CIDH

Comunicado de Prensa

Informe sobre el 156 Período de Sesiones de la CIDH

24 de diciembre de 2015

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*Este informe fue publicado solo en español

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró su 156º Período ordinario de Sesiones del 17 al 28 de octubre de 2015. Durante las sesiones, la CIDH avanzó en el análisis de peticiones, casos y medidas cautelares, se realizaron 55 audiencias públicas, 36 reuniones de trabajo, y reuniones con Estados y organizaciones de la sociedad civil de la región. En las audiencias públicas se recibió información sobre casos en etapa de fondo, así como sobre diversas temáticas de derechos humanos en 20 países y a nivel regional. En las audiencias participaron delegaciones de Estados Miembros de la OEA, así como aproximadamente 400 organizaciones de la sociedad civil. Más de 5 millones de personas siguieron las audiencias por diversos medios, ya sea a través de la transmisión en vivo, los videos vistos en diferido o a través de medios sociales. La CIDH valora muy positivamente el creciente interés de los y las habitantes de las Américas en estar informados sobre la situación de derechos humanos en la región y en los mecanismos de los que dispone el Sistema Interamericano de Derechos Humanos para defender y promocionar el respeto y garantía de los derechos humanos.

La Comisión Interamericana valora la participación en sus períodos de sesiones de diversas agencias e instancias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En esta ocasión, se realizó una reunión con el Relator Especial de la ONU para la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, David Kaye, y el Relator contra la Tortura, Juan Méndez, participó en una audiencia. La Comisión Interamericana valora y destaca el trabajo conjunto del sistema regional y el sistema internacional de derechos humanos a los efectos de mejor proteger y promover la vigencia de los derechos humanos en la región.

Durante estas sesiones, la CIDH extendió el mandato del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) hasta el 30 de abril de 2016, tal como fue informado oportunamente. Adicionalmente, en el marco de las sesiones se presentó el Informe "Refugiados y migrantes en Estados Unidos: familias y niños no acompañados". Asimismo, la CIDH firmó un acuerdo de cooperación con el presidente del Supremo Tribunal Federal de Brasil, Ricardo Lewandowski.

La Comisión Interamericana también analizó en este período la posibilidad de concretar el anuncio realizado en abril de 2014 de crear una Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Considerando las expresiones de Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en favor de que la CIDH profundizara su trabajo en los derechos económicos, sociales y culturales, el anuncio de la CIDH del 3 de abril de 2014 indicaba que se abría un fondo especial para recaudar los recursos financieros necesarios para poder crear dicha Relatoría Especial a fines de 2015, e invitó a los Estados miembros de la OEA a colaborar con aportes. Lamentablemente, no se cuenta aún con los recursos necesarios para la creación de la Relatoría Especial, ya que ningún Estado miembro ha hecho aportes financieros significativos, por lo cual la CIDH ha decidido extender el mandato de la Unidad que trabaja el tema. Asimismo, se continuará buscando la financiación para crear esta Relatoría Especial en el futuro.

En una reunión con organizaciones de la sociedad civil y en otra con delegaciones representantes de los Estados, la CIDH presentó la nueva estructura de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión. Además se realizaron talleres sobre el uso del Portal del Sistema Individual de Peticiones y la herramienta multimedia de estadísticas, y se impartió un curso sobre el sistema interamericano de derechos humanos dirigido a organizaciones de la sociedad civil. En el marco de las sesiones, tuvieron lugar asimismo varias presentaciones de informes, foros de análisis e intercambios sobre diversos temas de derechos humanos.

La CIDH toma nota de que algunos Estados no participaron en las audiencias a las que fueron convocados, o participaron de manera parcial para abordar el tema para el cual la audiencia fue convocada. En este sentido, la Comisión Interamericana destaca la importancia de que los Estados participen en todas audiencias, de buena fe y con información sustantiva adecuada, a fin de avanzar en forma constructiva hacia soluciones a los problemas de derechos humanos que enfrenta la región. Adicionalmente, la CIDH valora que varios Estados hayan solicitado audiencias motu proprio.

Resulta de profunda preocupación para la Comisión la información que se recibió al finalizar las audiencias sobre la existencia, en algunos países, de presuntas represalias y amenazas contra personas por acudir al sistema interamericano de derechos humanos. Esta situación ya se ha presentado en el pasado en algunos de estos mismos países, y su repetición resulta alarmante. Es absolutamente inaceptable cualquier tipo de acción que emprenda un Estado motivada por la participación o el accionar de personas u organizaciones ante los órganos del sistema interamericano, en ejercicio de sus derechos convencionales. Tal como establece el artículo 63 del Reglamento de la CIDH, los Estados deben “otorgar las garantías pertinentes a todas las personas que concurran a una audiencia o que durante ella suministren a la Comisión informaciones, testimonios o pruebas de cualquier carácter” y no pueden “enjuiciar a los testigos ni a los peritos, ni ejercer represalias contra ellos o sus familiares, a causa de sus declaraciones o dictámenes rendidos ante la Comisión”.

Las audiencias y los informes reflejan algunos de los problemas estructurales en materia de derechos humanos que aún persisten en la región. Se refieren al respeto al derecho a la vida y la integridad personal, ejecuciones extrajudiciales, situaciones de violencia y desplazamiento interno, las garantías del debido proceso, la protección judicial, la independencia judicial y la criminalización de operadores de justicia; el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo el impacto de las industrias extractivas y otros proyectos de desarrollo en el derecho a la tierra y el territorio y en el derecho al agua; el derecho a la libertad de expresión, incluyendo la situación de las radios comunitarias, la violencia contra periodistas y el derecho al acceso a la información frente a alegatos de confidencialidad por razones de seguridad nacional; la situación de los derechos de los niños y las niñas, incluyendo la criminalización de adolescentes; la situación de migrantes, refugiados y personas desnacionalizadas en situación de apatridia, así como la interceptación de personas elegibles para la protección internacional; los defensores y las defensoras de derechos humanos y situaciones de hostigamiento, ataques y criminalización que enfrentan, así como situaciones específicas de defensores y defensoras de pueblos indígenas y del medio ambiente; los pueblos indígenas, incluyendo la situación de pueblos indígenas en aislamiento voluntario, otros que han sido afectados por industrias extractivas y otros proyectos de desarrollo, otros que enfrentan ataques y violencia, y la situación de niños y niñas indígenas; la situación de las personas afrodescendientes, incluyendo las situaciones de discriminación y exclusión que enfrentan y el uso excesivo de la fuerza en su contra por parte de la policía; los derechos de las mujeres, incluyendo la violencia obstétrica, los derechos de las mujeres privadas de libertad por emergencias obstétricas y los derechos a la salud y a la justicia de víctimas de violencia sexual; las personas privadas de libertad, incluyendo los derechos de sus hijos y las inspecciones corporales de los visitantes; las personas con discapacidad, y las lesbianas, los gays, y las personas trans, bisexuales e intersexuales, incluyendo la criminalización de relaciones entre personas del mismo sexo y la situación de los derechos de las personas LGBT privadas de libertad; el efecto de la corrupción en las instituciones públicas y de las políticas de drogas sobre el goce de los derechos humanos; entre otros asuntos.

A continuación, se presenta un resumen de cada audiencia realizada, en el orden cronológico en que tuvieron lugar.

Situación del derecho a la libertad de expresión en Venezuela

Las organizaciones solicitantes presentaron información sobre la situación del derecho a la libertad de expresión en Venezuela. Indicaron que el derecho al acceso a la información pública sería prácticamente inexistente en el país debido a un marco legal restrictivo y tendencias jurisprudenciales. Asimismo, afirmaron que existen restricciones indirectas, mediante prácticas institucionales y burocráticas derivadas de una política estatal que limita el funcionamiento regular de los medios de comunicación, y con ello afecta el derecho a la población de informarse y participar activamente en la deliberación de asuntos públicos, además de la alegada continuación de obstáculos en la venta de papel e insumo de la prensa. De acuerdo con las organizaciones solicitantes, la publicidad oficial sería discriminada de acuerdo a las líneas editoriales, y en el último año ocurrió una reducción de espacios para los medios independientes en el país. Mencionó la venta de los más grandes e importantes medios de comunicación en Venezuela a través de operaciones que estuvieron caracterizadas por presunta opacidad. Con respecto al espectro radioeléctrico, afirmaron que 80% de las radios afiliadas a Cámara Venezolana de la Industria de la Radiodifusión cuentan con su concesión vencida y que están a la espera de su renovación, y que actualmente son más de 300 las que no han recibido respuesta a la solicitud de renovación de concesión. Igualmente, indicaron que los procedimientos judiciales contra periodistas y activistas aumentaron en los últimos años, y que la mayoría de las acciones estuvieron acompañadas de censura que prohibía las coberturas sobre criminalidad, violencia y corrupción. Por su parte, el Estado venezolano invitó a las organizaciones solicitantes a conocer el esfuerzo que se ha realizado en materia de gobierno electrónico y automatización, así como el esfuerzo legislativo que ha habido en los últimos 15 años. El Estado reconoció que hay debilidades que todavía hay que atender, y que sería un debate abierto en Venezuela. Respecto de la situación de papel para los medios escritos, indicó que actualmente 75% de los periódicos lo recibirían. En relación al espectro, señaló que el problema no serían las concesiones vencidas, sino que existiría un régimen de 25 años de distorsión de la entrega de concesiones, donde se violaba la libertad de expresión y se cerraban medios sin explicación, lo que no habría pasado desde hace 15 años. Los representantes del Estado indicaron que periodistas no habrían sido encarcelados por sus opiniones, tampoco desaparecidos o asesinados por su trabajo o crítica al gobierno, ya que existiría en el país un régimen de leyes que privilegiaría la responsabilidad ulterior. La delegación del Estado afirmó que hay que revisar el espectro radioeléctrico y que hacerlo es un compromiso del Estado. Agregó que el espectro eléctrico estaría en control del sector privado con 60% de concesiones en radio y 54% de la televisión abierta, y que las concesiones se habrían duplicado entre el año 2000 y 2015.

Situación de los derechos políticos en Venezuela

En la audiencia sobre la situación de los derechos políticos en Venezuela las organizaciones solicitantes indicaron que existe una falta de independencia por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) dado que siempre habría sido designado por el partido de gobierno. Indicaron asimismo que se ha identificado una serie de anomalías respecto de la realización de elecciones en Venezuela, tales como: migraciones arbitrarias de la población electoral de zonas urbanas a zonas regulares, reincorporación automática de los “abstencionistas crónicos” y naturalizaciones irregulares, lo que ha ocasionado un crecimiento desproporcionado de la población electoral en los últimos años. Asimismo, indicaron que existe un 41% de electores no verificables y denunciaron una serie de irregularidades del registro y de los resultados electorales como la falta de auditorías a pesar de las citadas anomalías. Por otro lado, indicaron que la automatización total de las elecciones conlleva a una falta de transparencia. El Estado, por su parte, respondió que el ordenamiento jurídico venezolano garantiza la independencia de los rectores del CNE y explicó cómo han sido elegidos; indicó además que han acercado los centros de votación al electorado más pobre que antes no tenía acceso a votaciones. 

Situación general de derechos humanos en Venezuela

En la audiencia sobre situación general de derechos humanos en Venezuela la sociedad civil señaló un incremento importante en los homicidios en el primer semestre de 2015 a 62 homicidios por cada 100,000 habitantes, y que sólo el 3% de éstos llega a juicio. Informó de 590 casos de presuntas ejecuciones extrajudiciales y 51 presuntas torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes entre enero y junio, lo cual hace a un incremento de 18% para ejecuciones extrajudiciales y 28% de las torturas respecto del año pasado. Informó que en los primeros tres meses de implementación de la “Operación para la Liberación del Pueblo” se habrían llevado a cabo 90 operativos a nivel nacional con 63,831 funcionarios, en los que 1,890 personas habrían sido detenidas por la presunta comisión de delitos y 160 personas habrían muerto. Asimismo, informó que entre enero y septiembre de 2015 habrían sido asesinadas 263 mujeres de las cuales el 13% eran niñas o adolescentes.  El Estado indicó, entre otros temas, que Venezuela ha creado una comisión de la verdad para investigar las muertes en los años 80 y 90 y que ha logrado reducir la pobreza en los últimos 15 años. La Comisión manifestó preocupación por las altas tasas de violencia e impunidad, el alto porcentaje de jueces y fiscales provisorios, la situación de las personas deportadas de Venezuela a Colombia y la falta de respuesta del Estado ante las solicitudes de la CIDH en el mecanismo de medidas cautelares.

Denuncias sobre hostigamiento y ataques contra defensores y defensoras de derechos humanos en Venezuela

La CIDH recibió información de las 15 organizaciones de la sociedad civil participantes en esta audiencia sobre el contexto general de riesgo para defensores y defensoras, las amenazas de muerte recibidas por defensoras y defensores de los derechos de personas LGBTI, la estigmatización y criminalización de las y los defensores por parte del Poder Ejecutivo y Legislativo, el uso del sistema nacional de medios públicos para la campaña de descalificación e estigmatización tales como el programa de televisión llamado “Con el Mazo Dando”, que se transmite en el canal estatal Venezolana de Televisión (VTV), la impunidad ante ataques y hostigamiento a defensores y defensoras, y la actuación de actores no estatales en su contra. Las organizaciones denunciaron el alegado uso de un discurso de odio por parte de las más altas autoridades del Estado, en adición a la implementación de medidas de restricción para funcionar y hacer su trabajo así como actividades de vigilancia y seguimiento. Un representante del Estado preguntó directamente a uno de los representantes de la sociedad civil, Marino Alvarado, sobre por qué no denunció violaciones de derechos humanos durante la época del Caracazo (1989) ante la CIDH y ahora sí. Asimismo, afirmó que las organizaciones sin fines de lucro (ONG) son un negocio, dado que son financiadas y no surgen en el ánimo de voluntariedad. La Comisión enfatizó que el Estado tiene obligación estricta de defender y proteger a las y los defensores de derechos humanos, y recordó al Estado su obligación de evitar cualquier acto de represalia en contra de los representantes de la sociedad civil que participaron en la audiencia.

