Departamento para la Cooperación y Observación Electoral
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HONDURAS - MOE elecciones generales del 24 de noviembre de 2013
Ficha T�cnica
En las elecciones generales del 24 de noviembre de 2013 se elegir�n:

  • Presidente/a y tres Designados/as a la Presidencia de la Rep�blica.
  • 20 Diputados/as Propietarios/as y sus suplentes al Parlamento Centroamericano.
  • 128 diputados/as propietarios/as al Congreso Nacional con sus suplentes.
  • 298 alcaldes o alcaldesas y sus vicealcaldes o vicealcaldesas
  • 2.092 regidores/as municipales.

Cantidad de bancas a ocupar por Departamento: �

Atl�ntida 8
Col�n 4
Comayagua 7
Cop�n 7
Cort�s 20
Choluteca 9
El Para�so 6
Francisco Moraz�n 23
Gracias a Dios 1
Intibuc� 3
Isla de la Bah�a 1
La Paz 3
Lempira 5
Ocotepeque 2
Olancho 7
Santa B�rbara 9
Valle 4
Yoro 9

Todas y todos los hondure�os, mayores de 18 a�os que est�n inscritos en el Censo Nacional Electoral.

La inscripci�n en el Censo Nacional Electoral es autom�tica, una vez que se inscriben en el Registro Nacional de Personas para obtener su c�dula de identidad. El voto es voluntario.

Honduras es un Estado de Derecho, constituido como rep�blica libre, democr�tica e independiente, cuya soberan�a reside en el pueblo. La forma de gobierno se ejerce por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Poder Ejecutivo
La titularidad del Poder Ejecutivo reside en el Presidente de la Rep�blica, que es electo directamente por el pueblo por simple mayor�a de votos. El per�odo presidencial es de cuatro a�os e inicia el 27 de enero siguiente a la fecha de las elecciones. La reelecci�n del Presidente est� vetada expresamente por la Constituci�n de la Rep�blica.

Con la reintroducci�n de la figura de Designados Presidenciales en sustituci�n del Vice-presidente de la Rep�blica, la sucesi�n del Presidente, en caso de falta absoluta, corresponde primero al Designado que elija el Congreso Nacional; si tambi�n faltaren los tres designados, el poder ser� ejercido por el Presidente del Congreso Nacional; y a falta de �ste por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia.

Poder Legislativo
El Congreso de Diputados, elegidos por sufragio directo, conforma el Poder Legislativo. Est� compuesto por 128 Diputados propietarios y sus respectivos suplentes, que son elegidos por un periodo de cuatro a�os. Su distribuci�n departamental se har� con base al cociente que se�ale el Tribunal Supremo Electoral (TSE), de acuerdo con la Ley Electoral y de las Organizaciones Pol�ticas. En aquellos departamentos que tuvieren una composici�n menor al cociente se�alado por el TSE, se elegir� un Diputado propietario y su respectivo suplente.

Poder Judicial
El Poder Judicial est� integrado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por las Cortes de Apelaciones, los juzgados y dem�s dependencias. La CSJ es el m�ximo �rgano Jurisdiccional y est� integrado por 15 Magistrados. Los Magistrados son electos por el Congreso Nacional con el voto favorable de las 2/3 partes de la totalidad de sus miembros, de una n�mina no menor de tres por cada Magistrado o Magistrada a elegir por un periodo de siete a�os.

 

El Tribunal Supremo Electoral (TSE)
El Tribunal Supremo Electoral es la autoridad m�xima en materia electoral, aut�noma e independiente, con personalidad jur�dica, jurisdicci�n y competencia en toda la Rep�blica de Honduras.� Est� integrado por tres magistrados propietarios y un suplente, electos por el voto afirmativo de los 2/3 de votos de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional por un periodo de cinco a�os, pudiendo ser reelectos.
La misi�n del TSE es administrar los procesos electorales y consultas populares as� como, promover y garantizar la participaci�n ciudadana, el libre ejercicio del sufragio y la alternabilidad en el ejercicio del poder .

Autoridades del TSE
Presidente: David Andr�s Matamorros Batson
Magistrados Propietarios: Enrique Ortez Sequeira y Jos� Sa�l Escobar Andrade
Magistrado Suplente: Denis Fernando G�mez Rodr�guez

Tribunales Electorales Departamentales (TED)
Son organismos electorales temporales creados por el TSE. Funcionan en cada cabecera departamental, desde dos (2) meses antes hasta quince (15) d�as calendario despu�s de la fecha de realizaci�n de las elecciones generales. Entre las funciones principales que deben ejercer durante el proceso y evento electoral est�n:

  • Comunicar su nombramiento a los miembros de los Tribunales Electorales Municipales (TEM)
  • Conocer y resolver sobre quejas relacionadas con la funci�n electoral, contra los miembros de los TEMs
  • Convocar y presidir reuniones consultas de los miembros de los TEMS, cuando lo exija la importancia de asuntos que debe tratarse con respecto del proceso electoral.
  • Conocer los asuntos sometidos a su consideraci�n por los TEMS.
  • Consultar al TSE los problemas que se presenten sobre el ejercicio de sus funciones y la aplicaci�n de la Ley Electoral y de las Organizaciones Pol�ticas.
  • Denunciar ante el TSE las irregularidades que se tuviere conocimiento.
  • Concurrir a las reuniones consultivas acordadas por el TSE.

