CIDH

Comunicado de Prensa

Observaciones Preliminares sobre la situación de los derechos humanos en Honduras

5 de diciembre de 2014

Tegucigalpa, Honduras - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) culminó hoy una visita in loco a Honduras, que tuvo lugar del 1 al 5 de diciembre de 2014, con el objetivo de observar la situación general de derechos humanos en el país. La delegación estuvo encabezada por la Presidenta de la CIDH, Tracy Robinson; la primera vicepresidenta, Rose-Marie Belle Antoine; el Comisionado José de Jesús Orozco Henríquez; la Comisionada Rosa María Ortiz; y los Comisionados Paulo Vannuchi y James Cavallaro. Asimismo, integraron la delegación el Secretario Ejecutivo de la CIDH, Emilio Álvarez Icaza; la Secretaria Ejecutiva Adjunta, Elizabeth Abi-Mershed; y el Relator Especial para la Libertad de Expresión, Edison Lanza, así como especialistas de la Secretaría Ejecutiva.

La Comisión sostuvo reuniones con autoridades estatales de los tres poderes del Estado, organizaciones de la sociedad civil y otras personas que se acercaron a presentar información sobre la situación de derechos humanos en el país. Realizó visitas sin restricciones a diversas regiones, incluyendo Tegucigalpa, La Ceiba, Tocoa, El Progreso, San Pedro Sula, el Bajo Aguán, Comayagua, y recorrió centros de atención a migrantes y a niños migrantes, pueblos garífuna y comunidades campesinas. Asimismo, en el curso de la visita la CIDH visitó la Penitenciaría Nacional de San Pedro Sula, la Penitenciaría Nacional de Comayagua, el centro de detención instalado en el cuartel de grupo especial de la policía “Los Cobras”, el Centro de Rehabilitación de Adolescentes “Renaciendo”, la Penitenciaría Nacional “Marco Aurelio Soto”, y los centros de detención ubicados en el Primer y Tercer Batallón de Infantería del Ejército.

La CIDH se reunió con el Presidente de la República, Juan Orlando Hernández; el Canciller, Roberto Ochoa Madrid; el Secretario de Seguridad, Arturo Corrales; el Secretario de Justicia, Derechos Humanos, Gobernación y Descentralización, Rigoberto Chang Castillo; el Secretario de Trabajo y Seguridad Social, Carlos Madero Erazo; la Vice-Canciller, María del Carmen Nasser Selman; la Subsecretaria de Justicia y Derechos Humanos, Karla Cuevas; el Secretario de Defensa, Samuel Armando Reyes Rendón; el Director Nacional de Investigación e Inteligencia, General Julián Pacheco Tinoco; la Secretaria de Salud, Edna Yolani Batres; el Procurador General de la República, Abraham Alvarenga; el Subprocurador General, Jorge Abilio Serrano y el Director de Fiscales del Ministerio Público, Rolando Edgardo Argueta. Asimismo, se reunió con miembros de la Secretaría de Seguridad, Secretaría de Educación, Secretaría de Sectorial de Desarrollo e Inclusión Social; Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; Comisión Nacional de Derechos Humanos (CONADEH); la Comisión Nacional de Prevención de la Tortura (CONAPREV); el Instituto Nacional Penitenciario; el Instituto Nacional de la Mujer; la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia; el Instituto de Acceso a la Información Pública; el Instituto Nacional Agrario; el Instituto Nacional de Migración, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL. En la ciudad de San Pedro Sula, la CIDH se reunió con la Vice alcalde Liliana Humaña y otras autoridades. En la ciudad de Tocoa, la Comisión se reunió con la Gobernadora del Departamento de Colón, Ghisell Padilla Pelayo; el Alcalde Adán Fúnez Martínez; el Coordinador de la Unidad de Muertes Violentas del Bajo Aguan (UMVIBA), Javier Antonio Guzmán; la Abogada de la Unidad de Muertes Violentas del Bajo Aguan (UMVIBA), Mitzy Villatorio V.; el Comandante de la Operación Xatruch, Coronel Rene Jovel Martínez; el Subcomisionado de Policías, Marco Tulio Cruz Aguilar; y el Representante de la Secretaria de Salud, Jaime Rosales Amaya.

Asimismo, la CIDH se reunió con el Presidente del Congreso Nacional de la República, Mauricio Oliva Herrera y representantes del Congreso. Adicionalmente, la Comisión Interamericana se reunió con representantes de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo Nacional de la Judicatura y de la Coordinación Nacional de Jueces de Ejecución Penal.

La CIDH se reunió con las siguientes organizaciones de la sociedad civil Asociación Calidad de Vida, Asociación para una Ciudadanía Participativa (ACI-PARTICIPA), Asociación Civil Jóvenes Hondureños Adelante Juntos Avancemos (JAH-JA), Asociación de Defensores Públicos de Honduras (ASODEPH), Asociación de Fiscales de Honduras, Asociación Intermunicipal y Vigencia Social de Honduras (AIDEVISH),  Asociación de Jueces por la Democracia (AJD), Asociación LGTB Arcoíris de Honduras (Asociación ARCOÍRIS), Asociación Libre Expresión, Asociación de Medios de Comunicación, Asociación de Medios Comunitarios de Honduras (AMCH), Asociación de la Prensa, Asociación de Productores Medicina (APROMENCOL), Asociación para una Sociedad más Justa (Capitulo Transparencia Internacional en Honduras), Asociación para una Vida Mejor de Personas Infectadas por el VIH/SIDA en Honduras (APUVIMEH), Asociadas por lo Justo (JASS), Atlántida, Brigadas Internacionales de Paz (PBI), Caritas de San Pedro Sula (CARITAS), Caritas Trujillo, Casa Alianza Honduras (CAH), Casa Asti, Central Nacional de Trabajadores del Campo (CNTC), Centro de Derechos de Mujeres (CDM), Centro de Estudios para la Democracia (CESPAD), Centro de Estudios de la Mujer-Honduras (CEM-H), Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH), Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Central Nacional de Trabajadores del Campo (CNTC), Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Víctimas de la Tortura (CPTRT), Centro de Productos Naturales (CENAT), Colectiva de Mujeres Hondureñas (CODEMUH), Colectivo Unidad Color Rosa (CUCR), Colegio Profesional Unión Magisterial de Honduras (COPRUMH), Colegio Profesional Superación Magisterial Hondureña (COLPROSUMAH), Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras (COPEMH), Colonia Los Cedros, Comisión Ciudadana de Transparencia (CCT), Comisión Internacional de Juristas (CIJ), Comité de América Latina y del Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujeres-Honduras (CLADEM), Comité para la Defensa de los Derechos Humanos en Honduras (CODEH), Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), Comité por la Libre Expresión (C-Libre), Comité de Oxford para la Ayuda contra el Hambre (OXFAM), Comité Pro Defensa Aguán, Comunidad de Barra Vieja, Comunidad La Ceiba, Comunidad Gay Sampedrana para la Salud Integral (CGSSI), Comunidad Nueva Armenia, Comunidad Nueva Esperanza, Comunidad Santa Fe, Comunidad Santa Rosa de Aguán, Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), Convergencia por los Derechos Humanos, Coordinadora de Instituciones Privadas por las Niñas, Niños, Adolescentes, Jóvenes y sus Derechos (COIPRODEN), Coordinadora de Organizaciones Populares del Aguán (COPA), Diario Tiempo, El Heraldo, Empresa Asociativa Campesina de Isletas (EACI), Equipo de Monitoreo Independiente de Honduras (EMIH), Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC-SJ), Escuela Raul Medrano, Federación de Tribus Pech de Honduras (FETRIPH), Federación Unitaria de Trabajadores de Honduras (FUTH), Foro de Mujeres por la Vida, Foro Nacional de Sida (FOROSIDA), Frente Nacional de Resistencia Popular (FNRP), Fundación Alfredo Landaverde (FAL), Fundación Hondureña de Rehabilitación e Integración del Limitado (FUHRIL), Fundación Parque Nacional Pico Bonito (FUPNAPIB), Fundación Pestalozzi, Fundación San Alonso Rodríguez (FSAR), Gemelos de Honduras, Grupo Lésbico/Bisexual Litos (Go Lésbico), Grupo de Mujeres YAACHE, Honduras Solidarity Network (HSN), Hospital Atlántida, Iglesia Católica, Iglesia Evangélica Baustista Misr (IEBM), Instituto Oficial Unión y Esfuerzo (Unión y Esfuerzo), Instituto Psicopedagógico “Juana Leclerc” (IPJL), Instituto Tecnológico de Administración de Empresas (INTAE-SPS), Movimiento Ambientalista Santabarbarense (MAS), Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia (MADJ), Movimiento Amplio Universitario (MAU), Movimiento Auténtico Reivindicador Campesino del Aguán (MARCA), Movimiento Campesino Refundación Gregorio Chávez (MCRGC), Movimiento Campesino Vallecito (MCV), Movimiento de Mujeres de la Colonia López Arellano (MOMUCLAA), Movimiento de Mujeres por la Paz Visitación Padilla, Movimiento Unificado Campesino del Aguán (MUCA), Municipal de San Pedro Sula, Observatorio Ecuménico Internacional de los Derechos Humanos (OEIDH), Observatorio Permanente de Derechos Humanos del Aguán (OPDHA), Oficina Municipal del la Mujer (OMM), Organización de Desarrollo Étnico Comunitario (ODECO), Organización Fraternal Negra Hondureña (OFRANEH), Pastoral Penitenciaria San Pedro Sula, Patronato Colonia D’Antoni, Patronato para el Desarrollo Cultural-La Ceiba (Patronato CD), Patronato Sambo Creek, Patronato Triunfo de la Cruz, SERSO – Jutiapa, Patronato 21 Oct., Pen Internacional-Honduras (PEN), Plan-Internacional, Plan-Internacional Honduras, Plan para la Niñez, Plataforma Agraria, Por el Derecho a una Alimentación Adecuada y a la Nutrición (FIAN-Honduras), Programa de Rehabilitación para Parálisis Cerebral (PREPACE), Proyecto de Acompañamiento Internacional en Honduras (PROAH), Proyecto Alternativas y Oportunidades, Radio Alter Eco, Radios Comunitarias Lencas –COPINH, Radio Comunitaria Sugua- Sambo Creek, Radio Exclusiva de Tela, Radio Globo y Globo TV, Radio Progreso, Radio Valle de Ángeles, Red Balance, Red de Desarrollo Sostenible, Red Discapacidad Honduras, Red Lésbica CATTRACHAS (CATTRACHAS), Red de Mujeres Jóvenes de Cortés, Red de Mujeres Mariposas Libres, Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en Honduras (RNDH), Representantes del Pueblo Tolupán, Servicios Técnicos, Legales y Económicos (SETELEC), Sindicato de Empleados Públicos de la Educación (SIEMPE), Sindicato de Trabajadores de la Empresa Nacional Autónoma de Honduras (STENEE), Sindicato de Trabajadores de la DEI (SITRADEI), Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Bebida y Similares (STIBYS), Sindicato de Trabajadores del Instituto Nacional Agrario (SITRAINA), Sindicato de Trabajadores del Patronato Nacional de la Infancia (SITRAPANI), Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (SITRAUNAH), Tribuna de Mujeres contra los Femicidios (TMCF), Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), YAAXCHE y 45 TV.