 


Situación de derechos humanos de las personas trans en Panamá

Las organizaciones solicitantes de la audiencia informaron sobre violencia institucional que de manera sistemática es cometida por agentes policiales contra personas trans, a través de detenciones arbitrarias, imposición de multas ilegales por ejercer el trabajo sexual o por su identidad y expresión de género, extorsiones, y la solicitud de favores sexuales a cambio de su libertad, entre otros. Denunciaron otras violaciones a derechos humanos en las esferas educativa, laboral y de salud. Indicaron que los requisitos para rectificar el componente sexo en los documentos de identidad patologizan a las personas trans, incluyendo exámenes médicos y cirugías de afirmación sexual. El Estado manifestó que las transformaciones corporales informales sin supervisión médica adecuada podrían acarrear riesgos de muerte. Reconoció que es un reto garantizar la rectificación del componente sexo en los documentos de identidad, acogió las recomendaciones de la sociedad civil y manifestó su disposición para promover legislación que proteja y garantice los derechos de las personas trans.  La CIDH insta al Estado de Panamá a adoptar una ley de género que les permita a las personas trans hacer la rectificación del componente sexo en los documentos de identidad de manera sencilla, rápida y sin que medien procesos que las patologicen. La CIDH urge al Estado a adoptar las medidas necesarias para cumplir con las obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos, incluyendo asegurar que los agentes estatales se abstengan de cometer detenciones arbitrarias, extorsiones y otros abusos contra personas trans.

Situación de derechos humanos de las personas LGBT en Cuba

Organizaciones de la sociedad civil informaron sobre la falta de datos oficiales que incluyan orientación sexual, identidad de género, raza, entre otros, para caracterizar la violencia y la discriminación de personas LGBT. Se presentó un estudio realizado por encuestas que reveló altos niveles de violencia física y verbal, acoso laboral, y violencia familiar, incluyendo la expulsión del hogar. Personas LGBT que vienen a La Habana del interior del país tendrían mayor riesgo de enfrentar violencia policial, y según se alega, son extorsionados o deportados, situación que se agrava cuando éstas son afrodescendientes. Con respecto a los crímenes por prejuicio, se denunció impunidad, bajo número de denuncias, y falta de representación legal, entre otros. Se alegó sobre una situación particularmente represiva contra mujeres trans que ejercen el trabajo sexual, quienes pueden enfrentar cuatro años en prisión.  Se alegaron limitaciones en acceso a medicamentos relacionados con VIH, la discriminación contra personas trans en materia de salud, en particular la discriminación a mujeres trans afrodescendientes en el acceso a cirugías de afirmación sexual. También se informó de un ambiente hóstil generalizado para realizar trabajo independiente en derechos humanos, que sería presuntamente reprimido, vigilado y censurado. Durante la audiencia, la CIDH manifestó que existe una prohibición absoluta de tomar represalias a las personas que comparecen ante la Comisión. La CIDH lamenta la falta de comparecencia del Estado en la audiencia. No obstante, la CIDH reconoce los avances realizados por el Estado a través del Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX), e insta al Estado a profundizar sus esfuerzos en esta materia y adoptar medidas para hacer frente a las denuncias presentadas en la audiencia.

Denuncias sobre criminalización de relaciones entre personas del mismo sexo en Grenada

Las organizaciones de la sociedad civil señalaron que en Grenada se han enjuiciado al menos a tres personas en los últimos cinco años por tener relaciones sexuales consentidas entre personas adultas del mismo sexo. En Grenada y en otros países del Caribe anglófono, las relaciones sexuales consentidas entre personas adultas del mismo sexo están criminalizadas. Sin embargo, las organizaciones participantes en la audiencia señalaron que el único país donde efectivamente se enjuició a personas bajo esta figura fue en Grenada. También indicaron que la Sección 431, al no requerir prueba de falta de consentimiento o coerción, generaría problemas adicionales, ya que dicha sección ha sido tradicionalmente utilizada para perseguir y enjuiciar casos donde existe alguna evidencia de coerción o fuerza, o en casos de relaciones sexuales entre un hombre adulto y un niño. Asimismo, mencionan que no hay una edad legalmente establecida para el consentimiento sexual en hombres. En este sentido, informaron que existe al menos un caso en que se procesó a una persona bajo esta provisión, pero que se trata de un caso en el cual no habría evidencia de que haya habido coerción, y donde el joven era mayor a la edad de consentimiento sexual establecida por ley para las mujeres. Adicionalmente, el contexto discriminatorio y el estigma asociado a las personas LGBT tendrían efectos negativos, ya que cuando se inician investigaciones sobre hechos relacionados con  la Sección 431, una de las partes puede indicar falsamente que existió fuerza o coerción para evitar revelar su orientación sexual. Citaron un caso que involucraba un hombre adulto y un adolescente hombre de 17 años y donde no existía evidencia de fuerza o coerción. La Sección 431 fue denunciada por inconstitucional, pero dado a que se retiraron los cargos en el proceso penal, se descontinuó la demanda constitucional sin que haya habido un pronunciamiento al respecto. La CIDH lamenta la falta de comparecencia del Estado a la audiencia. La Comisión insta a Grenada a descriminalizar las relaciones sexuales consentidas entre personas adultas del mismo sexo, y mientras tanto, a emitir una moratoria de hecho que impida la aplicación de esta legislación.

Situación de derechos humanos de mujeres privadas de libertad por emergencias obstétricas durante sus embarazos en El Salvador

Las organizaciones participantes indicaron que la situación de las mujeres privadas de libertad en El Salvador por haber sufrido emergencias obstétricas durante sus embarazos es especialmente preocupante. Una mujer presentó su testimonio durante la audiencia, señalando que después de sufrir un aborto espontáneo, fue sometida en el hospital –aún bajo los efectos de la anestesia– a un interrogatorio por parte de un agente de policía que le informó que estaba acusada de homicidio agravado. Después de enfrentarse a un proceso penal sin una defensa adecuada, fue condenada a 30 años de prisión. En prisión fue estigmatizada, violentada e insultada por las internas y custodios. Las peticionarias señalaron en general que muchas mujeres se enfrentan a situaciones similares, estando en especial situación de vulnerabilidad las que habitan en zonas rurales o en situación de empobrecimiento. Destacaron que las mujeres tienen derecho a la salud sin discriminación y a vivir una vida libre de violencia, así como al pleno respeto del secreto profesional por parte de los médicos. A su vez, solicitaron que la CIDH realice una visita a El Salvador para constatar la situación. Por su parte, el Estado presentó información sobre la situación general de las mujeres privadas de la libertad, mencionando acciones que han tomado para enfrentar problemas como el hacinamiento, la violencia y acceso a la salud. La CIDH se mostró sumamente preocupada por la información presentada, y solicitó al Estado información sobre la situación específica de las mujeres privadas de libertad por emergencias obstétricas durante sus embarazos.

Situación de violencia y desplazamiento interno en El Salvador

Las organizaciones solicitantes de esta audiencia informaron sobre el impacto que durante los últimos años ha tenido la violencia de las maras o pandillas y otros grupos criminales en la migración forzada de personas en El Salvador, en el ámbito interno e internacional. Dijeron que durante 2015 El Salvador se convirtió en el país más violento del mundo, con 4246 homicidios entre enero y finales de agosto. Afirmaron que la violencia que afecta al país es la principal consecuencia del desplazamiento interno forzado de alrededor de 288.000 personas hasta finales de 2014. Las organizaciones  también expresaron preocupación por la incapacidad del Estado para prevenir y detener la violencia actual, así como para brindar protección efectiva a las personas salvadoreñas contra la violencia perpetrada por las maras o pandillas. Por su parte, la representación del Estado expresó que El Salvador está librando una batalla sin precedentes contra el crimen y que las políticas de seguridad implementadas entre 1999 y 2009, tales como Mano Dura y Súper Mano Dura, no fueron efectivas para disminuir la delincuencia. El Estado informó sobre las nuevas políticas de seguridad que vienen implementando con un abordaje más integral, dirigidas a prevenir la violencia. Entre otras medidas, el Estado informó que se haría un diagnóstico sobre la situación de los desplazados internos, en conjunto con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Este estudio ayudará a conocer el alcance de este fenómeno y las áreas geográficas donde se viene dando, a efectos de adoptar las políticas que sean necesarias.

Caso 12.979 - Pueblos indígenas en aislamiento voluntario Tagaeri y Taromenani, Ecuador (FONDO)

Se llevó a cabo una audiencia de fondo sobre el Caso 12.979 – Pueblos indígenas en aislamiento voluntario Tagaeri y Taromenani, Ecuador, en la que participaron el Colectivo Yasunidos y la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAE), y los representantes del Estado de Ecuador. Durante la audiencia, los peticionarios expusieron alegatos relacionados con las supuestas masacres ocurridas en los años 2003, 2006 y 2013 en territorio huaorani, así como la influencia de las políticas extractivas ecuatorianas en los mismos. Durante la audiencia rindió su testimonio Alicia Cahuilla, vicepresidenta de la Nacionalidad Huaorani del Ecuador, quien declaró sobre la situación de los pueblos indígenas huaorani en aislamiento voluntario, en específico los tagaeri y taromenane. Asimismo, rindió testimonio Eduardo Pichilingue, quien fue el primer coordinador del plan de medidas cautelares relativas al caso, y quien declaró sobre los hechos relacionados con las mismas. Atestiguó También Moi Enomenga, Presidente de la Nacionalidad Huaorani del Ecuador, respecto de las actividades realizadas por el pueblo huaorani y el estado ecuatoriano. Ambas partes presentaron sus argumentos de fondo.

Caso 12.678 - Paola Guzmán Albarracín y familiares, Ecuador (FONDO)

Se llevó a cabo una audiencia de fondo sobre el Caso 12.678 – Paola Guzmán Albarracín y Familia, Ecuador, en la que participaron el Centro de Derechos Reproductivos y el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer de Guayaquil. El Estado de Ecuador no se presentó a la audiencia. Durante la audiencia, las peticionarias expusieron sus alegatos el supuesto abuso, acoso y violación sexuales, perpetrados por el vicerrector y el médico de un colegio público en Guayaquil, Ecuador, en contra de una adolescente de 16 años, lo que la habría llevado a cometer suicidio. Asimismo, expusieron que en los tres procesos instaurados por las presuntas víctimas (penal, administrativo y civil), no se investigó diligentemente y en consecuencia no se sancionó al probable responsable. Durante la audiencia rindió su testimonio la señora Petita Paulina Albarracín Albán, madre de Paola Guzmán, quien declaró sobre los hechos del caso y los procesos seguidos en la búsqueda de justicia. Asimismo, la Comisión recibió un peritaje por parte de la psicóloga Ximena Cortés Castillo, quien explicó los resultados de un estudio psiquiátrico forense realizado a la familia de la presunta víctima, en específico, respecto a los resultados de la autopsia psicológica, y el inventario de hallazgos de daños psicosociales por los hechos alegados.

Estado de cumplimiento de las recomendaciones del informe de la Comisión de la Verdad de Ecuador

Los solicitantes de la audiencia indicaron que a pesar que dicho informe fue emitido en mayo de 2010 y presentado ante la Comisión en octubre de ese año, de un total de 136 casos que deben ser investigados, sólo 6 han sido judicializados, y estarían pendientes de sentencia definitiva.  Asimismo, resaltaron la falta de recursos humanos para dicho cumplimiento dado que sólo se cuenta con 5 fiscales para estos casos.  No obstante, reconocieron que ha habido algunos avances judiciales. Indicaron que la Ley de Reparaciones de 2013 no tomó en cuenta las observaciones de las víctimas; se empezó a implementar con retraso en 2015; y afecta la integralidad de las reparaciones dado que la Defensoría del Pueblo estaría encargada de las reparaciones inmateriales, mientras que el Ministerio de Justicia se encarga de las materiales.  Resaltaron que se mantiene la impunidad que re victimiza a las víctimas y puede causar repetición y presentaron propuestas para el mejor cumplimiento de las recomendaciones. Tanto la Comisión como los solicitantes lamentaron la ausencia del Estado en este espacio de diálogo. 

Situación de defensoras y defensores de derechos humanos de pueblos indígenas y del ambiente en Ecuador

Las organizaciones solicitantes presentaron información sobre la situación de riesgo y violaciones a sus derechos humanos que enfrentan las mujeres defensoras de derechos humanos de pueblos indígenas y del ambiente en Ecuador. Señalaron que las mujeres tienen una estrecha relación con la naturaleza y un especial interés en el bienestar de las generaciones futuras. Entre las solicitantes se encontraban defensoras indígenas y del medio ambiente que compartieron sus testimonios sobre sus actividades de defensa de derechos humanos en el contexto de las actividades de las industrias extractivas, lo que les ha hecho sufrir persecuciones, amenazas de muerte, estigmatización y criminalización por parte del Estado de Ecuador. Las defensoras indígenas indicaron que no permitirán que se continúe la apropiación y explotación de sus territorios ancestrales, por lo que continuarán luchando por sus derechos a pesar de las consecuencias. Asimismo, solicitaron que la Comisión Interamericana realice una visita a Ecuador para abordar la situación y elaborar un informe. La CIDH reconoció la valentía y el trabajo de las defensoras, y expresó su particular preocupación frente al patrón de agresiones al que se están enfrentando las defensoras indígenas y del ambiente en Ecuador. La Comisión lamentó la falta de comparecencia del Estado ecuatoriano en la audiencia.

