Libertad de Expresión

Estados Unidos

Acciones judiciales

 

125.     El 9 de enero de 2002, Dolia Estévez, corresponsal en Washington, D.C. del diario mexicano El Financiero, recibió una orden del Tribunal de Distrito de Estados Unidos del Distrito Oriental de Virginia de que entregara el material que utilizó para la redacción de un artículo en 1999 sobre una familia mexicana supuestamente vinculada con el tráfico de drogas. El 19 de marzo de 2002, el Juez Federal Welton Curtis Sewell otorgó a Estévez su petición de anular la orden de comparecencia en juicio, testificar o presentar documentación u otros elementos probatorios.[i]  El demandante en el caso apeló el fallo del Juez Sewell.  En el momento de redacción de este informe, la apelación todavía estaba pendiente.  La Oficina del Relator Especial expresó su preocupación con respecto a este caso en un comunicado de prensa el 21 de febrero de 2002.[ii]

 

 

126.     El 17 de julio de 2002, David W. Carson y Edward H. Powers, Jr., editor y redactor, respectivamente, del The New Observer, fueron declarados culpables de siete acusaciones de difamación penal en un juicio por jurado en Kansas por las declaraciones publicadas en el The New Observer sobre Carol Marinovich, la alcaldesa/jefa ejecutiva del Gobierno Unificado del Condado de Wyandotte/Kansas City, y sobre su esposo, Ernest Johnson, un juez de tribunal de distrito.[iii]  Los señores Carson y Powers fueron cada uno sentenciado a pagar una multa de $700 y a un año de libertad condicional.  La sentencia ha sido suspendida hasta que se resuelva la apelación del caso.[iv]  La Oficina del Relator Especial expresó su preocupación por este caso en su Informe Anual de 2001.[v] 

 

127.     El 2 de agosto de 2002, la Juez Gladys Kessler del Tribunal de Distrito de Estados Unidos emitió un fallo en una demanda entablada por más de dos docenas de organizaciones de derechos civiles y de interés público de acuerdo con la Ley de Libertad de la Información (FOIA).  Los grupos apelaban contra el rechazo del Departamento de Justicia (DOJ) a las solicitudes presentadas a organismos de dicho Departamento con el fin de obtener información sobre casi 1.000 individuos que fueron detenidos por acusación de un delito, mediante orden judicial como testigos esenciales y por violaciones de la ley de inmigración como parte de las investigaciones del 11 de septiembre.  Los demandantes procuraron dicha información, así como los nombres de los detenidos, las circunstancias de su arresto y detención, incluidas las fechas de detención y puesta en libertad, los lugares donde fueron arrestados y detenidos, la naturaleza de las acusaciones presentadas y los nombres de los abogados.  La Juez Kessler ordenó al DOJ que diera a conocer los nombres de los detenidos, o que demostrara la legitimidad de mantener dicha información en secreto, y los nombres de sus abogados, pero indicó que el DOJ tenía motivos válidos para mantener en secreto otra información relativa a los arrestos.[vi]  La orden de la juez de hacer públicos los nombres de los detenidos ha sido suspendida pendiente de apelación.[vii]

           

            128.     El 26 de agosto de 2002, el Tribunal de Apelación del Sexto Circuito  de Estados Unidos emitió un fallo sobre la impugnación a una directiva que requería que las audiencias de deportación en "casos de especial interés" estuvieran cerradas a la prensa y al público, incluidos los familiares y amigos.  La cuestión del caso era el Memorando Creppy, una directiva emitida por el Jefe de Inmigración, el Juez Michael Creppy a todos los Jueces de Inmigración de los Estados Unidos el 21 de septiembre de 2001.  El Memorando tenía por objeto prevenir la revelación de información que podía poner en peligro la seguridad nacional después de los ataques terroristas del 11 de septiembre. El Tribunal decidió que el Memorando Creppy era una limitación inconstitucional al derecho de la libertad de expresión.  Indicando que el acceso público desempeña un papel significativo y positivo en las audiencias de deportación ya que es el principal medio con el supervisar la imparcialidad de dichos procedimientos, el Tribunal decidió que debe presumirse que estos procedimientos están abiertos al público.  Las preocupaciones del gobierno con respecto a la seguridad nacional eran válidas, sin embargo, debía decidirse caso por caso si se cerraba el acceso a tales procedimientos, mediante la determinación de una cuestión de hecho particularizada en cuanto a la necesidad de que las audiencias sean cerradas al público.  El gobierno no cumplió con este requisito porque la directiva Creppy no estableció las normas que debían utilizarse para clasificar un caso como "de especial interés".[viii]  El 8 de octubre de 2002, el Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito de Estados Unidos también falló en un caso que objetaba el Memorando Creppy y llegó a la conclusión de que no había un derecho constitucional que garantice el acceso a las audiencias de deportación debido a que se trata de procesos administrativos, en vez de penales, y no ha habido ningún "antecedente sin interrupción y consistente” de acceso al público en dichos casos.[ix]  Debido al conflicto entre los fallos de los dos Tribunales de Circuito, es probable que esta cuestión sea considerada por el Tribunal Supremo.  Según algunos defensores de la libertad de prensa, ha habido por lo menos 600 procesos de inmigración secretos desde que el Memorando Creppy fue emitido.[x]