Asimismo, la Comisión Interamericana se reunió con diversas agencias de la Organización de las Naciones Unidas, incluyendo la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH y SIDA (ONUSIDA), ONU Mujeres, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Programa Mundial de Alimentación (PMA/WFP), Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO), Organización Internacional del Trabajo (OIT), Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Sistema de Naciones Unidas – Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (SNU-OACNUDH), Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS).

La Comisión agradece al Presidente Juan Orlando Hernández y a su Gobierno la invitación a realizar esta visita, así como todas las facilidades logísticas y asistencia brindadas para la realización satisfactoria de la misma. Asimismo, agradece la hospitalidad con que se recibió a la delegación. De igual manera, la Comisión reconoce y valora la información aportada por el Gobierno, y la apertura para establecer un diálogo con la CIDH.

LA VIOLENCIA Y LA INSEGURIDAD CIUDADANA

La CIDH constató que la violencia y la inseguridad son problemas graves a los que se enfrenta la sociedad hondureña. En relación con la respuesta estatal, durante esta visita, la CIDH recibió constante información que critica severamente la actuación de las instituciones a cargo de la seguridad pública, así como la falta de resultados en el combate a la violencia; lo que ha ocasionado que durante los últimos años se hayan producido altos niveles de violencia, que a su vez, han desembocado en serias afectaciones contra personas de distintas actividades, profesiones y oficios, así como también contra grupos específicos. 

De acuerdo a un estudio de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes estuvo en aumento en Honduras de 50.9 en 2000 hasta alcanzar 81.8 en 2010, 91.4 en 2011 y 90.4 en 2012. De hecho, el índice de homicidio en Honduras en 2013, fue el más alto a nivel mundial. De acuerdo con la información aportada por el Estado, basándose en cifras del Observatorio de la Violencia de la Universidad Nacional de Honduras, que utiliza una metodología diferente a la de UNODC, la tasa de homicidios bajó de 85.5 en 2012 a 79 por cada 100.000 habitantes en 2013. Aún contemplando estas cifras, la tasa de homicidios continúa siendo una de las más altas de la región y del mundo.

Violencia contra defensores y defensoras de derechos humanos

Los defensores y las defensoras de derechos humanos son en Honduras blancos de ataques por parte de aquellas personas que han sido señaladas como responsables de violaciones a derechos, o bien, de sectores y grupos que tienen intereses opuestos a sus causas. La Comisión observó con preocupación las cifras presentadas por el Comité de Familiares Desaparecidos en Honduras (COFADEH), según las cuales desde 2010 habrían 3064 criminalizaciones, como resultado del uso indebido del derecho penal para amedrentar a defensores y defensoras; 22 asesinatos; 2 desapariciones; 15 secuestros; 88 casos de robos de información y 53 sabotajes a los vehículos donde se transportaban.

En particular, la Comisión recibió información sobre la situación de varios líderes sindicales que son criminalizados u objeto de vigilancias y seguimientos tanto a sus personas como a sus núcleos familiares. La Comisión recibió información de un líder sindical cuyo hijo de 18 años “estuvo desaparecido” fue “amarrado y luego tirado”. Otro sindicalista indicó que desconocidos ingresaron a su casa, golpearon a su esposa y a sus hijas y las dejaron amarradas. “Esta es una acción de terror y de miedo que están haciendo en todas las organizaciones sindicales para desmantelarlas”, indicó.

Violencia contra líderes y lideresas indígenas

Asimismo, la CIDH recibió alarmante información sobre asesinatos, actos de violencia y amenazas a muerte a líderes indígenas y garífuna, en particular aquellos que defienden sus territorios y recursos naturales en el contexto de desarrollo de megaproyectos, sin la consulta previa e informada. “Como me dicen que me van a matar. No tengo miedo. Estoy expuesta, esperando la muerte”, afirmó a la CIDH una mujer defensora de derechos de pueblos indígenas en La Ceiba. El Estado, por su parte, no informó a la CIDH sobre medidas específicas para prevenir asesinatos y actos de violencia contra líderes, lideresas y defensores/as de pueblos indígenas. Como ha señalado la Comisión, muchos de los ataques proferidos en contra de la vida e integridad personal de líderes, lideresas y defensores indígenas tienen la intencionalidad de reducir las actividades de defensa y protección de territorios y recursos naturales, así como la defensa del derecho a la autonomía e identidad cultural.

Violencia contra niños, niñas y adolescentes

El contexto generalizado de violencia e inseguridad ciudadana coloca a la infancia y adolescencia hondureñas en una posición de particular vulnerabilidad. La CIDH recibió información por parte de la sociedad civil sobre el número de 454 niños, niñas y adolescentes que de enero a junio del presente año, han muerto a causa de la violencia en el país. La Comisión observa la urgente necesidad de instalar un sistema nacional de promoción y protección integral de derechos del niño con un fuerte enfoque preventivo que garantice el derecho del niño a una vida familiar y comunitaria libre de todo tipo de violencia.

Violencia contra periodistas y trabajadores de medios de comunicación

La CIDH constató la grave situación de inseguridad en la que laboran los periodistas y comunicadores en Honduras. Desde diciembre de 2013 han sido asesinados al menos dos periodistas en Honduras y un trabajador de un medio, todos en el departamento de Yoro, por causas que podrían estar asociadas al ejercicio de su profesión. Un periodista de la estación Vida Televisión y corresponsal de la cadena Globo y un periodista en el municipio de Olanchito. En el caso del trabajador de Radio Progreso, beneficiario de medidas cautelares, la investigación judicial habría concluido con el procesamiento del autor material. Asimismo, durante la visita la CIDH pudo documentar que persisten  graves y múltiples agresiones y amenazas de muerte de periodistas por razones asociadas a su labor periodística. "Estoy pensando en dedicarme a otra cosa”, dijo un periodista que se vio obligado a desplazarse a otra región del país tras recibir amenazas por denunciar un caso de corrupción. Este año, una de sus fuentes fue asesinada, junto al policía que lo custodiaba. La CIDH recibió con preocupación información que indica que la violencia contra periodistas se habría extendido a sus familiares, y que en 2014, se habrían registrado cinco asesinatos de familiares de periodistas. “Tengo que pensar en mis hijos, yo soy madre y padre para ellos, estos niños solamente me tienen a mí y no es justo que los exponga y arriesgue de esta manera, lamentablemente hoy me toca decidir entre mis hijos y mi profesión, créame que esto no es nada fácil para mí", explicó.

Violencia contra mujeres

Adicionalmente, la CIDH recibió información preocupante sobre el elevado número de asesinatos y actos de violencia contra las mujeres en Honduras. Organizaciones de la sociedad civil informaron que desde el año 2010 a noviembre de 2014, 2.592 mujeres habían sido asesinadas. Según cifras del Observatorio de la Violencia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, entre enero y noviembre de 2014, han ocurrido 453 muertes violentas de mujeres. Se informa que una mujer pierde la vida en promedio cada 17 horas. Según este observatorio, el 71% de mujeres asesinadas en 2014 fue por armas de fuego. Al respecto, organizaciones denunciaron que el Estado no ha tomado medidas efectivas para prevenir la violencia, por ejemplo, a través de un control efectivo de armas. Asimismo, se denunció a la CIDH que las mujeres continúan siendo víctimas de violencia sexual por parte de agentes estatales, incluso por agentes de la Policía Militar. En relación con las mujeres defensoras, una defensora de derechos de las mujeres en La Ceiba afirmó a la CIDH “somos pocas y por eso estamos tan expuestas. Todos saben dónde encontrarnos”.

En cuanto a la violencia contra las mujeres en la familia, una magistrada de la Corte Suprema de Justicia indicó a la CIDH que “la violencia contra la mujer se tiene como algo natural”. Al respecto, indicó que el Estado ha “trabajado fuertemente en la protección de las víctimas de violencia doméstica”. Por su parte representantes del Estado informaron a la CIDH de diversas medidas que ha adoptado para abordar la situación de violencia contra las mujeres. El Estado indicó que ha fortalecido la Unidad de Género dentro del Consejo de la Judicatura para enfrentar la situación de violencia contra las mujeres. El Estado aludió a la tipificación legal del femicidio como delito que acarrea una pena entre 30 y 40 años en la modificación legislativa del Código Penal de 2013. La Comisión observa que la grave situación de violencia contra las mujeres exige una respuesta mucho más fuerte por parte del Estado, y que es indispensable que el Estado tome más en cuenta las necesidades de las mujeres en el diseño de la política de seguridad ciudadana, y que preste especial atención a la situación de las mujeres en las zonas rurales donde hay poca presencia de las instituciones estatales.

Violencia contra personas lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT)

Organizaciones de la sociedad civil denunciaron el alto número de casos de asesinatos a personas lesbianas, gays, bisexuales y trans en Honduras. Desde el año 2009 al 1 de diciembre de 2014, la sociedad civil informó que se registraron 174 muertes violentas de personas LGBT en el país (90 gays, 15 lesbianas y 69 personas trans), principalmente en los Departamentos de Cortés y Francisco Morazán. “No hay una propuesta estatal para prevenir muertes violentas”, denunció un defensor de derechos de personas LGBT.  Por su parte el Estado indicó que se habían judicializado varios de estos casos de muertes violentas. Sin embargo, si bien el Estado informó sobre la investigación en algunos casos, el Estado no presentó información sobre medidas de prevención de violencia contra personas LGBT. 

En este sentido, organizaciones denunciaron que existe en Honduras un ambiente social de discriminación histórica contra personas LGBT que conlleva a la violencia motivada por prejuicio. Al respecto la CIDH resalta el vínculo que existe entre la discriminación contra personas LGBT y la violencia por prejuicio que se ejerce contra éstas.  “En Honduras no hay políticas públicas que beneficien a personas LGBT. No hay”, afirmó una mujer trans, defensora de derechos de personas LGBT a la CIDH en Tegucigalpa.

Además, se recibieron múltiples denuncias sobre las violaciones de las cuales son objeto defensores y defensoras de los derechos de las personas LGBT quienes constantemente serían sometidos a agresiones y hostigamientos por parte de grupos que intentan hacer prevalecer una discriminación estructural en su contra a través de la violencia, además -según se denunció- en varias ocasiones serían objeto de detenciones arbitrarias por parte de la policía nacional, presuntamente por atentar contra “la moral y las buenas costumbres”. Una mujer trans defensora indicó a la CIDH “en Honduras se criminaliza por el simple hecho de ser trans, por ser defensora, por ser parte de esta sociedad”.