Tribunales Electorales Municipales (TEM)
Son organismos electorales temporales creados por el Tribunal Supremo Electoral, cuyas funciones principales son:

  • Exhibir p�blicamente los listados electorales y toda la informaci�n relativa al proceso electoral.
  • Recibir del TSE el material electoral y hacerlo llegar a las Mesas Electorales Receptoras (MER).
  • Recibir los originales de las actas de cierre de todas las MERs junto con la dem�s documentaci�n del proceso electoral; envi�ndolas inmediatamente al TSE.
  • Notificar al TSE las irregularidades detectadas en los listados electorales.
  • Supervisar los locales donde se ubicar�n las MERs de su jurisdicci�n, de acuerdo a las� instrucciones que reciba del TSE.
  • Cumplir las instrucciones del TSE en la preparaci�n, vigilancia, garant�a y libertad del sufragio de los ciudadanos en su jurisdicci�n.
  • Apoyar la capacitaci�n de los miembros de las MERs.

Mesas Electorales Receptoras (MER)
Las MER se integran con un miembro propietario y su suplente propuestos por cada uno de los partidos pol�ticos, alianzas y candidaturas independientes que participen en el proceso electoral y nombrados por el TSE.� Ejercer�n sus cargos de manera independiente de la autoridad que los propuso, subordinados a la ley. El TSE har� la distribuci�n de los cargos de Presidente, Secretario, Escrutador y Vocales de la MER y entregar� los respectivos credenciales 25 d�as antes de la celebraci�n de las elecciones a las autoridades centrales de los partidos y a los titulares de las candidaturas independientes.
Las MER se ubicar�n en los Centros de Votaci�n en orden sucesivo determinado por el TSE. Se abrir� con un m�nimo de 100 electores domiciliados en el sector� electoral y un m�ximo de 500 electores. El TSE, por razones de dispersi�n geogr�fica de los poblados o falta de acceso, podr� autorizar la apertura de una MER con un n�mero menor a 100 electores.
Son funciones de las MER:

  • Respetar y garantizar durante la jornada electoral la libre emisi�n, secretividad y efectividad del voto.
  • Concurrir al centro de votaci�n a las 5 a.m. del d�a fijado para la elecci�n.
  • Recibir del Tribunal Electoral Municipal los documentos y materiales electorales requeridos para la pr�ctica de la votaci�n.
  • Levantar y firmar el acta de apertura de la votaci�n.
  • Tomar medidas requeridas para el orden en la votaci�n y pr�ctica de escrutinio.
  • Requerir, por mayor�a de votos, el auxilio de los Cuerpos de Seguridad del Estado cuando fuese necesario.
  • Admitir a los observadores internacionales debidamente acreditados.
  • Darle cumplimiento a los instructivos electorales y dem�s disposiciones del Tribunal.
  • Resolver de inmediato y por mayor�a de votos la pr�rroga de la votaci�n en los casos que fuesen necesarios.
  • Levantar y firmar el acta de cierre una vez practicado el escrutinio y entregar al TEM debidamente organizado, todos los documentos y material electoral.
  • Entregar certificaci�n de resultados a cada miembro propietario de la MER, debidamente firmada por todos sus integrantes.
  • Resolver de inmediato por mayor�a de votos, los incidentes electorales planteados por cualquiera de los integrantes de las MER.
  • Comunicar al TSE, de manera inmediata y por medio del residente y el Secretario, el resultado del escrutinio practicado en cada uno de los niveles electivos de conformidad con lo consignado en el acta de cierre de la votaci�n.

De acuerdo con el art�culo 3 de la Ley Electoral y de Organizaciones Pol�ticas, el sistema de elecci�n es por mayor�a simple y por representaci�n proporcional por cocientes y residuos electorales, nacionales, departamentales y municipales.

National Party of Honduras Logo.svgPartido Nacional

Partido Liberal�Partido Liberal

Partido Libre�Partido Libre

Partido PACPartido Anticorrupci�n Honduras

Partido Democracia CristianaPartido Democracia Cristiana

Partido PINUPartido Innovaci�n y Unidad

Partido Alianza Patri�ticaPartido Alianza Patri�tica

Partido UDAlianza Frente Amplio Pueblo en Resistencia (Faper) y Unificaci�n Democr�tica

Honduras ocupa el segundo lugar en extensi�n territorial en Centroam�rica y tiene un per�metro de 2,391 kil�metros y una extensi�n de 112,492 Km2. Limita al Norte con el Mar Caribe o de las Antillas con 671 kil�metros de costa; al Sur con El Salvador a lo largo de 375 kil�metros de frontera terrestre y con el golfo de Fonseca, en el Oc�ano Pac�fico a lo largo de 133 kil�metros de costa; al este y sureste con Nicaragua con 966 kil�metros de frontera terrestre; al oeste con Guatemala con 246 kil�metros de frontera terrestre.

El pa�s se divide en 18 departamentos: Atl�ntida,� Choluteca, Col�n, Comayagua, Cop�n, Cort�s, El Para�so, Francisco Moraz�n, Gracias a Dios, Intibuc�, Islas de la Bah�a, La Paz, Lempira, Ocotepeque, Olancho, Santa B�rbara, Valle y Yoro. Estos departamentos a su vez est�n divididos en 298 Municipios, aproximadamente 3.731 Aldeas y 30.591 Caser�os.

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Poblaci�n
La poblaci�n seg�n el Instituto Nacional de Estad�stica (INE) es de 8.555.072.

Idioma
El idioma oficial es el espa�ol.