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CIDH insta a Estados Unidos a cerrar la cárcel de Guantánamo
2 de agosto de 2011
Washington, 2 de agosto de 2011 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobó hoy una Resolución sobre la situación de las personas detenidas en la Base Naval de Estados Unidos en Guantánamo, Cuba, en la cual insta al Estado a cerrar dichas instalaciones sin demora y disponer el procesamiento o la liberación de los detenidos.
La Comisión nuevamente concluye que la falta de cumplimiento de Estados Unidos con las medidas cautelares dictadas por la Comisión ha ocasionado un daño irreparable a los derechos fundamentales de las personas detenidas en Guantánamo.
El Estado ha reconocido que los detenidos tienen el derecho a que los tribunales revisen la base para su detención continuada. Sin embargo, los tribunales estadounidenses suelen dejar el tema en manos del Poder Ejecutivo, con lo cual este derecho se vuelve ilusorio.
“La Comisión nuevamente insta a Estados Unidos cerrar las instalaciones de la Bahía de Guantánamo sin demora y disponer el procesamiento o la liberación de los detenidos”, señala la Resolución. Puntualiza asimismo que los juicios deberían llevarse a cabo de manera expedita, respetando los derechos de los procesados a debido proceso y a las garantías judiciales.
La Comisión además insta a Estados Unidos revelar la identidad de los detenidos cuyos traslados se han aprobado y asegurar que éstos y todos los detenidos en la misma situación tengan acceso a una revisión adecuada e individualizada de los hechos que fundamenten su traslado a un país específico por parte de un órgano independiente e imparcial.
En su Resolución, la Comisión insiste en la importancia de que Estados Unidos le permita visitar las instalaciones de detención en la Bahía de Guantánamo y entrevistarse libremente a cualquier persona que se encuentra detenida. El Gobierno ha invitado a la CIDH a visitar Guantánamo, pero no le permite entrevistar a los detenidos, condición que la Comisión Interamericana no acepta.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA. Los Estados miembros de la OEA han asumido el compromiso de otorgar a la CIDH todas las facilidades necesarias para llevar a cabo sus misiones de observación con plena libertad, con el fin de dar cumplimiento a su mandato.
No. 86/11