Violencia contra migrantes hondureños

La CIDH recibió importante información sobre las diversas formas de violencia a las que están expuestos los migrantes en su búsqueda de mejores oportunidades. Al respecto, la Comisión observa con preocupación lo informado por el Comité de Familiares Migrantes Desaparecidos del Progreso respecto a que durante los últimos años, 400 migrantes han desaparecido en su ruta hacia Estados Unidos sin que el Estado haya adoptado hasta la fecha mecanismos de búsqueda de estas personas con vida o bien, un equipo técnico para el hallazgo e identificación de restos. Dado que los factores de expulsión y atracción que están detrás de estos flujos migratorios mixtos en la región son complejos, la Comisión hace notar la importancia de que Honduras establezca estrategias en coordinación con los países de la región para  que desarrollen políticas migratorias conjuntas con enfoque de derechos humanos que aborden estos factores de manera integral, y adopten medidas efectivas para prevenir las causas que generan la migración forzada.

Esta situación es particularmente preocupante en relación con los niños, niñas y adolescentes migrantes hondureños, quienes viajan no acompañados principalmente por motivos de reunificación familiar. La CIDH ha recibido información consistente según la cual de octubre del 2013 a septiembre del 2014, más de 18 mil niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados, provenientes de Honduras, fueron detenidos en los Estados Unidos. Este número es mayor del registrado de 2009 a 2013, y que consistió en 12.703 detenciones. En junio de 2014, más de 13 mil niños y niñas hondureños se encontraban en los centros de detención de dicho país. Frente a esta problemática, el Estado destacó que, en julio del presente año, había declarado una emergencia humanitaria, priorizando la cooperación nacional e internacional a fin de articular una respuesta adecuada. Para ello, encargó a la recién creada Dirección de la Niñez, la Adolescencia y la Familia (DINAF) el acompañamiento y protección de los niños y niñas y familias en el proceso de repatriación y reinserción.  No obstante ello, la Comisión ha sido informada sobre la preocupante debilidad de la respuesta del Estado en la priorización de niñez en sus políticas públicas y en la  prevención de las causas como factor de expulsión.  Ante esta situación, la Comisión insta al Estado a adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena reintegración familiar y comunitaria de la niñez migrante retornada, así como a diseñar estrategias que ataquen los factores de riesgo estructurales.   

En relación con la violencia contra defensores y defensoras –incluyendo de pueblos indígenas y afrodescendientes-, líderes sindicales, niños, niñas y adolescentes, periodistas y trabajadores de la comunicación, mujeres, personas LGBT, la Comisión urge al Estado de Honduras a intensificar y profundizar los recursos humanos y materiales destinados a investigar de manera pronta, diligente e imparcial estos asesinatos y aplicar las sanciones penales que correspondan, de manera de evitar la impunidad y la repetición de hechos similares.

Violencia en el marco del conflicto de tierras en el Bajo Aguán

La Comisión se transportó al Bajo Aguán, Tocoa, donde, en el marco de un conflicto de tierras, se ha registrado un alarmante número de muertes, amenazas, hostigamientos e intimidaciones contra campesinos que se han dedicado a defender sus territorios, e inclusive desapariciones de personas. Las organizaciones campesinas de la zona y los miembros de la comunidad Panamá, en Tocoa, en una reunión realizada en el centro comunitario que lleva el nombre de Gregorio Chávez, líder asesinado en 2012, ofrecieron a la CIDH testimonios sobre la continuidad de la grave crisis de seguridad y militarización en la zona. Especialmente, se recibieron testimonios sobre continuos homicidios, desapariciones, secuestros, torturas en las detenciones realizadas, el hallazgo de un cementerio clandestino, la práctica de realizar desalojos violentos que no cumplirían con estándares internacionales y amenazas a las y los defensores de la zona. Los testimonios dan cuenta de una completa ausencia de las medidas más básicas para responder a las denuncias de graves violaciones a los derechos humanos en la zona y, en especial, para realizar una investigación adecuada e identificar a los presuntos implicados, a pesar de una serie de patrones de violencia que las mismas organizaciones campesinas han identificado sobre la posible participación de autoridades estatales en los hechos denunciados.

Asimismo, presentaron información sobre una estrecha colaboración entre las autoridades públicas y los propietarios de las fincas privadas de la zona. “Aquí la policía, los militares, los fiscales, los jueces, todos están para defender a los dueños de las grandes fincas, mientras los que morimos somos nosotros”, dijo a la CIDH un habitante de la comunidad Panamá. Un líder de un movimiento campesino manifestó que, en el marco de un desalojo llevado a cabo por los militares, los “insultaron de una forma dolorosa, nos tiraron al suelo y nos golpearon, nos dijeron que nos iban a pegar un tiro a cada uno, mientras [los militares] nos ponían sus armas en las orejas”. Asimismo, otro poblador señaló “he perdido a mi madre y padre, porque sicarios mataron a mi familia […] hemos ido a varias partes a denunciar los hechos y no nos han dado resultado”.

LA MILITARIZACIÓN COMO RESPUESTA ANTE LA VIOLENCIA

En este contexto de elevada situación de violencia, la Comisión Interamericana observa que en los últimos años Honduras ha venido experimentando un proceso de reformas legales e institucionales por medio de las cuales las Fuerzas Armadas han ido ganando participación en distintos ámbitos de la gestión pública. En este sentido, se han venido confiando al ejército funciones que no necesariamente se corresponderían con su naturaleza como cuerpo, relativas por ejemplo, a tareas regulares de seguridad ciudadana; al mantenimiento de centros de detención de alta seguridad; y a la educación de niños y jóvenes.

La Policía Militar de Orden Público

En este contexto, el 22 de agosto de 2013 el Congreso de la República creó por medio del Decreto 168-2013 la Policía Militar del Orden Público. Una medida que, según el Estado, responde a la necesidad de contar con un cuerpo de seguridad que asuma con eficiencia los desafíos de seguridad ciudadana ocasionados por la acción del crimen organizado y otras amenazas a la ciudadanía, en tanto se adoptan medidas para hacer frente al alegado desprestigio e insuficiencia de la Policía Nacional. Sin embargo, en los hechos no se evidencia que se estén dando pasos concretos para fortalecer a la Policía Nacional Civil. Por el contrario, preocupa a la CIDH el hecho de que en la práctica se produce una especie de duplicidad de funciones entre la Policía Militar y la Policía Nacional Civil, sin que haya una definición clara de cuáles son los ámbitos de acción, incluso geográficos y operativos, de cada una de estas fuerzas de seguridad. Preocupa a la CIDH además las iniciativas del Ejecutivo para elevar este cuerpo de seguridad a rango constitucional, como parte integrante de las Fuerzas Armadas.

La CIDH observa la amplitud y poco nivel de especificación legal de las funciones de la Policía Militar, en particular la disposición contenida en el inciso 5, del artículo 7 del Decreto 168 (agregado por el Decreto 286 del 2013), que establece que la Policía Militar tendrá además todas aquellas funciones y acciones que le ordene el Presidente de la República. Asimismo, la CIDH considera que es preciso conocer los contenidos, alcances y modalidad de realización de la disposición contenida en el Artículo 4 del Decreto 168 de 2013, que dispone que la Policía Militar recibirá el “adiestramiento necesario en el trato con la población”.

La Comisión Interamericana considera asimismo que la gestión de esta nueva Policía Militar debe estar regida por estrictos criterios de transparencia de información a la ciudadanía. En este sentido, es fundamental que exista una verdadera supervisión judicial e institucional de la legalidad de las actuaciones de este cuerpo de seguridad, y que las eventuales violaciones a derechos humanos de las que sean responsables sean debidamente investigadas y sancionadas.

El rol militar en los centros penales

La CIDH valora los esfuerzos emprendidos por el Gobierno en materia de personal penitenciario y capacitación de los agentes de seguridad que laborará en los centros penales. No obstante, constató que aún  no se logrado avances concretos hacia un modelo de gestión penitenciaria de carácter especializada de carácter esencialmente civil, y no policial-militar como ocurre aún.

En su visita al centro de detención ubicado en el cuartel militar de “Los Cobras”, la Comisión constató que a los detenidos se les mantiene en condiciones insalubres e incompatibles con la dignidad humana. Asimismo, se conoció que cuatro días antes de la visita de la Comisión la administración penitenciaria trasladó a la mitad de los internos y abrió ventanas en las paredes de los pasillos donde se encuentran las celdas, sin las cuales el ambiente sería aun más sofocante. Las condiciones de detención en este establecimiento constituyen de por sí una forma de trato inhumano y degradante.

Con respecto a la situación de los centros de detención ubicados en el Primer y Tercer Batallón de Infantería del ejército, resulta preocupante que a los detenidos sólo se les deja salir de las celdas durante una hora al día, con base en una concepción de la seguridad interna que aparentemente no se basa en una evaluación de riesgo individualizada y no toma en cuenta los estándares mínimos aplicables a personas privadas de la libertad.

Asimismo, en el curso de la visita, la Comisión observó que tanto en el Primer Batallón de Infantería, como en el Tercer Batallón de Infantería se están construyendo instalaciones para duplicar la capacidad de alojamiento de los respectivos centros de detención ubicados en dichas bases militares. La CIDH observa que tales medidas son otro reflejo del aumento progresivo del papel de las Fuerzas Armadas como entidad encargada de la administración de centros de detención de alta seguridad.

El programa “Guardianes de la Patria”

Representantes de la sociedad civil informaron a la CIDH que el programa estatal “Guardianes de la Patria” conlleva a la promoción de una cultura militar al involucrar a Fuerzas Armadas en la formación cívica y religiosa de la infancia y adolescencia hondureñas. Informaron que niños y niñas son recogidos en las comunidades por miembros de las fuerzas militares, quienes portan sus armas, en vehículos del ejército. En los lugares designados, niños, niñas y adolescentes realizan las actividades y los ejercicios, divididos en grupos con nombres de batallones. Afirmaron que en algunos pueblos indígenas, los niños y niñas no tendrían opción para no incorporarse a tal programa.

Resulta evidente a la Comisión Interamericana que la ejecución del programa Guardianes de la Patria, como iniciativa de educación dirigida a niños, niñas y adolescentes, no es una función natural del ejército. La expansión del campo de acción de las Fuerzas Armadas al ámbito de la educación y adoctrinamiento de niños, niñas y adolescentes es otra manifestación de este fenómeno de la militarización de los espacios públicos

Frente a estas críticas, el Estado argumentó que a través de este programa, los militares únicamente prestan sus instalaciones y coordinan con otras entidades, tales como la Iglesia y otros voluntarios, para que éstas brinden formación cívica y religiosa a niños, niñas y adolescentes que viven en “riesgo social”. Según las autoridades, el programa tiene por objetivo contribuir en la formación de los jóvenes y disminuir el riesgo de que se involucren con el crimen organizado. Asimismo, el Estado hondureño expresó su convicción de que este programa generará cultura de paz en un país “donde impera la violencia”.

