Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

Brasil

informes: 8

Chile

Colombia

Costa Rica

Ecuador

informes: 6

Estados Unidos

Guatemala

  • Informe No. 88/12, Petición 751-06, Anette Bettina Herrera Osorio viuda de Aranky y otros
  • Informe No. 87/12, Petición 140-08, Comunidades Maya Kaqchikel de Los Hornos y El Pericón I y sus miembros

Honduras

México

Perú

Uruguay

Venezuela

  • Informe No. 91/12, Petición 1336-07, José Gregorio Mota Abarullo y otros
  • Informe No. 20/12, Petición 1119-02, Aura de las Mercedes Pacheco Briceño y Balbina Francisca Rodríguez Pacheco