Libertad de Expresión

2023

DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE LA LIBERTAD DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y DEMOCRACIA

 

La Relatora Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, la Representante de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) para la Libertad de los Medios de Comunicación, el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Relatora Especial de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) para la Libertad de Expresión y el Acceso a la Información en África ("titulares de mandatos"), 

Habiendo discutido estos temas con la asistencia de ARTÍCULO 19: Campaña Mundial por la Libertad de Expresión y el Centro para el Derecho y la Democracia;

Recordando y reafirmando nuestras declaraciones conjuntas del 26 de noviembre de 1999, 30 de noviembre de 2000, 20 de noviembre de 2001, 10 de diciembre de 2002, 18 de diciembre de 2003, 6 de diciembre de 2004, 21 de diciembre de 2005, 19 de diciembre de 2006, 12 de diciembre de 2007, 10 de diciembre de 2008, 15 de mayo de 2009, 3 de febrero de 2010, 1 de junio de 2011, 25 de junio de 2012, 4 de mayo de 2013, 6 de mayo de 2014, 4 de mayo de 2015, 4 de mayo de 2016, 3 de marzo de 2017, 2 de mayo de 2018, 10 de julio de 2019, 30 de abril de 2020, 20 de octubre de 2021 y 3 de mayo de 2022; 

Con profunda preocupación por las crecientes amenazas a la democracia, la libertad de opinión y expresión y la libertad de los medios de comunicación en todo el mundo, y también por la falta general de comprensión del papel de los medios como pilar esencial de la democracia, los derechos humanos y el desarrollo sostenible;

Conscientes de la disminución de la confianza pública en la gobernabilidad y las instituciones democráticas, así como en los medios de comunicación, lo que a su vez ha afectado negativamente la sostenibilidad, la independencia y la diversidad de los medios y su capacidad para promover la democracia, los derechos humanos, el Estado de derecho, la paz y la seguridad;

Subrayando la naturaleza de refuerzo mutuo de la democracia, el Estado de derecho y la libertad de los medios, y la interrelación entre la disminución de la libertad de los medios y el debilitamiento de las garantías democráticas y la protección de los derechos humanos;

Reconociendo que las tecnologías digitales han transformado significativamente el panorama de la información y los medios, y las formas en que se produce, difunde, accede, consume y procesa la información, creando oportunidades y amenazas para la diversidad, la libertad y la independencia de los medios, así como el pluralismo de opiniones y toma de decisiones informada;

Alarmados por las tendencias autoritarias, la creciente cooptación del poder público, la erosión de la independencia judicial y el retroceso de los derechos humanos en muchas democracias establecidas y emergentes;

También alarmados por el debilitamiento global de la protección legal de los medios, y el aumento de los ataques físicos y en línea contra periodistas, y el acoso judicial de los medios de comunicación y las y los periodistas, que restringen el espacio y la capacidad de los medios para pedir rendición de cuentas a las autoridades gubernamentales y otras instituciones poderosas;

Preocupados por el impacto en la libertad de los medios de comunicación de los modelos comerciales y las prácticas de las plataformas en línea, incluida su falta general de transparencia y rendición de cuentas, especialmente en relación con sus políticas y prácticas de gobernanza de contenido, y los procesos utilizados para moderar y seleccionar noticias y contenido para sus usuarios y usuarias;

También preocupados por el nivel de poder y control que ejercen algunas grandes corporaciones de medios e intermediarios de Internet sobre el debate público, la agenda política y la variedad de información y puntos de vista a los que las personas pueden acceder;

Recordando el 75° aniversario de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, el 30° aniversario de la Declaración y Programa de Acción de Viena y el 30° aniversario de la celebración del Día Mundial de la Libertad de Prensa, y subrayando la importancia de la protección de los derechos humanos y los valores democráticos;

Adoptamos, el 2 de mayo de 2023, con motivo del Día Mundial de la Libertad de Prensa, la siguiente Declaración Conjunta sobre Libertad de los Medios de Comunicación y Democracia

Alcance

Esta Declaración Conjunta describe la interrelación e interdependencia de la libertad de los medios y los valores democráticos, y el papel fundamental de la libertad de los medios para posibilitar y sostener sociedades democráticas. También proporciona un conjunto de recomendaciones a los Estados y otras partes interesadas para garantizar y facilitar el papel de los medios como institución vital y pilar de la democracia.

