Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa 35/00

RELATOR ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESION MANIFIESTA PREOCUPACION POR PROYECTO DE SENADOR ARGENTINO

El Relator Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, Dr. Santiago A. Canton, manifiesta su preocupación por el proyecto presentado por el senador argentino Augusto Alasino el cual impulsa una iniciativa para que sea rechazado "el ejercicio extralimitado de la libertad de expresión" en los casos en que la información expresada ocasione "un perjuicio al honor y a la propia imagen."

El proyecto, presentado ante la Comisión de Libertad de Expresión del Senado Argentino, exhorta a las comisiones de dicha Cámara a debatir los proyectos de ley que regulan el derecho a réplica y el secreto de la fuente periodística y además reinvindica el "ejercicio responsable de la libertad de expresión". El Dr. Santiago A. Canton considera que el mencionado proyecto representa un retroceso en la defensa del ejercicio y el derecho a la libertad de expresión demostrado por Argentina en los últimos años a través de la derogación de las leyes de desacato y la elaboración de un proyecto de ley de despenalización de las figuras de calumnias e injurias, resultado de una solución amistosa entre el Estado Argentino y los periodistas denunciantes en la cual las partes solicitaron la asistencia como mediador del Relator Especial para la Libertad de Expresión.

Asimismo, el Dr. Canton recuerda lo establecido en los principios 10 y 11 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, recientemente aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:
10. "...la protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público..."
11. "Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como "leyes de desacato" atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información."

Finalmente, es importante citar una vez más el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Argentina es parte, que repudia todas aquellas acciones orientadas a silenciar la libertad de expresión, al decir con claridad que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección".

Santiago A. Canton
Relator Especial para la Libertad de Expresión
Washington, D.C., 22 de noviembre de 2000