defensores de derechos humanos, entre otros, que demostrando su coraje y su deseo de no dejarse atropellar por quienes quieren acallarlos, siguen ejerciendo este derecho fundamental, indispensable para una vida digna y en democracia.

   

Relatoría Especial para la Libertad de Expresión

Washington, D.C.

2 de abril de 2003