Comunicado de Prensa


Secretario General Adjunto de la OEA explica el reglamento del Consejo Permanente

  23 de julio de 2010

El Secretario General Adjunto de la Organización de los Estados Americanos (OEA) Albert Ramdin, explicó ayer, luego de la Sesión Extraordinaria del Consejo Permanente solicitada por la Misión Permanente de Colombia, las reglas y procedimientos que guían la convocatoria a dicho tipo de sesiones del Consejo.

En dicha oportunidad, el Embajador Ramdin afirmó que “las reglas y procedimientos del Consejo Permanente son claras cuando se trata de convocar sesiones extraordinarias”. El articulo 37 de la regulación explica que el Consejo Permanente “celebrará, de conformidad con el artículo 14 de su Estatuto, sesiones extraordinarias cuando cualquier representante lo solicite por escrito manifestando el objeto de su petición”.

“Fue en este contexto que el Consejo Permanente de la OEA convocó a la reunión extraordinaria en respuesta de la solicitud enviada por la Misión Permanente de Colombia el pasado 15 de julio de 2010”, explicó Ramdin.

Adicionalmente, el Secretario General Adjunto, quien funge también como Secretario del Consejo Permanente, explicó que existen dos mecanismos por medio de los cuales una reunión de esta naturaleza puede ser suspendida: por medio del la votación de dos tercios de los estados miembros, en cumplimiento del articulo 53 del reglamento; o si el proponente de la solicitud retira su petición.

Finalmente, el Embajador Ramdin indicó que “esta es una práctica reconocida, que ha sido aplicada en ocasiones anteriores”.

Para más información, visite la Web de la OEA en www.oas.org

Referencia: C-279/10