Cualquier referencia al periodismo o a los medios de comunicación en esta Declaración Conjunta se refiere a una definición basada en criterios funcionales, como el de difundir información e ideas de interés público en tanto que apoya sociedades informadas y la participación democrática (en adelante "contenidos de interés público").

El término "libertad de los medios" se utiliza en esta Declaración Conjunta para referirse a la libertad, la independencia y la pluralidad de los medios de comunicación, incluida la producción, publicación y difusión de contenido periodístico en todos los medios y plataformas. La "independencia de los medios" se entiende como la independencia editorial de la interferencia política y/o la captura económica, y la defensa de los estándares periodísticos profesionales a través de la autorregulación y las autoridades reguladoras independientes. El "pluralismo de los medios" es la existencia de múltiples actores, que abarcan medios públicos, privados y comunitarios, así como contenido diverso e inclusivo en y a través de los medios.

Principios generales: El papel de los medios de comunicación en la democracia

La libertad de expresión, que engloba el derecho a la información, es un derecho fundamental, que también habilita otros derechos humanos y resguarda los valores democráticos. La libertad de los medios es una parte integral del derecho a la libertad de expresión. Permite al público buscar y recibir información e ideas, tomar decisiones bien informadas en todos los ámbitos de la vida, desde los políticos, económicos, sociales y culturales, participar en los asuntos públicos y contribuir positivamente al bienestar de la sociedad. Los medios de comunicación libres, pluralistas e independientes son un pilar esencial de la democracia. La protección de la libertad de los medios es esencial para el buen funcionamiento de la sociedad y las instituciones democráticas.

En este sentido, las personas titulares de mandatos desean subrayar que:

 

a)      Al producir y brindar información confiable y diversas perspectivas, explicaciones y análisis, los medios pueden permitir el debate público y ayudar a construir una ciudadanía informada y activa. Esto, a su vez, puede facilitar elecciones libres y justas y otras formas de participación pública, compromiso comunitario y procesos de toma de decisiones inclusivos, fortaleciendo la gobernabilidad y las instituciones democráticas.

 

b)     Las sociedades democráticas son más fuertes cuando pueden contar con voces de referencia, que difunden activamente información de interés público y contribuyen a la toma de decisiones informadas. Los medios de comunicación libres, independientes y pluralistas pueden ser esas voces de referencia cuando respetan los estándares profesionales establecidos, siguen métodos de verificación diligentes y promueven el entendimiento intercultural, la inclusión social y el respeto por la diversidad.

 

c)      Como guardianes públicos, los medios de comunicación tienen un papel fundamental que desempeñar en la promoción de la buena gobernanza y el fortalecimiento de la democracia. Explicar cómo funcionan las instituciones democráticas y públicas ayuda a generar confianza pública en ellas. Al examinar a las personas que están en el poder y denunciar la corrupción, las violaciones de los derechos humanos y otras irregularidades y malos manejos, los medios de comunicación ayudan a que los gobiernos y otros actores poderosos de la sociedad rindan cuentas.

 

d)     El pluralismo de los medios, incluida la disponibilidad de una variedad de medios públicos, privados y comunitarios que brinden una diversidad de información y puntos de vista, es esencial para el discurso democrático. Los obstáculos financieros, legales y políticos, así como los factores estructurales y de otro tipo, pueden crear una concentración excesiva de medios o "desiertos de medios" y socavar el pluralismo. Los medios minoritarios, locales y comunitarios son elementos importantes del pluralismo de los medios, al garantizar que todos los intereses, demandas y necesidades de la sociedad sean visibles y conocidos por el público. Dichos medios son particularmente importantes para aquellas personas en la sociedad que han sido históricamente marginadas, sistemáticamente en desventaja, o excluidas del debate público.

