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¿Qué es el PIDS?
El Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible establece las prioridades y los lineamientos de política de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en materia de desarrollo sostenible y medio ambiente. El programa forma parte integral del Plan Estratégico de Cooperación Solidaria para el Desarrollo Integral, adoptado en concordancia con el Artículo 95 de la Carta de la OEA.Fuente: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96 y OEA/Ser.W/II.2 CIDI/doc.10/97 Rev. Declaraciones y Resoluciones aprobadas por la Asamblea General 2016: Inglés Español
¿Quién promueve el desarrollo y la implementación del PIDS?
Esta responsabilidad le corresponde a la Comisión Interamericana para el Desarrollo Sostenible (CIDS), un órgano subsidiario del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), establecido por la Asamblea General a través de la resolución AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) “Desarrollo Sostenible”, en conformidad con el Artículo 17 de los Estatutos del CIDI y el Artículo 77 de la Carta de la OEA.
¿Con qué frecuencia se revisa el PIDS?
Debido a la complejidad, interdependencia y naturaleza multidisciplinaria del trabajo de la OEA en el área de desarrollo sostenible, así como el proceso dinámico generado por la Cumbre de las Américas y en seguimiento a los Acuerdos de Río, inicialmente se estableció que el PIDS fuera revisado anualmente. Fuente: OEA/Ser.W/II.2 CIDI/doc.10/97 Rev.; AG/RES. 2312 (XXXVII-O/07 and AG/RES. 2644 (XLI-O/11).
¿Quién participa en la revisión del PIDS?
La CIDS participa en la revisión del PIDS. Esta Comisión está compuesta por representantes de alto nivel de cada Estado Miembro y por sus delegados, asesores, o expertos que cada país considere apropiado. Fuente: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) y OEA/Ser.W CIDI/doc. 64/13.
¿Cuáles son los lineamientos para la formulación del PIDS?
Se deben seguir las Reglas de procedimiento de la CIDS y se han establecido los siguientes lineamientos en los diferentes instrumentos de política de la OEA:
La Secretaría General de la
OEA, a través de su Departamento de Desarrollo
Sostenible, prepara un primer borrador.
Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) Desarrollo
Sostenible;
TEl PIDS debe contener una
propuesta sobre áreas, temas y actividades prioritarias
a ser desarrolladas en el marco de la OEA, así
como de los instrumentos o mecanismos a través
de los cuales se apoyaría a los Estados miembros
de la OEA y se promovería la cooperación entre
los Estados miembros en estas áreas.
Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96), Desarrollo
Sostenible;
El PIDS debe apoyar la implementación
de los mandatos emanados del proceso de Cumbres
de las Américas, en particular la Cumbre sobre
Desarrollo Sostenible (Santa Cruz, Bolivia 1996).
Ver: CIDI/CIDS/RES.1 (III-O/02) “Respaldo
a las Iniciativas sobre Desarrollo Sostenible
de las Cumbres de las Américas” y AG/RES. 1440
(XXVI-O/96) Desarrollo Sostenible;
El PIDS debe ser preparado
en base a la necesidad de dirigir las actividades
de la OEA para contribuir de manera significativa
en la ejecución de los acuerdos derivados de
las Conferencias de las Naciones Unidas incluyendo
Acuerdos Multilaterales sobre el Medio Ambiente;
Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) Desarrollo
Sostenible;
El papel de la OEA, con respecto
a la implementación de todos los aspectos del
PIDS será congruente y complementario con el
de otras entidades regionales y multilaterales,
especialmente la Organización de las Naciones
Unidas.
Ver: AG/RES 2312 (XXXVII-O/07) Primera Reunión
Interamericana De Ministros Y Altas Autoridades
De Desarrollo Sostenible;
El PIDS debe aprovechar las
ventajas comparativas de la OEA, no sólo a través
de la experiencia acumulada, sino sobre todo
orientando a la Organización hacia las áreas
donde, a juicio de los Estados miembros, existan
oportunidades de acción que complementen los
esfuerzos de los propios Estados, así como de
otros organismos e instituciones internacionales,
especialmente las que actúan en el ámbito hemisférico.
Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) Desarrollo
Sostenible;
El proceso de revisión y actualización
del PIDS debe tomar en consideración la evaluación
del PIDS presentado a los Estados Miembros y
las recomendaciones y consideraciones provistas
en la Declaración de Santo Domingo para el Desarrollo
Sostenible de las Américas.
Ver: AG/RES 2644 (XLI-O/11) Informe de la
segunda reunión interamericana de ministros
y altas autoridades de desarrollo sostenible
en el ámbito del CIDI (Pár.20 Declaración de
Santo Domingo para el desarrollo sostenible
de las Américas);
Los Estados Miembros han encomendado
a la CIDS a identificar opciones que permitan
medir el avance de los procesos de desarrollo
sostenible de forma comparativa a nivel hemisférico,
tomando en cuenta las fuentes disponibles de
información, evitando duplicaciones y promoviendo
las sinergias con los mecanismos existentes
que aborden el tema, cuando se considere apropiado.
Ver: AG/RES 2644 (XLI-O/11) Informe de la
segunda reunión interamericana de ministros
y altas autoridades de desarrollo sostenible
en el ámbito del CIDI (Pár.23 Declaración de
Santo Domingo para el desarrollo sostenible
de las Américas);
Los efectos adversos del cambio
climático deben continuar como componente esencial
del PIDS, particularmente con relación a los
Estados más vulnerables del Hemisferio.
Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio
Climático en el marco del desarrollo sostenible
en el hemisferio;
La revisión del PIDS debe
considerar los resultados de la Vigésima Conferencia
de las Partes de la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP
20), incluyendo tareas de implementación y asuntos
por resolver.
Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio
Climático en el marco del desarrollo sostenible
en el hemisferio;
La revisión del PIDS debe
considerar los resultados de las consultas sobre
el eje temático de cambio climático que se realizan
en el ámbito multilateral y hemisférico, así
como las tareas vinculadas al avance de los
Estados Miembros de la OEA en la agenda de desarrollo
post 2015 y en los Objetivos de Desarrollo Sostenible
relacionados con el cambio climático.
Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio
Climático en el marco del desarrollo sostenible
en el hemisferio;
La revisión del PIDS debe
considerar las conclusiones del Quinto Informe
de Evaluación del Grupo Intergubernamental de
Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) de
las Naciones Unidas y en especial las conclusiones
sobre los efectos del cambio climático en el
Hemisferio.
Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio
Climático en el marco del desarrollo sostenible
en el hemisferio; yand
TLa revisión del PIDS debe
reconocer los trabajos que se vienen realizando
actualmente bajo la agenda para el desarrollo
post-2015 e incorporar según corresponda, los
resultados de ésta.
Ver: AG/DEC. 74 (XLIV-O/14) Declaración
de Asunción para el cuadragésimo cuarto período
ordinario de sesiones de la Asamblea General
de la OEA: “Desarrollo con inclusión social”;