Los Estados deben proteger los derechos de las mujeres buscadoras de personas desaparecidas

8 de marzo de 2023

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Washington, D.C. - En el Día Internacional de la Mujer, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reconoce y destaca el liderazgo de las mujeres en la búsqueda y defensa de los derechos humanos ante situaciones de desaparición forzada e involuntaria de personas, y llama a los Estados a proteger de manera integral y garantizar el ejercicio de sus derechos, así como sus labores de búsqueda y defensa de derechos humanos, con enfoque de género e interseccionalidad.

Dadas las desigualdades de género preexistentes, y en algunos casos, la ausencia del Estado, las mujeres han asumido la búsqueda de personas familiares desaparecidas, tanto en contextos de conflicto armado, dictaduras o regímenes autoritarios, así como de crimen organizado. Aunado a ello, experimentan de manera diferenciada las consecuencias económicas, sociales y emocionales de la desaparición de sus familiares, y, además, realizan la búsqueda de la persona desaparecida en condiciones precarias y de riesgo.

Las mujeres realizan desde búsquedas en vida en hospitales, centros de detención, clínicas de rehabilitación, etc., hasta rastreos en terreno y en fosas clandestinas. En este proceso, muchas se han convertido en activistas, lideresas comunitarias y defensoras de derechos humanos, y dedican esfuerzos también para acompañar y orientar a otras familias, participar en protestas sociales, hacer incidencia legislativa, entre otros. En la realización de estas labores, se enfrentan a hechos de violencia de género, acoso, hostigamiento, amenazas e incluso asesinatos.

En adición, cuando quien es responsable la manutención del hogar es desaparecida, las mujeres se ven obligadas repentinamente a asumir el sustento económico de la familia, y a destinar tiempo y recursos a la búsqueda de su ser querido. Aunado a ello, las tareas domésticas y de cuidado tradicionalmente asignadas a las mujeres, limita aún más el tiempo disponible para invertir en actividades remuneradas, por lo que se ven compelidas a aceptar trabajos mal pagados, informales o inseguros, sin prestaciones sociales. Lo anterior, repercute en un grave deterioro de la situación económica familiar.

Asimismo, la participación y liderazgo de las mujeres en las labores de búsqueda y procesos judiciales conlleva altas sobrecargas físicas y emocionales que ponen en riesgo su salud. Las limitaciones del tiempo también dificultan el auto cuidado, en particular, su alimentación, el descanso y el esparcimiento, así como el acceso a atención médica. Están mayormente expuestas a experimentar sentimientos constantes de frustración y desesperación en las jornadas de búsqueda, así como sufrimiento y dolor por la falta de justicia. De igual manera, se enfrentan al rechazo y estigmatización de su familia o comunidad; y a sus propios sentimientos de preocupación y culpa, por considerar que descuidan a sus hijas, hijos u otras personas bajo su cuidado por dedicarse a la búsqueda.

La Comisión reconoce que las acciones de búsqueda de verdad y justicia realizadas por las mujeres son clave en el hallazgo de personas desaparecidas, en el avance de investigaciones, y en la adopción de políticas públicas y reformas estructurales en la materia.

La CIDH urge a los Estados a adoptar medidas integrales de protección que tomen en cuenta las necesidades particulares y los riesgos específicos que enfrentan las mujeres en las labores de búsqueda y defensa de derechos humanos. Asimismo, reitera el llamado a adoptar y ejecutar una política integral en materia de desapariciones forzadas que atienda las afectaciones diferenciadas sobre los derechos de las mujeres familiares de personas desaparecidas; y a que se les asegure un rol protagónico en el diseño de la misma. Lo anterior, mediante la expedición de un marco normativo que incluya, en particular, el acceso de las mujeres buscadoras a servicios de salud, seguridad social y acompañamiento psicosocial con perspectiva de género e interseccionalidad.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 038/23

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