 

e)      Los medios de comunicación de servicio público independientes y con buenos recursos, es decir, los medios para el público, y financiados y supervisados por el público, tienen una posición especial para fomentar el pluralismo y la diversidad y satisfacer el derecho del público a saber, especialmente respondiendo a las necesidades e intereses informativos que el sector comercial no cumple. Estos pueden contribuir en gran medida a promover la identidad cívica, fomentando la participación pública informada y una ciudadanía activa y responsable, y fomentando una cultura democrática y respetuosa de los derechos.

 

f)       La sostenibilidad financiera de los medios es crucial para construir un sector de medios sólido y resiliente, libre de la amenaza de ser cooptados o controlados directa o indirectamente por actores estatales y/o privados (es decir, captura de medios), o una concentración excesiva de medios que disminuye el pluralismo.

 

g)      La transparencia de la propiedad de los medios es de suma importancia. La sociedad tiene derecho a saber quién es la persona propietaria de los medios e influye en las prioridades, las narrativas y los contenidos. La transparencia de la propiedad de los medios proporciona la base para la pluralidad y diversidad del contenido de los medios.

 

h)     Los medios de comunicación pueden desempeñar un papel clave en la promoción de los derechos humanos, la diversidad y la igualdad, incluida la justicia de género en la sociedad, así como en la mejora de la cohesión social y la consolidación de la paz. En un momento en que las tecnologías digitales aceleran la discriminación racial, étnica, religiosa y de género, los esfuerzos de los medios para abordar la discriminación son aún más importantes. Al informar sobre las perspectivas de las mujeres y de varias minorías, cubriendo la discriminación y la violencia contra las mujeres, las minorías o las comunidades históricamente marginadas, desacreditando los estereotipos dañinos, abordando el discurso de odio y desmantelando los prejuicios, los medios pueden contribuir a combatir la discriminación, la exclusión, la desigualdad y la injusticia. Para llevar a cabo este papel de manera efectiva, los propios medios de comunicación deben ser más inclusivos y representativos de las sociedades a las que sirven.

 

i)       La manipulación de la opinión pública a través de la desinformación y el discurso de odio en o por los medios de comunicación erosiona la cohesión social y la gobernabilidad democrática, y puede amenazar la paz y la seguridad nacional, regional y mundial. El uso de información como arma para difundir discursos de odio y propaganda, especialmente propaganda para la guerra, no tiene cabida en la democracia. Por el contrario, los medios de comunicación libres e independientes pueden desempeñar un papel importante como verificadores de hechos contra la desinformación y la propaganda, y así ayudar a reparar la confianza en declive en las instituciones democráticas.

 

j)       Las iniciativas específicas de verificación de hechos dentro de los medios para la verificación ex post de las afirmaciones de interés público pueden desempeñar un papel clave en la protección del debate democrático y el abordaje de la discriminación y/o el discurso de odio.

Recomendaciones: Garantizar que los medios de comunicación puedan desempeñar su papel en la democracia

Recomendaciones para los Estados

Obligación positiva de crear un entorno propicio para la libertad de los medios

Para promover, proteger y crear un entorno propicio para la libertad de los medios, los Estados deben:

 

a)      Garantizar que todos los organismos públicos que ejerzan facultades en la regulación de la prensa escrita, la radiodifusión, otros medios, y/o las telecomunicaciones, incluidos los organismos que reciben denuncias del público, sean independientes, transparentes, y funcionen eficazmente en la ley y en la práctica. Estos órganos deben estar protegidos contra injerencias indebidas, en particular de carácter político o comercial. El estatus legal de estos órganos debe estar claramente definido y su autonomía institucional e independencia garantizada y protegida por ley. Esto debe incluir un proceso de designación participativo y transparente para las estructuras de gobierno y de gestión superior de estos órganos, la capacidad de emplear su propio personal calificado y un mandato y poder de regulación claros, así como la rendición de cuentas pública y financiación adecuada.

 

b)     Fomentar un sector privado de radiodifusión diverso e independiente. En particular, debe reservarse espectro adecuado para los servicios de radiodifusión, y el espectro de radiodifusión debe utilizarse y gestionarse en interés del público para una programación fiable, diversa y plural.

 

c)      Apoyar y facilitar los medios de comunicación minoritarios, locales y comunitarios que aborden problemas y temas relevantes para las necesidades de la comunidad en los idiomas locales, expongan al público temas que no están cubiertos en los medios principales y brinden una perspectiva local sobre los problemas principales.

