Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa R 48-09

COMUNICADO DE PRENSA

Nº R48/09

RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

CONDENA ASESINATO DE PERIODISTA EN HONDURAS

  

Washington, D.C., 6 de julio de 2009.-  La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato del periodista radial, Gabriel Fino Noriega, ocurrido el 3 de julio de 2009, en San Juan Pueblo, Honduras. En el contexto actual generado por el golpe de Estado y la ruptura del orden constitucional, el asesinato del periodista Fino Noriega genera especial preocupación. La Relatoría Especial llama a que se investiguen los hechos y se determine si el asesinato estuvo vinculado con el ejercicio de la actividad periodística, así como exhorta a que los responsables sean debidamente juzgados y sancionados. La Relatoría Especial reitera su exigencia de respeto irrestricto del derecho a la libertad de expresión en Honduras y demanda que se garantice la seguridad a los comunicadores sociales para que puedan cumplir su labor.

 

El 3 de julio de 2009, Fino Noriega salía de la emisora Estelar, tras conducir su programa, cuando una persona no identificada le disparó varias veces, según la información difundida por la prensa local y organizaciones no gubernamentales locales. El periodista, quien también era corresponsal para Radio América, murió poco después.

 

El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión señala que el "asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión". En efecto, hechos de esta naturaleza no sólo lesionan los derechos humanos de las víctimas, sino que generan un gravísimo efecto intimidatorio que afecta severamente el derecho a la libertad de expresión.

 

La Relatoría Especial recuerda que el 29 de junio de 2009, condenó enérgicamente las limitaciones a la libertad de expresión en Honduras, ocurridas luego del golpe de Estado y la ruptura institucional, y urgió al respeto irrestricto de este derecho fundamental, que está en la base del sistema interamericano  (Comunicado de Prensa R44-09). La Relatoría Especial ha seguido con especial atención la creciente tensión registrada en Honduras tras el golpe de Estado, en particular lo que refiere a situaciones vinculadas al ejercicio de la libertad de expresión e información. En ese sentido, la CIDH ha otorgado medidas cautelares a varios periodistas en situación de riesgo, y ha solicitado información sobre hechos denunciados como obstáculos en el ejercicio de la libertad de expresión.

 

En este contexto, la Relatoría Especial exige una vez más respeto irrestricto del derecho a la libertad de expresión en Honduras y demanda que se otorguen todas las garantías para que los medios de comunicación y periodistas puedan cumplir su labor de informar con libertad y en condiciones de seguridad. El artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece de manera categórica que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección". El ejercicio de este derecho no puede estar sujeto a previa censura", ni se lo puede restringir por vías o medios indirectos.

 

Para más información sobre  los avances mencionados o sobre la Relatoría Especial: http://www.cidh.org/relatoria.