Guía de Estrategias y Mecanismos para la Gestión Pública Efectiva (GEMGPE) - Guatemala




Coordinación

Guatemala ha desarrollado esfuerzos para implementar la coordinación gubernamental en el país, estableciendo mecanismos legales que coadyuven a una efectiva gestión de gobierno destinados a fortalecer la comunicación, coordinación y cooperación entre las diversas dependencias e instituciones del Estado.

De acuerdo al Art. 16 del Decreto 114-97 "Ley del Organismo Ejecutivo", publicado el 12 de diciembre de 1997, el Consejo de Ministros es la institución responsable de la coordinación gubernamental y actúa como tal cuando está presente el Presidente de la República, el Vicepresidente de la República y todos los Ministros de Estado debidamente convocados.

Asimismo, establece que la rectoría del Consejo de Ministros está a cargo del Presidente de la República quien tiene entre sus atribuciones, dentro del Consejo, convocar a sesiones. Dicha atribución la tiene también el Vicepresidente de la República que podrá convocar a reuniones del Consejo de Ministros en las situaciones en las que el Presidente se encuentre ausente.

Para mejorar la coordinación entre las dependencias e instituciones del Estado, el Art. 7 del Decreto 114-97 "Ley del Organismo Ejecutivo", publicado el 12 de diciembre de 1997, señala la posibilidad de establecer Gabinetes Específicos bajo la responsabilidad del Vicepresidente de la República.

La institución responsable de la coordinación gubernamental en Guatemala es el Consejo de Ministros, cuya rectoría recae en el Presidente de la República. Asimismo, se establece la posibilidad de crear Gabinetes Específicos por Acuerdos Gubernativos para fines de coordinación del diseño y gestión de  acciones y política, así como la discusión y formulación de propuestas que atañen a más de un ministerio a ser presentadas al Presidente de la República.

El Art. 195 de la Constitución Política de la República, establece al Consejo de Ministros como la entidad del Estado responsable de convocar o reunir en sesiones, a través del Presidente de la República, al Vicepresidente de la República y a los Ministros de Estado para conocer, coordinar  y someter los asuntos a su consideración relacionados con la política de desarrollo de la nación.

Las funciones del Consejo de Ministros son las siguientes (Art. 17 del Decreto 114-97 "Ley del Organismo Ejecutivo", publicado el 12 de diciembre de 1997):

a) Discutir y proponer al Presidente de la República su parecer sobre las políticas, planes y programas de gobierno;

b) Concurrir con el Presidente de la República a declarar o no la lesividad de los actos o contratos administrativos, para los efectos de la interposición del recurso de lo contencioso administrativo; y

c) Conocer y emitir opinión sobre los asuntos que someta a su consideración el Presidente de la República.

Por su parte, los Gabinetes Específicos se encuentran conformados por los ministros y otros funcionarios de alto nivel administrativo titulares de órganos o representantes de entidades estatales afines al objeto de los asuntos que toca abordar a cada Gabinete (Art. 18 del Decreto 114-97 "Ley del Organismo Ejecutivo", publicado el 12 de diciembre de 1997).

Las estrategias de coordinación de políticas públicas en Guatemala están a cargo de Gabinetes Específicos conformados en función de las iniciativas y prioridades gubernamentales.

Los Gabinetes Específicos son:

1. Gabinete Socio Ambiental;

2. Gabinete de Descentralización;

3. Gabinete por la Seguridad, la Justicia y la Paz

4. Gabinete de Turismo; y

5. Gabinete del Agua.
También debe mencionarse la existencia de Comisiones como: a) Comisión de Cooperación Internacional; b) Comisión Nacional del Trauma; c) Comisión de la Transparencia; y d) Comisión contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas.
1. Gabinete Socio Ambiental.Creado a través del Acuerdo Gubernativo Número 128-2008 "Creación de Gabinete Específico Medioambiental", publicado el 22 de mayo de 2008 con el propósito de promover y alcanzar logros de desarrollo social, así como la protección y mejoramiento ambiental de Guatemala. Lo integran:

  1.   El Vicepresidente de la República, quien lo preside y coordina
  2.   El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social
  3.   El Ministro de Educación
  4.   El Ministro de Trabajo y Previsión Social
  5.   El Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
  6.   El Ministro de Cultura y Deporte
  7.   El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales
  8.   El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación
  9.   El Ministro de Energía y Minas
  10.   Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN)
  11.   Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la  República
  12.   Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia
  13.   Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República
  14.   Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República
  15.   Secretaría Presidencia de la Mujer (SEPREM)
  16.   Director General del Consejo Nacional de la Juventud (CONJUVE)
  17.   Coordinador de la Comisión contra la discriminación y el Racismo (CODISRA)

