Jamaica: CIDH expresa preocupación por propuesta de aumento de penas mínimas para adolescentes.

28 de diciembre de 2023

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por las enmiendas propuestas a la Ley de Cuidado y Protección de la Infancia de Jamaica, que buscan imponer sentencias mínimas obligatorias más altas para adolescentes. La Comisión reitera que la práctica de la privación de libertad aplicables a la adolescencia en el sistema de justicia juvenil debe ser utilizada como último recurso, sólo con carácter excepcional y por el menor tiempo posible.
 
Según la información oficial, el Gobierno presentó las enmiendas propuestas a la Ley de Cuidado y Protección de la Infancia en febrero de 2023. El proyecto de ley de enmienda propone imponer una pena obligatoria más alta, de no menos de 20 años, a adolescentes condenados por asesinato en el Estado. Según el Gobierno, el aumento de las penas mínimas obligatorias es para frenar el nivel de violencia en el país y, específicamente, reducir el número de asesinatos. En abril de 2023, el Senado nombró un comité selecto para revisar el proyecto de ley y, según información pública, el proyecto de ley aún está siendo considerado por el comité.
 
En virtud de la Ley de Cuidado y Protección de la Infancia, la edad de responsabilidad penal en Jamaica es de 12 años. En caso de que  se apruebe el proyecto de ley de enmienda, los niños de 12 años podrían estar sujetos a penas elevadas de casi el doble de su edad. Esto es especialmente preocupante si se tiene en cuenta que adolescentes son juzgados en los mismos tribunales que personas adultas, lo que significa que es posible que no sean juzgados con un enfoque específico de los derechos de la niñez.
 
La Comisión recuerda que, de conformidad con el artículo 19  de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo VII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, los Estados tienen la obligación de adoptar medidas especiales para proteger a la niñez y la adolescencia. En su informe sobre Justicia Juvenil y Derechos Humanos en las Américas, la CIDH destacó que el encarcelamiento de adolescentes debe ser utilizado solo como último recurso y por el período más breve que corresponda. Además, toda condena impuesta debe tener en cuenta los antecedentes y las circunstancias individuales del niño, niña o adolescente.
 
Por lo tanto, incluso en el caso de delitos graves que conllevan penas severas, la ley debe ofrecer al juez los medios para hacer cumplir este tipo de pena de manera compatible con el interés superior de la niñez. Asimismo, en caso de juicio o sanción, la CIDH recuerda que los Estados deben hacer todo lo que esté a su alcance para asegurar la reinserción social de aquellas personas en el sistema de justicia juvenil. En consecuencia, la Comisión hace un llamado al Estado para que considere políticas y medidas acordes con los estándares internacionales y el principio del interés superior de la niñez.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 324/23

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