La CIDH considera que es legítimo el interés del Estado en ofrecer espacios seguros de formación a los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, el rol de las Fuerzas Armadas, que es  la defensa del país frente a amenazas contra la seguridad provenientes del exterior, es incompatible con la coordinación de programas de formación cívica para niños y niñas. Además, es pertinente observar que la iniciativa se inserta en un contexto de militarización de diversas funciones estatales, que corresponden a otras instancias del Estado. En ese orden de ideas, la asignación de la iniciativa a las Fuerzas Armadas refleja insuficiencias de los mecanismos estatales responsables en materia de formación de niños y niñas, y ejemplifica los grandes desafíos pendientes para construir y consolidar un sistema de protección integral a favor de los niños, niñas y adolescentes.

Al respecto, la Comisión ha afirmado que los asuntos que tienen que ver con la seguridad ciudadana son de competencia exclusiva de cuerpos policiales civiles, debidamente organizados y capacitados. En este sentido,  la CIDH reitera que siendo que las fuerzas armadas carecen del entrenamiento adecuado para el control de la seguridad ciudadana, corresponde a una fuerza policial civil, eficiente y respetuosa de los derechos humanos combatir la inseguridad, la delincuencia y la violencia en el ámbito interno. 

La CIDH observa que según lo informado, los contenidos del programa señalado están influenciados directamente por la participación de las fuerzas militares y que su implementación, realizada en destacamentos militares, podría implicar riesgos particulares para las niñas y niños. En este sentido, la Comisión recomienda que el Estado desarrolle las competencias necesarias para brindar oportunidades y formación para los niños y niñas con más necesidades, a través de las entidades especializadas en los derechos y necesidades de la niñez, como un paso más en este proceso.  

VIOLENCIA E IMPUNIDAD: UN CÍRCULO VICIOSO

La Comisión confirmó en su visita el alto índice de impunidad persistente en Honduras, el cual de acuerdo a la sociedad civil, oscilaría entre el 95% y 98%. En el Bajo Aguán, por ejemplo, se indica que más de 100 personas fueron asesinadas en el marco del conflicto agrario en la zona, y que el índice de impunidad es alarmante. En otro ejemplo grave de impunidad, la Comisión recibió información según la cual a tres años de la muerte de 362 personas en el incendio ocurrido el 14 de febrero de 2012 en la Penitenciaría Nacional de Comayagua, aún no se ha celebrado la audiencia inicial en el proceso. Esta impunidad frustra las expectativas de justicia para las víctimas directas de las agresiones y obliga a toda la sociedad hondureña a limitar sus condiciones y proyectos de vida al contexto de violencia en que se encuentra inmersa.

En las reuniones con diversas autoridades estatales, la Comisión recibió información sobre algunas medidas adoptadas con el propósito de recobrar la confianza de la sociedad en las instituciones encargadas de la impartición de justicia, fortalecer la lucha contra el crimen organizado y reducir la corrupción. Entre estas medidas se encuentran la creación de unidades especializadas en la fiscalía, el reforzamiento de la investigación técnico científica en las escenas del crimen, así como la tipificación del delito de femicidio. Sin embargo, como resultado de la visita la Comisión advierte que existen importantes desafíos para que las medidas anunciadas sean efectivas.

Impunidad en casos de violencia contra defensores y defensoras

La impunidad tiene efectos graves en la labor de las y los defensores de derechos humanos. La Comisión recibió el testimonio una beneficiaria de medidas provisionales de la Corte Interamericana, quien denunció que “la impunidad es el centro de todas las afectaciones en que nos encontramos quienes defendemos los derechos humanos”. Por su parte, en San Pedro Sula, la Comisión recogió el testimonio de una defensora de derechos humanos, quien indicó que tras hacer indagaciones buscando justicia por el asesinato de uno de sus hermanos: “me agarraron, me pusieron la pistola en la sien, me metieron en la casa y me dijeron: cállate porque si seguís metiendo las manos te vamos a matar”. La defensora aclaró que no fue a ella a quien finalmente asesinaron “pero fue a (su) otro hermano”. Apuntó que “… nadie, absolutamente nadie está pagando por estas muertes”. 

Impunidad en casos de violencia contra periodistas y comunicadores

Según la información aportada por la sociedad civil que trabaja temas de libertad de expresión, entre 2003 y junio de 2009 se registraron tres asesinatos de periodistas y comunicadores. En cambio, desde el golpe de Estado del 28 de junio de 2009 hasta la fecha habrían ocurrido 46 asesinatos. Afirmaron que en algunos de estos casos existen hipótesis e indicios que permiten relacionar los asesinatos con el ejercicio de la profesión periodística, pero que los avances en las investigaciones son insuficientes, y en ningún caso se ha logrado esclarecer la autoría intelectual de los asesinatos. En este sentido, sostienen que en las investigaciones se impulsa la idea de que los asesinatos no están relacionados con el ejercicio profesional, sin adoptar criterios rigurosos de valoración de la prueba y seguimiento de líneas de investigación.

Las autoridades del Estado manifestaron su compromiso con la prevención y lucha contra la impunidad de estos casos. Al respecto brindaron algunas cifras a la CIDH sobre los resultados obtenidos de las investigaciones. Según la información recibida, en el año 2013 se habrían iniciado seis expedientes investigativos, se habría dictado requerimiento fiscal en dos causas, se habría dictado una sentencia condenatoria y dos fallos absolutorios. En 2014 se habría iniciado siete expedientes investigativos, se habría dictado requerimiento fiscal en dos causas, y se habría emitido dos sentencias condenatorias y se habría emitido una orden de captura.

Impunidad en casos de violencia contra mujeres

Adicionalmente, la CIDH fue informada que en lo que se refiere a violencia sexual y asesinatos de mujeres, la impunidad asciende a 95%. En relación con asesinatos, organizaciones de la sociedad civil sostienen que la inclusión de la figura penal de femicidios en el ordenamiento jurídico no ha arrojado resultados efectivos, ya que, por ejemplo, en lo que va de 2014 se han hecho 10 requerimientos fiscales, del total registrado de 453 muertes violentas. Por su parte, el Estado afirma que a la fecha tienen 70 requerimientos fiscales, veinte sentencias condenatorias y que los demás casos estarían siendo investigados para determinar si califican como femicidios. Asimismo, el Estado informa que existen juzgados de violencia contra la mujer para investigar estos casos. Al respecto, la sociedad civil afirma que sólo existen juzgados de familia en Tegucigalpa, San Pedro Sula y La Ceiba y que ello no garantiza adecuadamente que se investiguen estos casos, en particular en otras regiones del país. 

Organizaciones de la sociedad civil denuncian que existen graves falencias en la administración de justicia respecto de casos de violencia contra las mujeres, aludiendo, por ejemplo, a retrasos en los procesos.  “Cuando una mujer presenta denuncia sobre violencia, le dan cita para dentro de tres meses. De aquí a marzo o se concilia la agredida con el agresor o termina matándola”, contó a la CIDH una defensora de derechos de las mujeres en Tegucigalpa. Entre las falencias del sistema de administración de justicia, la sociedad civil denuncia que los fiscales adscritos a la Fiscalía de la Mujer no tienen especialización o capacitación para investigar los delitos con una perspectiva de género. “Las mujeres llegan y salen peor que como llegaron porque se les señala como las responsables de las agresiones producto de cómo andan vestidas o por que no atienden correctamente a sus maridos o compañeros de hogar”, afirmó a la CIDH una defensora de derechos de las mujeres en Tegucigalpa.

Impunidad y violencia contra personas LGBT

En relación con las personas lesbianas, gay, bisexuales y trans, organizaciones de la sociedad civil informaron a la CIDH que entre enero de 2010 y octubre de 2014, se registraron 141 muertes violentas. Al respecto, reclaman que se habría judicializado sólo 30 casos, de los cuales nueve tienen sentencia condenatoria y cuatro tienen sentencia absolutoria. Al respecto, organizaciones de la sociedad civil indican que son pocos los casos judicializados o sentenciados porque el sistema de investigación nacional no tiene las herramientas necesarias para la recuperación de evidencia, y que el  sistema judicial no da una protección efectiva a testigos en casos de violencia contra personas LGBT. Asimismo, indican que las investigaciones que se realizan por casos de muertes de personas LGBT están influenciadas por estereotipos discriminatorios en detrimento de personas LGBT. Por su parte, el Estado informó que la Unidad de Muertes de Alto Impacto Social, adscrita a la Fiscalía de Delitos contra la Vida, estaría investigando estas muertes, y que ello habría permitido la judicialización de ciertos casos. El Estado informó que entre 2013 y 2014 se habían abierto 32 expedientes investigativos de muertes violentas, de los cuales quince tienen requerimientos fiscales, dos con orden de captura, tres sentencias condenatorias y cuatro sentencias absolutorias.

La CIDH reitera que es imprescindible que el Estado de Honduras adelante, de manera urgente, investigaciones que conduzcan a esclarecer las muertes de campesinos, personas privadas de libertad, defensores y defensoras de derechos humanos, periodistas y comunicadores, mujeres, personas LGBT, y a enjuiciar y condenar a las personas responsables de los mismos. Asimismo, es necesario que el Estado adopte mecanismos permanentes de protección para garantizar la vida y la integridad de las personas pertenecientes a estos grupos que estén en riesgo. El mantenimiento de la impunidad no sólo constituye una denegación de justicia para los familiares de las víctimas sino que envía un mensaje social que la violencia contra estas personas es tolerada por el Estado.

ACCESO A LA JUSTICIA

Los fiscales y jueces de “jurisdicción nacional” de apoyo a la policía militar

En su visita la Comisión recibió información sobre la asignación de un cuerpo de fiscales y jueces de “jurisdicción nacional” para apoyar el trabajo que realiza la “policía militar del orden público”. Según lo establecido en la Ley de la Policía Militar del Orden Público publicada en agosto de 2013 que regula dicha iniciativa, su propósito es fortalecer su independencia “en el ánimo de …investigar, judicializar y condenar a los criminales”.

Aunque el anterior propósito es legítimo dentro del contexto de violencia generado por el crimen organizado, esta estrategia genera preocupaciones desde una perspectiva de derechos humanos. En lo fundamental, porque de acuerdo a la ley son precisamente estos fiscales y jueces quienes además de acompañar a la policía militar también están exclusivamente facultados para, respectivamente, ejercer la acción penal y conocer los casos de delitos cometidos por los miembros de la policía militar. A la luz de la información puesta en conocimiento de la Comisión durante su visita esta situación resulta ampliamente problemática por los aspectos que se detallan a continuación.