Situación de derechos humanos de defensores y defensoras del medio ambiente en el contexto de las industrias extractivas en América

Las organizaciones indicaron que en un estudio de 21 países de la región se detectó que las personas defensoras de los derechos de la tierra, el territorio y el ambiente están expuestas a riesgos elevados y diferenciados, siendo objeto de estigmatización y criminalización, así como de agresiones provenientes de la fuerza pública, seguridad privada y el crimen organizado. De acuerdo a las organizaciones, las defensoras y defensores suelen encontrarse en lugares aislados y marginados, y las agresiones en su contra suelen permanecer en la impunidad. Destacaron el rol que las empresas tienen en el contexto de las actividades de industrias extractivas en América para el respeto de los derechos humanos y la criminalización de estos defensores. Defensores y defensoras de Brasil, Colombia, México, Perú y Guatemala presentaron sus testimonios ante la CIDH, en los cuales se mencionó el uso excesivo de la fuerza y la criminalización en protestas pacíficas, así como los asesinatos de defensores e incidentes de violencia sexual. Mostraron su preocupación por el uso de la prisión preventiva como herramienta punitiva contra defensores y pueblos indígenas involucrados en la defensa del ambiente y la tierra y territorio. Asimismo, señalaron que en aquellos países con mecanismos de protección para personas defensoras estos no serían efectivos y no contarían con un enfoque adecuado para hacer frente a la situación específica de los defensores del ambiente y defensores indígenas y comunitarios. La CIDH reconoció y agradeció el trabajo realizado por defensoras y defensores a pesar de la situación de riesgo para su vida e integridad personal, reiterando el compromiso que la Comisión tiene con ellos.


Presentación Inicial de personas detenidas en Brasil

En la audiencia “Presentación Inicial de personas detenidas en Brasil”, solicitada por el Estado de Brasil, se informó a la CIDH sobre la implementación y alcances de las audiencias de custodia, que permiten que las personas detenidas en flagrancia sean presentadas ante un juez en el plazo de 24 horas. De conformidad con el Estado, esta iniciativa responde a la necesidad de adecuar el sistema judicial a estándares internacionales, resolver el problema de hacinamiento de las prisiones, evitar el encarcelamiento masivo y el uso sistemático de la prisión preventiva. Por su parte, las organizaciones participantes de la audiencia reconocieron el importante paso que representan las audiencias de custodia para el sistema judicial brasileño; sin embargo, destacaron la falta de alcance nacional y de legislación federal en la materia, así como la ausencia de monitoreo e investigación efectivas de los casos de tortura. Sobre este último punto, indicaron que con base en el monitoreo realizado, se habrían presentado 277 denuncias de tortura durante las audiencias de custodia. La CIDH saludó la iniciativa del Estado brasilero al constituir un paso trascendental a favor de los derechos de las personas privadas de libertad, y que pudiera ser recogido por otros países dela región. Asimismo, reiteró la importancia de que este tipo de iniciativas cuenten con monitoreo por parte de la sociedad civil.

Denuncias sobre violencia contra pueblos indígenas en Brasil

Las organizaciones participantes presentaron información sobre la comunidad de Piquiá de Baixo, que enfrenta violaciones de sus derechos a la salud, agua y medio ambiente como consecuencia de la actividad de las empresas siderúrgicas. Dijeron que el Estado no ha interpuesto las medidas necesarias para hacer frente a esta situación, y denunciaron los altos niveles de violencia, que consideran ligados a la falta de demarcación de tierras. Presentaron además información especialmente preocupante sobre la situación de los Guarani-Kaiowá en Mato Grosso do Sul, debido al reciente incremento de las agresiones y asesinatos, así como otros hechos que pondrían en riesgo su supervivencia física y cultural. Por su parte, el Estado presentó información sobre las medidas para hacer frente a la situación de violencia en lugares como Mato Grosso do Sul, así como frente al desmoronamiento familiar en ciertos pueblos indígenas,  en particular las medidas para proteger a los líderes indígenas amenazados. En cuanto a la demarcación de tierras, el Estado indicó que hay avances en estos procesos y que continuaba trabajando para buscar soluciones consensuadas respecto de tierras ocupadas por personas no indígenas. La CIDH solicitó al Estado mayor información sobre los esfuerzos realizados en materia de prevención, investigación y sanción de la violencia, sobre medidas de reparación para las personas despojadas de sus tierras, y sobre las acciones para fiscalizar a las empresas.

Caso 12.781 - Pueblos indígenas de Raposa Serra do Sol, (Ingaricó, Macuxi, Patamona, Taurepang e Wapichana), Brasil (FONDO)

Se llevó a cabo una audiencia de fondo sobre el caso 12.781 - Pueblos indígenas Raposa do Sol (Ingaricó, Macuxi, Patamona, Taurepang y Wapichana), respecto de Brasil, durante la cual se recibieron los testimonios de tres personas quienes declararon sobre los hechos del caso y los procesos internos de reclamación de derechos para la protección de las comunidades. Asimismo, las organizaciones peticionarias presentaron sus alegatos sobre supuestos hechos de violencia sufridos por las presuntas víctimas y la afectación de sus derechos, derivado supuestamente por la falta de demarcación de sus territorios por parte del Estado. Alegaron que graves hechos como asesinatos, agresiones y destrucciones de propiedad sufridos por las comunidades, no han sido debidamente investigados por las autoridades por lo que los hechos se mantienen en la impunidad. También expusieron la supuesta discriminación sufrida por las presuntas víctimas en el acceso a la justicia y los obstáculos que presenta el marco legal en Brasil para la delimitación de sus territorios ancestrales. Por su parte, el Estado expuso sobre la protección que ofrece el ordenamiento jurídico interno a los pueblos indígenas, así como las políticas implementadas para la protección de sus derechos fundamentales y reafirmó su voluntad de trabajar en conjunto con las comunidades, fortaleciendo el diálogo entre los distintos actores y además explorar la posibilidad de una búsqueda de solución amistosa en el presente caso.

Presentación del Informe “Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa” (DE OFICIO - PLENARIO)

En la Audiencia solicitada de oficio por la CIDH, en la que participaron el GIEI, los representantes de las víctimas y el Estado mexicano, el GIEI expuso los resultados principales de su informe “Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa”, realizado en el marco de la Asistencia Técnica brindada al Estado. Asimismo dio lectura a los compromisos incluidos en un acuerdo firmado con el Estado mexicano en el marco de la asistencia que fue entregado al pleno de la CIDH. Por su parte, los peticionarios indicaron que aunque se ha intentado presentar el caso Ayotzinapa como algo excepcional, en el país hay más de 23 mil personas desaparecidas. Indicaron que el GIEI - como mecanismo de supervisión internacional -  podría ser un punto de inflexión y no retorno. Eso será posible sólo si el Estado mexicano asegura la voluntad política suficiente para complementar las recomendaciones hasta ahora formuladas en el informe de conclusiones preliminares del GIEI. Solicitaron a la CIDH extender el mandato del GIEI para que continúe con su trabajo en México. El Estado expuso los avances en la investigación, así como la adopción de algunas de las medidas recomendadas en el informe del GIEI. La CIDH reconoció la importante labor del GIEI en el caso y preguntó a los representantes del Estado si el GIEI iba a poder interrogar a los militares del 27 Batallón de Infantería del Ejército, que tiene sede en Iguala. Los miembros del GIEI indicaron que estas entrevistas deben realizarse directamente y no por intermediación de la Procuraduría General de la República ni ningún otro organismo. Las autoridades del Estado respondieron que el GIEI puede entrevistar a los miembros del 27 Batallón de Infantería conforme a las disposiciones del ordenamiento jurídico interno. Los Comisionados y las Comisionadas insistieron en la necesidad y la importancia de que el GIEI pueda entrevistar a los miembros del 27 Batallón de Infantería de Iguala en los términos que sus miembros plantean.

Situación de derechos humanos de pueblos indígenas y afrodescendientes en la Costa del Caribe de Nicaragua

Las organizaciones señalaron que los pueblos indígenas y afrodescendientes asentados en la Costa del Caribe nicaragüense enfrentan una alarmante situación de pobreza y exclusión. A pesar de los avances en la aplicación de la Ley 445, señalaron que hay retrocesos y situaciones que vulneran los derechos de estas poblaciones, especialmente los derechos a la vida y a la integridad personal. Mencionaron la necesidad de finalizar la legalización de los territorios de poblaciones indígenas y afrodescendientes y el proceso de saneamiento, para protegerlos frente a terceros. Denunciaron el incremento en la violencia desde 2014, incluidas agresiones físicas, homicidios y el desplazamiento forzado de dichos grupos humanos. Asimismo, presentaron información sobre violaciones del derecho a la autodeterminación, por la intervención del Estado en la organización de las elecciones de sus autoridades tradicionales y en los propios comicios. El Estado reiteró su voluntad de garantizar los derechos de pueblos indígenas y afrodescendientes; asimismo, afirmó que respetaba los resultados de las asambleas tradicionales de los pueblos y que estaba investigando todos los hechos de violencia denunciados, y que estaba trabajando en la titulación y saneamiento de los territorios. La CIDH reconoció los avances pero expresó su preocupación por los incidentes de violencia, la interferencia en las elecciones de autoridades tradicionales y los retrasos en el saneamiento de los territorios.

Situación de derechos humanos de mujeres y niñas en Nicaragua

Las organizaciones participantes indicaron que la Ley No. 779 de 2012 representaba un gran avance normativo, pero que en 2013 se habrían dado retrocesos. Dijeron que se había emitido un reglamento contrario a la propia ley y a estándares internacionales, pues introduce la mediación en los procesos de violencia familiar, restringe el tipo penal de feminicidio sólo a relaciones interpersonales de pareja, y enfatiza la preservación de la familia y no la integridad personal de las mujeres. Indicaron que el Código de Familia limita el derecho a la familia a la heterosexual y nuclear, e incluye restricciones en el acceso a la justicia. Destacaron además el incremento de la violencia sexual contra niñas y mujeres, la penalización del aborto terapéutico, la falta de datos estadísticos fiables, y que Nicaragua tiene una de las tasas más altas estimadas de fertilidad adolescente. Las organizaciones también presentaron información sobre la falta de participación política real de las mujeres, a pesar de la existencia de la “Ley 50-50”. El Estado señaló las acciones tomadas para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, para atender adecuada y oportunamente la violencia contra las mujeres, y para proteger a la familia. Asimismo, proporcionó cifras sobre representación de mujeres en el Parlamento y el servicio público e indicó que la mediación era voluntaria y aplicable a delitos no graves. La CIDH reiteró su preocupación por la prohibición total del aborto, la estigmatización hacia defensoras de derechos humanos, el alto índice de niñas y adolescentes embarazadas y el alto número de casos de violación sexual.

Situación de derechos humanos de las mujeres embarazadas en América

Las organizaciones peticionarias presentaron información sobre la situación de derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes embarazadas en América. Indicaron que en los Estados en que se criminaliza el aborto de manera absoluta o parcial, las mujeres y niñas son obligadas a llevar a término embarazos aunque se ponga en riesgo su vida, salud física y mental, y proyecto de vida. Las peticionarias señalaron que la estigmatización generalizada del aborto y de otros servicios de salud reproductiva contribuye a la generación de un ambiente en el que los administradores de justicia y proveedores de salud consideran estar autorizados a maltratar a las mujeres. Destacaron que la imposición de una maternidad no deseada ni planificada vulnera los derechos a la vida, a la salud, a la dignidad y a la autonomía; y que incluso en casos en que el aborto es permitido en ciertas circunstancias, las mujeres no tienen acceso a este servicio por diversas razones, entre ellas las de carácter religioso. Indicaron que la ausencia de un entendimiento sobre la salud integral de las mujeres embarazadas las afecta de sobremanera, y que es necesaria una atención física y psicológica en el embarazo, parto y puerperio. Por otra parte, indicaron que el embarazo en las niñas y adolescentes tiene graves afectaciones en diversos ámbitos de su vida, y que reduce sus oportunidades de permanencia en la educación y las sitúa en el círculo de la pobreza. Los participantes presentaron una serie de recomendaciones a la CIDH y a los Estados, buscando que se garantice la atención de salud integral a las mujeres, niñas y adolescentes embarazadas para evitar la vulneración de sus derechos humanos. La CIDH agradeció a las organizaciones por la información y testimonios recibidos, y les solicitó que compartieran su perspectiva sobre salud integral y enfoques holísticos de prevención de la violencia en este contexto.