 

d)     Crear y mantener medios de servicio público adecuadamente financiados y asegurar su independencia de la interferencia política o comercial dentro de un marco de rendición de cuentas al público. Todos los medios gubernamentales o estatales deben transformarse en medios de servicio público sin más demora.

 

e)      Adoptar medidas integrales para la seguridad de las y los periodistas y trabajadores de los medios de comunicación y para su protección contra la violencia y todas las formas de ataques, amenazas y hostigamientos físicos y en línea, o vigilancia ilegítima. Tales medidas deben integrar perspectivas de género e interseccionalidad. Las medidas de protección no deben usarse indebidamente para socavar indebidamente las actividades de recopilación de noticias de las y los periodistas o la confidencialidad de las fuentes periodísticas. En particular, los Estados deben establecer mecanismos de alerta temprana y respuesta rápida, monitorear continuamente, prevenir y actuar ante los ataques contra periodistas, en particular investigando, enjuiciando y castigando de manera rápida y completa todos los ataques contra periodistas y combatiendo la impunidad. Los Estados deben cooperar internacionalmente para compartir información clave y adoptar medidas conjuntas para hacer frente a las amenazas transnacionales contra las y los periodistas.

 

f)       Tomar medidas para proteger a las y los periodistas y medios de comunicación de demandas estratégicas contra la participación pública y el uso indebido del derecho penal y del sistema judicial para atacar y silenciar a los medios, incluso mediante la adopción de leyes y políticas que prevengan y/o mitiguen tales casos y brinden apoyo a las víctimas. En particular, los Estados deben considerar que los procesos judiciales contra periodistas que se prolonguen excesivamente en el tiempo o se acumulen de mala fe perjudican la labor periodística y/o el funcionamiento de los medios. Además, las leyes de protección de datos deben diseñarse y aplicarse de manera que no interfieran con la libertad de los medios, por ejemplo, estableciendo obstáculos desproporcionados para las investigaciones y los reportajes.

 

g)      Garantizar la plena protección de la confidencialidad de las fuentes periodísticas en la ley y en la práctica. Cualquier limitación a la confidencialidad de la fuente, incluso a través de la vigilancia, debe ser conforme a excepciones claramente definidas y establecidas en la ley, que se aplican solo cuando sea necesario para proteger un interés superior, con autorización judicial y de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos. La capacidad de las personas denunciantes (whistleblowers) para recurrir a los medios de comunicación debe protegerse correspondientemente.

 

h)     Garantizar el pluralismo y la diversidad de los medios de comunicación, incluso a través de marcos normativos centrados en los derechos humanos. Lograr el pluralismo en el sector de los medios debe incluir, entre otros:

 

                 i.     Promover la transparencia integral de la propiedad de los medios: los medios de comunicación deben divulgar directamente la información de propiedad y reportar esta información a un organismo regulador de medios nacional independiente u otra entidad designada, encargada de recopilar y cotejar la información y ponerla a disposición del público. Los organismos reguladores de los medios independientes deben tener derecho a supervisar la divulgación de la información de propiedad e imponer sanciones por el incumplimiento de estas obligaciones.

 

                ii.     Prevenir fusiones y adquisiciones de medios que podrían afectar negativamente el pluralismo de la propiedad de los medios y la diversidad del contenido de los medios. La evaluación de las fusiones de medios debe incluir una prueba de interés público para proteger el pluralismo de los medios.

 

               iii.     Adoptar medidas para promover un entorno diversificado y descentralizado para la curación de contenido en línea y los sistemas de recomendación de noticias donde ninguna entidad individual tenga un poder masivo sobre los flujos de información en la sociedad, ni sobre la diversidad de exposición de los usuarios individuales. Los Estados deben crear un entorno propicio para el pluralismo en línea, por ejemplo, mediante la obligación de separar las actividades de alojamiento y curación de contenido, facilitando la disponibilidad y el acceso a sistemas de recomendación de terceros y proveedores de curación de contenido de manera justa y no discriminatoria, y abordando los poderes de mercado monopolizados sobre los flujos de información. Los Estados deben promover otras medidas que eviten la priorización de la maximización de ganancias a expensas de los derechos humanos y los valores democráticos, incluso a través de la diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos que incluya evaluaciones de riesgos y medidas de mitigación.