En primer lugar, la Comisión nota que la asignación de este cuerpo de fiscales y jueces se verifica en el marco de la participación conjunta de varias autoridades en un Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, creado en 2011, en el cual participan el Presidente de la Suprema Corte de Justicia; el Fiscal General; el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad; el Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional y el Presidente de la República, quien lo preside con el propósito “rectorar, diseñar y supervisar las políticas públicas generales” en materia de Seguridad, Defensa Nacional e Inteligencia” así como “armonizar” las acciones para el mejor desempeño de las entidades que participan en él. Dicho propósito común entre la fiscalía, los jueces y los militares fue percibido a lo largo de la visita de manera consistente por varias organizaciones como un aspecto que afecta la imparcialidad de estos operadores de justicia.

En segundo lugar, de acuerdo a la Ley de Policía Militar y Orden Público, la asignación de los equipos de fiscales y jueces para el “acompañamiento” de esta policía, se realiza previa realización de pruebas de confianza que son practicadas por la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia, órgano cuyo director es nombrado por el Consejo de Nacional de Defensa y Seguridad, ajeno  al poder judicial y la Fiscalía.

En tercer lugar, la normativa aplicable señala que estos jueces y fiscales pueden celebrar audiencias sin necesidad de determinar su ubicación física; por medios virtuales, e inclusive residir fuera del país. La Comisión recibió información sobre al menos cinco casos ante tribunales de jurisdicción nacional cuyas audiencias fueron realizadas en instalaciones militares, aspecto que afectaría la percepción de imparcialidad en esos juicios.

Finalmente, en cuarto término, la Comisión observa que el Presidente de la Corte Suprema de Justicia y el titular de la Fiscalía que participan y asumen acuerdos dentro del Consejo Nacional tienen un significativo grado de intervención en los respectivos marcos disciplinarios para jueces y fiscales. Esta situación, genera el riesgo de que el comportamiento de estos operadores de justicia se oriente por los acuerdos adoptados en el marco del Consejo Nacional, bajo el temor de ser sujetos a procesos disciplinarios en caso de no hacerlo.

En suma, la Comisión advierte que sumado al relacionamiento que tienen los jueces y fiscales asignados como apoyo a la policía militar en el día a día, la estrategia de actuación conjunta por parte de las autoridades que integran el Consejo con propósitos comunes hace que tanto en los procedimientos de asignación, como en los de remoción y durante el desempeño de sus funciones, exista un permanente grado de participación directa o indirecta de autoridades ajenas a la Fiscalía y el Poder Judicial que incluyen al Poder Ejecutivo y ,en particular, a su Secretario del Despacho de Defensa el cual precisamente representa la policía militar.

La Comisión expresa su preocupación debido a que estos jueces y fiscales podrían carecer de suficientes garantías de independencia e imparcialidad para conocer de las violaciones a derechos humanos cometidas por los miembros de la policía militar, creando un modelo de justicia excepcional con las características de un fuero especial. Dicho modelo también genera un grave desequilibrio en los derechos de las personas sometidas a la investigación y proceso, cuyos casos, incluso pueden ser realizados en audiencias dentro de batallones o cuarteles militares. La Comisión insta al Estado de Honduras a revisar esta normativa y asegurar que no resulta violatoria de los estándares de independencia e imparcialidad que deben existir en la investigación y sanción de los responsables de violaciones a derechos humanos.

El Consejo de la Judicatura y el “proceso de depuración judicial”

La Comisión ha resaltado de manera consistente la importancia que tiene la observancia de las debidas garantías en los procesos sancionatorios de juezas y jueces con el objetivo de asegurar su independencia y, por ende, garantizar un debido proceso para los casos que conocen. Tras haber tenido conocimiento en junio de 2009 de la destitución arbitraria de diversos magistrados y jueces en el marco del golpe de Estado, y en 2013 de la destitución sumaria de cuatro magistrados de la Corte Suprema de Justicia, la Comisión considera necesario prestar especial atención a los resultados que ha tenido el Consejo de la Judicatura en la conducción de los procesos disciplinarios de jueces y juezas durante el periodo de poco más de un año desde que entró en funciones.

La Comisión resalta en primer término que la creación de este Consejo es un paso fundamental para diferenciar las funciones de impartición de justicia respecto de las de administración y gobierno del Poder Judicial. La CIDH observa además que a diferencia del régimen anterior, el marco legal actual no obstaculiza que se interpongan recursos para cuestionar sus resoluciones, sea a través de la vía de amparo o de un proceso en la vía contenciosa administrativa. No obstante ello, a lo largo de la visita la Comisión notó con preocupación que varios operadores de justicia manifestaron su temor ante la ausencia de procesos investigativos adecuados por parte del Consejo, y porque su actuación pudiera estar motivada en factores políticos conducentes a generar a toda costa una percepción de eficacia de sus labores en irrespeto de la independencia de jueces y juezas.

Específicamente, la Comisión recibió información de que a partir del mes de noviembre de 2013 el Consejo emprendió un intenso “proceso de depuración” del poder judicial siendo 28 jueces suspendidos y otros 29 despedidos durante su primer año de labores. Se denunció que esta depuración comenzó de manera acelerada sin una ley que estableciera las causales disciplinarias y sanciones a aplicar, teniendo por único fundamento una circular dictada por los propios integrantes del Consejo. El Reglamento que incluyó estas causales y sanciones recién se aprobó en septiembre de 2014 y, actualmente cursa ante la justicia hondureña un recurso interpuesto cuestionando el hecho de que se apliquen sanciones disciplinarias con fundamento en un reglamento y no en la ley.

Según la información disponible, más de 20 jueces presentaron amparos contra las resoluciones del Consejo, y jueces y juezas manifestaron su preocupación porque los juzgadores que resuelven estos recursos tengan temor a ser sujetos a procesos disciplinarios. Sólo se tuvo conocimiento en la visita de que hasta la fecha, se han emitido cuatro sentencias en las que se otorgó la acción de amparo a favor de los jueces sancionados.

Por otro lado, en relación con los procesos de selección y nombramiento de jueces y juezas, la CIDH fue informada en su visita sobre la falta de publicidad de los procedimientos con que fueron seleccionadas los jueces de jurisdicción territorial nacional en materia penal. Además, se recibió información sobre la verificación de evaluaciones de confianza como el polígrafo para jueces y magistrados, las cuales están sido impugnadas a través de un recurso de amparo cuya resolución está pendiente. 

Inseguridad y presiones para operadores de justicia

La Comisión continuó recibiendo durante su visita información sobre la situación de inseguridad en que se encuentran las y los operadores de justicia. Según la información pública disponible, durante 2014 al menos 20 jueces habrían recibido amenazas de muerte; desde 2010 a la fecha 86 profesionales del derecho habrían sido asesinados; y según la información proporcionada por la Asociación Jueces por la Democracia, al menos 3 jueces habrían sido violentamente asesinados en los últimos dos años. Esta situación resulta muy grave pues ante un país con los más altos niveles de violencia e impunidad de la región, se requiere por parte del Estado un deber especial de protección para que sus operadores y operadoras de justicia puedan realizar sus labores de lucha contra la impunidad sin convertirse en víctimas de los propios casos que investigan o resuelven.

Varios operadores de justicia hicieron referencia durante la visita al limitado presupuesto existente en el país para poder ofrecerles medidas de protección integral para sus personas y sus núcleos familiares e informaron que ante la insuficiencia solían preferir no hacer uso de la protección. Por otra parte indicaron que las modalidades de protección no necesariamente correspondían a sus necesidades. Así lo señaló un fiscal en San Pedro Sula, quien explicó “algunas veces la seguridad personal tiende a elevar el perfil, hacer un blanco mucho más codiciado y dicen, toquémosle a un hijo… de nada sirve que yo tenga seguridad, mientras que mi familia está en mi casa, sola”.

Además de las cuestiones de inseguridad, la Comisión recibió información sobre otros medios de presión a las labores de las y los operadores de justicia. Al respecto, durante la visita operadores de justicia denunciaron el uso del delito de “prevaricato” por parte de fiscales con el objetivo de amedrentar a jueces por emitir decisiones contrarias a sus intereses.  La Comisión nota con preocupación que varios jueces expresaron su temor a ser objeto de este tipo de persecución penal, particularmente porque el Decreto 56-2013 que reformó el Código Penal, estableció al delito de prevaricato como uno de los cuales no admite medidas sustitutivas de prisión preventiva.

Por otro lado, en la visita también se expresó preocupación por las amenazas de implementación de montajes de procesos disciplinarios que se realizarían contra jueces y juezas con el objetivo de atemorizarles y manipular sus decisiones. Al respecto, un abogado litigante en San Pedro Sula ejemplificó que al comentar a un juez que presentaría un peritaje de psiquiatría forense para modificar el régimen de prisión preventiva solicitado por la Fiscalía, el propio juez le respondió: “te voy a hablar claro, yo como juez penal si te doy un sobreseimiento a esa muchacha, al día siguiente estoy despedido”.

Finalmente, la Comisión recibió con preocupación información sobre una denuncia presentada por el Auditor Jurídico de la Fuerzas Armadas ante la Inspectoría General de Tribunales de la Corte Suprema de Justicia en contra del juez Mario Rolando Díaz, Presidente de la Asociación Jueces para la Democracia (AJD), la cual estaría motivada en la participación de AJD junto con diversas organizaciones en un campo pagado en un diario de circulación nacional con ocasión del inicio de la visita in loco.

Detención preventiva y condiciones carcelarias

Es de preocupación de la Comisión que más de la mitad de las personas privadas de su libertad en Honduras están con detención preventiva. De acuerdo con cifras actualizadas a octubre del 2014, la población penal en Honduras ascendía a 14.732 personas privadas de libertad, de los cuales 7.095 tienen sentencia firme y 7.637 (52%) están con procesos pendientes. Los estándares del Sistema Interamericano indican con claridad que la prisión preventiva es una medida excepcional que sólo tiene como causales legítimas de procedencia el peligro de fuga o de entorpecimiento de las investigaciones por parte del acusado; y que es el juzgador quien tiene que valorar motivadamente la procedencia de tal medida de acuerdo con las características específicas de cada caso. En este contexto, resulta preocupante que el Congreso Nacional, mediante Decreto No. 56-2013 que reforma el Código Procesal Penal, estableciera la no procedencia de medidas sustitutivas de la prisión preventiva en un catálogo de veintiún delitos. La aplicación obligatoria de la detención preventiva con base en el tipo de delito es contraria a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. De hecho, el establecimiento de normas de este tipo constituye una interferencia del legislador en las facultades de valoración que competen al juez.

La Comisión observa la falta de cumplimiento del Estado hondureño con los pronunciamientos del sistema interamericano de derechos humanos. A pesar de que la CIDH indicó al Estado de Honduras que debía adoptar de manera impostergable las medidas necesarias para asegurar que el control interno de todos los establecimientos penitenciarios sea acorde con los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Asimismo, continúa existiendo un módulo femenino en el Penal de San Pedro Sula, ubicado dentro del recinto general donde se encuentran los módulos de hombres, situación que  ya ha sido condenada por parte de la Comisión.

