AG/RES. 1478 (XXVII-O/97)
OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES AL
INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS
(Resolución aprobada en la séptima sesión
plenaria, celebrada el 5 de junio de 1997)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTOS el informe anual de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CP/doc.2882/97) y la
presentación del Presidente de la Comisión, así como las
observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente al
informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (AG/doc.3492/97);
CONSIDERANDO:
Que los Estados miembros de la
Organización de los Estados Americanos han proclamado en su
Carta constitutiva, como uno de sus principios, el respeto
de los derechos fundamentales de la persona humana sin
distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo;
Que la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, creada en la Quinta Reunión de Consulta de
Ministros de Relaciones Exteriores, celebrada en Santiago de
Chile en 1959, tiene como función principal, de acuerdo con
la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, promover la observancia y defensa de los derechos
humanos;
Que numerosos Estados miembros han
expresado su opinión de que es necesario que, cuando la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos esté preparando
un informe sobre la situación de los derechos humanos en un
Estado determinado, el Estado concernido debe tener la
oportunidad de revisar el informe con una anticipación
razonable para que pueda presentar sus observaciones y
comentarios; y
Que los Estados miembros han reafirmado
el vínculo indisoluble entre derechos humanos, democracia y
desarrollo,
RESUELVE:
1. Tomar nota del informe anual de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos y agradecer su
presentación.
2. Instar a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos a que continúe promoviendo la observancia y
defensa de los derechos humanos, tal como éstos han sido
reconocidos en la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre
Derechos Humanos; reconocer el trabajo realizado por la
Comisión en este campo en el Hemisferio; y exhortar a los
Estados miembros a que continúen prestándole su colaboración
y apoyo y a que la doten de los recursos necesarios para el
cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con los recursos
asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.
3. Recibir con beneplácito las
observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente y
transmitirlas a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, junto con las contenidas en la presente resolución.
4. Expresar su satisfacción por el
progreso alcanzado en la efectiva observancia de los
derechos humanos en la región, en especial por las medidas
que están adoptando los Estados miembros para fortalecer la
promoción, observancia y defensa de los derechos humanos en
sus respectivos países y, a la vez, hacer un llamado a los
Estados miembros para que superen las dificultades aún
subsistentes en relación con la plena vigencia de los
derechos humanos.
5. Recomendar a los Estados miembros que
aún no lo hubieran hecho, a que firmen, ratifiquen o
adhieran, según el caso y de conformidad con sus normas
constitucionales y legales, a la Convención Americana sobre
Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica", al
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales "Protocolo de San Salvador", y a los demás
instrumentos interamericanos de promoción y protección de
los derechos humanos.
6. Instar a los Estados miembros a que
garanticen y den especial vigilancia a la protección de los
derechos humanos de las poblaciones indígenas, los menores
en condiciones de riesgo, los refugiados, las personas con
discapacidad, los trabajadores migratorios y sus familias,
los detenidos y prisioneros, las poblaciones minoradas o
minoritarias y las víctimas de discriminación racial e
instarlos a crear condiciones que promuevan la armonía y
tolerancia entre ellos y todos los sectores de la sociedad,
y exhortar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
a que siga prestando especial atención a estos temas.
7. Solicitar a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos que continúe informando sobre las
medidas adoptadas para atender las observaciones y
recomendaciones del Consejo Permanente que le haya
transmitido la Asamblea General.
8. Llamar a la atención de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos el asunto de la
consideración previa por el Estado concernido de los
informes acerca de la situación de los derechos humanos en
un Estado determinado.
9. Exhortar a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos a que continúe dando especial
importancia al diálogo con los Estados miembros en relación
con los progresos alcanzados y las dificultades que han
existido para una efectiva promoción y protección de los
derechos humanos en el Hemisferio.
10. Condenar enérgicamente todas las
formas de racismo, la discriminación racial o religiosa, la
xenofobia y la intolerancia e instar a los Estados miembros
a que adopten medidas eficaces para promover la tolerancia y
eliminar toda conducta racista y discriminatoria.
11. Solicitar a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos que continúe, en
colaboración con los Estados miembros y los organismos
pertinentes del sistema interamericano, sus trabajos en
relación con el proyecto para promover y proteger el derecho
de la mujer del Hemisferio a estar libre de discriminación.
12. Agradecer a la Comisión el inicio de
la evaluación de la situación de los trabajadores
migratorios y sus familias en el Hemisferio, exhortarla a
que termine a la brevedad posible dicha evaluación e invitar
a los Estados miembros a que sigan prestando la colaboración
que ésta requiera.
13. Tomar nota con satisfacción de la
creciente utilización del mecanismo de solución amistosa,
exhortando a los Estados miembros y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos a continuar, dentro de un
esquema de colaboración, con este mecanismo en aquellos
casos susceptibles de ser resueltos mediante el mismo.
14. Reiterar la importancia de mantener
el carácter imparcial e independiente de los miembros de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos como elemento
clave para la promoción y protección de los derechos humanos
en el Hemisferio.
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