El acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos. Los Estados están obligados a garantizar el ejercicio de este derecho. Este principio sólo admite limitaciones excepcionales que deben estar establecidas previamente por la ley para el caso que exista un peligro real e inminente que amenace la seguridad nacional en sociedades democráticas. Principio # 4.
CIDH Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión
COMUNICADO DE PRENSA
R 47/15
LA RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN PRESENTA SU INFORME ANUAL 2014
Washington, D.C., 11 de mayo de 2015. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el jueves 7 de mayo su Informe Anual respecto a la situación del continente en la materia en 2014, como parte del Informe Anual presentado por la Comisión a los Estados miembros.
Este es el decimosexto informe que elabora la Relatoría Especial, desde su creación en 1998.
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