FRAGILIDAD INSTITUCIONAL

La CIDH ha dado seguimiento a los diferentes programas que el Estado ha venido implementando para la protección de los derechos humanos de diversos sectores de la población hondureña. Dada la importancia de tales programas para la consolidación de una política estatal de respeto a los derechos humanos, la Comisión recibió gran cantidad de información sobre diversos aspectos de algunos de los programas actualmente vigentes. Uno de los principales temas que fueron ampliamente criticados por la sociedad civil es el hecho que la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos haya sido convertida de una Secretaría de Estado a una Sub-secretaría que forma parte de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. Sobre el particular, la Comisión toma nota del cambio de perfil de la institución y de las inquietudes que ha generado respecto de la multiplicidad de competencias que abarca la Secretaría que la comprende actualmente.

Implementación de medidas cautelares

En cuanto a la protección de las y los defensores de derechos humanos, operadores de justicia, periodistas, entre otros, la CIDH tomó nota de la información aportada por las autoridades estatales en relación con la ejecución del programa de protección implementado actualmente y de los esfuerzos realizados para modernizarlo, a fin de dotarlo de mayor efectividad. La Comisión, por su parte, ha otorgado medidas cautelares para proteger a diversos defensores y defensoras de derechos humanos, periodistas, entre otras personas, frente a presuntas situaciones de gravedad, urgencia y necesidad de evitar daños irreparables. Tales situaciones han estado relacionadas con graves amenazas, intimidaciones, ataques y, en algunos casos, asesinatos de personas. En el marco del monitoreo de las medidas cautelares otorgadas, la Comisión ha constatado graves deficiencias en la respuesta estatal proporcionada, y en un nivel bajo o a veces nulo en la implementación eficaz de las mismas.

El marco de las diversas reuniones celebradas con la sociedad civil, entre las que se encontraron beneficiarios de medidas cautelares y provisionales del Sistema Interamericano, la Comisión recibió con preocupación información sobre continuas  falencias en la implementación del programa. Especialmente, se señaló que: no existen procedimientos claros sobre el catálogo de medidas de protección disponibles, ni sobre los sistemas de monitoreo de las medidas implementadas; no se aplican enfoques diferenciados en el análisis de riesgo y en la asignación de las medidas de protección; existe una falta de presupuesto para la implementación de medidas materiales de protección. Diversos testimonios aseguraron que persiste la sensación de inseguridad en los beneficiarios del programa, a pesar de su incorporación al mismo. En tal sentido, la Comisión considera de suma importancia que el Estado refuerce todas las acciones que sean necesarias para implementar, de manera eficaz, su sistema de protección. Particularmente, es  fundamental que se cuente con los recursos humanos suficientes, entrenados y capacitados para atender las solicitudes de protección, evaluar el nivel de riesgo, adoptar e instrumentar las medidas de protección, así como monitorear las medidas que se encuentren vigentes.

Proyecto de Ley de protección para las y los defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia

En los últimos meses, el Estado ha indicado que se encuentra impulsando una Ley de protección para las y los defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia, con el propósito de proporcionar mayor protección a personas en situaciones de riesgo. Durante la visita, la CIDH recibió información de parte de las autoridades estatales sobre el estado de dicho proyecto. Específicamente, fue informada que actualmente el tercer debate sobre el proyecto está pendiente ante el Congreso Nacional de la República y que, en el marco del procedimiento, se escuchó a diversos sectores de la sociedad civil. Al respecto, numerosas organizaciones manifestaron su preocupación respecto a que el proyecto contiene: i) un diseño institucional complejo, con duplicidad de roles y sin claridad suficiente sobre la estructura operativa; ii) ambigüedad sobre la creación de un modelo de análisis de riesgo que permita determinarlo adecuadamente, de acuerdo a las necesidades de cada persona; iii) falta de claridad sobre la asignación de recursos económicos para implementar la normativa; entre otras aristas.

Asimismo, la CIDH recibió información acerca de la necesidad de que la ley que crea el mecanismo de protección incluya una determinación adecuada de los periodistas, comunicadores sociales y trabajadores de medios, y que las medidas de protección se correspondan a las necesidades de trabajo de los comunicadores que garantice el ejercicio de su libertad de expresión. La CIDH también documentó críticas acerca de las limitaciones para la representación de periodistas y comunicadores en el Consejo Nacional de Protección establecido en el Proyecto de Ley.

La sociedad civil destacó que, si bien se consultó a algunos sectores de la sociedad civil en una etapa del procedimiento, a la fecha no se conoce cuál es el contenido actual del proyecto de ley que podría ser discutido próximamente. Sobre este punto, la Comisión desea exhortar al Estado a continuar el diálogo con todos los sectores involucrados, a fin de poder tomar en consideración sus preocupaciones y los estándares internacionales aplicables en materia de mecanismos de protección.

Criminalización de defensores, defensoras y periodistas

La Comisión recibió información sobre la ausencia de una política integral de protección a defensores y defensoras, así como sobre el uso del derecho penal por parte de algunos grupos a través de tipos penales como “incitación a la violencia” para generar intimidación mediante la sujeción a procesos penales. Dichos problemas se agudizarían en lugares en los cuales existen conflictos por la propiedad de las tierras tales como la Ceiba y el Bajo Aguán, que fueron visitados por la Comisión. Sobre este aspecto, se recibió información preocupante sobre lideresas que han realizado una importante labor en sus comunidades frente a los estereotipos y concepciones preconcebidas por parte de algunos sectores que se oponen a sus reivindicaciones.

Por otro lado, la CIDH ha recibido información sobre la utilización de la figura de sedición para criminalizar a periodistas en el marco de protestas sociales. La CIDH también pudo documentar denuncias sobre supuestas acciones de vigilancia y fichaje a la que estarían sometidos periodistas críticos y estudiantes que participaron en protestas.

Protección y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

En este contexto, la Comisión también constató una institucionalidad particularmente frágil del Estado hondureño en cuanto a la protección y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Al respecto, organizaciones de la sociedad civil informaron que persiste una ausencia de protección integral y una falta de acceso a servicios básicos de atención adecuada a nivel local y municipal, en garantía de los derechos de la niñez y adolescencia. En particular, manifestaron que las instituciones en materia de infancia son “deficitarias”, sus acciones son aisladas, y no cuentan con vinculación entre sí ni con la sociedad civil. Miembros de la sociedad civil afirmaron que la situación de niñez con discapacidad sería completamente invisibilizada en los programas de protección. Por su parte, el Estado manifestó que la rectoría de la Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) establecida este año en sustitución del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA), permitirá avanzar en el desarrollo del sistema integral de promoción y protección. La CIDH espera que con la reciente creación de la DINAF, el Estado pueda hacer frente a las graves deficiencias existentes y que cuente con los recursos necesarios y la jerarquía institucional requerida para asegurar una efectiva coordinación de los actores estatales y de la sociedad civil en todos los niveles de Gobierno.

Adicionalmente, la Comisión fue informada por organizaciones de la sociedad civil que a pesar de que sí existen jueces designados en materia de niñez, dichos funcionarios públicos no contarían con especialización en materia de derechos del niño. De igual manera, se recibió información que indica que el número de defensores públicos para atender los diversos procesos relacionados con la niñez en Honduras no es suficiente. Por su parte, el Estado informó que no existen disposiciones relativas a la elegibilidad de jueces especializados en la materia, y que aún quedan tareas pendientes para garantizar la representación pública especializada de la infancia y adolescencia en Honduras. Con base en la información recabada, la Comisión urge al Estado hondureño a fortalecer las capacidades de protección y defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, especialmente, a contar con jueces, fiscales y defensores especializados en la materia para la remoción de los obstáculos que impiden un acceso efectivo a la justicia por parte de los niños, niñas y adolescentes.

Institucionalidad encargada de derechos de las mujeres

En relación con los derechos de las mujeres, organizaciones de la sociedad civil sostienen que desde el golpe de estado se ha debilitado cada vez más la institucionalidad encargada de garantizar el pleno goce de sus derechos humanos. Así, sostienen que mientras que el presupuesto de la Fiscalía Especial de la Mujer únicamente representa el 2% del total asignado al Ministerio Público, y los juzgados especializados contra la violencia doméstica solamente tienen asignado el 1% del total del presupuesto de la Corte Suprema de Justicia, no existiría ninguna línea de recursos asignada a la investigación de asesinatos de mujeres. Alegan que esta deficiencia tiene un impacto en el alto nivel de impunidad en el que permanecen estos asesinatos de mujeres. Por su parte, el Estado afirmó que el Consejo de la Judicatura ha adelantado acciones para abordar la problemática de la violencia contra las mujeres. Asimismo, informó a la CIDH que se han creado centros de atención a la violencia contra la mujer, para brindarles una protección integral, y se les ha informado a las mujeres sobre sus derechos y la manera como pueden hacerlos efectivos. Indica asimismo que el Estado les da acompañamiento psicológico y asistencia legal para interponer denuncias. La CIDH reconoce las medidas estatales tomadas; sin embargo, insta al Estado de Honduras a profundizar sus esfuerzos para dar un abordaje institucional comprensivo a la situación de violencia contra las mujeres, en particular asignando los recursos humanos y financieros necesarios para abordar de manera efectiva la violencia contra mujeres. 

La Dirección de los Pueblos Indígenas y Afrohondureños (DINAFROH)

En relación con los derechos de personas indígenas y afrodescendientes en Honduras, la CIDH fue informada que la Secretaría de los Pueblos Indígenas y Afrohondureños (SERDINAFROH), creada durante el gobierno anterior mediante decreto ejecutivo con el objetivo de promover el desarrollo integral de los pueblos, fue eliminada y que la entidad estatal que monitorea este tema había sido cambiada por la Dirección de los Pueblos Indígenas y Afrohondureños (DINAFROH), dependiente de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social. Organizaciones de la sociedad civil denunciaron que perdía su rango de Secretaría de Estado, para pasar a ser “un organismo secundario y de limitado presupuesto”.  Al respecto, la CIDH urge al Estado de Honduras a adoptar las medidas necesarias para que se le asigne presupuesto suficiente a la entidad estatal encargada de dar seguimiento a los derechos de pueblos indígenas y afrohondureños. Por su parte, líderes y defensores del PuebloGarífuna reclamaron que el Estado estaría invisibilizando su identidad y su cultura, al no llamarles garífuna, sino “afrohondureños”.  De esta manera, indican que las instituciones les estarían discriminando. En este sentido, la CIDH insta al Estado a reconocer la identidad cultural del Pueblo Garífuna.

Sistema Penitenciario Nacional

A dos años de vigencia de la nueva Ley del Sistema Penitenciario Nacional no se ha producido un cambio sustancial en el modelo penitenciario hondureño. Resulta preocupante que no se hayan aprobado los reglamentos que contempla dicha norma, y que como pudo constatar la CIDH en reunión con el Instituto Nacional Penitenciario, durante estos dos últimos años, el sistema penitenciario estuvo funcionando sin una debida reglamentación.

