Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta el Informe Mujeres Privadas de Libertad en las Américas, en el cual se analiza la situación que enfrentan las mujeres encarceladas en la región, junto a los factores que dan lugar a su detención, los obstáculos en el acceso a medidas alternativas, y los desafíos que enfrentan para reinsertarse en la sociedad; con un enfoque particular en países del Norte de Centroamérica.
Este informe constituye el primer estudio regional de la CIDH sobre encarcelamiento femenino, y representa una primera aproximación al tema. Así, propone una conversación interamericana sobre la base de sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones con la idea de que le sirvan de referencia a los Estados de la región al momento de adoptar o revisar medidas de política criminal y penitenciaria que afecten los derechos de las mujeres, en particular, aquellos grupos en especial riesgo.
Como un hallazgo central, el informe da cuenta de un incremento sin precedentes de los índices de privación de libertad de mujeres en la región. Las mujeres encarceladas representan el 8% en las Américas, cifra que se duplicó en los últimos 22 años, en un 56.1%, mientras que la población carcelaria general se incrementó en un 24.5%.
Las causas de la mencionada tendencia se enmarcan en la implementación de políticas de mano dura en materia de drogas, caracterizadas por un enfoque prohibicionista y represivo focalizado en la erradicación del mercado de drogas ilícitas mediante la priorización del encarcelamiento frente a alternativas a la prisión. Por su parte, en los países del Norte de Centroamérica, las políticas de combate contra la criminalidad organizada se presentan como la causa del aumento del encarcelamiento femenino, pues proponen mayores niveles de encarcelamiento como solución a los problemas de inseguridad ciudadana.
El informe también señala que las mujeres privadas de libertad se enfrentan a la falta de políticas penitenciarias respetuosas de la perspectiva de género y medidas diligentes que consideren sus necesidades especiales, lo que impacta en sus vidas de forma desproporcionada y, en consecuencia, se incrementa el riesgo de ser víctimas de actos de violencia y discriminación. Esto principalmente afecta a mujeres en especial situación de vulnerabilidad como las embarazadas, en período de posparto, lactantes, trans; y en las niñas y los niños que conviven con sus madres en prisión.
El informe resalta que, sin perjuicio de los esfuerzos de algunos Estados por incorporar la perspectiva de género en la regulación y aplicación de medidas alternativas, el encarcelamiento sigue presentándose como la respuesta prioritaria frente a determinados delitos. Además, las regulaciones que contemplan alternativas con perspectiva de género no incorporarían este enfoque de manera comprehensiva, dejando fuera algunas de las necesidades específicas que se derivan del género, impidiendo que ciertas mujeres sean beneficiarias.
Por otra parte, frente a la escasez de políticas de reinserción social respetuosas de un enfoque de género, una vez ser puestas en libertad, las mujeres se enfrentan a mayores desafíos para su reinserción en la comunidad en comparación con los hombres, por la profundizada falta de redes de apoyo y discriminación en perjuicio, lo que deriva en desafíos tales como escasez de oportunidades laborales y falta de vivienda. Lo anterior, perpetúa la discriminación estructural tras volver a colocar a las mujeres en una situación de desventaja social y económica.
El Informe se estructura en seis capítulos que incluyen un análisis del encarcelamiento femenino y sus causas, sobre la situación especial de riesgo y afectaciones desproporcionadas de la detención, los desafíos en la aplicación de las medidas alternativas a la prisión, los obstáculos que enfrentan las mujeres para reinsertarse a la sociedad y las conclusiones del informe, con recomendaciones para garantizar los derechos de las mujeres en los sistemas de justicia penal.
Entre las recomendaciones emitidas, se destacan: 1) adoptar medidas para incorporar una perspectiva de género en el juzgamiento de mujeres; 2) implementar políticas penitenciarias con perspectiva de género y respetuosa de los enfoques interseccionales e interculturales que consideren la discriminación, los estereotipos, el riesgo y la vulneración de derechos en detención; 3) incorporar la perspectiva de género y enfoques de interculturalidad e interseccionalidad en la creación de medidas alternativas a la prisión, y en el diseño e implementación de políticas de reinserción social.
La Comisión seguirá realizando un estricto y constante seguimiento acerca de la situación que enfrentan las mujeres privadas de libertad en las Américas, prestando especial atención en las medidas que adopten los Estados de la región para hacer efectivas las recomendaciones señaladas en este primer estudio sobre la temática. En este sentido, destacan y reiteran su entera disposición de cooperar con los Estados en la implementación de dichas recomendaciones.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 135/23
11:00 AM