2. Gabinete de Descentralización.Creado a través del Acuerdo Gubernativo Número 93-2000 "Creación del Gabinete de Descentralización", publicado el 29 de febrero de 2000, con el propósito de coordinar las acciones del gobierno para descentralizar la administración pública y hacer efectivos sus planes de desarrollo a nivle nacional.Lo integran:

  1.   El Vicepresidente de la República, quien lo preside y coordina
  2.   El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación
  3.   El Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
  4.   El Ministro de Gobernación
  5.   Secretaría General de la Presidencia, quien asume la Secretaría Técnica del Gabinete
  6.   Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República
  7.   Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia
  8.   Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN)
  9.   El Director Ejecutivo de Fondo Nacional para la Paz (FONAPAZ)
  10.   El Presidente del Instituto de Fomento Municipal (INFOM)

3. Gabinete por la Seguridad, la Justicia y la Paz.Creado a través del Acuerdo Gubernativo Número 197-2012, publicado el 24 de septiembre de 2012, con la finalidad de coadyuvar en la implementación de propuestas, la coordinación, diseño, gestión, planes, políticas públicas, programas y proyectos, especialmente los que se encaminen a alcanzar mayores niveles de gobernabilidad, seguridad y protección frente a la criminalidad, la violencia e impunidad en el país. Lo integran:

  1.   El Presidente de la República, quien lo preside y coordina
  2.   El Vicepresidente de la República, quien lo preside y coordina
  3.   El Ministro de Gobernación, quién funge como Secretario Técnico del Gabinete
  4.   El Ministro de Desarrollo Social
  5.   El Ministro de Economía
  6.   El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social
  7.   El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales
  8.   El Ministro de Trabajo y Previsión Social
  9.   El Ministerio de Finanzas Públicas
  10.   El Ministro de Educación
  11.   El Ministro de Cultura y Deporte
  12.   El Ministro de Defensa Nacional
  13.   El Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
  14.   El Ministro de Energía y Minas
  15.   Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia
  16.   El Secretario Ejecutivo de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Desastres Naturales (CONRED)
  17.   El Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN)
  18.   El Secretario de Bienestar Social de la Presidencia de la República
  19.   El Secretario de la Paz de la Presidencia de la República
  20.   El Secretario de Inteligencia Estratégica del Estado
  21.   El Director General del Consejo Nacional de la Juventud
  22.   El Director Ejecutivo del Fondo Nacional para la Paz y su Unidad Ejecutora de Proyectos
  23.   El Presidente de la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos

 

4. Gabinete de Turismo. Creado a través del Acuerdo Gubernativo Número 227-2008 "Creación de Gabinete Específico de Turismo", publicado el 16 de septiembre de 2008 con el propósito de coordinar las políticas, estrategias y acciones que coadyuven al mejor aprovechamiento de técnicos, económicos y administrativos para el desarrollo de nuevas opciones de crecimiento y transformación de la realidad socioeconómica de Guatemala en materia turística, en el corto, mediano y largo plazo. Lo integran:

  1.   El Vicepresidente de la República, quien lo preside y coordina
  2.   Secretaria contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas( )
  3.   El Ministro de Relaciones Exteriores;
  4.   El Ministro de Gobernación
  5.   El Ministro de Economía
  6.   El Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
  7.   El Ministro de Cultura y Deporte
  8.   El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales
  9.   Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia
  10.   Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia
  11.   El Director del Instituto Guatemalteco de Turismo
  12.   El Presidente del Consejo Directivo Nacional del Fondo de Desarrollo Indígena Guatemalteco
  13.   El Presidente de la Academia de Lenguas Mayas

 

5. Gabinete del Agua.Creado a través Acuerdo Gubernativo Número 204-2008 "Creación de Gabinete Específico del Agua", publicado el 12 de agosto de 2008, con el propósito de coordinar esfuerzos gubernamentales de diseño y gestión de políticas, planes y presupuestos del agua, para contribuir al logro de las metas y objetivos de desarrollo nacional. Lo integran:

  1.   El Vicepresidente de la República, quien lo preside y coordina
  2.   El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación
  3.   El Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
  4.   El Ministro de Cultura y Deporte
  5.   El Ministro de Educación
  6.   El Ministro de Economía
  7.   El Ministro de Energía y Minas
  8.   Ministerio de Finanzas Públicas
  9.   El Ministro de Relaciones Exteriores;
  10.   El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social
  11.   Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República
  12.   Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia
  13.   Secretaría de Asuntos Agrarios
  14.   Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia
  15.   Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres
  16.   Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Áreas Protegidas
  17.   Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN)

( ) El Art. 4 del Decreto 9-2009 de la "Ley contra la violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas", publicado el 19 de febrero de 2009 establece la creación de la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET), adscrita a la Vicepresidencia de la República cuya finalidad es servir de órgano asesor de recomendaciones para la realización de acciones con las distintas dependencias o entidades del Estado cuyo mandato las faculta para tratar los temas anteriormente mencionados.

Última actualización: 28 de Marzo, 2012