CIDH celebra decisión que declara inconstitucional criminalización de relaciones consentidas entre personas del mismo sexo en Barbados

19 de junio de 2023

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebra el fallo en el caso René Holder-McClean-Ramirez y otros v. Fiscal General de Barbados, que determinó que los artículos 9 y 12 de la Ley de Delitos Sexuales de Barbados, que penaliza las relaciones privadas consentidas entre personas del mismo sexo, son inconstitucionales.

En este caso histórico, decidido el 12 de diciembre de 2022 y publicado el 25 de mayo de 2023, la Corte Suprema de Barbados dictaminó que el delito de "Sodomía", en el artículo 9, y el delito de "Indecencia grave", en el artículo 12, ambos de la Ley de Delitos Sexuales, son inconstitucionales, nulos y sin ningún efecto en la medida en que se aplican a las relaciones sexuales consentidas entre adultos en privado. Antes de esta decisión, Barbados tenía, a través de la disposición de "Sodomía", la pena más severa que criminalizaba las relaciones privadas consensuadas entre personas del mismo sexo en las Américas y el Caribe, y las personas condenadas estaban sujetas a una sentencia máxima de hasta cadena perpetua.

En el informe Violencia contra las personas LGBTI en las Américas de 2015, la CIDH señaló que a pesar de que en gran parte este tipo de leyes no se han aplicado, pueden tener efectos generalizados en la sociedad. La criminalización de las relaciones consentidas entre personas del mismo sexo legitima y refuerza los prejuicios contra las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans, o aquellas percibidas como tales, al mismo tiempo que envía un mensaje social a las comunidades y sociedades de que la discriminación y la violencia se condonan o toleran.

La CIDH reitera que la criminalización de las relaciones consensuales de adultos LGBTI viola el principio de igualdad y no discriminación, así como el derecho a la privacidad y la dignidad humana y llama a todos los Estados de las Américas y el Caribe a derogar las leyes que criminalizan las relaciones sexuales consentidas entre adultos o permiten la persecución de las personas LGBTI en cualquier forma.

Los Estados también deben tomar medidas para crear un marco legal que proteja a las personas LGBTI de todas las formas de violencia y discriminación.

La Comisión es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 126/23

8:00 AM