Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió, el 29 de agosto de 2022, la Resolución N. 42/22, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Yolanda del Carmen González Escobar y su núcleo familiar, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Nicaragua.
Según la parte solicitante, Yolanda González es identificada o percibida como opositora al actual gobierno nicaragüense y se encuentra en una situación de riesgo a raíz de amenazas, hostigamientos y vigilancia por agentes estatales y paraestatales desde el año 2018. Según se informa, dos allanamientos con uso de violencia, sin que se hayan presentado orden judicial, y también amenazas debido a la presunta organización de una misa religiosa. Por su parte, se solicitó información al Estado en los términos del artículo 25 de su Reglamento, sin recibir respuesta.
Luego de analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por las partes, la CIDH observó que la situación de riesgo se ha intensificado desde el 2021. Además, observó que Yolanda González habría sufrido allanamientos con uso de la violencia, donde personas familiares, entre ellas dos niñas, habrían sido asediadas por agentes policiales, así como amenazadas por participar en actividades religiosas. También observó que, debido a los asedios constantes, algunas de las personas familiares, se vieron obligadas a desplazarse hacia fuera del país.
La Comisión toma en cuenta al momento de calificar la situación de riesgo que los eventos de violencia e inseguridad de mujeres defensoras se ven influenciados por su género, estando expuestas particularmente a varias formas de violencia, incluida la sexual, así como violencia contra sus familias en represalias por su trabajo, en adición a otros obstáculos que amenazan el trabajo de personas defensoras en general.
Por consiguiente, de acuerdo con el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión decidió otorgar la medida cautelar y solicitó al Estado de Nicaragua que:
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 194/22
6:21 PM