A partir del año 1990, la Comisión Interamericana empezó a crear Relatorías Temáticas con el objeto de brindar atención a ciertos grupos, comunidades y pueblos que se encuentran especialmente expuestos a violaciones de derechos humanos por su situación de vulnerabilidad y por la discriminación histórica de la cual han sido objeto. La finalidad de crear una Relatoría Temática es fortalecer, impulsar y sistematizar el trabajo de la propia Comisión Interamericana en ese tema. Con la misma finalidad, en 2001 la CIDH creó la Unidad de Defensores de Derechos Humanos, la cual fue convertida en Relatoría en 2011.
Relatoría sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 1990
Relatoría sobre los Derechos de las Mujeres, 1994
Relatoría sobre los Derechos de las Personas Migrantes, 1996
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, 1997
Relatoría sobre los Derechos de la Niñez, 1998
Relatoría sobre Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, 2001
Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, 2004
Relatoría sobre los Derechos de las Personas Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial, 2005
Relatoría sobre los Derechos de las Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex, 2014
Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, 2017
Relatoría sobre Memoria, Verdad y Justicia, 2019
En el Reglamento de la CIDH aprobado durante el 132º período ordinario de sesiones, celebrado del 17 al 25 de julio de 2008, la Comisión Interamericana introdujo una reforma al Artículo 15 sobre “Relatorías y Grupos de Trabajo”, introduciendo por primera vez en dicho instrumento el concepto de “Relatoría Temática”.
El Reglamento vigente, aprobado en su 137° período ordinario de sesiones, celebrado del 28 de octubre al 13 de noviembre de 2009, establece que las Relatorías “podrán funcionar ya sea como relatorías temáticas, a cargo de un miembro de la Comisión, o como relatorías especiales, a cargo de otras personas designadas por la Comisión”.
En general, las relatoras y relatores temáticos son designados por la CIDH durante el primer período de sesiones del año, pero el Reglamento prevé que estas designaciones pueden ser revisadas y modificadas en cualquier “momento que resulte necesario”. Asimismo, establece que los parámetros conforme a los cuales la Comisión designa a las personas a cargo de las relatorías especiales, y establece para los mismos un período de tres años, renovable por un período más.