XLVI Asamblea General de la OEA aprobó por aclamación Declaración de Santo Domingo: Fortalecimiento Institucional para el Desarrollo Sostenible en las Americas y nuevo Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible (PIDS)

¿Qué es el PIDS?

El Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible establece las prioridades y los lineamientos de política de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en materia de desarrollo sostenible y medio ambiente. El programa forma parte integral del Plan Estratégico de Cooperación Solidaria para el Desarrollo Integral, adoptado en concordancia con el Artículo 95 de la Carta de la OEA.Fuente: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96 y OEA/Ser.W/II.2 CIDI/doc.10/97 Rev.

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¿Quién promueve el desarrollo y la implementación del PIDS?

Esta responsabilidad le corresponde a la Comisión Interamericana para el Desarrollo Sostenible (CIDS), un órgano subsidiario del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), establecido por la Asamblea General a través de la resolución AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) “Desarrollo Sostenible”, en conformidad con el Artículo 17 de los Estatutos del CIDI y el Artículo 77 de la Carta de la OEA.

¿Con qué frecuencia se revisa el PIDS?

Debido a la complejidad, interdependencia y naturaleza multidisciplinaria del trabajo de la OEA en el área de desarrollo sostenible, así como el proceso dinámico generado por la Cumbre de las Américas y en seguimiento a los Acuerdos de Río, inicialmente se estableció que el PIDS fuera revisado anualmente. Fuente: OEA/Ser.W/II.2 CIDI/doc.10/97 Rev.; AG/RES. 2312 (XXXVII-O/07 and AG/RES. 2644 (XLI-O/11).

¿Quién participa en la revisión del PIDS?

La CIDS participa en la revisión del PIDS. Esta Comisión está compuesta por representantes de alto nivel de cada Estado Miembro y por sus delegados, asesores, o expertos que cada país considere apropiado. Fuente: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) y OEA/Ser.W CIDI/doc. 64/13.

The 46th General Assembly

¿Cuáles son los lineamientos para la formulación del PIDS?

Se deben seguir las Reglas de procedimiento de la CIDS y se han establecido los siguientes lineamientos en los diferentes instrumentos de política de la OEA:

  • La Secretaría General de la OEA, a través de su Departamento de Desarrollo Sostenible, prepara un primer borrador.
    Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) Desarrollo Sostenible;

  • TEl PIDS debe contener una propuesta sobre áreas, temas y actividades prioritarias a ser desarrolladas en el marco de la OEA, así como de los instrumentos o mecanismos a través de los cuales se apoyaría a los Estados miembros de la OEA y se promovería la cooperación entre los Estados miembros en estas áreas.
    Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96), Desarrollo Sostenible;

  • El PIDS debe apoyar la implementación de los mandatos emanados del proceso de Cumbres de las Américas, en particular la Cumbre sobre Desarrollo Sostenible (Santa Cruz, Bolivia 1996).
    Ver: CIDI/CIDS/RES.1 (III-O/02) “Respaldo a las Iniciativas sobre Desarrollo Sostenible de las Cumbres de las Américas” y AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) Desarrollo Sostenible;

  • El PIDS debe ser preparado en base a la necesidad de dirigir las actividades de la OEA para contribuir de manera significativa en la ejecución de los acuerdos derivados de las Conferencias de las Naciones Unidas incluyendo Acuerdos Multilaterales sobre el Medio Ambiente;
    Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) Desarrollo Sostenible;

  • El papel de la OEA, con respecto a la implementación de todos los aspectos del PIDS será congruente y complementario con el de otras entidades regionales y multilaterales, especialmente la Organización de las Naciones Unidas.
    Ver: AG/RES 2312 (XXXVII-O/07) Primera Reunión Interamericana De Ministros Y Altas Autoridades De Desarrollo Sostenible;

  • El PIDS debe aprovechar las ventajas comparativas de la OEA, no sólo a través de la experiencia acumulada, sino sobre todo orientando a la Organización hacia las áreas donde, a juicio de los Estados miembros, existan oportunidades de acción que complementen los esfuerzos de los propios Estados, así como de otros organismos e instituciones internacionales, especialmente las que actúan en el ámbito hemisférico.
    Ver: AG/RES. 1440 (XXVI-O/96) Desarrollo Sostenible;

  • El proceso de revisión y actualización del PIDS debe tomar en consideración la evaluación del PIDS presentado a los Estados Miembros y las recomendaciones y consideraciones provistas en la Declaración de Santo Domingo para el Desarrollo Sostenible de las Américas.
    Ver: AG/RES 2644 (XLI-O/11) Informe de la segunda reunión interamericana de ministros y altas autoridades de desarrollo sostenible en el ámbito del CIDI (Pár.20 Declaración de Santo Domingo para el desarrollo sostenible de las Américas);

  • Los Estados Miembros han encomendado a la CIDS a identificar opciones que permitan medir el avance de los procesos de desarrollo sostenible de forma comparativa a nivel hemisférico, tomando en cuenta las fuentes disponibles de información, evitando duplicaciones y promoviendo las sinergias con los mecanismos existentes que aborden el tema, cuando se considere apropiado.
    Ver: AG/RES 2644 (XLI-O/11) Informe de la segunda reunión interamericana de ministros y altas autoridades de desarrollo sostenible en el ámbito del CIDI (Pár.23 Declaración de Santo Domingo para el desarrollo sostenible de las Américas);

  • Los efectos adversos del cambio climático deben continuar como componente esencial del PIDS, particularmente con relación a los Estados más vulnerables del Hemisferio.
    Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio Climático en el marco del desarrollo sostenible en el hemisferio;

  • La revisión del PIDS debe considerar los resultados de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 20), incluyendo tareas de implementación y asuntos por resolver.
    Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio Climático en el marco del desarrollo sostenible en el hemisferio;

  • La revisión del PIDS debe considerar los resultados de las consultas sobre el eje temático de cambio climático que se realizan en el ámbito multilateral y hemisférico, así como las tareas vinculadas al avance de los Estados Miembros de la OEA en la agenda de desarrollo post 2015 y en los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con el cambio climático.
    Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio Climático en el marco del desarrollo sostenible en el hemisferio;

  • La revisión del PIDS debe considerar las conclusiones del Quinto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) de las Naciones Unidas y en especial las conclusiones sobre los efectos del cambio climático en el Hemisferio.
    Ver: AG/RES. 2818 (XLIV-O/14) El Cambio Climático en el marco del desarrollo sostenible en el hemisferio; yand

  • TLa revisión del PIDS debe reconocer los trabajos que se vienen realizando actualmente bajo la agenda para el desarrollo post-2015 e incorporar según corresponda, los resultados de ésta.
    Ver: AG/DEC. 74 (XLIV-O/14) Declaración de Asunción para el cuadragésimo cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA: “Desarrollo con inclusión social”;

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