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  Convención Interamericana sobre Ejecución de Medidas Preventivas
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CIDIP: Esta Convención fue adoptada en la Segunda Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-II), celebrada en Montevideo, Uruguay - Mayo 1979.  

Ratificaciones: Hasta la fecha los siguientes países han ratificado esta Convención: [cliquear aquí]

Objetivo: Esta Convención establece un marco para la aplicación extraterritorial de un proceso por medio del cumplimiento de medidas preventivas adoptadas en procedimientos de naturaleza comercial, laboral y civil, así como las que decreten para asegurar la reparación civil derivada de un procedimiento penal.  

Resumen: Esta Convención establece que la ley del tribunal que decretó una medida preventiva regula todo lo relativo a la procedencia de esta, mientras que la ley del Estado requerido para esos efectos regula lo relativo  a su diligenciamiento y posterior cumplimiento.  Sin embargo, la Convención establece que el juez del lugar de cumplimiento podrá  levantar la medida de acuerdo con su propia ley en los casos de absoluta improcedencia o disminución de la garantía de la medida.  Así mismo, la Convención desvincula la medida de la eventual obligación de reconocer y ejecutar la sentencia extranjera y señalado el diligenciamiento de oficio cuando la medida esté referida a alimentos provisionales.  

La Convención establece además la competencia del juez de la ubicación de bienes cuando se trate  de casos de tercería de dominio o de mejor derecho y confiere al juez requerido la facultad de restringir al ámbito territorial los efectos de las medidas cautelares referidas a menores.  

Con relación a los requisitos de solicitud, validez y de cumplimento, esta Convención sigue los lineamentos generales de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias.  

*Resumen basado en el articulo: "Resultados de la Segunda Conferencia Especializada Interamericana sobre derecho Internacional Privado (CIDIP-II)" Tatiana B. De Maekelt en "Curso de Derecho Internacional, Vol. I".

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