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Comité Jurídico Interamericano

Sec. Asuntos Jurídicos

 

Organización de los Estados Americanos

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AG/RES. 1478 (XXVII-O/97)

OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES AL INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

(Resolución aprobada en la séptima sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 1997)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTOS el informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CP/doc.2882/97) y la presentación del Presidente de la Comisión, así como las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente al informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (AG/doc.3492/97);

CONSIDERANDO:

Que los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos han proclamado en su Carta constitutiva, como uno de sus principios, el respeto de los derechos fundamentales de la persona humana sin distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo;

Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, creada en la Quinta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, celebrada en Santiago de Chile en 1959, tiene como función principal, de acuerdo con la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, promover la observancia y defensa de los derechos humanos;

Que numerosos Estados miembros han expresado su opinión de que es necesario que, cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos esté preparando un informe sobre la situación de los derechos humanos en un Estado determinado, el Estado concernido debe tener la oportunidad de revisar el informe con una anticipación razonable para que pueda presentar sus observaciones y comentarios; y

Que los Estados miembros han reafirmado el vínculo indisoluble entre derechos humanos, democracia y desarrollo,

RESUELVE:

1. Tomar nota del informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y agradecer su presentación.

2. Instar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a que continúe promoviendo la observancia y defensa de los derechos humanos, tal como éstos han sido reconocidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos; reconocer el trabajo realizado por la Comisión en este campo en el Hemisferio; y exhortar a los Estados miembros a que continúen prestándole su colaboración y apoyo y a que la doten de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.

3. Recibir con beneplácito las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente y transmitirlas a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, junto con las contenidas en la presente resolución.

4. Expresar su satisfacción por el progreso alcanzado en la efectiva observancia de los derechos humanos en la región, en especial por las medidas que están adoptando los Estados miembros para fortalecer la promoción, observancia y defensa de los derechos humanos en sus respectivos países y, a la vez, hacer un llamado a los Estados miembros para que superen las dificultades aún subsistentes en relación con la plena vigencia de los derechos humanos.

5. Recomendar a los Estados miembros que aún no lo hubieran hecho, a que firmen, ratifiquen o adhieran, según el caso y de conformidad con sus normas constitucionales y legales, a la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica", al Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador", y a los demás instrumentos interamericanos de promoción y protección de los derechos humanos.

6. Instar a los Estados miembros a que garanticen y den especial vigilancia a la protección de los derechos humanos de las poblaciones indígenas, los menores en condiciones de riesgo, los refugiados, las personas con discapacidad, los trabajadores migratorios y sus familias, los detenidos y prisioneros, las poblaciones minoradas o minoritarias y las víctimas de discriminación racial e instarlos a crear condiciones que promuevan la armonía y tolerancia entre ellos y todos los sectores de la sociedad, y exhortar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a que siga prestando especial atención a estos temas.

7. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que continúe informando sobre las medidas adoptadas para atender las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente que le haya transmitido la Asamblea General.

8. Llamar a la atención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el asunto de la consideración previa por el Estado concernido de los informes acerca de la situación de los derechos humanos en un Estado determinado.

9. Exhortar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a que continúe dando especial importancia al diálogo con los Estados miembros en relación con los progresos alcanzados y las dificultades que han existido para una efectiva promoción y protección de los derechos humanos en el Hemisferio.

10. Condenar enérgicamente todas las formas de racismo, la discriminación racial o religiosa, la xenofobia y la intolerancia e instar a los Estados miembros a que adopten medidas eficaces para promover la tolerancia y eliminar toda conducta racista y discriminatoria.

11. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que continúe, en colaboración con los Estados miembros y los organismos pertinentes del sistema interamericano, sus trabajos en relación con el proyecto para promover y proteger el derecho de la mujer del Hemisferio a estar libre de discriminación.

12. Agradecer a la Comisión el inicio de la evaluación de la situación de los trabajadores migratorios y sus familias en el Hemisferio, exhortarla a que termine a la brevedad posible dicha evaluación e invitar a los Estados miembros a que sigan prestando la colaboración que ésta requiera.

13. Tomar nota con satisfacción de la creciente utilización del mecanismo de solución amistosa, exhortando a los Estados miembros y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a continuar, dentro de un esquema de colaboración, con este mecanismo en aquellos casos susceptibles de ser resueltos mediante el mismo.

14. Reiterar la importancia de mantener el carácter imparcial e independiente de los miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como elemento clave para la promoción y protección de los derechos humanos en el Hemisferio. 

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