 

i)         Aumentar los esfuerzos multilaterales y la cooperación para desarrollar un marco basado en los derechos humanos para un ecosistema de información en línea más saludable y enfoques globales para reequilibrar la dinámica de poder entre los medios independientes y las plataformas en línea.

 

j)         Desarrollar e implementar políticas y estrategias nacionales integrales para mejorar la alfabetización mediática, digital e informacional. Las medidas de alfabetización mediática, digital e informacional deben adaptarse y ser accesibles para todos los grupos demográficos, tanto niños, niñas, como adultos, y también deben tener como objetivo cerrar las brechas digitales existentes.

 

Obligación de abstenerse de violar la libertad de los medios

Para que los medios de comunicación cumplan con su rol y función de vigilancia en una sociedad democrática, los Estados deben abstenerse de interferir indebidamente con el derecho a la libertad de expresión. En particular, los Estados deberían:

 

a)      Asegurar que cualquier restricción al derecho a la libertad de expresión cumpla con los estándares internacionales de derechos humanos. Toda restricción debe estar prevista por la ley, servir a uno de los intereses legítimos enumerados explícitamente en los tratados internacionales y regionales de derechos humanos, y ser necesaria y proporcionada para proteger ese interés legítimo. Los Estados deben revisar periódicamente y, cuando sea necesario, reformar las leyes nacionales para que cumplan con estos estándares. Las restricciones a la libertad de expresión, por ejemplo, en interés de proteger el derecho a la privacidad, deben incluir una excepción de interés público. Deben derogarse la difamación penal y las leyes que tipifican como delito la crítica de las instituciones y los funcionarios del Estado. En general, no se debe abusar de los marcos legales para obstruir ilegítimamente el trabajo de los medios independientes.

 

b)     Adoptar un enfoque diferenciado y escalonado de la regulación de los medios basado en los principios de estricta necesidad y mínima intervención necesaria para lograr el interés legítimo de dicha regulación.

 

c)      Debido al inmenso impacto del ecosistema en línea en la producción y difusión de los medios, los Estados deben incentivar que la moderación y la curación del contenido en línea cumplan plenamente con las normas internacionales de derechos humanos e incluyan garantías adecuadas para la libertad de los medios. Cualquier medida hacia un ecosistema de información en línea más saludable debe centrarse en los principios generales de transparencia, responsabilidad y protección de los derechos humanos, incluida la privacidad y la protección de datos, y los intereses públicos legítimos, así como abordar el poder de mercado excesivo de plataformas muy grandes.

 

d)     Abstenerse de imponer estrangulamientos y/o bloqueos de Internet, que impiden el acceso a la información, socavan la labor periodística y, muchas veces, incitan a perpetrar o encubrir violaciones de derechos humanos.

 

e)      Asegurar que aquellos cuyo derecho a la libertad de expresión y la libertad de medios sea violado tengan acceso a recursos efectivos supervisados por un poder judicial independiente y funcional bajo los principios del Estado de derecho.


f)       Las personas en la política y funcionarias públicas deben demostrar altos niveles de tolerancia hacia el reportaje periodístico crítico teniendo en cuenta que el escrutinio crítico de quienes están en posiciones de poder es una función legítima de los medios de comunicación en democracia. Además, las personas en la política y funcionarias públicas deben abstenerse de hacer declaraciones que socaven la confianza del público en los medios como institución democrática o que pongan en peligro la seguridad de las y los periodistas y trabajadores de los medios.

Apoyar la viabilidad económica y la sostenibilidad de los medios independientes.

