Cada año el Secretario General de la OEA publica una Propuesta de Programa Presupuesto para el siguiente año calendario. La Asamblea General de la OEA se reúne en Sesión Extraordinaria y aprueba el Programa Presupuesto. Encuentre aquí esos documentos desde 1998 a 2013.
Cada año en abril la Junta de Auditores Externos publica un informe con los resultados financieros del año anterior. Encuentre aquí los informes de los años 1996-2016.
Aproximadamente seis semanas después del final de cada semestre, la OEA publica un Informe Semestral sobre Gestión de Recursos y Desempeño, que desde 2013 incluye informes sobre resultados programáticos. Los textos completos pueden encontrarse aquí.
Aquí encontrará datos de Recursos Humanos de la OEA, incluyendo la estructura organizacional y el personal de cada unidad organizacional, puestos vacantes y contratos por resultados.
La OEA ejecuta una variedad de proyectos que son financiados por donantes. Los informes de evaluación son encargados por los donantes. Véalos aquí.
El Inspector General presenta al Secretario General informes relativos a auditorías, investigaciones, e inspecciones que realice. Estos informes están a disposición del Consejo Permanente. Más información puede encontrarse aquí.
La OEA ha discutido por varios años el tema de bienes inmuebles, el financiamiento requerido para mantenimiento y reparaciones, y el mantenimiento diferido de sus edificios históricos. La Secretaría General ha presentado una serie de propuestas con una variedad de opciones para financiarlos. El documento más reciente que refleja el estado de la Estrategia es CP/CAAP-32/13 rev. 4.
Aquí encontrará información relacionada con las operaciones de compra de la SG/OEA, incluyendo una lista de avisos de contratación y ofertas formales, enlaces a los reportes de contratos y a los informes de control de medidas de viaje, las reglas y reglamentos de contratación aplicables, y la formación y cualidades del personal de compras.
El Tesorero de la OEA certifica los estados financieros de todos los fondos administrados por la SG/OEA. Aquí encontrará los más recientes informes financieros con propósito general para los principales fondos de la OEA, así como los Informes Financieros Trimestrales (IFTs) de la OEA.
Todos los años la SG/OEA publica el Plan Operativo Anual formulada por todas las áreas de la Organización. Este documento es utilizado como ayuda en la formulación del programa presupuesto anual y como seguimiento a los mandatos institucionales.
Aquí encontrará los documentos relacionados con el diseño, elaboración y aprobación del Plan Estratégico OEA 2016-2020.
Departamento de Prensa
Contexto
CIDH EXPRESA PREOCUPACIÓN POR LOS HECHOS VIOLENTOS REGISTRADOS
EN LA PENITENCIARÍA DE HONDURAS
6 de enero de 2006
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresa su preocupación por los hechos violentos registrados el 5 de enero de 2006 en la Penitenciaría Nacional de Támara, Honduras.
Conforme ha trascendido a la opinión pública, en dicha penitenciaría tuvo lugar un enfrentamiento violento entre internos, en el que perdieron la vida 13 personas y una más resultó gravemente herida. Según la información de prensa, los internos utilizaron armas de fuego, machetes y otras armas blancas.
En la visita realizada en noviembre de 2004 por el Relator especial de la CIDH sobre los derechos de las personas privadas de la libertad, Comisionado Florentín Meléndez, a varios centros de detención en Honduras, entre ellos la Penitenciaría Nacional, observó con preocupación las condiciones de detención. El Relator constató, en dicha oportunidad, la situación de hacinamiento, falta de condiciones sanitarias adecuadas y falta de recursos humanos y presupuestarios suficientes, así como la falta de controles efectivos para evitar el ingreso de armas a los centros de detención.
Conforme al derecho internacional, el Estado es el garante de los derechos de las personas que se encuentran bajo su custodia. Por lo tanto, la Comisión insta al Estado hondureño a tomar las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de las personas privadas de la libertad en el sistema carcelario, así como en los demás centros de detención del país. En particular, el Estado debe asegurar el control de la fuerza y la disciplina en los centros de detención, así como del ingreso y porte de armas. Asimismo, debe evitar que tales hechos de violencia y pérdidas de vidas humanas se repitan en el futuro, mediante las investigaciones administrativas y judiciales correspondientes.
Referencia: CIDH2-06S