Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la ausencia de condiciones para la realización de elecciones municipales libres, justas y competitivas en Nicaragua, por lo que urge al Estado a restablecer las garantías y libertades democráticas propias de un Estado democrático de derecho mediante la separación de poderes y el cese de la represión.
El próximo 6 de noviembre, se celebrarán elecciones municipales en Nicaragua para la renovación de más de 6 mil cargos públicos, entre ellos, alcaldes, vicealcaldes y concejales municipales, en los 153 municipios del país, en un contexto de represión contra la oposición política, mediante la implementación de medidas tendientes a impedir su participación y la ausencia de reformas para la reestructuración del Consejo Supremo Electoral (CSE) y la Ley Electoral de conformidad con las recomendaciones por organismos nacionales e internacionales.
Al respecto, en semanas recientes, la Comisión constató el recrudecimiento de la represión y persecución contra opositoras políticas, entre ellas, integrantes del partido del político Unión Democrática Renovadora (UNAMOS). Se recibió información sobre la detención arbitraria, de Raúl Oporta, líder de UNAMOS en Nueva Guinea; así como de Jeannine Horvilleur y Ana Carolina Horvilleur, ambas de nacionalidad nicaragüense y francesa, y familiares de Javier Álvarez Zamora, integrante de UNAMOS y exiliado, ocurridos el 4 de septiembre pasado. Asimismo, se registraron al menos diez detenciones de integrantes de UNAMOS y sus familiares en Managua, Bluefields, Matagalpa y otros departamentos.
La Policía Nacional y operadores políticos del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), sustituyeron de facto a las autoridades de cinco alcaldías gobernadas por el partido Ciudadanos por la Libertad -cuya personería jurídica fue cancelada en 2021-, luego de allanar las sedes el pasado 3 y 4 de julio. Se registra que desde el año 2018, el FSLN habría tomado el control de facto de 7 alcaldías, de un total de 18 que no eran gobernadas por el partido oficialista.
La CIDH recibió información sobre la reforma a la Ley Electoral, nro. 331 que fue aprobada en mayo de 2022 por la Asamblea Nacional que limitaría la fiscalización por parte de la sociedad civil al proceso electoral, al establecer un proceso electoral exprés -con menos juntas receptoras de votos, la realización de la campaña electoral en 20 días y la integración de los Consejos Electorales en 5 días, todas acciones, contrarias a los estándares internacionales.
Lo anterior se sigue registrando en un contexto de cierre y cooptación gubernamental de los espacios cívicos y de participación democrática en Nicaragua. En particular, por las restricciones arbitrarias contra la libertad de expresión y de asociación, tales como las impuestas por la Ley de Agentes Extranjeros, la Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro de la República de Nicaragua y la cancelación de la personalidad jurídica de más de 2 mil organizaciones de la sociedad civil. La persecución, hostigamiento, asedio policial en contra de trabajadores de la prensa, así como el cierre de al menos 54 medios de comunicación nacionales y la creación de un cerco de censura que dificulta y evita que circule información relevante sobre lo que sucede en el país.
La prolongada detención arbitraria de más de 200 personas, entre ellas, opositoras políticas, periodistas y defensoras de derechos humanos, así como las graves condiciones en las que permanecen privadas de libertad y las condenas desproporcionadas en su contra, tiene un efecto amedrentador en la población de cara a las elecciones locales, el cual resulta propicio para la perpetuación del poder y la cooptación de los últimos espacios disponibles para la participación política.
La Comisión lamenta la falta de condiciones mínimas necesarias para la realización de elecciones libres, justas y competitivas, la comprobada ausencia de un sistema electoral independiente y la continuación de violaciones a los derechos humanos en contra de las personas identificadas como opositoras al Gobierno. Además, recuerda que el ejercicio de los derechos políticos constituye un fin en sí mismo y, a la vez, un medio que las sociedades democráticas tienen para garantizar los demás derechos.
El Estado debe garantizar la separación e independencia de los poderes públicos y restablecer las garantías y libertades democráticas propias de un Estado de derecho; así como, liberar de inmediato a las personas detenidas arbitrariamente desde el inicio de la crisis de derechos humanos y poner fin a todo ataque en contra de personas opositoras.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 248/22
10:00 AM