Informe de la Comisión Nacional contra la Discriminación de Perú

En la audiencia sobre el informe de la Comisión Nacional contra la Discriminación de Perú (CONACOD), el Estado informo sobre la creación de la mencionada comisión para combatir la discriminación y, particularmente, la creación de una plataforma virtual que asiste a la población en la presentación de sus denuncias contra funcionarios/as públicos o cualquier persona que atente contra el derecho de toda persona a no ser discriminada.  La referida plataforma sería de fácil acceso a través del link www.yonodiscrimino.gob.pe, por medio de la cual se canalizan las denuncias a la instancia competente, y el Estado, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, facilitaría asistencia legal, de ser requerida.  Por su parte, organizaciones de la sociedad civil reconocieron los avances formales en el desarrollo de políticas antidiscriminatorias, a la vez de advertir que los instrumentos de gestión reconocen parcialmente los diversos sujetos de derecho, además de observar aplicaciones indebidamente restrictivas del derecho en perjuicio de grupos vulnerables.  En cuanto a la CONACOD, las organizaciones participantes cuestionaron su conformación, por agrupar únicamente ocho (08) Ministerios, con funciones específicas en la prevención, investigación y sanción de la discriminación, desatendiendo la necesidad de intervención del Ejecutivo en su conjunto.   Resaltan con preocupación que los acuerdos adoptados en su seno, solo resultan vinculantes a los sectores que votan favorablemente.  Identifican también serias omisiones en la actuación de la CONACOD frente a prácticas estigmatizantes recurrentes en el Estado; a modo ilustrativo, indican que ningún pronunciamiento se habría logrado ante la sentencia pronunciada a principios de este año por el Tribunal Constitucional en la que se desconoce el reconocimiento de la identidad de género de las personas trans, so pretexto de que ello permitiría en el futuro el matrimonio entre parejas del mismo sexo.  La Comisión reconoció el gran empeño del Estado peruano en avanzar en el tema de la discriminación, así como también las serias dificultades que persisten en perjuicio de ciertos sectores que no se sienten visibilizados en esta campaña contra la discriminación y las diferentes políticas implementadas. 

Caso 12.790 - Manuel Santiz Culebra y otros (Masacre de Acteal), México (FONDO)

Se llevó a cabo una audiencia de fondo sobre el caso 12.790 - Manuel Santiz Culebra y otros (Masacre de Acteal), respecto de México, durante la cual los peticionarios presentaron un peritaje psicosocial elaborado por Carlos Martín Beristain, el cual describe los antecedentes y contexto de la masacre de Acteal, así como algunos elementos que permiten entender los impactos psicosociales que habría tenido la alegada situación de impunidad de los hechos.  Indicaron que los hechos fueron perpetrados por el grupo paramilitar de Chenalhó y que el nivel de ensañamiento de los asesinatos durante la masacre generó un terror ejemplificante para las y los sobrevivientes que ha tenido un grave impacto en su salud. Por su parte, el Estado reconoció que fue incapaz de prevenir estos hechos y de reaccionar adecuadamente en su momento. No obstante, subrayó que en los mismos no intervinieron agentes estatales y que la masacre fue el resultado de riñas comunitarias. Asimismo, indicó que desde lo ocurrido ha puesto en marcha procesos e investigaciones penales que culminaron en condenas penales a los responsables de dicha masacre. Indicó que algunos responsables fueron liberados a raíz de procesos seguidos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo cual ha generado que las víctimas no encuentren satisfacción, y si bien no puede juzgárseles de nuevo por el principio non bis in ídem, se encuentran abiertos a otras alternativas para satisfacer la demanda de las víctimas, mediante la búsqueda de una solución amistosa.  Por su parte, los peticionarios rechazaron la posibilidad de una solución amistosa y solicitaron a la Comisión emitir el informe de fondo.

Derechos humanos y políticas de drogas en México

Los solicitantes expusieron la estrategia de combate a las drogas a lo largo del territorio nacional como parte de una política emprendida desde 2006 por la administración presidencial pasada que continua vigente. Abordaron que bajo esta estrategia se habrían cometido violaciones a los derechos humanos por parte de diferentes elementos de seguridad del Estado en sus distintos niveles, entre las que señalaron detenciones arbitrarias, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y desplazamientos internos forzosos a causa de la violencia. Asimismo abordaron cómo las políticas de drogas afectan de manera diferenciada a algunos grupos en particular situación de vulnerabilidad. El Estado rechazó los señalamientos de los solicitantes, e indicó que en algunos casos de enfrentamientos armados en los que podrían haberse cometido excesos, éstos se encuentran siendo debidamente investigados y procesados. La CIDH planteó al Estado la posibilidad de abrir el debate sobre la política de drogas vigente con la participación de la sociedad civil.

Denuncias sobre ejecuciones extrajudiciales en México

Los solicitantes de la audiencia expusieron situaciones en las que las fuerzas de seguridad ejecutarían a civiles para posteriormente presentarlos como delincuentes que murieron en enfrentamientos. Como ejemplo abordaron el índice de letalidad que mostraría que alrededor de 20 civiles fallece por cada elemento del Estado en enfrentamientos. Señalaron asimismo una serie de factores estructurales que fomentarían esta práctica como el presunto encubrimiento, prácticas inadecuadas de investigación, la militarización de la seguridad pública y la presencia sistémica de impunidad. El Estado por su parte afirmó que en México las fuerzas federales operan con base en protocolos, las causas penales se resuelven conforme a derecho y la población confía en las fuerzas armadas según algunas encuestas. Reconoció también la gravedad de lo sucedido en Tlatlaya, Apatzingán, Tanhuato, Calera y Ostula, afirmando que estos casos están siendo investigados por las autoridades competentes. La Comisión llamó la atención de la participación de las fuerzas armadas en labores de seguridad ciudadana para las cuales no están capacitadas y que correspoderían a la policía. También expresó su preocupación ante el alto índice de letalidad de las fuerzas armadas en el país.

Acceso a la información y seguridad nacional en América

Las organizaciones de la sociedad civil que participaron señalaron que existe un problema generalizado en América Latina alrededor del acceso a la información en temas que de una forma u otra están relacionados con seguridad nacional. Las organizaciones participantes puntualizaron en las problemáticas de Uruguay, Colombia, México, Argentina y Perú. Dentro de los problemas que señalaron se encuentra que el concepto de seguridad nacional es muy abstracto y permite que las autoridades se amparen en el para no dar información a los ciudadanos, además no siempre hay claridad en los criterios que se tienen en cuenta para determinar si la información es clasificada y cundo esta se destruye tampoco hay claridad de los criterios con los que se hace. A lo anterior se suma, que las legislaciones sobre actividades inteligencia tampoco son claras y por ende no se puede conocer bajo que parámetros se realizan esas actividades. Señalaron que en los últimos años se ha dado una serie de retrocesos en el acceso a la información en estos temas, evidenciando que el sector seguridad tiene una tendencia muy fuerte al secretismo y tiene una relación compleja con la sociedad civil que le exige transparencia, sumado a que la abstracción de los conceptos o la ausencia de definición de los mismos  permite que puedan ampararse en la excepción de seguridad nacional para negar la información. Las organizaciones propusieron a la CIDH acoger los Principios globales sobre seguridad nacional y el derecho a la información Principios de Tshwane, elaborados a partir de las buenas prácticas de varios países, en un proceso de consulta de tres años que contó con la participación de los relatores de libertad de expresión de los diferentes  sistemas de protección de DDHH. Estos principios consagran lineamientos para solucionar las problemáticas planteadas. La Comisión y el Relator especial, mostraron su preocupación acerca del tema  sin desconocer los notables avances en materia de acceso a la información que se han dado en la última década, en los últimos años se percibe una gran dificultad para acceder a la información que tiene que ver con seguridad nacional, muertes de civiles en la lucha antidrogas, información de actividades de inteligencia, información que es responsabilidad de autoridades militares recopilar e incluso información que tiene que ver con personas privadas de la libertad.

Denuncias sobre violencia contra niños y niñas indígenas mapuche e impunidad en Chile

Las organizaciones presentaron información sobre las violaciones de derechos humanos cometidas por las fuerzas de seguridad contra el pueblo indígena mapuche, especialmente niños, niñas y adolescentes. Indicaron que dada la militarización y las acciones de criminalización de la acción colectiva, los carabineros y la policía habían hecho uso desproporcionado de la fuerza en violación de la vida, integridad personal y seguridad de dichas personas. Destacaron que a pesar de pronunciamientos de instituciones nacionales y organismos internacionales, se siguen violando los protocolos de uso de la fuerza en hechos que quedan en la impunidad. Mostraron su preocupación por la falta de investigaciones adecuadas, así como por la utilización del fuero militar en algunas ocasiones, y la falta de acciones administrativas y penales contra los funcionarios involucrados. Los solicitantes pidieron al Estado el cese de la violencia para que los niños, niñas y adolescentes puedan vivir en paz. El Estado indicó que adoptó acciones para atender la situación de violencia en las comunidades indígenas y que revisó los protocolos de actuación policial, con atención especial a la niñez y adolescencia indígena. La CIDH reconoció los avances en materia de derechos humanos en Chile, pero señaló preocupación porque siguen las denuncias sobre violencia contra el pueblo mapuche por parte de las fuerzas del orden y su afectación a niños, niñas y adolescentes.

Situación de hijos de personas privadas de libertad en América

Los solicitantes plantearon los desafíos que enfrentan los niños, niñas y adolescentes con alguno de sus progenitores en prisión, y la situación de especial vulnerabilidad que los afecta, debido a la estigmatización y situaciones de discriminación, abuso y violencia, por tener a un familiar preso. La ausencia de uno de los progenitores y la pérdida de una de las fuentes de ingreso familiar, lleva a que el niño deba contribuir a la economía familiar, lo que resulta en un aumento del trabajo infantil en este grupo. Además, se ve limitado su acceso a derechos como salud, educación, alimentación y recreación, por tener que asumir roles de adulto en la familia y por barreras económicas de acceso a estos servicios. Estas situaciones y el trauma asociado al limitado contacto con el progenitor y a las condiciones de las visitas a las prisiones, generan efectos muy negativos en el desarrollo integral del niño. También se evidenciaron retos en la protección de la niñez cuando los niños permanecen en la prisión con sus madres. Los solicitantes enfatizaron la invisibilidad de la problemática, la falta de datos oficiales y de estudios sobre la realidad que enfrentan estos niños que permitan el diseño de políticas públicas que integren al sistema judicial, penitenciario y el de protección de la niñez, y que tome en consideración el principio del interés superior del niño. Alertaron del marcado crecimiento del número de presos en la región, y de que había unos 2 millones de niños con padres privados de libertad en la región.

Derechos humanos e impacto de las políticas fiscales en América

Según la información presentada por las organizaciones solicitantes, en varios países de la región, las políticas fiscales no habrían contribuido a reducir la desigualdad y la pobreza, y en muchos casos la habrían profundizado. Los participantes identificaron diversos problemas que reflejan la desigualdad en las políticas fiscales en la región. Uno de ellos es el excesivo uso de impuestos indirectos que gravan el consumo y que no siempre toman en consideración el consumo de las personas que viven en situación de pobreza. Adicionalmente, identificaron como otro obstáculo el desequilibrio en el otorgamiento de privilegios fiscales que benefician a determinados actores económicos. También la fuga de una alta cantidad de recursos de las arcas del Estado, debido a la evasión y elusión fiscal, especialmente por parte de empresas. Los solicitantes indicaron que resulta importante y urgente que la CIDH aborde las políticas fiscales a la luz de los derechos humanos, puesto que, según afirmaron, la política fiscal y los presupuestos nacionales reflejan las prioridades reales de los gobiernos, mucho más que cualquier otro documento o compromiso. Las organizaciones solicitaron a la CIDH que elabore un informe temático sobre la política fiscal y los derechos humanos en las Américas y que en el informe sobre pobreza en América que se encuentra en elaboración, incluya un capítulo donde formule directrices y recomendaciones que orienten a los Estados en la adopción de políticas fiscales justas. La CIDH agradeció la información proporcionada y expresó su interés en la materia, teniendo en cuenta el vínculo estrecho que hay entre tales políticas y las graves carencias en DESC (educación, salud, seguridad social, vivienda, derecho a la alimentación, entre otros) que viven los pueblos en la región.

Impacto de la recolección de datos sobre los derechos humanos de las minorías en América

Las solicitantes destacaron la necesidad de que los Estados adopten mecanismos efectivos para la obtención de datos desglosados por origen étnico, racial o pertinente a otras minorías. Indicaron que la falta de recolección eficiente de datos estadísticos sobre minorías reprime el debate público sobre la discriminación, obstruye los posibles remedios, y obstaculiza el desarrollo de las políticas públicas para hacer frente a la desigualdad. Los peticionarios indicaron que entienden como datos estadísticos sobre minorías (equality data) aquellos que se han desglosado para evaluar la situación comparativa de un grupo específico en riesgo de discriminación. Señalaron que la recolección de datos estadísticos sobre minorías en cada Estado es importante para identificar todas las formas de discriminación y entender integralmente sus causas y consecuencias, así como para permitir la formulación de políticas públicas eficaces para hacer frente a la discriminación, y para tratar y proporcionar pruebas para apoyar reclamos de discriminación étnica o racial. Entre otras cosas, solicitaron que la CIDH promoviera entre los Estados la recolección de datos estadísticos sobre minorías y que tratara este asunto de manera sistemática y transversal, en todas sus Relatorías, y que sensibilizara a los Estados sobre la correcta aplicación y la importancia de la multiculturalidad. La CIDH agradeció a los peticionarios por tratar un tema importante, necesario y oportuno, sobre todo cuando se intenta avanzar en la región en la medición de la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales.

