La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión. Principio # 5
CIDH Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión
COMUNICADO DE PRENSA
R 47/15
LA RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN PRESENTA SU INFORME ANUAL 2014
Washington, D.C., 11 de mayo de 2015. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el jueves 7 de mayo su Informe Anual respecto a la situación del continente en la materia en 2014, como parte del Informe Anual presentado por la Comisión a los Estados miembros.
Este es el decimosexto informe que elabora la Relatoría Especial, desde su creación en 1998.
Para leer el resumen ejecutivo, haga clic aquí.
Para acceder al informe completo, haga clic aquí.
1889 F St. N.W. Washington, DC, U.S.A. 20006 / E-mail: [email protected] / Teléfono: (202) 370-9000 / Fax: (202) 458-3650