La viabilidad económica y la sostenibilidad a largo plazo del periodismo de calidad es una condición previa necesaria para que el público acceda a una variedad de noticias e información, incluso a nivel local y en los idiomas locales. Los Estados, junto con los representantes de los medios y todas las demás partes interesadas, deben desarrollar mecanismos para apoyar el periodismo independiente y de investigación y una amplia gama de producción de noticias. Sin embargo, el apoyo a los medios nunca debe utilizarse para intentar ejercer control sobre la independencia editorial. Las medidas para apoyar la sostenibilidad de los medios podrían incluir, entre otras:

 

a)      La asignación justa de subsidios estatales en los mercados de medios: La asignación de apoyo público a los medios debe perseguir objetivos legítimos de interés público. Debe basarse en criterios claros, transparentes, neutrales y no discriminatorios, incluida la consideración de estándares periodísticos profesionales y la contribución de los medios al contenido de interés público, en lugar de puntos de vista políticos o gubernamentales. El apoyo estatal a los medios no debe utilizarse para convertir a los medios en instrumentos de propaganda de un poder gobernante. La asignación de subsidios estatales a los medios debe ser administrada por un organismo independiente y estar sujeta a auditoría externa y revisión judicial. Los organismos independientes a cargo de asignar subsidios directos deberían estar obligados a publicar informes anuales sobre el uso de fondos públicos para apoyar a los actores de los medios.

 

b)     Publicidad estatal: La asignación de la publicidad estatal debe estar sujeta a requisitos claros y no discriminatorios, y basada en criterios objetivos y ser gestionada por organismos independientes. Los estados deben evitar la discriminación basada en puntos de vista políticos o gubernamentales en sus decisiones sobre la asignación de publicidad estatal. Las autoridades públicas deben ser totalmente transparentes en cuanto a la cantidad, alcance, requisitos y criterios para la asignación de su publicidad.

 

c)      Incentivar que las grandes plataformas en línea contribuyan a la sustentabilidad de los medios y a un panorama mediático vibrante: se debe considerar una variedad de herramientas para contrarrestar la dependencia de infraestructura de los medios en las grandes plataformas en línea. Los esfuerzos para aumentar la sostenibilidad de los medios en el ámbito digital pueden incluir impuestos, subsidios, regulación de competencia y antimonopolio, así como licencias y propiedad intelectual. Cualquier esfuerzo de este tipo debe considerar el interés público del contenido y ser justo y no discriminatorio hacia los medios.

Recomendaciones para plataformas en línea

Las políticas, las prácticas y la moderación y curación automatizadas del contenido en línea en las plataformas en línea, especialmente las grandes plataformas en línea, tienen un impacto directo en la pluralidad, diversidad, sostenibilidad e independencia de los medios, así como en la accesibilidad de la información de interés público. Por lo tanto, las plataformas en línea, en particular las grandes plataformas en línea, deberían:

 

a)      Respetar y cumplir con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para "proteger, respetar y remediar". Deben asegurarse de que sus términos de servicio y las pautas comunitarias sean lo suficientemente claras, accesibles y en línea con los estándares internacionales de derechos humanos. En este contexto, las plataformas deberían capacitar a su personal sobre los estándares internacionales de derechos humanos.

 

b)     Publicar informes completos de transparencia sobre sus procesos de toma de decisiones, incluidos los procesos automatizados de curación y moderación en línea del contenido de los medios, así como esquemas de alerta confiables. Los informes de transparencia también deben incluir información sobre las solicitudes de eliminación de contenido de los medios por parte de los Estados.

 

c)      Fortalecer la agencia de usuarios y asegurar que los usuarios estén empoderados para tomar decisiones bien informadas sobre el uso de los servicios de la plataforma basados en información fácilmente accesible y comprensible. En este contexto, las plataformas deben contribuir a la alfabetización digital destinada a dotar a la sociedad de conocimientos, conciencia y habilidades para comprender y contextualizar la información que se produce y consume en sus servicios.

 

d)     Evaluar periódicamente el impacto de los procesos de curación de contenido en la exposición efectiva de sus usuarios a una amplia diversidad de contenido de medios y mejorarlos para respaldar la exposición de los usuarios a una variedad de información de diversas fuentes.

 

e)      Llevar a cabo evaluaciones de impacto en los derechos humanos que incluyan la gobernanza del contenido de los medios y, en particular, considerar el impacto de sus prácticas comerciales, como la recopilación de datos, la publicidad dirigida y el diseño de interfaces sobre la libertad de expresión y la libertad de los medios, y mitigar los riesgos identificados. En este contexto, considerar particularmente los riesgos desproporcionados de los ataques en línea que enfrentan las mujeres periodistas.