Justicia Penal Juvenil

Otro ámbito en el que se manifiesta la fragilidad institucional observada en Honduras es el relativo a la justicia penal juvenil. En este sentido, la Comisión manifiesta su profunda preocupación por las condiciones observadas en el Centro de Rehabilitación de Niños, Niñas y Adolescentes Renaciendo. En el curso de su visita a este establecimiento la Comisión constató que luego del violento motín ocurrido en julio de 2012 las instalaciones del mismo se encuentran aún en condiciones sumamente deplorables. Así por ejemplo, la cancha de juegos y un módulo entero, entre otras instalaciones, continúan inutilizables luego de esos hechos, así como la escuela, razón por la cual no se ha vuelto a impartir clases allí. La CIDH considera inaceptable que los adolescentes se encuentren encerrados en los módulos sin ninguna actividad educativa ni recreativa y que en general la población reclusa carezca de atención médica, medicamentos, artículos de aseo, colchones, artículos para su recreación, ropa de cama, y otros elementos básicos que debería asegurar el Estado; así como tampoco existe la posibilidad de que los internos realicen llamadas telefónicas a sus familiares debido a que la única línea existente es la que se encuentra en la oficina del Director; y sólo dispongan de una hora y media a la semana de recreación al aire libre fuera de los módulos de celdas. Es particularmente preocupante el clima de violencia latente que continúa existiendo en ese establecimiento penal debido al poder que posee el grupo de jóvenes presuntamente vinculado a la “Mara 18”, quienes, de acuerdo con diversos testimonios recibidos, han amenazado con atentar contra la vida de otros jóvenes vinculados a pandillas rivales, quienes además se encuentran en inferioridad numérica.

Asimismo, la Comisión lamenta que a la fecha, el Consejo de la Judicatura de la Corte Suprema de Justicia no ha nombrado a los Jueces de Ejecución Penal de la jurisdicción penal juvenil como ordena el Decreto No. 35-2013, que entre otras reformas, crea esta figura.

Institucionalidad en materia de libertad de expresión y acceso a la información

En relación al derecho a la libertad de expresión, la CIDH recibió con satisfacción información sobre los esfuerzos que estaría realizando el Instituto de Acceso a la Información Pública de Honduras, en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,  para garantizar el pleno ejercicio de este derecho, a pesar de las limitaciones presupuestarias del Instituto. No obstante, la Comisión observa con preocupación que en el contexto de una expansión de la actuación la policía militar en funciones de seguridad ciudadana y seguridad nacional, el 7 de marzo haya sido publicada en Gaceta Oficial la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos relacionados con la seguridad y defensa nacional. Según la información recibida, dicha ley no habría sido objeto de consulta con la sociedad civil y entes especializados. Los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y distintas organizaciones de la sociedad civil manifestaron a la CIDH que el texto contiene disposiciones regresivas respecto al estándar de publicidad establecido por la ley de acceso a la información vigente, contradice la normativa vigente en materia de acceso a la información y no cumple con los estándares internacionales en materia de acceso a la información pública y protección de los intereses de seguridad nacional. Del texto legal aprobado se establece la posibilidad de que las agencias de seguridad declaren información relativa a la seguridad y la defensa como "secretas" y "ultra secretas" en nombre del "interés de la nación".

DESIGUALDAD, EXCLUSIÓN SOCIAL Y DISCRIMINACIÓN ESTRUCTURAL

Los altos niveles de desigualdad y exclusión social que persisten en Honduras someten a grandes sectores de la población a graves dificultades y desafíos en el acceso a necesidades básicas, oportunidades de empleo, recursos naturales como la tierra y medios de supervivencia, lo cual resulta en una situación de discriminación estructural. La Comisión recabó testimonios relativos a las insuficientes medidas que el Estado hondureño ha adoptado a fin de erradicar la discriminación. La delegación recibió testimonios de los habitantes del Bajo Aguán, miembros del Pueblo Garífuna, buzos miskitos y trabajadoras de empresas textiles transnacionales, y hondureños retornados, que son algunos de los grupos poblacionales que viven una situación de vulnerabilidad como resultado de esta discriminación y exclusión económica y social, lo cual a su vez se traduce en violaciones a sus derechos humanos. En adición a ello, la CIDH recibió información preocupante sobre racismo contra los miembros del pueblo garífuna.

Exclusión y desigualdad respecto de pueblos indígenas y afrodescendientes

Por otro lado, la CIDH nota con preocupación la información recibida de sociedad civil que apunta a que los pueblos indígenas y afrodescendientes sufren los mayores niveles de pobreza que el resto de la población del país. Los pueblos indígenas y afrodescendientes presentan niveles de alfabetización más bajos que el resto de la población, altos niveles de desnutrición y una elevada tasa de enfermedades contagiosas e infecciones. Estas desigualdades se acentúan en mujeres indígenas y afrodescendientes. Asimismo, la CIDH fue informada que la tasa de mortalidad materna de mujeres indígenas es considerablemente mayor que respecto de mujeres no indígenas.

Durante la visita, la Comisión ingresó a la comunidad indígena de San Juan y comprobó el estado calamitoso de las calles de acceso. “En verano viene una aplanadora porque vienen turistas y le arreglan la calle a ellos, pero luego se vuelve a dañar”, comentó un joven garífuna a la delegación. La Comisión visitó el centro de salud de dicha comunidad, que no tiene médico sino un residente local con conocimientos de enfermería. Interrogada al respecto, una mujer garífuna explicó a la CIDH: “aquí no hay médico ni hay medicinas. Si una se enferma grave, hay que ir hasta Tela en taxi, y cuesta unas 100 lempiras o más”.

Asimismo, organizaciones de la sociedad civil informaron que existen 837 proyectos mineros potenciales, lo cual en términos territoriales significaría casi el 35% del territorio nacional. La sociedad civil informó a la CIDH que existen 98 concesiones mineras en los Departamentos de Lempira y Santa Bárbara. Asimismo, informó que hay 76 proyectos hidroeléctricos con estudio de factibilidad finalizado y/o contrato de operación aprobado en 14 de los 18 departamentos del país (Atlántida, Colón, Comayagua, Copán, Cortés Francisco Morazán, Intibuca, La Paz, Lempira, Ocotepeque, Olancho, Patuca, Santa Bárbara, y Yoro). En relación con las empresas que desarrollan estos proyectos, afirmó un miembro de un pueblo indígena en La Ceiba “no quieren respetar nuestra cultura, no quieren respetar nuestra tradición, es más nos engañan, nos dicen que habrá empleo y eso es una farsa”. Al respecto, la CIDH fue informada que los megaproyectos se estarían desarrollando en las tierras de pueblos indígenas y utilizando sus recursos naturales, sin procesos de consulta previa, libre e informada. En cuanto a los megaproyectos desarrollados en territorio indígena,

 “No queremos nada que no sea nuestro”, dijo un miembro del pueblo Garífuna en La Ceiba. “Lo que queremos es recuperar lo que es nuestro, lo que nos han robado. Nuestros padres, nuestros abuelos, nuestros tatarabuelos nos han enseñado lo que es nuestro”, dijo. “Antes teníamos los cocos, ahora los tenemos que ir a comprar. Y no hay tierra para plantar yuca. Pero tampoco hay fuente de trabajo. Aquí tenemos muchachos graduados, muchachos con estudio, pero no hay trabajo”, indicó una señora de más de 60 años que ha nacido y crecido allí.

Asimismo, se denuncia que procesos de concesiones a empresas han estado acompañados de gran represión a los pueblos, quienes habrían sido desalojados forzosamente, “Hay zozobra en las tierras por los despojos y desalojos hacia la Comunidad Garífuna”, afirmó un miembro del pueblo Garífuna a la CIDH. Por otra parte, la CIDH también fue informada sobre el impacto desproporcionado que tendría la producción extensiva de palma africana en el territorio norteño del país en el pueblo Garífuna. Asimismo, la CIDH recibió información preocupante sobre el impacto de las actividades humanas en la profundización de la situación de pobreza de estas comunidades. Por ejemplo, la Comunidad Garífuna de Santa Rosa indica que debido a trabajo de empresarios que cultivan la palma africana en el Departamento de Colón, se cambió el curso del río Aguan, lo cual habría tenido consecuencias devastadoras en su medio ambiente, y en su acceso al agua, dada la alta salinización de la misma.  

Las organizaciones de sociedad civil indicaron que no existe legislación o reglamentación que hagan efectivos los derechos reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por el Estado desde 1994. Denunciaron que la Ley de Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDES), “ha colocado al pueblo Garífuna en un peligro inminente de ser expulsado de la costa norte de Honduras”. Así, alegan que esta ley contempla la creación de “ciudades modelo”, y que cinco de ellas abarcan comunidades Garífuna, las cuales no habrían sido consultadas al respecto.

El Estado, por su parte, informó a la CIDH durante la visita que “reconoce el derecho de los grupos étnicos a la protección y tenencia de la tierra”. Como ejemplo de ello, indicó el reciente traspaso algunas a “pueblos autóctonos”. La CIDH insta al Estado de Honduras a intensificar sus acciones para respetar y garantizar las tierras, y adoptar las medidas estatales necesarias para cumplir con su obligación de garantizar una consulta previa libre e informada de los pueblos indígenas sobre los proyectos desarrollados en sus tierras, territorios, y que afectan sus recursos naturales, tomando en consideración la especial relación entre estos pueblos, y la tierra y los recursos naturales.

Libertad de expresión y radios comunitarias

Por otra parte, la CIDH recibió con satisfacción información sobre la adopción de medidas positivas por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) para garantizar a los medios de difusión audiovisual comunitarios el acceso a frecuencias en el espacio radioeléctrico, a partir de la adopción del Reglamento de Servicios de Difusión con fines Comunitarios agosto de 2013. En la visita la CIDH pudo conocer de la entrega de 25 frecuencias del espectro radioeléctrico a distintas comunidades del país, entre ellas a comunidades del pueblo Miskito. No obstante, diversas organizaciones de la sociedad civil y medios comunitarios manifestaron críticas al reglamento, e identificaron deficiencias en los procesos y condiciones para la  adjudicación de frecuencias. La CIDH recibió con interés observaciones de algunos representantes de los pueblos Garífuna e indígenas en Honduras que sostienen que el marco regulatorio establece condiciones para el acceso que no reconoce  las costumbres tradicionales y formas de organización social y uso del territorio propia de sus pueblos y  que impactan de manera desproporcionada el ejercicio de sus derechos a la libertad de expresión, información y cultura, en contravención del Convenio 169 de la OIT, que impone obligaciones a los Estados de adoptar medidas especiales para resguardar las personas, las instituciones, los bienes y las culturas de estos pueblos. Asimismo, establece que tales medidas especiales deberán ser adoptadas conforme a la voluntad expresada libremente por estos pueblos.

