CIDH y RELE llaman a propiciar un diálogo efectivo para prevenir la violencia en contextos de protestas sociales en Bolivia

3 de noviembre de 2022

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión manifiestan preocupación por los actos de violencia durante las protestas por el censo de población y vivienda en Santa Cruz, Bolivia. Llaman al Estado a tomar medidas para garantizar el derecho a la manifestación pacífica según los estándares interamericanos; a fortalecer procesos de diálogo para atender las causas de las manifestaciones.

Las protestas ciudadanas, que derivaron en un paro cívico, iniciaron el 21 de octubre pasado por inconformidad de algunos sectores sociales con el Decreto del Organismo Ejecutivo, que aplazó la realización del Censo Nacional de Población y Vivienda para 2024. Originalmente dicho censo estaba previsto para 2022. En este contexto, se han reportado situaciones de conflictividad, especialmente, en puntos de bloqueo.

Se han registrado múltiples enfrentamientos entre sectores que apoyan el paro y quienes lo rechazan, lo que ha resultado en personas heridas y una fallecida. El 2 de noviembre, la Defensoría del Pueblo informó sobre enfrentamientos entre civiles y efectivos policiales en el municipio de La Guardia. Según información disponible, en dicho lugar se reportaron detenciones de al menos 8 personas, ahora investigadas por delitos de destrucción y deterioro de bienes del Estado, lesiones graves y leves y asociación delictuosa. Por otro lado, la Defensoría manifestó su preocupación ante expresiones discriminatorias y amenazas de desalojo contra el pueblo ayoreo, en el municipio de Concepción. Además, se han registrado agresiones y discursos estigmatizantes contra periodistas.

La CIDH y su RELE rechazan todo acto de violencia en contextos de manifestaciones, en particular aquellos fundados en elementos de discriminación por origen étnico-racial. Se hace un llamado a investigar, juzgar y sancionar a los responsables, garantizando el debido proceso legal. Asimismo, ante reportes de agresiones a periodistas que cubren el paro, se recuerda que la libertad de expresión protege el derecho a registrar y difundir las manifestaciones, movilizaciones, protestas y sus contextos. Es deber del Estado garantizar que las personas periodistas puedan ejercer su trabajo en condiciones de seguridad, preservando su vida, integridad personal y libertad de expresión.

Se recuerda que el Estado debe adoptar medidas para proteger a las personas que participan en todas las manifestaciones. Asimismo, que los estándares interamericanos le exigen actuar sobre la base de la licitud de las protestas como manifestación de los derechos de asociación, libertad de expresión y reunión pacífica. El hecho de que algunos grupos o personas cometan actos de violencia no vuelve per se, violenta o ilegítima una protesta ni permite a las autoridades públicas criminalizar en forma generalizada o a las fuerzas de seguridad acudir al uso de la fuerza o a detenciones masivas.

Se reitera que las manifestaciones o protestas no pueden prohibirse por el hecho de realizarse de manera simultánea o por un riesgo de escalada de tensión. En estos casos, el Estado debe adoptar medidas para proteger a todas las personas que participan en todas las manifestaciones. Debe asegurarse que, entre las distintas personas que se manifiestan, no haya interferencias que generen temor a la violencia y disuasión de la expresión de opiniones.

Por otro lado, en su trabajo de monitoreo sobre Bolivia, la CIDH viene advirtiendo tensiones sociales históricas que pueden derivar en actos de violencia, como ha sucedido en el pasado. En anteriores escenarios de protesta en Bolivia, la CIDH ha advertido ante riesgos de discriminación por origen étnico-racial y por motivos de género. Por ello, se reitera la importancia de la generar un ambiente que canalice un proceso de diálogo amplio, constructivo y que garantice los derechos de las personas y grupos en situaciones de vulnerabilidad. Se reconoce el avance de una iniciativa de diálogo para tratar la oportunidad del censo; al respecto, el Estado informó que ha planteado que sea una comisión técnica quien defina la fecha de realización del censo. La Comisión continuará su labor de monitoreo de tales iniciativas.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 247/22

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