 

f)       Diseñar mecanismos de reparación sólidos que abarquen desde mecanismos internos de denuncia, incluida la revisión humana, hasta mecanismos externos de supervisión de múltiples partes interesadas para grandes plataformas en línea, incluida la eliminación indebida de contenido u otras restricciones a la libertad de expresión y la libertad de los medios. Los mecanismos de apelación internos y los mecanismos de supervisión externa/pública deben ser claros y fáciles de encontrar en los sitios web de las empresas, y fáciles de usar.

 

g)      Las grandes plataformas en línea deben respaldar un panorama de medios independiente y pluralista, incluso compensando de manera justa el uso y la monetización del contenido de los medios, y promoviendo iniciativas de verificación de hechos.

 

h)     Si las plataformas en línea agregan etiquetas a las cuentas de los medios, como medios de calidad independientes o controlados por el estado, o adoptan otros criterios para identificar el contenido de interés público, deben asegurarse de que dicha identificación y etiquetado se realice a través de procesos transparentes y de múltiples partes interesadas que involucren, entre otros, a los reguladores independientes de los medios, los organismos normativos y de autorregulación de los medios y las organizaciones de la sociedad civil de los medios.

 

i)       Sobre la base de tales criterios de identificación y etiquetado desarrollados en procesos transparentes y de múltiples partes interesadas, las grandes plataformas en línea deben privilegiar los medios independientes de calidad y el contenido de interés público en sus servicios para facilitar el discurso democrático. Las plataformas en línea deben volver a centrar sus procesos algorítmicos de curación en los derechos humanos y el interés público. Se deben hacer esfuerzos para remediar de manera rápida y adecuada las eliminaciones indebidas de medios independientes de calidad y contenido de interés público, incluso a través de una revisión humana acelerada.

Recomendaciones para el sector de los medios

Para mantener la legitimidad frente al público y revivir la confianza del público en los medios como un organismo de control e instrumento de la democracia, los propietarios de los medios, editores y periodistas deben:

 

a)      A través de procesos transparentes y participativos, desarrollar, establecer y mantener mecanismos de autorregulación efectivos para defender los códigos de conducta. Las entidades de medios deben tomar medidas efectivas para promulgar e implementar dichos códigos, incluso a través de mecanismos de aplicación apropiados. Estos sistemas de autorregulación deben adaptarse al entorno político, cultural y económico en el que trabajan los periodistas y ser de fácil acceso para el público.

 

b)     Adherirse a altos estándares de provisión de información que cumplan con estándares profesionales y éticos reconocidos.

 

c)      Abstenerse y distanciarse claramente de la desinformación, discriminación, incitación al odio y propaganda. Los medios nunca deben servir como vehículo de propaganda para la guerra. En caso de errores accidentales en sus informes, los medios deben corregir la información de inmediato.

 

d)     Comprometer y promover el pluralismo en el sector de los medios de comunicación.

 

e)      Estar alerta ante el peligro de discriminación o estereotipos patriarcales y discriminatorios contra las mujeres, minorías y grupos en riesgo de discriminación fomentados por los medios de comunicación y en sus reportajes. Los medios deben trabajar de manera proactiva para identificar y cambiar los estereotipos dañinos y deben contrarrestar la desinformación, el discurso de odio, las normas y actitudes discriminatorias, así como los prejuicios negativos en su cobertura e información. Los códigos de conducta profesional para los medios de comunicación y las y los periodistas deben incorporar principios integrales de igualdad. Dichos códigos también deben establecer estándares mínimos requeridos sobre cómo informar sobre declaraciones o casos relacionados con la discriminación para no perpetuar o agravar la intolerancia.

 

f)       Abordar la discriminación estructural interna y el sesgo en el sector de los medios y garantizar que su fuerza laboral sea diversa e incluya mujeres y representantes de minorías en todos los niveles de producción y distribución de medios, incluso en el nivel de gestión y toma de decisiones. En particular, establecer e implementar políticas internas contra el acoso y la discriminación, y promover la igualdad y la diversidad en las redacciones.