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La Convención Interamericana contra la Corrupción (CIC) fue el primer instrumento internacional anticorrupción. Se trata de una guía sobre cómo prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ámbito público.
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¿Cómo funciona el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC)?
• Es un órgano esencialmente intergubernamental, con amplios espacios de participación para la sociedad civil, que apoya a los 31 Estados parte en la implementación de la Convención.
• Se trata de un proceso de evaluaciones recíprocas y en condiciones de igualdad que está organizado en un sistema de “rondas”. En cada una de ellas se aborda una arista del flagelo de la corrupción distinta.
• Las evaluaciones son recogidas en una serie de informes con recomendaciones concretas para que cada estado conozca sus falencias, llene los vacíos detectados y logre corregir las áreas en las que aún necesita avanzar.
¿Porque es único el MESICIC?
• Se trata de un mecanismo de evaluación “inter pares”: son los propios Estados los que se anali-zan recíprocamente.
• Por su naturaleza, es imparcial y objetivo en su operación y en sus conclusions. No sanciona, ni califica o clasifica a los Estados, sino que busca forjar relaciones de apoyo entre países.
• El MESICIC busca establecer un adecuado equilibrio entre la confidencialidad y la transparencia en sus actividades.
¿Qué son las visitas in situ?
• Parte integral del proceso de análisis del MESICIC son las visitas in situ las cuales permiten apreciar “sobre el terreno” la situación de los Estados en materia anticorrupción.
• En las visitas se recaba información tanto de las autoridades como de organizaciones de la sociedad civil, del sector privado, y demás entidades relacionadas con el tema anticorrupción y con ello se logra tener una perspectiva más amplia para realizar las evaluaciones.
• Las visitas las realizan expertos anticorrupción de otros países y cuentan con la “anuencia” pre-via o visto bueno por parte del país que la recibirá.
Algunos de los principales logros del proceso de MESICIC
• La Convención Interamericana contra la Corrupción ha sido ratificado por 33 de nuestros 34 Estados Miembros: es el tratado interamericano más ratificado después de la propia Carta de la OEA.
• El MESICIC es comprendido como una estrategia con responsabilidades compartidas: de los Estados; el sector privado; la sociedad civil; y la comunidad internacional.
• Los análisis y recomendaciones han sido muy útiles para la adopción de leyes para prevenir y combatir la corrupción, modernizar las instituciones y sustentar pronunciamientos y decisiones judiciales en casos emblemáticos de corrupción.
• Desde su creación el MESICIC ha completado cuatro rondas de análisis, en las que se adoptaron 114 informes nacionales.
• Se han realizado de 30 visitas in situ, a igual número de países miembros. Estas visitas se practicaron con respecto a 134 órganos de control superior a cargo de la prevención, investigación y sanción de actos de corrupción.
¿Qué es la Conferencia de los Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Imple-mentación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC)?
• Es el encuentro en el que las más altas autoridades en materia de anticorrupción del hemisferio revisan y deciden los próximos pasos para la lucha de este flagelo en el marco de la Convención Interamericana.
• La reunión del 14 y 15 de diciembre es la primera de la Conferencia de Estados Partes desde 2010, cuando se dieron cita en Brasilia.
• La Conferencia es la encargada de dar los lineamientos del trabajo del MESICIC y crear nuevas medidas para avanzar en la cooperación internacional en este ámbito
• Es también el principal foro de intercambio de buenas prácticas entre países que buscan hacer frente a la corrupción.
¿Por qué es importante la Cuarta Conferencia?
• En el evento se presentará el Informe Hemisférico de la Cuarta Ronda de Análisis del MESICIC. La Cuarta Ronda se enfocó en el análisis y recomendaciones sobre los órganos de control superior, es decir, aquellas entidades encargadas de prevenir, investigar, perseguir, juzgar, y sancionar prácticas corruptas, entre ellos las fiscalías, procuradurías, auditores, contralorías, tribunales y ministerios públicos y así mejorar su eficacia
• También se analizará el rol y la responsabilidad del sector privado y la sociedad civil en la pre-vención y el combate a la corrupción.
• Finalmente se avanzará en la aprobación de leyes modelo que servirán como herramientas en la prevención de conflicto de intereses entre los sectores público y privado.
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Referencia: D-044/15