Derechos humanos y justicia transicional en Guatemala

Durante la audiencia sobre Justicia Transicional y Derechos Humanos en Guatemala, las organizaciones peticionarias alegaron que el Estado de Guatemala tiene una política estatal que impide el acceso a la justicia a las víctimas de graves violaciones a derechos humanos perpetradas durante el conflicto armado en Guatemala. Entre los obstáculos identificados mencionaron: el desconocimiento del Estado en cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de verdad, justicia y reparación frente a graves violaciones a los derechos humanos en los once casos que son objeto de supervisión ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos; la falta de voluntad y colaboración de los entes estatales en hacer efectivas las órdenes de detención y captura contra presuntos perpetradores; el hostigamiento, criminalización y campañas de desprestigio a las que se encuentran sujetos los operadores de justicia que llevan la persecución de los delitos cometidos durante el conflicto armado. Asimismo, sostuvieron la denegación de justicia respecto del caso de genocidio por el altísimo número de recusaciones de magistrado/as titulares y suplentes de conocer el caso (más de 100), el uso abusivo y dilatorio de recursos y acciones constitucionales, y aplicación de amnistías. Por su parte, el Estado enfatizó la inexistencia de genocidio durante el conflicto armado. Respecto de los once casos bajo supervisión de la Corte interamericana indicó que ésta no puede extender su competencia temporal respecto de desapariciones forzadas que iniciaron antes del reconocimiento de la competencia contenciosa por el Estado, en este sentido sostuvieron que derivada de una reserva realizada por el Estado no dará cumplimiento a las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en loa relativo a hacer justicia.  La CIDH reitera su profunda preocupación respecto de la posición del Estado, puesto que pretende reabrir en el ámbito interno un debate que ya fue decidido desde hace varios años por la Corte Interamericana en sus once Sentencias. El actuar del Estado resulta contrario al principio internacional de acatar sus obligaciones de implementar a nivel interno y de buena fe, esas sentencias de forma integral. Tal como lo estableció la Corte Interamericana, la posición del Estado constituye un “evidente desacato” y hace ilusorio el derecho de las víctimas de acceso a la justicia internacional. En vista de la información devenida de la Audiencia, la CIDH insta al Estado a adoptar medidas de carácter inmediato para cumplir con las recomendaciones y decisiones de los órganos del sistema interamericano conforme con sus obligaciones internacionales, que garantice que los y las operadores de justicia puedan ejercer su función libre de presiones y estigmatizaciones y así posibilitar el acceso a la justicia a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos.

Denuncias sobre criminalización de defensores y defensoras de derechos humanos y operadores de justicia en Guatemala

Las organizaciones solicitantes presentaron información sobre formas de criminalización de las y los defensores en Guatemala, así como la utilización indebida del sistema penal por personas particulares, representantes de empresas privadas y/o funcionarios estatales; el desprestigio público para deslegitimar y desmovilizar su actuación; y el uso de los estados de excepción como mecanismo de control social. Las organizaciones insistieron que dicha criminalización toma lugar en contextos de violencia generalizada causada por el crimen organizado, y por la polarización de la sociedad guatemalteca, las secuelas del largo conflicto armado interno, altos niveles de impunidad, y por la implementación de un modelo de desarrollo que no incorpora la visión de desarrollo de los pueblos indígenas y del resto de la población guatemalteca. Por su parte, el Estado negó que se criminalice persona alguna en Guatemala, y destacó la imparcialidad de las y los jueces, el respeto de las garantías procesales y del principio de inocencia. Además, explicó que se respeta el derecho de cuestionar la explotación minera, aunque aclaró que la expropiación de recursos es autorizada por la Constitución cuando es de necesidad pública, y que las decisiones se toman en base al interés nacional. La CIDH manifestó su preocupación por la criminalización de la propia Procuraduría de Derechos Humanos; solicitó mayor información a las organizaciones sobre la participación de funcionarios estatales en actos de criminalización; y al Estado, sobre medidas adoptadas para fortalecer las entidades de protección.

Situación de derechos humanos de los pueblos indígenas en el contexto de las actividades de agroindustrias de palma aceitera en Guatemala

Las organizaciones solicitantes de la audiencia presentaron información sobre la situación de las comunidades indígenas frente a las actividades de agroindustrias de palma aceitera. Indicaron que dichas actividades se hallan en constante aumento y que tienen impactos muy graves, ya que generan la violación de derechos fundamentales a la salud, al agua, a la vida o a un medio ambiente sano. Denunciaron hechos de violencia y amenazas contra de las comunidades indígenas por parte de asalariados de las empresas. El Estado indicó que el cultivo de palma representa la primera fuente de ingreso y de trabajo del país, y a la vez negó que hubiera un estudio sobre el carácter nefasto de tal cultivo para la salud o para el medio ambiente. Recordó que en Guatemala no hay “territorios indígenas” sino sólo un territorio nacional, y que el subsuelo y los recursos naturales pertenecen al Estado. Agregó que el suelo es susceptible de apropiación y que por tal razón no hay necesidad de consulta alguna para su explotación. La CIDH indicó su preocupación por la falta de respeto del derecho a la consulta previa, libre e informada. Solicitó al Estado información sobre las consecuencias de estos cultivos en la salud y el medio-ambiente, y sobre los recursos administrativos y jurídicos disponibles a las comunidades para garantizar su derecho a la consulta.


Situación de defensores y defensoras de derechos humanos que trabajan por la restitución de tierras en Colombia

La información fue presentada en torno a las dificultades legales e institucionales que se presentan en la aplicación de la Ley de víctimas y restitución de tierras en Colombia. Según datos oficiales, se estima que el área abandonada por la población desplazada asciende a 6.638.195 hectáreas; los peticionarios indicaron que hasta abril de 2015, solamente 97.478 hectáreas han sido restituidas. Las organizaciones sostuvieron que el 84% de los 360.000 casos sujetos a una resolución de microfocalización han sido represados. Además, destacaron que con una sola excepción, no se han restituido tierras colectivas; que en muchos casos los funcionarios gubernamentales desconocen acuerdos entre el gobierno y  algunas ONGs para aplicar la ley; y que no se cumplen medidas para garantizar la reparación integral.  Por su parte, el Estado señaló que de las 83.000 solicitudes de restitución, ya ha resuelto 14.000; que el 84% de las familias con una orden de restitución están en sus tierras; y que han vuelto a ser víctimas de despojo quienes fueron restituidos en sus tierras. El Estado también explicó que hay 354 personas restituidas beneficiarias de medidas de protección y que el Ministerio de Defensa Nacional ha realizado 700.000 acompañamientos a diversos actores involucrados en el proceso de restitución, incluyendo a personas afectadas.  La CIDH enfatizó la importancia del trabajo de las y los defensores de derechos humanos en la protección de los derechos de los demás y en especial de los derechos colectivos, y solicitó mayor información sobre las investigaciones hechas en respuesta a los atentados y amenazas denunciadas.

Derecho a la salud y a la justicia de víctimas de violencia sexual en Colombia

Las organizaciones participantes indicaron que la impunidad imperante en los casos de violencia sexual enviaba un mensaje de tolerancia a los perpetradores y generaba la revictimización de las sobrevivientes. Señalaron la falta de confianza en la justicia por parte de las víctimas debido a procesos judiciales demasiado largos, en los que la carga de la prueba y la continuidad misma del proceso recaía en ellas. Mencionaron que era necesario dar un tratamiento diferencial a la violencia sexual en el marco del proceso de paz y la justicia transicional. Destacaron que actualmente no se garantiza una atención en salud oportuna y de calidad a las mujeres víctimas de violencia sexual, lo que afecta de forma especial a mujeres en situaciones de vulnerabilidad adicional, como las indígenas y afrodescendientes. Indicaron que a raíz de la entrada en vigor de la Ley 1719 de 2014, el Protocolo Obligatorio de Atención en Salud a Víctimas de Violencia Sexual habría pasado a ser facultativo, lo que representaba un retroceso injustificado. El Estado reiteró su compromiso con las mujeres y con la verdad, justicia y reparación, y refirió las medidas adoptadas para garantizar el acceso a la justicia y a los servicios de salud de las víctimas. A su vez, manifestó que compartía la preocupación de las víctimas sobre los cambios generados por la Ley 1719 de 2014, indicando que seguiría instándose al personal de salud a aplicarlo de forma obligatoria. La CIDH reconoció los avances e instó al Estado a continuar trabajando para erradicar la impunidad y garantizar una atención de salud integral a las víctimas de violencia sexual.

Derechos humanos y reformas legales sobre fuerzas de seguridad en Colombia

En la audiencia sobre derechos humanos y reformas legales sobre fuerzas de seguridad en Colombia, la sociedad civil manifestó preocupaciones respecto del Acto Legislativo 01 de 2015 (AL) que reformó la justicia penal militar, de la Ley 1765 de 2015 que reestructuró la justicia penal militar y policial, y del proyecto de Código Nacional de Policía.  Indicaron que el AL excluye al derecho internacional de los derechos humanos en el juzgamiento de crímenes cometidos en el conflicto; impone reglas que desconocen la autonomía e independencia judicial; y viola el derecho a la igualdad ante la ley.  Manifestó que la Ley 1765 no garantiza la independencia de la justicia penal militar; asigna funciones civiles de policía judicial a la Fuerza Pública; crea la policía judicial, y posibilita la aplicación del principio de oportunidad.  Resaltó que el Proyecto de Código Nacional de Policía propone que se requiera el permiso de las autoridades locales para realizar una movilización; y prevé la posibilidad de allanamientos sin orden judicial, entre otras cuestiones de preocupación.  El Estado, indicó que el AL era el resultado de una deliberación abierta y democrática, en el marco de los derechos humanos y que está siendo revisado por la Corte Constitucional. Señaló que el citado proyecto de Código está redactado de acuerdo a la jurisprudencia establecida por la Corte Constitucional y que el aviso es un mecanismo de coordinación que garantiza el derecho a la protesta.

Denuncias sobre discriminación contra la población afrodescendiente en Colombia

Las organizaciones solicitantes informaron sobre la situación de la población afrocolombiana. Indicaron que en los últimos años se ha presentado un aumento preocupante de sus asesinatos, muchas de estas víctimas de desplazamiento forzado. Mostraron preocupación por  la arbitrariedad policial en contra de afrodescendientes. Denunciaron la falta de acciones y mecanismos adecuados para asegurar tanto la protección de sus territorios colectivos, como su derecho a la consulta previa, libre e informada, como su representatividad efectiva. El Estado compartió con la CIDH distintas acciones que se han impulsado en beneficio de la población afrocolombiana. Subrayó además el trabajo efectivo de la policía y de la fiscalía en cuanto a la investigación y justicia en los casos de asesinatos de personas afrodescendientes. La CIDH expresó su preocupación sobre la situación que enfrentan las personas afrodescendientes en Colombia y reconoció el esfuerzo legislativo realizado por parte del Estado en la materia, aunque subrayó que seguía pendiente lograr una mayor representación de la población afrocolombiana en las esferas de poder. La CIDH solicitó información sobre medidas estatales de protección de líderes y defensores de derechos humanos.

Situación de la independencia judicial en Honduras

Las organizaciones solicitantes manifestaron su preocupación respecto a la falta de transparencia y publicidad del procedimiento de selección de miembros de la Corte Suprema de Justicia.  Destacaron la falta de información oficial sobre los 200 precandidatos, experiencia, calificaciones, y ausencia de criterios fijos, objetivos y claros para evaluarlos, así como la falta de un rubro claro que guiará las puntuaciones eventuales de ellos tras las entrevistas que se les realizarán; y un calendario de trabajo de la Junta.  Las organizaciones destacaron la importancia de la paridad de género en este proceso de nominación de la Corte Suprema, y recomendaron que se estableciera un plazo para recibir información y comentarios sobre los candidatos, y que se celebraran audiencias públicas de los candidatos de la lista final, con participación de la sociedad civil. Las organizaciones solicitaron que la CIDH siga monitoreando la situación y que realice una visita al terreno. La Comisión Interamericana lamentó la falta de comparecencia del Estado hondureño en la audiencia, y expresó su interés en contar con una respuesta por escrito. La CIDH enfatizó que cada país puede fijar sus procesos para la selección de jueces, siempre que sean independientes y que tengan igualdad de condiciones. Solicitó información a los peticionarios sobre los criterios de la sociedad civil y pidió que se los hagan públicos; y al Estado, sobre los criterios para los procesos de selección. 

Denuncias sobre corrupción en las instituciones públicas en Honduras

Los peticionarios expusieron la presencia de situaciones de corrupción en algunas instituciones públicas del Estado, con especial énfasis en aquellas enfocadas en programas de inversión social y en específico en el Instituto Hondureño del Seguro Social. Se abordó cómo la corrupción afecta la capacidad del Estado para cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos, entre ellos, los derechos económicos, sociales y culturales. Indicaron que la corrupción  afecta de manera particular a las poblaciones en mayor situación de vulnerabilidad a través del desvío de recursos públicos destinados y requeridos para lograr reducir la pobreza y la desigualdad. Estimaron que la corrupción representa el 10% del Presupuesto General de la República. Se mencionó además que la corrupción es causa y consecuencia de la impunidad que prevalece en el país. Por su parte, la CIDH lamentó la falta de presencia de representantes del Estado hondureño en la audiencia.  La Comisión confirmó su preocupación por el impacto de la corrupción en los grupos en mayor situación de vulnerabilidad, reafirmó que es necesario que se garantice un efectivo estado de derecho a fin de que haya un respeto a los derechos humanos, y expresó la necesidad de un debate nacional donde se escuche a todas las partes para combatir el problema.

