Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su condena por el uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad en el marco de protestas sociales en Guatemala e insta a las autoridades a realizar una investigación con debida diligencia. La CIDH rechaza de manera enfática la represión contra las personas manifestantes, periodistas y personas defensoras de derechos humanos que deja un balance parcial de al menos 43 personas detenidas de las cuales 21 manifestaron haber recibido golpes de efectivos de la policía; y 12 personas heridas, 2 de ellas de gravedad tras golpes en los ojos y el cráneo.
Según información pública, la aprobación del presupuesto para el año 2021 fue el detonante al que se sumaron reivindicaciones de rechazo a la corrupción, cuestionamientos sobre los destinos de los recursos para atender la pandemia del Covid-19 y en general una crisis social, económica y política que se agrava dramáticamente con la temporada de huracanes. Las jornadas de protestas convocadas de manera pacífica contaron con gran cantidad de manifestantes, incluyendo niñas, niños, adolescentes y personas mayores, que habrían sido reprimidas indiscriminadamente con excesivo uso de la fuerza, entre gases lacrimógenos, agua de presión, golpes y se habrían realizado detenciones arbitrarias.
La Comisión Interamericana y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) reprueban los actos de vandalización al edificio del Congreso, tras los cuales, las personas manifestantes fueron reprimidas indiscriminadamente, al tiempo de enfatizar la importancia del esclarecimiento sobre el origen de los hechos, dentro de los cuales resulta de especial relevancia las condiciones de seguridad y custodia del edificio cuando, según la información recibida, lo habitual es que esté protegido por la fuerza pública.
En medio de una crisis institucional que está llamada a tramitarse por vías democráticas, la CIDH valora positivamente tanto la labor de la Procuraduría de los Derechos Humanos, como la del Poder Judicial que declaró la falta de méritos para sindicar a un número significativo de personas que sólo participaban de la manifestación pacífica. No obstante, algunas aún permanecen detenidas por delitos contra el patrimonio y en espera de audiencia. La RELE destaca especialmente que en el caso de la periodista Melissa Mencos, quien fue golpeada por agentes del Estado, el Poder Judicial haya declarado la improcedencia de su aprehensión por su condición de periodista, advirtiendo que los efectivos policiales podían constatar el porqué de su presencia en la manifestación y reconociendo la legitimidad para que realizara su trabajo. En las audiencias judiciales que siguen en curso, los jueces han reprochado reiteradamente la debilidad e inconsistencia en la presentación de los cargos contra los detenidos por parte del Ministerio Público.
La Comisión advierte que, si bien el Estado tiene el deber legítimo de garantizar la seguridad y el orden público, el uso de la fuerza debe regirse por los principios de legalidad, estricta necesidad y proporcionalidad.
La CIDH llama a todas las personas que participan en manifestaciones a no recurrir a actos de violencia y reafirma que el hecho de que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación no vuelve, per se, violenta toda la protesta. La CIDH, alerta que, ante actos de violencia, deben individualizar las personas -manifestantes o terceros- que pongan en riesgo derechos o atenten contra bienes del Estado; que el uso de las fuerzas de seguridad debe centrarse estrictamente en la contención de actos de violencia, así como garantizar el derecho a la protesta, sin ningún tipo de represión directa o de detención arbitraria de manifestantes pacíficos.
Al respecto, la RELE recuerda que el Estado tiene el deber de garantizar que personas periodistas y comunicadoras que se encuentran realizando su labor informativa en el marco de una manifestación pública, no sean detenidos, amenazadas, agredidas o limitadas en cualquier forma en sus derechos por estar ejerciendo su profesión. Su material y herramientas de trabajo no deben ser destruidos ni confiscados por las autoridades públicas. La protección del derecho a la libertad de expresión exige que las autoridades aseguren las condiciones necesarias para que las y los profesionales de la prensa puedan cubrir hechos de notorio interés público como los referidos a las protestas sociales.
La CIDH observa que, frente a los hechos ocurridos, el Congreso suspendió el trámite del Decreto 33-2020 relacionado con el Presupuesto 2021. La Comisión insta al pleno respeto de los derechos humanos de todas las personas y confía en la construcción de una solución de la crisis institucional, política y social basada en el diálogo y los valores democráticos, consistente con los principios del Estado de Derechos en Guatemala.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 281/20