La RELE manifiesta preocupación por la apertura
de una investigación penal contra periodistas en Guatemala por la cobertura de
asuntos de interés público
29 de marzo de 2023
Washington D.C. - La Relatoría Especial para la Libertad
de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) observa con preocupación la apertura de
una investigación penal en contra de periodistas en Guatemala por su cobertura
sobre asuntos de interés público, y advierte sobre reportes de autocensura en
la prensa guatemalteca. En tal sentido, la Relatoría llama al Estado a
abstenerse de utilizar procesos penales contra periodistas y/o medios de
comunicación por hechos relacionados con su labor.
De acuerdo con la información recibida, el 28 de febrero
de 2023, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público
(MP) solicitó al juez que investigue a ocho personas, entre periodistas y
columnistas, por su cobertura informativa sobre el proceso penal en contra del
periodista y presidente de El Periódico,
José Rubén Zamora. La Fiscalía argumentó que dichos artículos periodísticos tendrían
"presumiblemente como objeto atacar la esfera personal de los operadores de
justicia" relacionados con el caso de Zamora, y que ello podría devenir en la
posible comisión del delito de obstaculización a la justicia. El titular del
Juzgado Décimo de Instancia Penal dio curso al requerimiento fiscal y ordenó
que se iniciara una investigación en contra de las y los periodistas, para
determinar su posible vinculación con en el presunto delito de obstrucción de
justicia.
El Estado resaltó que
"reconoce el valor fundamental que tiene la libertad de expresión en todo
sistema democrático y lo relevante que resulta para el debate público", y que
la decisión del juez "no constituye una persecución aislada en contra de
determinados periodistas". A criterio del Estado, la orden del juez de
investigar a periodistas no constituye ninguna acción que busque intimidar a
comunicadores, o limitar o coartar la libertad de expresión, sino que demuestra
la existencia de indicios de que posiblemente los periodistas habrían actuado
en cooperación con el señor Zamora para difundir información falsa o que atenta
contra la integridad, dignidad y reputación de funcionarios del Ministerio
Público, con el fin de coaccionarlos, influir en su comportamiento y
obstaculizar sus funciones. Según el Estado, ello constituiría responsabilidad
ulterior en los términos del artículo 13.2 de la Convención Americana.
La Relatoría Especial ve
con preocupación que el Estado presuma que la cobertura periodística sobre
temas trascendentales para la vida democrática de Guatemala pueda configurar el
delito de obstrucción de justicia. Para la Relatoría, el simple hecho de abrir
una investigación penal contra la prensa a raíz de diversas publicaciones de
interés público tiene consecuencias severas para el derecho de las y los
reporteros a informar, y el derecho a la sociedad a estar informada.
Al respecto, la RELE
recuerda que si bien el derecho a la libertad de expresión no es un derecho
absoluto y puede estar sujeto a restricciones, éstas deben cumplir con
estrictos requisitos para ser legítimas. En este sentido, una premisa
fundamental del marco jurídico interamericano en esta materia se basa en que las
ideas, informaciones y opiniones concernientes al comportamiento de operadores
de justicia y el funcionamiento del Ministerio Público gozan de una alta protección bajo la Convención
Americana. Ello es así "porque se asume que en una sociedad democrática las
instituciones o entidades del Estado como tales están expuestas al escrutinio y
la crítica del público, y sus actividades se insertan en la esfera del debate
público", conforme ha señalado la Corte
Interamericana. Los funcionarios públicos deben tener una mayor tolerancia y
apertura a la crítica frente a afirmaciones y apreciaciones vertidas por las
personas en ejercicio del control democrático y deben abstenerse con mayor
rigor de establecer limitaciones a estas formas de expresión.
La CIDH y su Relatoría Especial han
enfatizado que si bien la protección al honor
puede considerarse como un objetivo legítimo para limitar la libertad de
expresión, el derecho penal es el medio más restrictivo y severo para
establecer responsabilidades ulteriores y tiene efectos graves para el control
democrático. En relación con ello, la Comisión Interamericana ha sostenido que "la
mera amenaza de ser acusado penalmente por expresiones críticas sobre asuntos
de interés público puede provocar la autocensura. La defensa contra cargos
penales representa un costo muy alto al acusado y puede conllevar a la
imposición de restricciones a derechos. La potencial aplicación de una sanción
penal por la crítica a un funcionario público produce o puede producir un
efecto amedrentador". En esta línea, la Corte Interamericana precisó que en el caso
de los discursos protegidos por su interés público, como son los referidos a
conductas de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, "la
respuesta punitiva del Estado mediante el derecho penal no es convencionalmente
procedente para proteger el honor del funcionario".
Finalmente, la RELE resalta que estos hechos se enmarcan
en un contexto de deterioro de
las garantías para el ejercicio de la
libertad de expresión en Guatemala, en el que al menos seis periodistas habrían salido forzadamente del país,
según la información
documentada. En este marco, la Relatoría recibió reportes
sobre el incremento de autocensura entre las y los periodistas, quienes por
temor a ser blanco de denuncias penales evitan dar cobertura a asuntos
sustanciales en una democracia, como los procesos judiciales que involucran a
figuras de notoriedad pública.
Frente a las
consideraciones anteriores, la Relatoría reitera al Estado las recomendaciones
señaladas en el Informe Anual 2021 de la CIDH sobre Guatemala, en lo que respecta a
abstenerse de utilizar procesos penales contra periodistas y/o medios de
comunicación por hechos relacionados con su labor, especialmente aquellos que
puedan generar impactos negativos sobre la deliberación de información de
interés público. Adicionalmente, llama al Estado a garantizar que toda
investigación penal contra periodistas se desarrolle conforme a estándares
internacionales en materia de libertad de expresión.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es
una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
con el fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de
pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación
y el desarrollo del sistema democrático.