Guía de Estrategias y Mecanismos para la Gestión Pública Efectiva (GEMGPE) - Guatemala




Descentralización

El proceso de descentralización en Guatemala ha ido avanzando desde 1986 con la firma del Acuerdo de Paz Firme y Duradera que le dio un renovado impulso y contenido al proceso, permitiendo contar con un marco normativo de la organización y gestión de las instancias subnacionales de gobierno, estableciéndose condiciones para una nueva relación de los gobiernos municipales y el Organismo Ejecutivo, y entre estas instituciones y la ciudadanía, en aras de la democratización del Estado y de la sociedad.

La Política Nacional de Descentralización, se sustenta en la Constitución Política de la República de Guatemala, desarrollado a nivel de las normas ordinarias y reglamentarias por el Decreto 14-2002 "Ley General de Descentralización, publicado el 13 de mayo de 2002; el Acuerdo Gubernativo 312-2002 "Reglamento de la Ley General de Descentralización", publicado el 16 de septiembre de 2002 y; el Decreto 11-2002 "Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural", publicado el 15 de abril de 2002.

La Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP) es la entidad responsable de la programación, dirección y supervisión de ejecución de la descentralización del Organismo Ejecutivo.

Asimismo, la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República (SEGEPLAN), coadyuva en las labores de la política de descentralización de la SCEP, como Secretaría Técnica dentro del Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, de acuerdo a sus competencias.

Todos los planes y programas que se ejecuten en el marco de la modernización del Estado y del proceso de descentralización son formulados tomando en cuenta el carácter pluricultural de Guatemala y la construcción de la interculturalidad, valorando la diversidad como una oportunidad para trascender hacia el porvenir.

En tal sentido, se ha establecido la Política Nacional de Descentralización del Organismo Ejecutivo, el 25 de mayo de 2005 con la finalidad de impulsar a través de la implementación de esta Política  la integración y el funcionamiento del Sistema Nacional de Consejos de Desarrollo (SISCODE) para la formulación de una política integral nacional de desarrollo urbano y rural y del ordenamiento territorial.

La institución responsable de la descentralización en Guatemala es la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP) de acuerdo con el Reglamento de la Ley General de Descentralización, publicado por Decreto Nro. 14-2002, el 13 de mayo de 2002.
La SCEP, es la entidad pública responsable del desarrollo nacional, colaborando con el Presidente de la República en la coordinación, dirección y fortalecimiento del Sistema de Consejos de Desarrollo y; de la Descentralización del Organismo Ejecutivo, por medio de estrategias y métodos de trabajo para el cumplimento de sus objetivos.

Los objetivos estratégicos de la SCEP, son los siguientes:

a) Colaborar con el Presidente de la República en coordinar, dirigir y fortalecer el Sistema de Consejos de Desarrollo y dar impulso al proceso de descentralización del Organismo Ejecutivo, con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de la población, especialmente a los sectores más vulnerables; y
b) Impulsar y promocionar, a la vez, dentro de su mandato legal, las políticas y acciones al Cambio Climático, Reconstrucción, Gestión de Riesgo, Seguridad Alimentaria Nutricional, Productividad, Conservación del Recurso Agua, Seguridad Ciudadana, Equidad de Género y Pertinencia Cultural; proyectando sus resultados institucionales al ámbito nacional e internacional.
Los objetivos operativos de la SCEP, son los siguientes:

a) Colaborar con el Señor Presidente de la República en la coordinación y funcionamiento del Sistema de Consejos de Desarrollo (SISCODE) en los niveles nacional, regional y departamental, así como coadyuvar a la integración,  funcionamiento y fortalecimiento de los niveles municipal y comunitario;
b) Impulsar el proceso de descentralización y desconcentración del Organismo Ejecutivo para mejorar el acceso y la calidad de los servicios públicos a la población;
c) Fortalecer la gestión del gobierno mediante la asesoría, seguimiento y evaluación en los aspectos técnicos, legales y financieros de la administración del Aporte a los Consejos Departamentales de Desarrollo; y
d) Dar seguimiento, para garantizar la ejecución, a las tareas del Plan Nacional de Reconstrucción con Transformación, de los componentes designados a la SCEP.
La SCEP tiene a su cargo el buen funcionamiento del Sistema de Consejos de Desarrollo contemplado en el Art. 1 del Decreto 11-2002 "Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural", publicado el 15 de abril de 2002.

El Sistema de Consejos de Desarrollo (SISCODE) es el medio principal de participación de la población maya, xinca y garífuna y la no indígena, en la gestión pública para llevar a cabo el proceso de planificación democrática del desarrollo, tomando en cuenta principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca. Se encuentra integrado por los siguientes niveles:

a) El nacional, con el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural;
b) El regional, con los Consejos Regionales de Desarrollo Urbano y Rural;
c) El departamental, con los Consejos Departamentales de Desarrollo;
d) El municipal, con los Consejos Municipales de Desarrollo; y
e) El comunitario, con los Consejos Comunitarios de Desarrollo.

