Cada año el Secretario General de la OEA publica una Propuesta de Programa Presupuesto para el siguiente año calendario. La Asamblea General de la OEA se reúne en Sesión Extraordinaria y aprueba el Programa Presupuesto. Encuentre aquí esos documentos desde 1998 a 2013.
Cada año en abril la Junta de Auditores Externos publica un informe con los resultados financieros del año anterior. Encuentre aquí los informes de los años 1996-2016.
Aproximadamente seis semanas después del final de cada semestre, la OEA publica un Informe Semestral sobre Gestión de Recursos y Desempeño, que desde 2013 incluye informes sobre resultados programáticos. Los textos completos pueden encontrarse aquí.
Aquí encontrará datos de Recursos Humanos de la OEA, incluyendo la estructura organizacional y el personal de cada unidad organizacional, puestos vacantes y contratos por resultados.
La OEA ejecuta una variedad de proyectos que son financiados por donantes. Los informes de evaluación son encargados por los donantes. Véalos aquí.
El Inspector General presenta al Secretario General informes relativos a auditorías, investigaciones, e inspecciones que realice. Estos informes están a disposición del Consejo Permanente. Más información puede encontrarse aquí.
La OEA ha discutido por varios años el tema de bienes inmuebles, el financiamiento requerido para mantenimiento y reparaciones, y el mantenimiento diferido de sus edificios históricos. La Secretaría General ha presentado una serie de propuestas con una variedad de opciones para financiarlos. El documento más reciente que refleja el estado de la Estrategia es CP/CAAP-32/13 rev. 4.
Aquí encontrará información relacionada con las operaciones de compra de la SG/OEA, incluyendo una lista de avisos de contratación y ofertas formales, enlaces a los reportes de contratos y a los informes de control de medidas de viaje, las reglas y reglamentos de contratación aplicables, y la formación y cualidades del personal de compras.
El Tesorero de la OEA certifica los estados financieros de todos los fondos administrados por la SG/OEA. Aquí encontrará los más recientes informes financieros con propósito general para los principales fondos de la OEA, así como los Informes Financieros Trimestrales (IFTs) de la OEA.
Todos los años la SG/OEA publica el Plan Operativo Anual formulada por todas las áreas de la Organización. Este documento es utilizado como ayuda en la formulación del programa presupuesto anual y como seguimiento a los mandatos institucionales.
Aquí encontrará los documentos relacionados con el diseño, elaboración y aprobación del Plan Estratégico OEA 2016-2020.
Departamento de Prensa
Contexto
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS MANIFIESTA PREOCUPACIÓN POR DECISIÓN DE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD GUATEMALTECA
3 de julio de 2006
En vista de la reciente decisión de la Corte de Constitucionalidad guatemalteca que habría impedido a la Audiencia Nacional de España indagar, en el marco de una querella criminal que se tramita ante ese Tribunal, a ocho ex altos oficiales del ejército guatemalteco por los delitos de genocidio, terrorismo de Estado, asesinatos y tortura, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desea hacer las siguientes aclaraciones.
La Comisión estima necesario reiterar que los crímenes contra el derecho internacional como genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constituyen una gravísima ofensa a la dignidad humana y una negación flagrante de los principios fundamentales consagrados en las Cartas de la Organización de los Estados Americanos y de las Naciones Unidas, por lo que la comisión de éstos no debe quedar impune.
En su Resolución Nº 1/03 de 24 de octubre de 2003, la Comisión expresó que dada la gravedad del genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra y la obligación de investigar, procesar, sancionar y reparar, los Estados deben cooperar a fin de evitar la impunidad de los perpetradores de estos crímenes. En esta tarea, los Estados deben considerar que los crímenes internacionales, aun cuando atañen a toda la comunidad internacional por su gravedad, afectan principalmente al Estado en cuya jurisdicción ocurrieron y de manera especial a la población de dicho Estado. Por tal motivo, el principio de territorialidad debe prevalecer en caso de conflicto de jurisdicciones, siempre que en el Estado donde ocurrieron los hechos exista una voluntad efectiva de juzgarlos, así como recursos adecuados y eficientes para el juzgamiento de tales crímenes, y se garanticen las reglas del debido proceso a los presuntos responsables.
La Comisión espera que la Corte de Constitucionalidad guatemalteca y las demás instancias del Estado de Guatemala, adopten las medidas necesarias, dentro de sus respectivas competencias, para que los trágicos sucesos que ocurrieron durante el conflicto armado interno y que fueron calificados como actos de genocidio por la Comisión de Esclarecimiento Histórico sean debida y prontamente investigados, juzgados, y sancionados por la justicia guatemalteca o que se facilite, en su caso, la actuación de los órganos judiciales de terceros países que estén actuando en virtud del principio de la jurisdicción universal.
Washington D.C., 3 de julio de 2006
Referencia: CIDH-23-06