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El mandato de la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad y para la Prevención y Combate a la Tortura consiste en monitorear la situación de las personas sometidas a cualquier forma de privación de libertad o detención de los Estados miembros.
De acuerdo con los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad la privación de libertad incluye cualquier forma de detención o custodia de una persona, ordenada por o bajo el control de facto de una autoridad judicial o administrativa o cualquier otra autoridad, ya sea en una institución pública o privada, en la cual no pueda disponer de su libertad ambulatoria. Considerando lo anterior, bajo la categoría de personas privadas de libertad no se contempla sólo a aquéllas que han sido procesadas o condenadas, sino también a personas en hospitales psiquiátricos y otros establecimientos para personas con discapacidad; instituciones para niños, niñas y personas mayores; centros de detención migratoria, y cualquier otra institución destinada a la privación de libertad de personas.
Asimismo, de conformidad con lo decidido por la CIDH en febrero de 2019 –durante el 171 periodo de sesiones, el mandato de la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad se extiende a la prevención y el combate a la tortura.
Para cumplir con su mandato, la Relatoría realiza diversas funciones, tales como las siguientes: