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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington, D.C. - A cinco años del incendio ocurrido en la Penitenciaría Nacional de Comayagua, en Honduras, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reitera al Estado sus obligaciones de asumir las investigaciones de estos hechos como un deber jurídico propio, adelantando todas las líneas de investigación pertinentes; y de adoptar las medidas de no repetición para evitar que este tipo de tragedias se repitan en el futuro. Asimismo, recuerda a Honduras la posición de garante en la que se encuentra el Estado frente a las personas privadas a fin de salvaguardar su vida e integridad personal.
El 14 de febrero de 2012, un incendio en la Penitenciaría Nacional de Comayagua, Honduras, cobró la vida de 362 personas, es decir, el 42% de la población de esa cárcel, y dejó a muchas otras gravemente heridas. El fuego que comenzó en una de las celdas, por causas aún no establecidas fehacientemente, se propagó tomando prácticamente la mitad de esa cárcel. El actuar de las autoridades y el personal de custodia, que no contaba con los protocolos de actuación ni con los medios para hacer frente a una emergencia de tal naturaleza, dificultó la pronta intervención del Cuerpo de Bomberos de Comayagua.
Al día siguiente del incendio, la CIDH emitió su comunicado de prensa No. 19/12, en el que deploró la pérdida de vidas humanas e instó al Estado a adoptar medidas concretas. Además, la Comisión convocó de oficio al Estado a una audiencia pública, celebrada durante el 144º periodo de sesiones de marzo de 2012, en la que reiteró a Honduras la gravedad de los hechos y la necesidad de una reforma profunda del sistema penitenciario. La Comisión Interamericana también dispuso para abril de 2012, la realización de una visita de observación de la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad.
Como resultado de dicha visita de observación, la Relatoría entrevistó a varios de los sobrevivientes del centro penitenciario de Comayagua; a las propias autoridades presentes durante el incendio; e incluso a oficiales del Cuerpo de Bomberos de Comayagua quienes desde hace años venían advirtiendo de las condiciones de riesgo de ese penal. Con base en esta vista, la CIDH emitió en 2013, un informe en el que estableció que el efecto devastador del incendio se debió en gran medida a las propias condiciones en las que el Estado mantenía esa cárcel; e instó a Honduras a adoptar una serie de medidas orientadas en dos direcciones fundamentales: (a) agotar todas las líneas posibles de investigación, incluso aquellas que pudieran apuntar a graves omisiones por parte del personal de la penitenciaría al momento del incendio, e incluso a la posibilidad de otros hechos delictivos; y (b) adoptar las medidas necesarias para reducir el nivel de riesgo de situaciones de emergencia en los centros penitenciarios del país, mediante acciones que van desde la reducción del hacinamiento hasta la implementación de protocolos de actuación en estos eventos.
Posteriormente, con su visita in loco a Honduras de diciembre de 2014, y en el respectivo informe de país de 2015, la Comisión volvió a dar seguimiento a la situación posterior al incendio de Comayagua. Durante la vista a Honduras, la CIDH recibió información preocupante sobre la falta de avances y otras graves omisiones en las investigaciones adelantadas por el Ministerio Público, y sobre amenazas y actos de intimidación contra familiares de víctimas. Asimismo, la CIDH tomó conocimiento del asesinato de uno de los sobrevivientes del incendio días después de que diera declaraciones para un canal de televisión. En su informe de 2015, la Comisión Interamericana reiteró el deber del Estado de tratar con humanidad a las víctimas, y de satisfacer sus justas demandas de verdad, justicia y reparación integral.
A cinco años de la peor tragedia en términos de pérdida de vidas humanas ocurrida en un centro de reclusión en la historia de los Estados miembros de la OEA, la Comisión Interamericana mantiene viva la memoria de estos hechos; subraya su compromiso con el monitoreo de la situación de las personas privadas de libertad en Honduras; y reitera al Estado sus obligaciones ineludibles de investigar con diligencia y en su caso sancionar a los responsables de estos hechos y adoptar las correspondientes medidas de no repetición establecidas por la CIDH y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 014/17