Contexto


RELATORÍA PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN MANIFIESTA SU PREOCUPACIÓN POR DESAPARICIÓN DE PERIODISTA EN PARAGUAY

  12 de abril de 2006

Washington, D.C., 12 de abril de 2006. La Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA expresa su seria preocupación por la desaparición del señor Enrique Galeano, periodista de Radio Azotey y editor de la revista Aló Vecino, en el departamento de Concepción, e insta a las autoridades paraguayas a investigar de manera rápida y eficaz su paradero.

De acuerdo a la información recibida por la Relatoría en esta fecha, el señor Galeano, quien habría recibido amenazas de muerte por su labor periodística, se trasladó el 4 de abril de 2006 a Horqueta, localidad vecina a la de su residencia, en donde fue visto por última vez. Se ha informado igualmente a la Relatoría que las más altas instancias gubernamentales han condenado este hecho, y que se está impulsando su investigación.

Conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos los Estados tienen el deber de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos en la Convención. La investigación minuciosa, efectiva y rápida de crímenes contra comunicadores sociales es esencial para enviar un mensaje firme acerca que el Estado no tolera tales graves violaciones al derecho de Libertad de Expresión y para asegurar a los periodistas que pueden continuar haciendo su trabajo con seguridad.

Asimismo, el principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH señala que, “[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.

El Relator Especial para la Libertad de Expresión, Ignacio J. Álvarez, señaló que “es especialmente importante que en los delitos contra periodistas se investigue no sólo a los autores materiales, sino también a los autores intelectuales y a las demás personas cuya colaboración y tolerancia hicieron posible la comisión de tales delitos”.

Para mayor información sobre la Relatoría: http://www.cidh.org/relatoria

Referencia: PREN-135