Derechos humanos e interceptación de personas elegibles para la protección internacional

Las organizaciones solicitantes informaron sobre la creciente tendencia hacia la externalización del control migratorio en las Américas, en particular a través de la utilización de prácticas dirigidas a interceptar a migrantes en situación irregular, así como otras personas en el contexto de la movilidad humana, ya sea en sus países de origen, en países de tránsito, en el mar, o justo antes de su llegada a destino. Señalaron que las medidas de contención migratoria que se vienen evidenciando en México y en países como Honduras y Guatemala fueron diseñadas en conjunto con el gobierno de Estados Unidos a raíz de la crisis evidenciada en la frontera sur de este país a mediados de 2014. Una de las principales preocupaciones es que muchas de las personas afectadas por las prácticas de interceptación en la región están en necesidad y merecen protección internacional, por lo que las referidas prácticas resultan en violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y de los refugiados. Las organizaciones solicitantes dijeron que los Estados están realizando interceptaciones en operativos en alta mar; en la frontera; en las rutas migratorias mediante controles de seguridad; en puestos de control oficiales de inmigración aeroportuaria;  por personal de seguridad en las puertas de embarque en los aeropuertos; en las embajadas o consulados donde se procesan visas; en el territorio de otro Estado con la presencia de fuerzas de seguridad, o mediante la capacitación de las fuerzas de seguridad de otro Estado con el objetivo de detener la migración; y a través de presión financiera o de otro tipo sobre otro Estado.

Situación de la independencia judicial en Argentina

Las organizaciones informaron sobre la situación de crisis que impide el acceso a la justicia, especialmente para personas en estado de mayor vulnerabilidad. Se enfocaron en tres problemas centrales: presiones indebidas de naturaleza política sobre la Corte Suprema de Justicia de la Nación; composición poco equilibrada del Consejo de la Magistratura; y el sistema de jueces subrogantes. Informaron igualmente sobre las disminuciones en la representación de todos los sectores menos el del oficialismo. Asimismo, destacaron los serios problemas en llenar cargos vacantes de jueces, y que en la actualidad un 20% de los jueces son subrogantes, con grave efecto sobre la independencia judicial dado que no gozan de garantías de estabilidad, están prolongados de manera indefinida. Dijeron que algunos jueces han estado en esta condición desde 2005; que deben dividirse entre 2-3 juzgados en diferentes ciudades; que son removidos sin causales y de manera irregular; y que se designa como magistrados suplentes a secretarios judiciales que no pueden ser calificados. La CIDH lamentó la falta de comparecencia del Estado, y enfatizó que solicitó mayor información a los peticionarios sobre los aspectos normativos o de carácter estructural que podrían afectar la independencia judicial. Asimismo, en la apertura de los trabajos, en respuesta a una solicitud intempestiva de la Cancillería argentina de que fuera cancelada la audiencia, la CIDH presentó un alerta formal para que los contenidos abordados en aquél momento no fueran utilizados por fuerzas políticas en las elecciones presidenciales a ser realizadas a las 48 horas en aquel país.

Situación de la independencia judicial en Bolivia

Las organizaciones participantes identificaron entre los factores que impiden la independencia judicial los juicios de las y los magistrados de las altas cortes bajo la ley de juicio de responsabilidades. Dicha ley otorga la facultad de acusar y juzgar por la Asamblea Legislativa Plurinacional a magistrados de los altos tribunales de justicia, elegidos por voto  popular. Explicaron además que solamente el 30% de los jueces del país cumplen los requisitos establecidos por la ley, mientras que el 70% restante son jueces transitorios, muchos de los cuales no cumplen con estos requisitos. Por último, sostuvieron que los jueces son advertidos de no adoptar decisiones contrarias al Poder Ejecutivo, que no cuentan con protección, y que existirían redes de extorsión. Por su parte, el Estado detalló una serie de esfuerzos que ha hecho para generar la independencia judicial y fomentar la transparencia, y enfatizó que el problema era la mala actitud de las organizaciones peticionarias. Rechazó en términos absolutos que hubiera redes de extorsión o presiones indebidas sobre las y los jueces. La Comisión Interamericana reiteró que los Estados pueden libremente diseñar sus procesos disciplinarios, pero que deben ajustarse a los estándares internacionales  para asegurar la independencia de la judicatura. La CIDH solicitó mayor información sobre los juicios de magistrados, los jueces transitorios, y específicamente al Estado sobre sus planes para abordar la situación de independencia judicial en adelante. La CIDH valora positivamente la asistencia a la audiencia del Procurador General de Bolivia, Héctor Arce.

Situación de derechos humanos de las personas LGBT privadas de libertad en América Latina

Organizaciones de la sociedad civil informaron sobre la situación de vulnerabilidad que enfrentan las personas LGBT en Latinoamérica en centros de detención donde se enfrentan a violencia física, psicológica y sexual por parte de agentes del estado y de otras personas detenidas. Se indicó que la mayoría de centros de detención no garantizan el derecho a la visita íntima y castigan las manifestaciones de afecto entre personas del mismo sexo con aislamientos prolongados y traslados arbitrarios a otros centros penales. Las personas trans son más vulnerables a ser cooptadas por el sistema carcelario, ya que, debido a la discriminación social y familiar, se ven obligadas a trabajar en economías criminalizadas. La CIDH manifestó su preocupación por la criminalización de personas LGBT, particularmente de las mujeres trans, e hizo un llamado a los estados para que revisen las normas de delitos menores, que tienen efectos desproporcionados para las personas LGBT. Asimismo, instó a los Estados para que tengan en cuenta la voluntad de las personas trans en la ubicación de centros de detención, siempre que sea posible; garantizar el derecho a la visita íntima de las personas LGBT; adoptar políticas públicas integrales que tengan en cuenta las necesidades específicas de las personas LGBT privadas de la libertad, incluidas las necesidades de hormonización y transformaciones corporales necesarias para algunas personas trans; y a dejar de utilizar el confinamiento solitario como forma de protección a personas LGBT, ya que no se puede proteger a través del castigo.

Situación de violencia contra periodistas en el Cono Sur

Las organizaciones  y víctimas que presentaron información sobre la situación de violencia contra periodistas en Brasil y Paraguay, indicaron que en Brasil entre los años 2012 y 2014, 87 comunicadores fueron víctimas de graves violaciones. Afirmaron que en la mayoría de los casos involucran a comunicadores que reportan o hacen denuncias sobre información de interés público, como corrupción e irregularidades en la gestión pública. Afirmaron que durante las protestas sociales, entre mayo del 2013 y mayo del 2014 se habrían registrado 171 casos de violaciones contra comunicadores que cubrieron manifestaciones. También se refirieron al fuerte impacto que tiene en los comunicadores el alto número de procesos penales en su contra, el 80% de los procesos por delitos de calumnia, injuria, difamación y desacato son interpuestos por personas relacionadas al universo jurídico y político. Señalaron que no hay medidas específicas de protección para comunicadores en Brasil, y que ellos no tienen conocimiento de un mecanismo para atenderlos, es decir, el Programa Nacional de Protección a los Defensores de Derechos Humanos. De acuerdo con las organizaciones, un grupo de trabajo dedicado específicamente a la protección de comunicadores y periodistas fue creado por el gobierno federal entre los años 2013 y 2014, pero ninguna de sus recomendaciones fue implementada. Por último, afirmaron que otro factor agravante es la impunidad sobre los graves crimines sufridos por los comunicadores, y que la zona fronteriza con Paraguay es una de las áreas más problemáticas en Brasil para cobertura periodística. En relación a Paraguay la mayoría de los asesinatos ocurrieron en dicha zona. Con respecto a Paraguay, las organizaciones señalaron que el asesinato de Pablo Medina el 16 de octubre de 2014, recordó a todos los periodistas asesinados en el Paraguay, que serían17 hasta la fecha. Indicaron que uno de los mayores retos es el seguimiento de estos casos. Observaron que a dicha situación se tienen que sumar las agresiones policiales que sufren los periodistas que trabajan en coberturas, y las condiciones de violencia estatal en la que operan las radios comunitarias. Asimismo, indican que las acciones u omisiones del Estado paraguayo obstaculizan el ejercicio de la libertad de expresión, entre otras cosas, por la inefectividad del sistema de justicia, incluyendo la deficiente investigación de los crimines contra periodistas. Igualmente, señalaron que el clima de censura que provocan los asesinatos en Paraguay, se acentúa con el incremento de las amenazas y agresiones contra periodistas, especialmente por denunciar el narcotráfico y sus vínculos con políticos y policías locales. Por último, informaron sobre la creciente concentración de medios en el país.

Derechos humanos e Inspecciones corporales de visitantes de personas privadas de libertad en América

Diversas organizaciones pusieron de relieve que la práctica de las inspecciones corporales a las personas que visitan a los reclusos es uno de los problemas más graves y persistentes en el trato que reciben en el ámbito de las personas privadas de libertad en la región. Destacaron que en países como Argentina, México y Brasil, se practican inspecciones invasivas y humillantes a los visitantes que acuden a los centros de detención, siendo fundamentalmente víctimas de estas prácticas las mujeres. Asimismo, indicaron que las inspecciones corporales no tienen un impacto significativo real en términos de seguridad, ni en la prevención del ingreso de objetos ilegales; y que en muchos casos, estas revisiones son utilizadas a fin de desincentivar las visitas y reducir el costo logístico y administrativo que implican las mismas. Por su parte, la Comisión destacó la importancia de las visitas para mantener el vínculo familiar, y señaló que la realidad observada en la región es que son los propios funcionarios penitenciarios y los agentes de seguridad quienes facilitan, permiten o directamente participan en el ingreso de objetos prohibidos a los centros de privación de libertad. La CIDH reiteró también que los registros corporales, la inspección de instalaciones y las medidas de organización de los lugares de privación de libertad, cuando sean procedentes de conformidad con la ley, deberán obedecer a los criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad, priorizando otras medidas de control no invasivas.

Los derechos humanos y el agua en América

En esta audiencia, la CIDH recibió información alarmante sobre la situación del derecho al agua en América del Norte, America Latina y el Caribe. Según la información aportada por las organizaciones de la sociedad civil, de 580 millones de habitantes de América Latina y el Caribe, el 20 por ciento no tiene acceso agua potable por medio de un acueducto, y menos del 30% de las aguas servidas reciben tratamiento, muchas veces deficiente, resultando en que 34 de cada 1.000 niños mueren cada año en América Latina y el Caribe por enfermedades asociadas al agua. Los solicitantes indicaron que la situación se ha agravado dada la creciente presión sobre el uso de recursos naturales y el incremento sostenido de las actividades extractivas, destacándose la construcción de represas hidroeléctricas y la explotación minera como los principales causantes de problemas de escasez y contaminación de agua. Las organizaciones identificaron que entre los patrones que se repetirían en toda la región, se encuentra la creación de marcos jurídicos que favorecen la apropiación y el uso de recursos hídricos para proyectos extractivos en desmedro del uso y consumo humano.

Situación del derecho a la libertad de expresión en Centroamérica

Se hicieron presentes organizaciones de Guatemala, Honduras y el Salvador. Los intervinientes evidenciaron una grave situación que existe en estos países por la inexistencia de diversidad y pluralismo de medios, que ha hecho invisibles a las radios comunitarias y las ha criminalizado. Los marcos jurídicos sobre distribución de espacio radioeléctrico y licencias de funcionamiento para las radios comunitarias o son inexistentes o carecen de alcance para garantizar el derecho a la libertad de expresión de las comunidades. Los solicitantes afirman que en estos países los medios están manejados por monopolios y oligopolios, esta situación es muy preocupante en sociedades democráticas tan jóvenes como las de Centroamérica en donde es vital que existan plenas garantías para la libertad de expresión a fin de fortalecer los procesos democráticos. La concentración de medios afecta de forma directa el fomento de pluralidad de voces y la calidad del debate democrático. Denuncian que los comunicadores de radios comunitarias son constantemente agredidos amenazados o criminalizados. Solicitaron a la CIDH una visita para constatar la situación de las radios comunitarias en los tres países y pronunciarse sobre ese particular. La Comisión y el Relator Especial para la Libertad de Expresión manifestaron su preocupación por las denuncias de criminalización de la que estarían siendo víctimas las radios comunitarias y quienes trabajan en ellas. Además manifestaron la importancia de estas radios para las comunidades y de ahí la necesidad de que los Estados no solo se ocupen de hacer leyes al respecto, sino también políticas públicas que garanticen el cumplimento de las mismas.

Situación de defensores y defensoras de derechos de las mujeres y del medio ambiente en América

En la audiencia, las organizaciones solicitantes presentaron a la CIDH informaciones sobre agresiones de mujeres activistas, defensoras de los Derechos Humanos en las Américas. Indicaron que estas mujeres se encontraban en una situación de vulnerabilidad preocupante, en particular las que luchan para la garantía de los derechos territoriales. Indicaron que los Estados instrumentalizaban el derecho penal para neutralizar el activismo de las mujeres, y que tal criminalización no involucraba sólo acciones de judicialización sino también actos de estigmatización, hostigamientos y abusos de poder,  que se materializa en amenazas, violencia de carácter sexual, agresiones verbales, insultos y estigmatización de género. Por fin, informó sobre el carácter permanente de esas ataques y agresiones en contra las mujeres, que sea en el ámbito público o privado.  Pidieron a la Comisión que realizara un informe específico sobre este tema, que permitirá también monitorear la situación de las mujeres defensoras de derechos humanos. La CIDH agradeció a las organizaciones por la calidad de la información presentada, recordó el deber de los Estados de garantizar el ejercicio de los defensores y defensoras de derechos humanos, y solicitó seguir recibiendo información acerca del tema.

