Contexto


COMUNICADO DE PRENSA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS(*)

  10 de septiembre de 2003

Durante su LX Período Ordinario de Sesiones la Corte Interamericana de Derechos Humanos eligió como su nuevo Secretario al abogado chileno Pablo Saavedra Alessandri, quien actualmente se desempeña como Secretario Adjunto de la Corte. El doctor Saavedra reemplazará al doctor Manuel E. Ventura Robles, quien fue electó como Juez de la Corte durante la pasada Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA). El doctor Saavedra asumirá sus nuevas funciones como Secretario el 1 de enero de 2004.

El doctor Saavedra estudió derecho en la Universidad Diego Portales en Santiago de Chile. Posteriormente, realizó una maestría en derecho internacional en la Universidad de Notre Dame en Estados Unidos. Trabajó como abogado de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación en Chile. Fue abogado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington, D.C por 4 años y, desde el año 2001, ejerce el cargo de Secretario Adjunto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos es una institución judicial autónoma de la Organización de Estados Americanos que fue establecida en 1979 y su objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana de Derechos Humanos y de otros tratados concernientes a derechos humanos. Esta formada por juristas de la más alta autoridad moral y reconocida competencia en material de derechos humanos elegidos a título personal.

Para mayor información dirigirse a:

Manuel E. Ventura Robles, Secretario
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Apartado 6906-1000, San José, Costa Rica

Teléfono (506) 234-0581. Telefax (506) 234-0584.

Sitio web: www.corteidh.or.cr
Correo electrónico: [email protected]

San José, 10 de septiembre de 2003.



(*) El contenido de este comunicado es responsabilidad de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El texto oficial de los documentos reseñados puede obtenerse mediante solicitud escrita dirigida a la Secretaría, en la dirección que se adjunta.

Referencia: CIDH-CP-8