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Comunicado de Prensa

CIDH presenta caso sobre Argentina ante la Corte IDH

27 de febrero de 2018

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso  el caso 12.818, José Luis Hernández, respecto de Argentina.

El caso se relaciona con la falta de acceso a la salud de José Luis Hernández, quien contrajo meningitis mientras se encontraba privado de libertad, la cual por no ser tratada oportunamente y en condiciones de equivalencia a una persona no privada de libertad, le generó una secuela neurológica permanente, la pérdida absoluta de visión en un ojo, incapacidad parcial y permanente de un brazo, y pérdida de memoria. La Comisión determinó que el Estado violó los derechos a la integridad personal y a no ser sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes. Al respecto, la CIDH notó que la atención médica fue tardía e inadecuada. Por otra parte, la CIDH concluyó que José Luis Hernández no contó con un recurso efectivo para tutelar su derecho a la salud. Adicionalmente, la CIDH estimó que se violó el derecho a la libertad personal y presunción de inocencia de la víctima porque se le impuso prisión preventiva obligatoria, lo que resulta incompatible con los estándares interamericanos, y porque la víctima estuvo privada de libertad un año y seis meses en una comisaría policial. Finalmente, la CIDH declaró la violación del derecho a la integridad personal en perjuicio de la madre de José Luis Hernández.

En el Informe de Fondo, la Comisión recomendó a Argentina reparar integralmente a la víctima del presente caso mediante medidas de compensación pecuniaria y medidas de satisfacción que incluyan el daño material e inmaterial ocasionado a la víctima como consecuencia de las violaciones declaradas en el informe de fondo. Asimismo, la CIDH recomendó brindar de forma gratuita, inmediata y por el tiempo que sea necesario, el tratamiento de salud física o mental a la víctima del presente caso siempre que así lo solicite y de manera concertada con él. Finalmente, disponer las medidas de no repetición necesarias para asegurar que las personas privadas de libertad en la Provincia de Buenos Aires cuenten con diagnósticos oportunos de su situación de salud, así como los tratamientos y atención especializada que requieran, conforme a los estándares establecidos en el informe de fondo, en particular, el principio de equivalencia.

La Comisión Interamericana sometió el caso a la jurisdicción de la Corte el 8 de febrero de 2018, porque consideró que Argentina no cumplió con las recomendaciones contenidas en el Informe de Fondo.

Este caso le permitirá a la Corte desarrollar y consolidar su jurisprudencia sobre el derecho a la atención médica adecuada y sus alcances respecto de personas privadas de libertad, en relación con el principio de equivalencia, particularmente en circunstancias en las cuales existen una secuencia de omisiones de parte del Estado respecto de una persona bajo su custodia, las cuales culminaron con efectos irreversibles que, por la naturaleza de la enfermedad contraída, eran prevenibles.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 036/18