 

            129.     El Relator Especial reconoce la grave amenaza que representan las actividades terroristas y la obligación del gobierno de prevenir y sancionar tales actividades.  No obstante, el Relator Especial también reitera que, cuando se llevan a cabo iniciativas para prevenir y sancionar el terrorismo, los estados deben seguir respetando los derechos humanos y libertades fundamentales.  En su Informe sobre Terrorismo y Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló que el acceso a la información que tiene el gobierno debe estar regido por el principio de "máxima divulgación", lo cual significa que debe presumirse que la información será revelada por el gobierno.[xi]  Para no revelar información, el gobierno debe demostrar que dichas restricciones son necesarias para proteger un objetivo legítimo, como la seguridad nacional.[xii]  El acceso a las reuniones de los órganos gubernamentales, tales como los procedimientos judiciales, también debe estar regido por la presunción de que dichas reuniones son abiertas al público.[xiii]

 

 

 

Otros

 

130.     El 12 de julio de 2002, el reportero Joel Mowbray de National Review, fue detenido durante 30 minutos después de una sesión informativa en el Departamento de Estado.  Los guardias y un agente federal exigieron que Mowbray respondiera a preguntas con respecto a su cobertura de un cable secreto sobre el sistema estadounidense de emisión de visados a los saudíes. Los guardias que detuvieron a Mowbray querían saber quién le había dado el cable.  Mowbray negó tener el cable y no fue registrado.[xiv]

 



[i]Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ), 2 de abril de 2002.

[ii]Véanse anexos, PREN/53/02.

[iii]CPJ, 18 de julio de 2002; Sociedad Interamericana de Prensa, 19 de julio de 2002.

[iv]CNN.com, 9 de diciembre de 2002.

[v]CIDH, Informe Anual de 2001, vol. II, Informe de la Oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión, OEA/Ser.L/V/II.114, Doc. 5 rev. 1, Cap. II, párr. 193.

[vi]Centro de Estudios para la Seguridad Nacional contra el Departamento de Justicia, Acción Civil No. 01-2500 (D.D.C. presentada el 15 de agosto de 2002), http://www.dcd.uscourts.gov/district-court-2002.html.

[vii]Comité de Reporteros para la Libertad de Prensa, 15 de agosto de 2002.

[viii]Detroit Free Press contra Ashcroft, No. 02-1437 (Sexto Circuito, 26 de agosto de 2002), http://www.findlaw.com/casecode/courts/6th.html.

[ix]North Jersey Media Group, Inc. contra Ashcroft, No. 02-2524 (Tercer Circuito, 8 de octubre de 2002), http://www.findlaw.com/casecode/courts/3rd.html.

[x]Comité de Reporteros para la Libertad de Prensa, Homefront Confidential, Segunda edición, Septiembre de 2002, pág. 20.

[xi]Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe sobre Terrorismo y Derechos Humanos, OEA/Ser.L/V/II.116, Doc. 5 rev. 1, 22 de octubre de 2002, párr. 284.

[xii]Id. párr. 286.

[xiii]Id. párr. 287.

 

[xiv]Comité de Reporteros para la Libertad de Prensa, Homefront Confidential, Segunda edición, Septiembre de 2002, p. 32.