Vulnerabilidad en la zona del Bajo Aguán

En el departamento de Tocoa, la Comisión recibió información alarmante sobre la especial situación de vulnerabilidad en que viven las comunidades campesinas del Bajo Aguán. Según la información recibida, la situación de grave conflicto de tierras en esa zona del país, no sólo ha generado serios actos de violencia, sino que ha producido grandes obstáculos para el goce de los derechos económicos, sociales y culturales de las comunidades campesinas. A éstos se suman la falta de acceso a la justicia, la desigualdad en las relaciones de poder en la zona, la discriminación en razón de la pobreza y la exclusión económica y social. “Si no hay tierra, no podemos cultivar, no producimos. Por ello, nuestra lucha será permanente y continua hasta lograr el objetivo que nosotros queremos: la tierra”, dijo un campesino de 65 años de la Comunidad Panamá, en el Departamento de Colón.

Al respecto, las autoridades estatales manifestaron que estarían impulsando un enfoque de derechos humanos para atender la situación de conflictividad agraria, a los efectos de sentar las bases de una solución sostenida en el tiempo. También informaron que existen acciones de diálogo con los principales actores de la zona para abordar la situación social de las comunidades campesinas. Por su parte, las organizaciones campesinas manifestaron que la evolución del conflicto ha exacerbado situaciones de desigualdad y exclusión en el Bajo Aguán. Según los testimonios y la información de la sociedad civil, y según la observación en terreno conducida por la delegación de la CIDH en la Comunidad Panamá, existen graves obstáculos en el acceso a servicios básicos, incluyendo agua potable, alimentación, educación y salud, así como un importante problema en relación con la falta de oportunidades de empleo. Asimismo, informaron sobre graves alteraciones en el medio ambiente debido al cambio del uso de la tierra por parte de empresas privadas, lo cual ha redundado en una reducción de los recursos alimenticios disponibles para la población en la zona, como el acceso al agua y la pesca. De acuerdo a los testimonios recibidos, la venta, entrega y/u ocupación de amplias hectáreas a empresas privadas para fines de explotación, tal como el monocultivo de palma africana, ha dejado a los campesinos constreñidos a vivir en zonas reducidas, con limitado acceso a tierras para cultivo, incluso de alimentación, y ha marcado “límites invisibles” que inciden en su derecho a la libre circulación y en el acceso a servicios básicos. La CIDH identificó una fuerte tensión entre los intereses de grandes empresarios y las necesidades de subsistencia de los campesinos de la zona. Una mujer campesina de la zona del Bajo Aguán expresó a la CIDH: “no hay alimentos, nos estamos muriendo de hambre, cuando se consigue algo, solo conseguimos arroz y frijoles, no hay fuentes de empleos, no hay qué comer, estas criaturas [refiriéndose a los niños y niñas de la comunidad] no tienen qué comer”.

Honduras debe adoptar, de manera pronta e inmediata, todas las medidas necesarias para remover los factores estructurales que han generado y perpetuado el conflicto territorial en el Bajo Aguán. Particularmente, las autoridades estatales deben adoptar medidas para resolver las causas del conflicto y aplicar el principio de igualdad y no discriminación, a fin de abordar los obstáculos y las barreras en el ejercicio, respeto y garantía de los derechos económicos, sociales y culturales de las comunidades campesinas del Bajo Aguán.

CONDICIONES LABORALES Y ACCESO A LA ATENCIÓN MÉDICA

Por otra parte, la Comisión fue informada sobre las precarias condiciones de trabajo y la falta de acceso a la atención médica por parte de buzos miskitos y trabajadoras de las maquilas, lo cual provoca severas consecuencias físicas y mentales en su salud, que pueden derivar en discapacidades de tipo físico, e incluso, mental.

Buzos pescadores en La Mosquitia

En particular, la CIDH recibió información sobre las condiciones de precariedad a las que se enfrentan los aproximadamente 2.000 buzos en el desarrollo de su actividad de pesca de buceo en La Mosquitia, la pobreza en la que viven, el aislamiento en el que se encuentran, la falta de fuentes de empleo, las condiciones abusivas en las cuales muchas veces laboran, la ausencia de medidas de supervisión del buceo por parte del Estado, la falta de una cámara hiperbárica en la zona para tratar los buzos con enfermedades de descompresión; la ausencia completa de medidas de rehabilitación y las consecuencias de que cada año hay muertes en este contexto y cientos de buzos viven con discapacidades permanentes. “Empecé a bucear desde los 16 años porque en La Mosquitia no hay otra oportunidad de trabajo. La única fuente de trabajo que existe es el buceo. El buceo que practicamos lo hacemos por doce días, y tiene una profundidad exagerada, de 120 a 140 pies. No tenemos equipo adecuado. Nos cansamos mucho, y nos accidentamos”, indica uno de los testimonios recibidos por la CIDH. Otro señala: “Un día, como a las 5 de la tarde, después de haber usado doce tanques en una profundidad de 140 pies, me sentí mareado, ya no podía bucear, salí de bucear. Me agarró la enfermedad (la descompresión); me sentía mal y medio paralizado, me empezó a doler el estómago; me costaba mucho trabajo caminar, ya no podía orinar ni defecar.  Cuando a uno le ataca esta enfermedad, uno se siente medio muerto. Después de que me dio, sólo pude recuperar una pierna, y me quedé con bastón”.  La ausencia de una cámara hiperbárica que pueda atender de manera inmediata a los buzos que sufren de descompresión ha generado discapacidad permanente a cientos de ellos a lo largo de los últimos años, no obstante lo cual ni la empresa de explotación de la langosta que les da empleo, ni el Estado, han adoptado medidas para que esta situación no continúe.

Mujeres trabajadoras de las maquilas

Respecto a las trabajadoras de las maquilas, la CIDH recabó testimonios relativos a las inadecuadas condiciones en que éstas desempeñan su trabajo; al respecto, tomó conocimiento de posturas forzadas y trabajo repetitivo que su actividad exige, así como de las jornadas de 12 horas que laboran a diario. Al respecto, la CIDH fue informada que estas jornadas laborales son incompatibles con la constitución hondureña, que contemple jornadas de 8 horas. Además, la CIDH resalta que organizaciones representantes de estos grupos expresaron la falta de respuesta por parte del Estado hondureño frente a las denuncias relacionadas con las alegadas violaciones a los derechos al trabajo y salud, por parte de las respectivas empresas privadas.

Discapacidad de buzos miskitos y trabajadoras de maquilas

Asimismo, la CIDH tomó conocimiento de que una vez que los buzos miskitos y trabajadoras con discapacidad física adquieren esta condición de vida, se enfrentan a la falta de habilitación, rehabilitación, atención médica, y a la ausencia de otras alternativas de trabajo. “A los 3 meses de que nos da la enfermedad, el dueño del barco no se recuerda de los trabajadores que han quedado accidentados. No nos da tratamiento. Nos olvida”, se lamentó un hombre que ahora ya no puede trabajar. Otro apuntó: “Enfrentamos la necesidad económica. Como responsables de la familia, y con discapacidad, no tenemos la forma de dar apoyo económico ni educación a nuestros hijos. Estamos sufriendo mucho”. De hecho, a pesar de la adquisición de esta condición de vida, y debido a la falta de otras alternativas laborales, en muchas ocasiones tanto los buzos miskitos como las trabajadoras de las maquilas continúan realizando sus respectivas actividades. Lo anterior, de acuerdo con la información recibida por esta Comisión, ocasiona que su discapacidad se agrave, y que se presenten severas afectaciones dentro de la familia, tales como dificultad para asegurar el acceso a la educación a los dependientes económicos, y desintegración dentro del núcleo familiar. En este sentido, la Comisión escuchó el testimonio de una trabajadora de maquila, quien desde 2010 está esperando que se revisen sus condiciones laborales, en seguimiento al dictamen emitido por la Comisión Técnica de Invalidez del Instituto Hondureño de Seguridad Social. Ella indicó: “me he vuelto dependiente de mi hermana y familia. No puedo viajar en autobús parada, tengo siempre que estar sentada. Ni siquiera puedo cargar cinco naranjas. No puedo vestirme por mí misma. He tenido problemas de depresión aguda; y muchas de mis compañeras, también”.

Salud sexual y reproductiva de mujeres

En relación con el derecho a la salud de mujeres, la CIDH recibió información preocupante acerca del impacto que tiene la prohibición adoptada en 2009 de la anticoncepción de emergencia, incluso en casos de violación sexual, en los derechos reproductivos de las mujeres.  La CIDH también recibió información preocupante sobre esterilización sin consentimiento previo e informado de mujeres viviendo con VIH. “Para esterilizarme me dijeron que si volvía a salir embarazada me podía morir”, indicó una mujer de 24 años del Departamento de Francisco Morazán. La CIDH insta al Estado de Honduras a adoptar medidas para garantizar los derechos sexuales y reproductivos y el derecho al más alto nivel de salud de las mujeres en Honduras.

Situación de migrantes hondureños retornados

En relación con los migrantes hondureños retornados, la Comisión observa que una vez que éstos han sido deportados de regreso al país, se enfrentan a una falta de servicios que impide que sean reintegrados a la sociedad. En particular, estas personas suelen trabajar en precarias condiciones laborales, y en muchos casos no existen programas gubernamentales que brinden asistencia para su reincorporación a la comunidad.

Durante su visita, la Comisión recibió información sobre esta problemática a nivel local. En San Pedro Sula, la CIDH visitó el Centro de Atención al Migrante, en donde llegan familias que intentan emigrar y son deportadas. Las autoridades indicaron una serie de iniciativas que tienen como fin facilitar la reincorporación de los niños, niñas y adolescentes en la escuela, por ejemplo, y hacer disponible algunos apoyos en términos de necesidades básicas con el objetivo de abordar algunos de los factores que han incidido en la migración. Así como también, para evitar que las familias asuman los riesgos de que su reinserción se dé en condiciones precarias. Igualmente, los desafíos son profundos y estructurales y requieren medidas igualmente estructurales y amplias. 

La CIDH recabó testimonios de distintas personas deportadas de Estados Unidos que llegan como primer punto de entrada al país al Centro de Atención del Migrante Deportado en San Pedro Sula. Ahí reciben partida de nacimiento en caso de requerirla, son registrados y se les proporciona una ayuda para el transporte. Uno de los migrantes deportados, tras vivir varios años en Estados Unidos, indicó “ahora yo ya me quedo por acá y mis hijos y mi pareja por allá”. La mayoría de migrantes deportados entrevistados, en su mayoría hombres jóvenes,  indicaron que volverían a intentar salir de un país que no les brinda una mínima posibilidad de tener una vida digna. Uno de los migrantes deportados indicó: “me quedo a pasar navidad y me regreso”. Durante su visita, la CIDH constató el compromiso de las y los funcionarios del centro con las 114 personas deportadas que llegaron ese día.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 146A/14