Situación de derechos humanos de las personas afectadas por el Programa de Rendiciones, Detenciones e Interrogación de Estados Unidos

Las organizaciones solicitantes presentaron información sobre la falta de recursos efectivos y reparaciones para las víctimas, así como de mecanismos adecuados rendición de cuentas, en relación al Programa de Rendiciones, Detenciones e Interrogación de Estados Unidos. De acuerdo con los solicitantes, el Estado tiene la obligación de garantizar investigaciones adecuadas, en las que se respete el derecho a la verdad y a la transparencia, y reconocer la responsabilidad de los involucrados. Asimismo, indicaron que debe garantizar la justicia, sancionar a los responsables, ofrecer disculpas a las víctimas y otorgar reparaciones. La situación de las víctimas de este Programa fue ejemplificada mediante el testimonio de uno de los sobrevivientes. En esta audiencia, la CIDH recibió la opinión del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, Juan Méndez. Por su parte, el Estado indicó las diversas acciones emprendidas en materia de prevención y combate de la tortura, entre ellas investigaciones y procesos judiciales y administrativos. La CIDH consideró que a pesar de las acciones emprendidas por el Estado, continuarían siendo necesarios mayores esfuerzos para superar las deficiencias estructurales existentes, y para efectivamente investigar, procesar y sancionar a los responsables.

Impacto de las industrias extractivas sobre los sitios sagrados de los pueblos indígenas de Estados Unidos

Durante la audiencia, los solicitantes expusieron el impacto que las industrias extractivas han tenido sobre los sitios sagrados de los pueblos indígenas de Estados Unidos. Entre los participantes de la audiencia se encontraban representantes de la Nación Navajo, la Nación San Carlos Apache y el Pueblo Laguna. Indicaron que en Estados Unidos no existiría una protección adecuada para los sitios sagrados de los pueblos indígenas, y no se respetaría su derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado. De acuerdo con los participantes, esta situación atentaría contra la supervivencia física y cultural de sus pueblos, y no tendrían acceso a mecanismos judiciales o administrativos efectivos para proteger sus derechos. El Estado indicó que federalmente se reconoce y respeta a las tribus indígenas, su derecho de explotar los recursos naturales que se encuentran en sus territorios, y que el Poder Ejecutivo tomaba en consideración los sitios sagrados en el desarrollo de sus políticas, buscando una participación significativa de las comunidades. La CIDH reconoció las complejidades a las que se enfrenta un Estado federal, sin embargo, indicó que era necesario incrementar los esfuerzos de monitoreo para asegurar el respeto de los derechos de los pueblos indígenas. Asimismo, destacó que el Estado no estaba reconociendo en sus actuaciones las dimensiones espirituales y culturales que los sitios sagrados tienen para los pueblos indígenas, por lo que lo instaba a redoblar los esfuerzos para dar cumplimiento a sus obligaciones en materia de derechos de los pueblos indígenas.

Denuncias sobre uso excesivo de la fuerza por la policía contra personas afrodescendientes en Estados Unidos

Las organizaciones destacaron que los afroamericanos se ven desproporcionadamente afectados por los asesinatos cometidos por parte de la policía: aunque representan tan solo el 13.2% de la población, más del 34% de los civiles no armados asesinados por la policía serían afroamericanos. Mencionaron que a pesar de ser un problema tan extendido, las investigaciones de estos casos difícilmente resultan en el procesamiento y sanción de los responsables. Asimismo, indicaron que las familias de las víctimas no reciben reparaciones y muchas veces son hostigadas por la policía cuando presentan denuncias. Según los solicitantes, actualmente ninguna de las leyes estatales sobre uso de la fuerza cumple con los estándares internacionales en la materia. Durante la audiencia, se escucharon los testimonios de Martínez Sutton, hermano de Rekia Boyd, quien habría sido asesinada en 2012 por un oficial de la policía de Chicago; Collete Flanagan, madre de Clinton Allen, quien habría sido asesinado en 2013 por un oficial de la policía de Dallas; y Sara Mokuria, hija de Tesfaie Mokuria, quien habría sido asesinado también por un policía de Dallas. Los participantes señalaron que todos estos casos permanecerían en la impunidad. El Estado reconoció el problema e indicó los esfuerzos realizados para hacerle frente, en particular el informe final del Grupo de Trabajo del Presidente para la Supervisión Policial del Siglo XXI, presentado en mayo de 2015. La CIDH agradeció especialmente los testimonios recibidos y reconoció los esfuerzos del Estado, pero destacó su gran preocupación por la falta de investigación, procesamiento y sanción de los responsables de estos incidentes.

Denuncias sobre violencia obstétrica en Costa Rica

Las organizaciones participantes presentaron información sobre las diferentes manifestaciones de la violencia obstétrica en Costa Rica, el contexto en el que ocurren, los derechos humanos que se están violando, y la respuesta que el Estado ha dado ante esta situación. Indicaron que la violencia obstétrica es una práctica normalizada y común en dicho país, y que los esfuerzos realizados por el Estado son insuficientes para enfrentar el problema. Las peticionarias reprodujeron un video con los testimonios de mujeres víctimas de violencia obstétrica, en que se destacó los malos tratos sufridos; la falta de tratamiento médico adecuado; la falta de acceso a la información; y la impunidad en que permanecerían estos casos. Las participantes indicaron que la violencia obstétrica se manifiesta de diversas formas durante la atención prenatal, el parto y el postparto. Destacaron que no hay políticas públicas para prevenir la violencia obstétrica, ni perspectiva de género y de derechos humanos, y que tampoco se busca abordar las causas de forma integral. Pidieron al Estado que buscara una solución integral y duradera al problema, con la sociedad civil y las víctimas. El Estado indicó que no consideraba que la violencia obstétrica fuese sistemática, y destacó las acciones que está implementando para garantizar el acceso a la salud de las mujeres. La CIDH mostró preocupación por la información recibida y solicitó información al Estado sobre los mecanismos para recabar estadísticas sobre incidentes de violencia obstétrica, así como para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas.

Situación de derechos humanos de las personas afrodescendientes en Costa Rica

Las organizaciones solicitantes informaron sobre la situación de desigualdad de la población afrodescendiente en Costa Rica, con énfasis en la situación de mayor vulnerabilidad en que se encuentran las mujeres. Denunciaron la falta de voluntad política, e indicaron que todos los avances legislativos en la materia fueron productos de la demanda de la sociedad civil. Asimismo, manifestaron que el delito de discriminación racial seguía siendo considerado como un delito menor en el Código Penal costarricense, y que la mayoría de los recursos de amparo interpuestos por minorías étnicas estaban declarados sin lugar. Finalmente,  indicaron su preocupación frente a acciones de odio racial en los medios de comunicación y las redes sociales. El Estado indicó su voluntad de erradicar el racismo “en sus raíces más profundas”, y presentó su nueva política interinstitucional denominada “Plan Nacional Para Una Sociedad Libre del Racismo”, en cuya elaboración tuvo un rol fundamental la sociedad civil en el proceso de elaboración de tal plan.  Enseño a la CIDH, la implementación de acciones positivas a favor de la población afrodescendiente. La CIDH valoró los esfuerzos del Estado, y solicitó información específica sobre sus acciones positivas, sobre los recursos destinados al tema, así como sobre los recursos para el sistema educativo y judicial.

Derecho a la nacionalidad en la República Dominicana (DE OFICIO)

Las organizaciones solicitantes presentaron información actualizada sobre la situación de las personas dominicanas de ascendencia haitiana a partir de la implementación de la Ley 169-14 y respecto de los obstáculos que siguen excluyendo y limitando el derecho a la nacionalidad de estas personas. En especial, señalaron que funcionarios de la Junta Central Electoral (JCE) continúan poniendo trabas arbitrarias para entregar los documentos que acreditan la identidad y nacionalidad de personas nacidas en República Dominicana de padres extranjeros y que fueron registradas en los libros del Estado Civil dominicano, conocidas como Grupo A de la Ley 169-14. En lo que respecta a personas nacidas en República Dominicana de padres extranjeros pero que sus nacimientos no fueron registrados, conocidos como Grupo B, señalaron que se encuentran en una situación de extrema gravedad al tratarlos como extranjeros y que es previsible que enfrenten obstáculos para naturalizarse como dominicanos. Por su parte, la representación del Estado suministró información respecto a las políticas públicas diferenciadas que han implementado recientemente para dotar a todas las personas que viven en el país, ya sean dominicanos, o extranjeros en situación migratoria regular o irregular, de documentación. Para tal efecto, el Ejecutivo dominicano mencionó  que la Ley 169-14 ha permitido que más de 55.000 personas hayan visto reconocida su documentación por la JCE y con ello su nacionalidad dominicana. El Estado manifestó que está comprometido en que estos casos se vayan resolviendo y que los beneficiarios de la Ley 169-14 reciban sus documentos.

Situación de derechos humanos de las personas LGBT en República Dominicana

Organizaciones de la sociedad civil informaron que las personas LGBT frecuentemente son víctimas de violencia y discriminación en los ámbitos laboral, educativo, familiar, y en materia de acceso a la salud y vivienda. En relación con los asesinatos, denunciaron que generalmente son cometidos con altos niveles de violencia y que no existe legislación que criminalice los delitos motivados por el prejuicio. Alegaron que no hay datos oficiales o registros sobre la orientación sexual o la identidad de género de las personas víctimas de asesinatos y otros actos de violencia, y que hay una situación generalizada de impunidad y falta de investigación en homicidios contra personas LGBT. Se informó de desprotección legal de familias constituidas por parejas del mismo sexo; padres y madres biológicos a los que no se les permite ejercer su maternidad o paternidad debido a su orientación sexual; y de “terapias” que intentan modificar la orientación sexual o la identidad de género de niños, niñas y adolescentes. Denunciaron tratos crueles y humillantes en los procesos para otorgar documentos de identidad, en primer lugar porque en dichos procesos se les exige a las personas trans expresarse de acuerdo al sexo que les asignaron al nacer y no de conformidad con su identidad de género. Asimismo, indicaron que los documentos de identidad no reflejan su nombre o su identidad de género. La CIDH instó al Estado a adoptar medidas para prevenir los suicidios en niños, niñas y adolescentes LGBT; y a generar sistemas de registro con datos desagregados para comprender la dimensión de la violencia y la discriminación contra personas LGBT. La CIDH lamentó que el Estado no vino preparado para responder a las denuncias que se presentaron en la audiencia y solicitó que diera seguimiento por escrito a la CIDH.

Reuniones de trabajo realizadas

En el marco del 156º período de sesiones se llevaron a cabo las siguientes reuniones de trabajo:

  • Caso 12.094 – Asociación Lhaka Honhat, Argentina
  • Medida Cautelar 535/14 - Personas en detención migratoria en el Carmichael Road Detention Center, Bahamas
  • Caso 12.904 – Comunidad Chusmiza Usmagama, Chile
  • Petición 687/11 - Gabriel Blas Blas y CBB, Chile
  • Medida Cautelar 9/02 - Comunidades Afrodescendientes del Bajo Naya, Colombia
  • Medida Cautelar 132/00 - Jineth Bedoya Lima, Colombia
  • Medida Cautelar 219-06 - Martha Cecilia Díaz, Colombia
  • Medida Cautelar 629/03 - Miembros de la Comisión de Justicia y Paz, Colombia
  • Caso 10.916 - James Zapata Valencia y José Heriberto Ramírez Llanos, Colombia
  • Petición 1159/08 A.N., Costa Rica
  • Petición 1377/13 – Aurora, Costa Rica
  • Medida Cautelar 196/14 - Julio Cesar Alvarado, Honduras
  • Medida Cautelar 935/04 - Habitantes de Cierrito Lindo, Honduras
  • Medida Cautelar 416/13 - Miembros de MADJ, Honduras
  • Medida Cautelar 18-10Indira Mendoza y otros, Honduras
  • Medida Cautelar 457/13 - Miembros de APUVIMEH, Honduras
  • Medida Cautelar 405/09 - Berta Cáceres, Honduras
  • Medida Cautelar 95/10 - Jorge Fernando Jiménez, Honduras
  • Medida Cautelar 50-14 - Bajo Aguan, Honduras
  • Caso 12.550 – Silvia Arce, México
  • Medida Cautelar 388/12 Edgar Solorio Solís y otros, México
  • Medida Cautelar 452/13 – Guadalupe Olea y otras, México
  • Medida Cautelar 455/13 – Nestora Salgado García, México
  • Medida Cautelar 60/14 – Comunidad Choréachi, México
  • Caso 12.791 - Jesús Ángel Gutiérrez Olvera, México
  • Caso 12.130 – Miguel Orlando Muñoz Guzmán, México
  • Medida Cautelar 178/15 - Mainumby y Carmen Elizabeth Franco, Paraguay
  • Medida Cautelar 262/05 - Pueblo Indígena en Aislamiento Voluntario Mashco Piro, Perú
  • Medida Cautelar 347/06 - M.Arana y Mirtha Vasquez, Perú
  • Medida Cautelar 452/11 - Comunidades y Rondas Campesinas de Cajamarca, Perú
  • Medida Cautelar 530/14 - Gregorio Santos Guerrero, Perú
  • Caso 12.095 - Mariela Barreto Riofano, Perú
  • Caso 12.191 - María Mamérita Mestanza Chávez, Perú
  • Caso 12.897 – Comunidad indígena Kaliña de Maho, Suriname
  • Medida Cautelar 335/14 - Leopoldo López y Daniel Cevallos, Venezuela

