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MECANISMO ANTICORRUPCIÓN DE LA OEA ADOPTA INFORME SOBRE SAINT KITTS Y NEVIS

El pasado 20 de marzo, en su 25ª Reunión, el Comité de Expertos del Mecanismo Anticorrupción de la OEA (MESICIC) adoptó por primera vez un informe sobre la implementación en Saint Kitts y Nevis de la Convención Interamericana contra la Corrupción. 

Este documento, disponible aquí, analiza en su primera parte los avances de Saint Kitts y Nevis en la implementación de las disposiciones de la Convención que se relacionan, entre otros aspectos, con normas de conducta para la prevención de conflictos de intereses, los sistemas de declaraciones patrimoniales, así como mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en la lucha contra la corrupción.

En la segunda parte, el informe analiza integralmente la estructura, funcionamiento y resultados en sus gestiones de la Oficina del Fiscal General, la Corte de Magistrados, la Oficina del Ombudsman y la Real Fuerza Policial de Saint Kitts y Nevis, como cuatro de los principales órganos responsables de prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el Estado caribeño. 

Este informe se realizó tomando en cuenta la información que suministró Saint Kitts y Nevis a la Secretaría Técnica del MESICIC y la recabada durante la visita in situ que tuvo lugar en Basseterre en octubre de 2014 por los representantes de México y Trinidad y Tobago, con el apoyo de la misma Secretaría Técnica. 

Además del análisis, el informe contiene un conjunto de recomendaciones formuladas a Saint Kitts y Nevis las cuales apuntan a aspectos tan importantes tales como diseñar e implementar programas integrales de capacitación dirigidos a los servidores públicos y autoridades responsables de velar por el cumplimiento del régimen descrito en la Ley del Servicio Público de 2011, en sus Códigos y Reglamento del Servicio Público de 2014, así como adoptar las medidas necesarias tendientes a implementar a la brevedad las disposiciones de la Ley de Integridad en la Función Pública de 2013 y crear y conformar con la misma oportunidad la Comisión de Integridad a que se refiere dicha Ley.

En cuanto a los cuatro órganos seleccionados por Saint Kitts y Nevis que son analizados en el informe, las recomendaciones formuladas apuntan a propósitos tales como los que se destacan a continuación:

- Nombrar al Fiscal General de conformidad con lo dispuesto en la sección 81 constitucional y desarrollar instrumentos, manuales y/o guías que orienten a los fiscales a instituir y desarrollar de manera adecuada y efectiva los procesos penales relacionados con prácticas corruptas.

- Con respecto a la Corte de Magistrados, dotarla con los recursos financieros necesarios para asegurar capacitación adecuada y permanente para todos sus funcionarios, incluidos los Magistrados, sobre todo en temas relacionados con el correcto enjuiciamiento de los casos que involucren actos de corrupción, así como en materia de ética, probidad y transparencia en la función jurisdiccional.

 En relación con la Oficina del Ombudsman, adoptar a la brevedad las medidas pertinentes para dotarla con los recursos humanos y financieros necesarios para su adecuado funcionamiento, así como establecer mecanismos que aseguren el efectivo cumplimiento de las recomendaciones emitidas por el Ombudsman en sus investigaciones por parte de las entidades públicas sujetas a su supervisión.

 Con respecto a la Real Fuerza Policial de Saint Kitts y Nevis, complementar los documentos que describen las funciones del personal a su servicio con procedimientos documentados, manuales o guías relacionados con las funciones de investigación de los delitos de corrupción y desarrollar programas de capacitación periódica para la correcta y efectiva investigación de tales delitos.

 Junto con el informe de Saint Kitts y Nevis, el Comité de Expertos del MESICIC adoptó también en esta última Reunión informes relacionados con Antigua y Barbuda, Estados Unidos, Las Bahamas y Venezuela, disponibles aquí.

 Más información, visite el Portal Anticorrupción de las Américas.



Edición N° 230 - Marzo 2015

¿Qué es el MESICIC?

El Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) es una herramienta para propiciar el desarrollo de la Convención Interamericana contra la Corrupción, mediante la cooperación entre los Estados Parte de la misma que son miembros de dicho mecanismo.

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