La Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CIFTA) es la principal herramienta de la región para abordar el tráfico y proliferación ilícita de armas de fuego desde una perspectiva coordinada y transnacional.

La CIFTA es un acuerdo multilateral vinculante para fomentar el establecimiento de controles y regulaciones a la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego. Adoptada en 1997, es la primera herramienta regional de esa naturaleza y fue ratificada por 31 de los 34 Estados Miembros de la OEA.

La CIFTA establece una serie de obligaciones de carácter vinculante a los Estados Parte, incluyendo:

  • Criminalización de conductas asociadas a la fabricación y tráfico ilícitos de armas de fuego
  • Marcaje mandatorio de armas de fuego
  • Sistema de licencias de exportación, importación, y tránsito
  • Fortalecimiento de los controles en puntos de exportación
  • Cooperación regional e intercambio de experiencias

La estructura de la CIFTA se divide en:

Conferencia de los Estados Parte:

La Conferencia de los Estados Parte es el órgano máximo de la Convención y reúne las altas autoridades de los países, que examinan el funcionamiento y la aplicación de la Convención.

Comité Consultivo:

El Comité Consultivo está integrado por las entidades nacionales de los Estados Parte y se reúne anualmente para intercambiar información, promover la cooperación regional, y analizar los avances realizados en la implementación de la Convención y del Curso de Acción vigente.

Secretaría Técnica:

La Secretaría Técnica es ejercida por la Secretaría General de la OEA a través del Departamento contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (DDOT) y

Departamento de Seguridad Pública (DSP), que implementan programas operativos para apoyar a los Estados Parte en el cumplimiento de las obligaciones de la CIFTA y brindan asistencia a la Secretaría Pro-Tempore y la Presidencia de la Conferencia de Estados Parte para organizar las reuniones de la CIFTA.

Secretaría Pro-Témpore:

La Secretaría Pro-Témpore es ejercida por un Estado Parte, electo anualmente por los otros países, responsable por organizar y presidir las reuniones del Comité Consultivo. Actualmente, es ocupada por México.


Objetivos
  • Impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos, y otros materiales relacionados
  • Promover y facilitar la cooperación y el intercambio de información y buenas prácticas entre los Estados Parte


Actividades

Secretaría Pro-Témpore:

Convocar y organizar las Reuniones Anuales del Comité Consultivo.

Secretaría Técnica:

Apoyar la Secretaría pro Témpore en la organización de las reuniones.

Fortalecer las capacidades de los Estados Parte en cumplir con las obligaciones de la CIFTA, particularmente en lo relativo a:

  • Marcaje y rastreo.
  • Sistema de licencias de importación, exportación y tránsito.
  • Manejo y destrucción de arsenales.
  • Adecuación de las legislaciones nacionales al marco normativo de la CIFTA.
  • Investigación de delitos vinculados al tráfico y proliferación ilícitas de armas de fuego.

Estados Parte de CIFTA



Antigua y Barbuda

Antigua y Barbuda

Argentina

Argentina

Barbados

Barbados

Belize

Belize

Bolivia

Bolivia

Brasil

Brasil

Chile

Chile

Colombia

Colombia

Costa Rica

Costa Rica

Dominica

Dominica

Ecuador

Ecuador

El Salvador

El Salvador

Grenada

Grenada

Guatemala

Guatemala

Guyana

Guyana

Haití

Haití

Honduras

Honduras

Las Bahamas

Las Bahamas

México

México

Nicaragua

Nicaragua

Panamá

Panamá

Paraguay

Paraguay

Perú

Perú

República Dominicana

República Dominicana

Saint Kitts y Nevis

Saint Kitts y Nevis

San Vicente y las Granadinas

San Vicente y las Granadinas

Santa Lucía

Santa Lucía

Suriname

Suriname

Trinidad y Tobago

Trinidad y Tobago

Uruguay

Uruguay

Venezuela

Venezuela

Estados Signatarios CIFTA

Canadá

Canadá

Estados Unidos de América

Estados Unidos de América

Jamaica

Jamaica