 

Informes de peticiones y casos aprobados

En este período de sesiones, la CIDH aprobó los siguientes informes de admisibilidad:

  • Informe No. 61/15, Petición 1241-04, Gabriel Alejandro Benítez, Argentina
  • Informe No. 62/15, Petición 1213-07, Graciela Ramos Rocha, Argentina
  • Informe No. 64/15, Petición 633-04, Pueblo Maya, Belice
  • Informe No. 63/15, Petición 1344-08, Reinaldo Coutinho da Silva y Luiz Otávio Monteiro, Brasil
  • Informe No.  53/15, Petición 706-04, Mario Galetovic Sapunar y otros, Chile
  • Informe No. 54/15, Petición 467-97, Masacre de campamento, Colombia
  • Informe No. 65/15, Petición 467-97, Hollman Morris y familia, Colombia
  • Informe No. 55/15, Petición 12.236, Fausto René sisa Paéz, Ecuador
  • Informe No. 56/15, Petición 584-03, José Raúl Jiménez Jiménez y otros, Ecuador
  • Informe No. 66/15, Petición 1436-11, Emilio Palacio Urrutia y otros, Ecuador
  • Informe No. 57/15, Petición 15-09, Verónica J. Palacios V., Guatemala
  • Informe No.  60/15, Petición 353-07, KPP y otros, Guyana
  • Informe No. 58/15, Petición 348-09, José Alfredo Jiménez Mota y familia, México
  • Informe No. 67/15, Petición 211-07, Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile y otros, México
  • Informe No. 68/15, Petición 882-03, Víctimas de la dictadura militar, Panamá
  • Informe No. 59/15, Petición 895-06, Antonio De la Torre Echeandía, Perú
  • Informe No. 69/15, Petición 264-05, Juan Bautista Guevara Pérez y otros, Venezuela

 

Asimismo, la CIDH aprobó un informe de inadmisibilidad sobre el siguiente caso:

  • Informe No. 70/15, Petición 125-07, Gustavo Haroldo Horta Muñoz, Chile

 

Se adoptó además una decisión de publicación de los siguientes informes de fondo:

  • Informe No. 76/15, Caso 11.661, Manickavasagam Suresh, Canadá
  • Informe No. 77/15, Caso 12.799, Miguel Angel Millaar Silva u otros (Radio Extrella del Mar de Melinka), Chile
  • Informe No. 78/15, Caso 12.831, Kevin Cooper, Estados Unidos
  • Informe No. 79/15, Caso 12.994, Bernardo Aban Tercero, Estados Unidos
  • Informe No. 80/15, Caso 12.689, J.S.C.H y M.G.S, México

 

Y se aprobaron los siguientes informes de solución amistosa:

  • Informe No. 81/15, Caso 12.813, Blanca Olivia Contreras Vital y otros, México
  • Informe No. 82/15, Petición 577-06, Gloria González y familia, Colombia

 

Adicionalmente, la CIDH aprobó cinco informes de fondo que tienen carácter confidencial.

 

Peticiones y Casos con decisión de archivo

A lo largo de 2015, la CIDH adoptó decisiones de archivo sobre las siguientes peticiones y casos:

 

ESTADO

CASO/PETICIÓN

NOMBRE

 

Argentina

Caso 11.597

Emiliano Castro

 

Argentina

Caso 11.707

Norma Dominga Capri Vda. De Szukalo

 

Argentina

Caso 11.709

Luis María Gotelli

 

Argentina

Caso 12.671

Ernesto Trevisi

 

Argentina

Petición 1098-04

Osvaldo Javier Dure

 

Argentina

Petición 1105-08

Horacio Francisco Mollo

 

Argentina

Petición 1184-03

Mirta Marquesano de Accinelli

 

Argentina

Petición 223-98

Horacio Conesa Mones Ruiz

 

Argentina

Petición 307-03

Pedro Werner Schmoller

 

Argentina

Petición 397-05

Diego Christian Loria Querol

 

Argentina

Petición 671-01

Patricia Fernanda Beas

 

Argentina

Petición 68-01

Norberto Hugo Lopez

 

Argentina

Petición 699-00

Jaime Muro Crousillat

 

Bahamas

Caso 11.643

Trevor Fisher

 

Bolivia

Petición 825-03

Francisco Jose Cortes Aguilar

 

Brasil

Caso 11.285

Edson Damião Calixto

 

Brasil

Caso 11.290

Roselândio Borges Serrano

 

Brasil

Caso 11.793

Jorge Antonio Carelli

 

Brasil

Caso 12.559

Daniel Gomes do Santos e Vilma Soares da Silva

 

Brasil

Caso 12.604

Ariomar Oliveira Rocha, Ademir Federicci e Natur de Assis Filho

 

Brasil

Caso 12.746

José do Egito Romao Diniz

 

Brasil

Caso 12.752

Marcio Aurelio Goncalves

 

Brasil

Petición 1122-07

Eliane Ortiz e Murilo Alcalde

 

Brasil

Petición 15-08

Amaro Rosa de Barros

 

Brasil

Petición 176-08

Gustavo Magalhaes Pereira

 

Brasil

Petición 950-08

Gabriel de Matos Prado

 

Chile

Caso 12.619

Jorge Adrián Sotomayor Corrales

 

Colombia

Caso 12.620

Masacre de Chengue

 

Colombia

Caso 12.622

Gilberto Triana Molina

 

Colombia

Petición 1163-06

Maria del Pilar Zuluaga Ávila y Gerardo Quevedo Cobos

 

Colombia

Petición 12.540

Jesús Hernando Roa García

 

Colombia

Petición 438-03

Desplazados Forzados del Sur de Bolívar nov1998

 

Colombia

Petición 57-01

Francia Elena Córdoba Martínez

 

Costa Rica

Caso 11.529

Reynaldo Risby Jarquin y otros

 

Costa Rica

Petición 12.045

Freddy Gonzalez Bermudez

 

Cuba

Petición 11.693

Hilda del Carmen Molina Morejon

 

Cuba

Petición 144-03

Maria de los Ángeles Lago

 

Cuba

Petición 284-07

Pablo de Goya Conde

 

Cuba

Petición 608-05

Juan Carlos Rodríguez Piedra y Denia Irene Fernández Gutiérrez

 

Ecuador

Caso 11.510

Luis Giraldo Ordoñez Peralta

 

Ecuador

Caso 11.513

María Zambrano

 

Ecuador

Caso 12.407

Roberto Edgar Xavier Sassen Van Elsloo Otero, Cesar Bolivar Torres Herbozo, Roberto Edgar Xavier Sassen Van Elsloo Otero y César Bolívar Torres Herbozo

 

Ecuador

Petición 1080-05

Yoel Valiente Nápoles

 

Ecuador

Petición 11.514

Pastor de las Rosas Montaño

 

Ecuador

Petición 12.345

Hugo Amir Guerrero

 

Ecuador

Petición 12.372

James Gordon Williams

 

Ecuador

Petición 200-05

Solanda Goyes Quelal, Alexandra Andrade Ayauca, Annunziatta Valdez Larrea

 

Ecuador

Petición 650-05

Wilman Patricio Cazar Caicedo

 

El Salvador

Caso 12.544

Delmy Idalia Zaragoza y otros (Sindicato)

 

El Salvador

Petición 4523-02

Mauricio Antonio Hernández, Alfredo Rubio Reyes, Luis Alonso Ordoñez y otros (trabajadores estatales)

 

Guatemala

Caso 11.309

Víctor Heracilio Camarda, José Alberto Camarda

 

Guatemala

Caso 11.448

Oscar Ricardo Vázquez Monroy y otros

 

Guatemala

Caso 12.451

César Geovanny Guzmán Reyes

 

Haití

Caso 12.389

Jean Michel Richardson

 

Haití

Caso 12.458

Ephraim Aristide

 

Haití

Caso 12.601

Johel Dominique

 

Haití

Petición 319-08

Wilbens Dorcelus

 

Jamaica

Caso 11.321

Delford Gardner

 

Jamaica

Caso 12.467

Fabian Moses

 

México

Caso 12.464

Eugenio Terrazas y Alejandro Junco de la Vega

 

México

Petición 276-07

José de Jesús Ramírez Saavedra

 

México

Petición 311-06

Alejandro Junco de la Vega, Presidente, y DG de Consorcio Interamericano de Comunicación, SA de CV y Editora el Sol, SA de CV, Eugenio Herrera-Terrazas

 

México

Petición 781-01

Maria Guadalupe y Yahaira Montserrat Lara Godinez y otros

 

Nicaragua

Caso 10.802

Elsa Italia Mejía viuda de Bermúdez

 

Nicaragua

Caso 11.878

Azucena Ferry Echeverri, Rommel Antonio Martínez Cabezas, Carlos Alberto Jirón Bolaños, Constantino Raúl Velázquez y otros ciudadanos nicaragüenses en proceso electoral

 

Panamá

Petición 637-01

Detenidos, custodios civiles y policías del Caso Serv. Penitenciario del Centro La Joya

 

Panamá

Petición 828-04

Blas Julio Rodríguez

 

Panamá

Petición 956-04

AGSV

 

Perú

Caso 11.220

Rudy Pisco Saboya y otros

 

Perú

Caso 11.386

Víctor Ramírez Arias

 

Perú

Caso 11.849

Leoncio Florian López y otras 17 personas

 

Perú

Caso 12.085

Ana Elena Townsend Diez Canseco y otras 15 personas

 

Perú

Caso 12.173

Néstor Fidel Bernui Mello

 

Perú

Caso 12.395

Clara Fátima Salinas Carrillo de Guardia

 

Perú

Caso 12.429

Edwin Gamarra Alarcón

 

Perú

Caso 12.483

Rafael Correa Díaz

 

Perú

Caso 12.501

Humberto Palomino Palomino

 

Perú

Caso 12.634

Ernesto Anselmo Cubas

 

Perú

Caso 12.641

Gustavo José Pérez Cueva

 

Perú

Petición 1017-04

Pedro Alfonso Chacaliza Tito

 

Perú

Petición 102-05

Victor hugo Becerra Sanchez

 

Perú

Petición 12-05

Orlando Hilares Catalan

 

Perú

Petición 1205-04

Rolando Camacho Rojas

 

Perú

Petición 1304-04

Julio César Canahualpo Valenzuela

 

Perú

Petición 178-06

Prospero Mesias Limay Silva

 

Perú

Petición 238-05

Jorge Atalaya Zegarra

 

Perú

Petición 241-06

Rosa Hilaria Candela Bocanegra

 

Perú

Petición 286-02

Flor de Maria Maita Luna

 

Perú

Petición 542-99

Herivelto Uscuvilca Patino y Manuel Humberto Dávalos Arica

 

Perú

Petición 776-98

Lucio Vilca Galindo

 

Perú

Petición 810-04

Samuel Cosme Huamán Enciso

 

Perú

Petición 815-98

Rafael Carmelo Ranilla Huamaní

 

Perú

Petición 855-04

Rodolfo Cardenas Ruiz

 

Perú

Petición 895-05

Carlos Walter Campos Delgadillo

 

Trinidad y Tobago

Caso 11.828

Albert Edwards

 

Trinidad y Tobago

Caso 12.342

Balkissoon Roodal

 

Trinidad y Tobago

Caso 12.346

Sheldon Roach

 

Trinidad y Tobago

Caso 12.355

Arnold Ramlogan

 

Trinidad y Tobago

Caso 12.400

Takoor Ramcharan

 

Uruguay

Caso 11.594

Itala Rocha de Durán

 

Venezuela

Caso 12.557

Carlos Rafael Alfonso Martínez

 

Venezuela

Petición 1074-03

Carlos Ventura Martinez

 

Venezuela

Petición 11.873

Jesús Albert Vasco, Juan José Rodríguez Ostides, Otros

 

Venezuela

Petición 1349-04

Enrique Pineda Gonzales

 

Venezuela

Petición 388-04

Felipe Segundo Montilla Nuñez

 

Venezuela

Petición 444-04

Sonia Chahde

 

Venezuela

Petición 485-03

Wilfredo Tovar, Jose Neira Celis, Elsy de Pe;a, Omar Guillen, Orlando Pantaleon, Saul Lozano, Jacobo Supelano, William Forero, Jorge Inojosa

 

Venezuela

Petición 916-05

Marzkegt Jose Sanchez

 

Contribuciones financieras

La CIDH desea agradecer muy especialmente los importantes aportes financieros efectuados en lo corrido del año 2015, por países de dentro y fuera de la región, así como por organizaciones y agencias internacionales, fundaciones y otras entidades. Estas donaciones hacen posible que la CIDH realice gran parte de sus actividades relativas a los mandatos provenientes de los órganos políticos de la OEA.

En particular, la CIDH agradece las contribuciones recientes, realizadas por los gobiernos de los siguientes países miembros de la OEA: Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Estados Unidos, México, Paraguay, Perú y Uruguay. También desea agradecer a los Países Observadores Permanentes que apoyan las actividades de la Comisión: Dinamarca, España, Francia, Suecia, Suiza y Unión Europea. Asimismo, la Comisión valora y agradece las contribuciones recibidas del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Avina, Fundación Arcus, Grupo de Trabajo Internacional sobre Asuntos Indígenas (IWGIA), Save the Children - Suecia, Universidad de Notre Dame y Universidad Stanford. Estos aportes contribuyen de manera concreta al fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos en el continente americano.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 120A/15