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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda preocupación por las denuncias de que Estados Unidos está sindicando a personas defensoras de derechos humanos de inmigrantes y líderes comunitarios para su detención y deportación. La CIDH hace un llamado a Estados Unidos para que adopte medidas que garanticen un entorno en el que puedan hacer su trabajo como defensores y defensoras de derechos humanos libremente, sin la amenaza de detención migratoria y deportación. La CIDH también insta a Estados Unidos a que reconsidere su política de cerrar las vías legales para que migrantes y refugiados lleguen o permanezcan en un estatus migratorio regular en los Estados Unidos.
La CIDH recibió información preocupante relativa a que los defensores de los derechos humanos de los inmigrantes y líderes comunitarios están siendo sindicados por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos luego de ser identificados por su trabajo de defensa pública para defender los derechos de los inmigrantes y la justicia social. Tal es el caso de Maru Mora Villalpando, Amer Othman Adi, Jean Montrevil, y Ravi Ragbir, que recientemente han denunciado a través de manifestaciones, videos, radio, televisión, entrevistas, comentarios públicos y declaraciones públicas, las prácticas de las autoridades de inmigración que consideran inaceptables e inhumanas para todas las personas sometidas a ellas. Lo anterior ocurre en el contexto de restricción de las políticas migratorias estadounidenses, sobre el cual la CIDH ha manifestado su preocupación previamente.
La líder comunitaria Maru Mora Villalpando ha vivido en los Estados Unidos durante más de dos décadas y es la fundadora de la Resistencia del Centro de Detención del Noroeste, una organización que defiende los derechos de los inmigrantes detenidos. El 20 de diciembre de 2017, recibió una notificación para que se presentara en un proceso de deportación emitida por el gobierno de los Estados Unidos sin previo aviso, y sin haber mediado algún incidente criminal o contacto con la policía. La CIDH expresa asimismo su preocupación ante la información recibida sobre la deportación el 29 de enero de 2018 del líder comunitario Amer Othman Adi, quien vivió en Estados Unidos durante 39 años y fue detenido sin aviso por ICE durante una visita de rutina el 16 de enero de 2018, para luego ser trasladado al Centro Correccional del Noreste de Ohio en Youngstown.
Jean Montrevil y Ravi Ragbir son dos líderes que viven en los Estados Unidos desde hace más de tres décadas que trabajan con la New Sanctuary Coalition de la ciudad de Nueva York. Jean Montrevil fue detenido por oficiales de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) fuera de su hogar el 3 de enero de 2018, y Ravi Ragbir fue detenido en una cita de rutina con ICE el 11 de enero de 2018. Ambos fueron transferidos a una prisión federal de inmigración en Florida. Posteriormente, Jean Montrevil fue deportado a Haití y actualmente a Ravi Ragbir le han solicitado presentarse para deportación el 10 de febrero de 2018, luego de que un tribunal federal ordenó recientemente su liberación.
La CIDH reitera que las represalias en contra de defensores de derechos humanos no solo afectan las garantías de cada ser humano, sino que socavan el papel fundamental que desempeñan los defensores de los derechos humanos en la sociedad y dejan indefensos a todos aquellos por cuyos derechos luchan. La Comisión también recuerda que la labor de los defensores de los derechos humanos es esencial para la construcción de una sociedad democrática sólida y duradera, y los defensores de los derechos desempeñan un papel destacado en el proceso de lograr el estado de derecho y el fortalecimiento de la democracia.
La CIDH recuerda que de acuerdo con el derecho internacional y con las normas y estándares del sistema interamericano, cualquier proceso que pueda resultar en la expulsión o deportación de un extranjero debe ser de naturaleza individual, a fin de evaluar las circunstancias personales de cada individuo, incluyendo, como mínimo, identificar a la persona y aclarar las circunstancias particulares de su estatus migratorio. Del mismo modo, este procedimiento no debe discriminar por motivos de nacionalidad, color, raza, sexo, idioma, religión, opinión política, origen social u otro estado, y debe observar las garantías mínimas del debido proceso.
"El trabajo de los defensores de los derechos humanos de los inmigrantes es vital para dar voz a miles de personas en riesgo de detención arbitraria y deportación. Las prácticas de represalia amenazan su permanencia en Estados Unidos, y esto perjudica desproporcionadamente a activistas, migrantes, sus familias y sus comunidades”, dijo el Comisionado Francisco José Eguiguren Praeli, Presidente de la CIDH y Relator sobre Defensores y Defensoras de Derechos Humanos.
Por su parte, la Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora para Estados Unidos, afirmó: “Estas prácticas arbitrarias deben terminar. Constituyen graves obstáculos para el disfrute efectivo del derecho a defender los derechos humanos de los migrantes y el derecho de toda persona a la libertad de expresión." A este respecto, el comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre los Derechos de los Migrantes, advirtió: "Cualquier decisión final de detener y deportar a un o una inmigrante defensor o defensora de derechos humanos debe tener en cuenta los fuertes vínculos familiares y culturales que han creado en los Estados Unidos durante décadas, incluidos los impactos en los familiares que son ciudadanos estadounidenses, así como su contribuciones a la sociedad estadounidense."
Los defensores de los derechos de los inmigrantes deben gozar de un ambiente propicio para llevar a cabo su trabajo sin temor a represalias y restricciones indebidas y el Estado tiene la obligación de garantizarlo. La CIDH reafirma su interés en trabajar con el gobierno de los Estados Unidos en la búsqueda de soluciones que garanticen la plena vigencia de los derechos humanos de los migrantes y los defensores de los derechos humanos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 029/18