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Comunicado de Prensa

CIDH condena la muerte de decenas de personas en centro de detención de Venezuela

3 de abril de 2018

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena las muertes de al menos 68 personas en la Comandancia General de la Policía Regional del estado de Carabobo (Comandancia de Carabobo), Venezuela. La CIDH urge al Estado a investigar con debida diligencia, identificar y sancionar a los responsables, así como a adoptar las medidas necesarias para evitar la reiteración de hechos similares.

De acuerdo con información de público conocimiento, el 28 de marzo de 2018 en la comandancia de Carabobo se produjo un incendio que habría resultado en que perdieran la vida al menos 68 personas privadas de libertad, incluyendo también, visitantes. A la fecha, hay un número indeterminado de heridos. Según el secretario general del gobierno de Carabobo, Jesús Santander, el incendio se produjo después de un intento de motín. A fin de sofocar y controlar el fuego, diversas entidades públicas acudieron a las instalaciones de la Comandancia.

Asimismo, familiares de las personas detenidas en la comandancia habrían acudido a sus instalaciones para solicitar información. Como respuesta, las fuerzas de seguridad habrían utilizado gases lacrimógenos para dispersarles. La CIDH lamenta estos hechos, y urge al Estado a respetar el derecho de las familias a conocer sobre lo ocurrido, así como a adoptar en este tipo de circunstancias, las medidas necesarias para evitar sufrimiento adicional a los familiares de las víctimas.

La CIDH advierte que estos graves hechos se enmarcan en un contexto de crisis penitenciaria que enfrentan las personas privadas de libertad en Venezuela, y que se caracteriza entre otras cuestiones, por altos niveles de hacinamiento, uso excesivo de prisión preventiva, corrupción de autoridades penitenciarias, deplorables condiciones de detención, y elevados niveles de violencia. Como garante de los derechos de las personas privadas de libertad, el Estado venezolano tiene el deber jurídico ineludible de adoptar acciones concretas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de los reclusos. Asimismo, la Comisión observa que estos hechos se presentan en un centro de detención policial, comúnmente llamados “calabozos”. La CIDH reitera su especial preocupación por la utilización de estos lugares de naturaleza transitoria como centros de detención permanente, y que se caracterizan por hacinamiento y por falta de infraestructura y servicios básicos que aseguren condiciones dignas de detención.

De conformidad con información oficial, el Ministerio Público habría iniciado una investigación sobre los hechos ocurridos, y en particular, se detuvo a cinco funcionarios de la policía de Carabobo presuntamente responsables de los mismos. Al respecto, la Comisión Interamericana exhorta a  que estas investigaciones no sólo deben estar orientadas a establecer los responsables materiales de los hechos, sino también a los posibles autores intelectuales y a aquellas autoridades que pudieran ser responsables por acción u omisión. 

“Es fundamental evitar los riesgos existentes y garantizar los derechos, la integridad y la vida de las personas privadas de libertad”, señalo el Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, Comisionado Joel Hernández. “Lo ocurrido en la comandancia de Carabobo ha cobrado la vida de decenas de personas bajo la custodia del Estado venezolano. Para evitar la repetición de estos trágicos hechos, es urgente que el Estado realice acciones inmediatas para salvaguardar los derechos de esta población”, agregó.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 077/18