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Responsabilidades y Funciones
A. ESTRUCTURA
1. El Departamento de Derecho Internacional y el personal asignado están bajo la
dirección general, supervisión y control del Director del Departamento, quien
responde al Secretario de Asuntos JurÃdicos, conforme al ordenamiento jurÃdico
de la Organización y a lo dispuesto en la presente Orden Ejecutiva.
B. FUNCIONES
1. Asesora a la Asamblea General, a la Reunión de Consulta de Ministros de
Relaciones Exteriores, al Consejo Permanente, a la SecretarÃa General, y a otros
órganos, organismos y entidades de la OEA en el campo del derecho internacional
público y privado, asà como en lo relativo a los aspectos estatutarios y
reglamentarios que rigen el funcionamiento de tales órganos.
2. Cumple funciones de SecretarÃa del Comité JurÃdico Interamericano.
3. Prestar servicios de secretarÃa técnica en asuntos relacionados con pueblos
indÃgenas, a los órganos, organismos y entidades de la OEA, asà como a sus
comisiones y grupos de trabajo y tiene la coordinación general dentro de la
SecretarÃa General.
4. Cumple funciones de SecretarÃa Técnica del Grupo de Trabajo para el Análisis
de los Informes Nacionales de conformidad con las Normas para la Confección de
los Informes Periódicos dispuestos por el artÃculo 19 del Protocolo de San
Salvador.
5. Asesora a las
Conferencias Especializadas Interamericanas sobre temas de
derecho internacional público y privado.
6. Prepara y coordina estudios e investigaciones sobre temas vinculados al
desarrollo y codificación del derecho internacional público y privado.
7. Apoya, mediante estudios y documentos, las actividades destinadas a la
unificación y armonización de las legislaciones de los Estados miembros en el
campo del derecho internacional público y privado, incluyendo los aspectos
jurÃdicos de la integración económica en el ámbito regional.
8. Cumple la función de depositaria de
tratados multilaterales interamericanos
que la
Carta de la OEA confiere a la SecretarÃa General.
9. Cumple la función de depositaria de los
acuerdos bilaterales celebrados por
los órganos de la OEA con los Estados americanos o con otros organismos
interamericanos o entidades nacionales de Estados miembros o paÃses observadores,
asà como respecto a los acuerdos firmados entre Estados miembros, de los cuales
la SecretarÃa General haya sido designada depositaria.
10. Difunde una base de datos electrónica sobre los tratados interamericanos.
11. Provee el contenido legal programático a los proyectos y actividades de las
áreas prioritarias y las asiste en el desarrollo de propuestas sobre
convenciones o leyes "modelo", conforme sea requerido.
12. Promueve, en coordinación con otros órganos de la Organización y con
organizaciones gubernamentales o no gubernamentales, la
realización de cursos,
encuentros o seminarios sobre temas jurÃdicos de interés hemisférico.
13. Publica y difunde los estudios y trabajos preparados por el Comité JurÃdico
Interamericano, las Conferencias Especializadas Interamericanas sobre temas
jurÃdicos y por la SecretarÃa de Asuntos JurÃdicos.