Colombia: CIDH publica acuerdo de solución amistosa sobre la falta de investigación de la desaparición Luis León

22 de diciembre de 2023

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Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de aprobar y publicar el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) del Caso 14.906, Eladia Méndez Bautista de Colombia, a través de su Informe de Homologación No. 273/23.

El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la falta de investigación de la desaparición y muerte del señor Luis Alberto León el 31 de mayo de 1991 en zona rural del Departamento de Arauca. Adicionalmente, el caso se vincula con la negativa del entonces Instituto de Seguros Sociales, de tramitar y reconocer la pensión de sobrevivientes a Eladia Méndez Bautista, esposa de Luis Alberto León, y la negativa de los jueces domésticos de proteger sus derechos.

Las partes iniciaron una negociación el 10 de febrero de 2023 a través de la firma de un acta de entendimiento y firmaron un acuerdo de solución amistosa el 18 de mayo de 2023. En dicho documento, el Estado reconoció su responsabilidad internacional por la violación de los derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en los artículos 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial) en relación con el artículo 1.1. (obligación de garantizar). Esto en perjuicio de Eladia Méndez Bautista y de los hijos del señor Luis Alberto León, como consecuencia de la falta de investigación de los hechos relacionados con su desaparición, lo cual impidió su esclarecimiento y la sanción de los responsables.

Asimismo, el Estado reconoció su responsabilidad internacional por la violación del artículo 26 (desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales) en relación con el artículo 1.1. (obligación de garantizar). Esto en perjuicio de Eladia Méndez por la negativa del entonces Instituto de Seguro Sociales de reconocer la pensión de sobrevivientes a su favor.

El Estado se comprometió a implementar medidas de reparación consistentes en: 1) realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad; 2) reconocer una pensión de sobrevivientes a favor de Eladia Méndez Bautista; 3) la publicación del informe artículo 49 en la página web de ANDJE por el término de 6 meses; y 4) otorgar una reparación pecuniaria mediante la aplicación de la Ley 288 de 1996.

La CIDH aprobó los términos del acuerdo suscrito, valoró el cumplimiento de la medida relacionada con el acto de reconocimiento de responsabilidad y consideró como pendientes los demás compromisos y continuará con el seguimiento hasta verificar su total implementación.

La CIDH reconoce los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación del acuerdo para alcanzar una solución amistosa que se logró tras un proceso de negociación de tres meses y resultó compatible con el objeto y fin de la Convención. Valora los esfuerzos realizados por el Estado para construir a una política pública de soluciones amistosas y resolución alternativa de conflictos al tiempo que le invita a seguir utilizando dicho mecanismo para la resolución de asuntos en trámite ante el sistema de peticiones y casos individuales. Asimismo, reconoce la disposición de la parte peticionaria y valora sus esfuerzos para participar en la negociación e impulso de este acuerdo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 313/23

11:11 AM