Comunicado de Prensa


COMITÉ JURÍDICO INTERAMERICANO AFIRMA QUE LA DEMOCRACIA NO SE AGOTA EN EL PROCESO ELECTORAL

  8 de septiembre de 2009

La democracia no se agota en el proceso electoral, sino que se expresa también en el ejercicio legítimo del poder que incluye el respeto a los elementos, componentes y atributos de la democracia. Así lo expresó recientemente uno de los Órganos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en una Resolución basada en los acuerdos y declaraciones interamericanas sobre Democracia y Derechos Humanos.

El Comité Jurídico Interamericano (CJI), con sede en la ciudad de Río de Janeiro (Brasil), es uno de los Órganos a través de los cuales la OEA realiza sus fines. El Comité Jurídico sirve de cuerpo consultivo de la OEA en asuntos jurídicos de carácter internacional y promueve el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional en la región.

El CJI en su Resolución, que no busca redefinir sino recordar y reforzar las bases de la democracia, enfatiza el vínculo vital entre el ejercicio efectivo de la democracia representativa y el Estado de Derecho.

“La perpetuación en el poder, o el ejercicio de éste sin plazo determinado y con manifiesto propósito de perpetuación, son incompatibles con el ejercicio de la democracia,” recordó entre otras cosas el CJI en el documento.

Además, el Comité enfatizó que es necesario fortalecer Poderes Judiciales independientes, provistos de autonomía e integridad, e insistió en la importancia de prevenir y anticipar las causas mismas de los problemas que afectan el sistema democrático de gobierno.

La emisión de la Resolución del CJI coincide con un momento en que se percibe en América Latina la necesidad de reevaluar el significado del ejercicio legítimo del proceso democrático.

El documento elaborado por el Comité tiene su origen en una Resolución de la Asamblea General de la OEA, celebrada a comienzos de junio de 2009, en la que el máximo órgano político de la Organización resolvió tomar nota de “la importancia de la continua consideración del CJI a los temas relacionados con la Carta Democrática Interamericana”.

Referencia: C-282/09