LA
ASAMBLEA GENERAL,
VISTO el informe del
Consejo Permanente (AG/doc. 4265/04 add. 3), en lo que
refiere a la Conferencias Especializadas
Interamericanas sobre Derecho Internacional Privado;
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea General,
por medio de su resolución AG/RES. 1923 (XXXIII-O/03),
convocó la Séptima Conferencia Especializada
Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-VII)
y encomendó al Consejo Permanente, con la asistencia
de la Secretaría General, que realizara consultas con
los Estados miembros con respecto del temario de la
CIDIP-VII, así como consultas sobre posibles fechas y
sede;
Que el Consejo
Permanente encomendó a su Comisión de Asuntos
Jurídicos y Políticos el cumplimiento de los mandatos
de la resolución AG/RES. 1923 (XXXIII-O/03);
Que el Presidente de la
Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, por medio
de carta con fecha del 22 de Octubre de 2003, solicitó
a los Estados miembros presentar sus propuestas para
el temario de la CIDIP-VII;
Que la Secretaría
General, por medio dEL Departamento de Derecho Internacional de la Subsecretaría de Asuntos
Jurídicos, preparó un estudio titulado “Selección de
Temas para la Agenda de la Séptima Conferencia
Especializada sobre Derecho Internacional Privado” (CP/CAJP-2094/03),
con el propósito de asistir a los Estados miembros y a
la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos en sus
deliberaciones en torno al temario;
Que varias Delegaciones
presentaron sus propuestas para un proyecto de temario
a la Presidencia de la Comisión de Asuntos Jurídicos y
Políticos (CP/CAJP-2094/03 y sus Addenda 1-7); y
Que, con relación a la
anterior Conferencia Especializada (CIDIP-VI), la
Asamblea General, por medio de su resolución AG/RES.
1922 (XXXIII-O/03), encomendó a la Secretaría General
que facilite consultas con grupos de expertos,
desarrolle mecanismos y estrategias para dar
seguimiento a la promoción, adopción, e implementación
de los documentos aprobados en dicha Conferencia
Especializada y promueva consultas más amplias entre
los Estados miembros,
RESUELVE:
1.
Instar
a los Estados miembros, que no lo hubieren hecho, a
que presenten sus propuestas y observaciones con
respecto al posible temario de la Séptima Conferencia
Especializada sobre Derecho Internacional Privado.
2.
Solicitar al Consejo Permanente que, con la
colaboración de la Secretaría General, estudie los
temas propuestos por los Estados miembros así como su
viabilidad para inclusión en el temario de la Séptima
Conferencia Especializada sobre Derecho Internacional
Privado.
3.
Encomendar al Consejo Permanente que continúe sus
consultas sobre posible fecha y sede para la Séptima
Conferencia Especializada sobre Derecho Internacional
Privado.
4.
Solicitar al Comité Jurídico Interamericano que
contribuya con los trabajos preparatorios de la
Séptima Conferencia Especializada Interamericana sobre
Derecho Internacional Privado (CIDIP-VII), una vez que
el Consejo Permanente apruebe la agenda para dicha
Conferencia.
5.
Solicitar a la Secretaría General que explore formas
de colaboración con organizaciones internacionales,
incluyendo la Conferencia de la Haya sobre Derecho
Internacional Privado, la Comisión de las Naciones
Unidas sobre el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL),
el Instituto Internacional para la Unificación del
Derecho Privado (UNIDROIT), el Banco Interamericano de
Desarrollo, entre otras, involucradas en el proceso de
redacción y promoción de instrumentos internacionales
compatibles con esos elaborados en el proceso de la
CIDIP.
6.
Solicitar a la Secretaría General que incluya,
oportunamente, las partidas que se requieran en el
proyecto de programa-presupuesto de la Organización,
de acuerdo con los recursos disponibles, para comenzar
las tareas preparatorias necesarias para la Séptima
Conferencia Especializada sobre Derecho Internacional
Privado.
7.
Instar
a los Estados miembros que consideren, si aun no lo
han hecho, la adopción de legislación en consonancia
con la Ley Modelo Interamericana Sobre Garantías
Mobiliarias, aprobada en la Sexta Conferencia
Especializada Sobre Derecho Internacional Privado y,
a tales efectos, solicitar el apoyo de la Secretaría
General.
8.
Solicitar al Consejo Permanente que informe a la
Asamblea General en su trigésimo quinto período
ordinario de sesiones sobre el cumplimiento de esta
resolución.