Libertad de Expresión

Mandato de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión

La Relatoría Especial es una oficina de carácter permanente, con estructura operativa propia y con independencia funcional, que opera dentro del marco jurídico de la CIDH [1]

La Relatoría Especial tiene como mandato general la realización de actividades de protección y promoción del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, que incluyen las siguientes funciones:

  • Asesorar a la CIDH en la evaluación de casos y solicitudes de medidas cautelares, así como en la preparación de informes;
  • Realizar actividades de promoción y educación en materia del derecho a la libertad de pensamiento y expresión;
  • Asesorar a la CIDH en la realización de las visitas in loco a los países miembros de la OEA para profundizar la observación general de la situación y/o para investigar una situación particular referida al derecho a la libertad de pensamiento y expresión;
  • Realizar visitas a los distintos Estados Miembros de la OEA;
  • Realizar informes específicos y temáticos;
  • Promover la adopción de medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que sean necesarias para hacer efectivo el ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión;
  • Coordinar acciones de verificación y seguimiento de las condiciones del ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión en los Estados miembros con las defensorías del pueblo o las instituciones nacionales de derechos humanos;
  • Prestar asesoría técnica a los órganos de la OEA;
  • Elaborar un informe anual sobre la situación del derecho a la libertad de pensamiento y expresión en las Américas, el cual será considerado por el pleno de la CIDH para la aprobación de su inclusión en el Informe Anual de la CIDH que se presenta cada año a la Asamblea General; y
  • Reunir toda la información necesaria para la elaboración de los informes y actividades precedentes. 

Durante 1998, la CIDH llamó a concurso público para ocupar el cargo de Relator Especial. Agotado el proceso, la CIDH decidió designar al abogado argentino Santiago A. Canton como Relator Especial, quien asumió el cargo el 2 de noviembre de 1998. En marzo de 2002, la CIDH designó al abogado argentino Eduardo A. Bertoni como Relator Especial. Bertoni se desempeñó en este cargo entre mayo de 2002 y diciembre de 2005. El 15 de marzo de 2006, la CIDH eligió al abogado venezolano Ignacio J. Álvarez como Relator Especial. En abril de 2008, la CIDH convocó a concurso para la elección del sucesor de Álvarez. Durante el período en que este puesto estuvo vacante, la Relatoría Especial estuvo a cargo del entonces Presidente de la CIDH, Paolo Carozza. El concurso se cerró el 1º de junio de 2008 y los candidatos preseleccionados a ocupar este cargo fueron entrevistados en julio de 2008, durante el 132º Período de Sesiones de la CIDH. Tras la ronda de entrevistas, el 21 de julio de 2008, la CIDH eligió a la abogada colombiana Catalina Botero Marino como Relatora Especial [2]. La nueva Relatora Especial asumió el cargo el 6 octubre de 2008.

[1] Al respecto, ver los artículos 40 y 41 de la Convención Americana, y el artículo 18 del Estatuto de la CIDH.

[2] CIDH. Comunicado de Prensa No. 29/08. Disponible en: http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2008/29.08sp.htm.