No obstante, la SCEP para la desarrollo de sus actividades relativas a la descentralización, cuenta con el apoyo técnico de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República (SEGEPLAN), según Art. 9, Literal k), del Acuerdo Gubernativo 271-2010 "Reglamento Orgánico Interno del SEGEPLAN", publicado el 22 de septiembre de 2010.

En este aspecto, la SEGEPLAN tiene como función suministrar al Sistema de Consejos de Desarrollo (SISCODE) en sus diversos niveles, el apoyo técnico para la formulación de políticas, planes y programas presupuestarios, dentro del marco general de las políticas del Estado y de su integración con los planes sectoriales (Art. 27 de la Decreto 11-2002 "Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural", publicado el 15 de abril de 2002).

Para el cumplimiento de los objetivos del Estado y en concordancia con los objetivos presidenciales, la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP),  con el apoyo técnico de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República (SEGEPLAN), ha implementado una serie de estrategias y mecanismos, las cuales se han plasmado en la Política Nacional de Descentralización (PND) del Organismo Ejecutivo.

La Política de Descentralización presenta las siguientes estrategias y mecanismos para el logro de una descentralización integral a las necesidades de Guatemala (PND, Págs. 8-9):

1. Transferencia de competencias. Desconcentrar competencias a los departamentos y descentralizar competencias a los gobiernos municipales.

La gestión desconcentrada y descentralizada de competencias se ha de desarrollar en el marco de relaciones de coordinación con las gobernaciones departamentales y con los gobiernos municipales, para aumentar la eficiencia del Estado en el cumplimiento de sus fines tendientes al bien común, establecidos en la Constitución Política de la República.

Con este objetivo, se da alta prioridad al impulso de procesos donde los ministerios sectoriales, en coordinación con los gobiernos municipales, las autoridades de los pueblos indígenas y la sociedad civil, definen el reordenamiento sistemático del sector público según competencias y atribuciones y se determine, mediante criterios objetivos, las atribuciones y competencias idóneas para ser desconcentradas y descentralizadas, bajo criterios de viabilidad política, técnica y financiera.

2. Modernización de la Administración Pública. Fortalecer las capacidades reguladoras del Gobierno Central para coordinar efectivamente con los gobiernos municipales y servir mejor a la población al proveerle servicios sociales universales, mediante una gestión territorial descentralizada, democrática, transparente y evaluada mediante la auditoría social.

Para alcanzar este objetivo, el Gobierno Central ha de realizar esfuerzos tendientes al mejoramiento de las condiciones marco de la descentralización, a efecto de fortalecer la base técnico-jurídica e institucional para la desconcentración de la administración pública y para el traslado y ejercicio sostenible de funciones al nivel municipal.

3. Mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos Municipales. Fortalecer la institucionalidad y gestión municipal para financiar y gestionar con eficiencia sus competencias propias; asimismo, para gestionar con eficiencia las competencias atribuidas por descentralización.

Para alcanzar este objetivo el gobierno central, de acuerdo al PND, ha de dar prioridad a iniciativas orientadas a la modernización de las finanzas municipales, a efecto que los gobiernos locales dispongan de capacidades para utilizar de manera eficiente y eficaz los recursos fiscales propios y transferidos destinados a satisfacer las necesidades más sentidas de la población y para promover el desarrollo sostenible.

4. Fortalecimiento de las capacidades de la sociedad civil. Promover la efectiva participación en la gestión pública para llevar a cabo la planificación democrática del desarrollo, en el marco de una gestión territorial descentralizada, para que las comunidades contribuyan efectivamente a que las autoridades electas provean condiciones apropiadas para la gobernabilidad y desarrollo sostenible en sus jurisdicciones.

La participación ciudadana, en especial de las mujeres y jóvenes organizados, es vista por el Organismo Ejecutivo como un principio fundamental de la descentralización de la administración pública, tomando en cuenta que la transferencia de competencias y recursos desde el gobierno central hacia las instancias de gobierno más cercanas a la población demanda la participación de la población en la gestión pública, para consolidar un Estado democrático. En esta línea, el Organismo Ejecutivo ha de impulsar acciones coordinadas para fortalecer los consejos de desarrollo, para dotarlos de capacidades técnicas y políticas que mejoren su incidencia en la gestión pública.

5. Fomento del desarrollo económico local y rural.Proveer condiciones adecuadas para que en los territorios subnacionales se propicie desarrollo y crecimiento económico, a efecto que sus pobladores aumenten sus ingresos y puedan contribuir al financiamiento del presupuesto de ingresos propios de sus gobiernos locales. Para esto, en el PND se ha propuesto establecer alianzas estratégicas entre el gobierno y sector privado, en el marco de una diferenciación y explotación de sus potencialidades geográficas, culturales, étnicas, de género y de recursos naturales, bajo el principio de cooperación.

Última actualización: 28 de Marzo, 2012