CIDH otorga medidas cautelares a integrantes de la organización ARCAH, en Honduras

23 de agosto de 2023

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Washington, D.C- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 20 de agosto de 2023 la Resolución 47/2023, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de once integrantes de Alternativa de Reivindicación Comunitaria y Ambientalista de Honduras (ARCAH) tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Honduras.

Según la parte solicitante, las personas propuestas beneficiarias desarrollan actividades en la defensa de los derechos ambientales, realizan denuncias en torno a proyectos industriales y extractivos y serían objeto de vigilancias, seguimientos, intimidaciones, amenazas y otros eventos que les podría en riesgo en el ejercicio de sus labores. Tales situaciones se mantendrían en el tiempo o, incluso, habrían aumentado durante el 2023 pese a que cuentan con medidas de protección por parte del Estado, las cuales no se estarían implementando adecuadamente.

Por su parte, el Estado informó sobre las distintas las diligencias y acciones adoptadas para abordar la situación. Habría otorgado medidas de protección a través del Mecanismo de Protección, que incluían enlace militar, y acompañamientos puntuales por parte de la Secretaria de Defensa Nacional (SEDENA). Igualmente, señaló que se presentó el informe de análisis de riesgo de dicha organización ante la autoridad respectiva, no obstante, recalcó que a la fecha no se ha llevado a cabo el Comité Técnico.

La Comisión valoró las acciones implementadas por el Estado a favor de los integrantes de ARCAH. Sin embargo, observó que continúa la situación de vulnerabilidad frente a la falta de implementación de medidas de protección adecuadas y la necesidad de continuar con la investigación de los hechos informados. Por consiguiente, en los términos del Artículo 25 del Reglamento, se solicita al Estado de Honduras que:

  1. adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de las once personas integrantes de ARCAH;
  2. adopte las medidas necesarias para que las personas beneficiarias puedan desarrollar sus actividades como defensores de derechos ambientales, sin ser objeto de amenazas, hostigamientos y otros actos de violencia en el ejercicio de sus labores;
  3. concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; y
  4. informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de las presentes medidas cautelares y así evitar su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 192/23

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