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Consulta sobre segundo agrupamiento de derechos del Protocolo de San Salvador |
Principales actividades del Grupo de Trabajo
Las Normas Generales para la confección de los informes periódicos previstos en el Protocolo de San Salvador, aprobadas mediante la Resolución AG/RES. 2074 (XXXV-O/05) establecen que:
“los informes presentados por los Estados Parte del Protocolo serán analizados por un Grupo de Trabajo, que funcionará dentro de la órbita del CIDI. Este Grupo emitirá las recomendaciones de carácter general que al respecto se estimen pertinentes. El Grupo de Trabajo elaborará su propio reglamento y la Secretaría General le prestará asistencia para el buen desempeño de sus labores.”
El Grupo de Trabajo se constituye siguiendo los parámetros establecidos en la resolución AG/RES. 2262 (XXXVII-O/07) con la designación de sus miembros titulares y se considera operativo a partir de marzo de 2010.
Expertos Gubernamentales |
Paola Buendía García |
Colombia |
Titular |
Flávia Piovesan |
Brasil |
Titular |
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Ramiro Ávila Santamaría |
Ecuador |
Titular |
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Experto independientes |
Laura Pautassi |
Argentina |
Titular |
Comisión Interamericana de Derechos Humanos |
Rose-Marie B. Antoine |
Trinidad y Tobago |
Titular |
Rosa María Ortiz |
Paraguay |
Suplente |
El Secretario General designa al Departamento de Desarrollo Social y Empleo de la OEA como Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo.