Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. - En el Día de la visibilidad Intersex, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama a los Estados de la región a garantizar los derechos humanos de las personas intersex - aquellas cuyos cuerpos parecen no ajustarse al "estándar" médico y/o sociocultural de cuerpos binarios hombre/mujer- e insta a la adopción de medidas que les garanticen una vida digna a lo largo de todo su ciclo vital.
Las personas intersex son sometidas a discriminación y diferentes tipos de violencia a lo largo de su vida. Estos incluyen cirugías genitales y tratamientos médicos innecesarios, realizados con mayor frecuencia a una edad temprana sin su comprensión y consentimiento, motivados frecuentemente por el deseo de cambiar la apariencia de los genitales de acuerdo al sexo asignado al nacer. Las consecuencias de estas intervenciones pueden no terminar durante la infancia, sino continuar con dolores crónicos, cicatrices físicas o traumas emocionales, dependencia hormonal, insensibilidad genital y esterilización que pueden acabar experimentándose durante mucho tiempo o para toda la vida.
Al considerar la situación de los derechos humanos de las personas intersex adultas mayores, cabe señalar que muchas de ellas vivieron gran parte de sus vidas sin protecciones contra la discriminación y han experimentado el secreto médico y el paternalismo como norma. Ellas experimentan obstáculos, por ejemplo, la falta de apoyo psicosocial, la invisibilidad y el aislamiento. Asimismo, como la mayoría de personas adultas mayores, las personas intersex mayores también tienen necesidades de salud específicas por su edad, pero diferenciadas por su diversidad corporal. Esta situación puede significar dificultades para acceder y recibir atención médica adecuada.
Asimismo, muchas personas intersex no han tenido acceso a información o registros médicos personales y el paso del tiempo aumenta la posibilidad de que esta información no sea recuperable. Además, la prescripción de las acciones civiles o penales dificulta las investigaciones de violaciones de derechos humanos si las personas intentan iniciarlas durante la vejez.
Frente a esto, la CIDH insta a los Estados miembros de la OEA a erradicar las prácticas médicas que no sean urgentes o médicamente necesarias respecto de las personas intersex, si ellas mismas no consienten dichas intervenciones, tomando en cuenta las consecuencias de estas para el resto de sus vidas. Asimismo, la CIDH llama a diseñar políticas públicas que tengan en cuenta la intersección entre los efectos de largo plazo de dichas intervenciones y las necesidades específicas de las personas mayores, incluido su derecho a recuperar su información médica.
Finalmente, llama a los Estados a establecer protocolos de denuncia de abusos médicos e investigar las violaciones de derechos humanos ocurridas y brindar reparaciones y compensaciones a las personas sometidas a abusos, e incluir la perspectiva de los adultos mayores en la legislación y las políticas públicas.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 250/23
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