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1. Términos de referencia

1.1 Objetivos del Estudio
1.2 Participación y contribución de las Partes
1.3 Secuencia de las operaciones
1.4 Organización técnica
1.5 Informes

El 30 de octubre de 1970, el Gobierno de la República Argentina y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, suscribieron el Acuerdo de Asistencia Técnica para la ejecución de un estudio de los recursos hídricos de la Alta Cuenca del Río Bermejo y programación para su desarrollo.

En la parte dispositiva de dicho Acuerdo se establece (Art. II) que "este Estudio es parte integrante y una primera etapa del proyecto B - 1 del Acta de Santa Cruz de la Sierra que manifiesta el interés de los países de la Cuenca del Plata en el Estudio de la Alta Cuenca del Bermejo y de la Cuenca del río Pilcomayo".

Asimismo, por el artículo I se estableció que, si durante la ejecución del Estudio, el Gobierno de Bolivia manifestara su interés en participar, el área de trabajo se podría incrementar para completar la totalidad de la Cuenca del Alto Río Bermejo, previa la suscripción de un acuerdo adicional en que se definan las modalidades de cooperación entre el Gobierno de Bolivia, el Gobierno de la República Argentina y la Secretaría General de la OEA. Como consecuencia de la respectiva solicitud de Bolivia, este último acuerdo adicional fue suscrito por las Partes, el 21 de abril de 1972, manteniéndose en general, los términos del primero - que en este documento fue denominado "Acuerdo Básico" - e incorporándose las nuevas contribuciones de Bolivia y la OEA.

A continuación se señalan, en forma resumida, las principales cláusulas del Acuerdo - generalizando con este término a ambos - con el objeto de ilustrar sobre el marco de referencia dentro del cual las Partes programaron el desarrollo del Estudio. Las mismas se refieren, en particular, al contenido del Plan de Operaciones, que constituye el artículo VI de dicho documento.

1.1 Objetivos del Estudio

El objetivo principal del Estudio, tal como lo establece el Acuerdo, es orientar el desarrollo de los recursos hídricos de la Alta Cuenca del Río Bermejo (ACRB) para obtener el máximo beneficio de acuerdo con las prioridades establecidas por los Gobiernos en relación con sus planes nacionales de desarrollo.

El Estudio contempla una investigación a nivel de reconocimiento de los recursos hídricos, a efectos de identificar y evaluar proyectos específicos de desarrollo, para hacer recomendaciones generales sobre la secuencia y plazos de ejecución con criterios económicos establecidos por los Gobiernos. Asimismo, debe proporcionar las bases técnicas para adoptar decisiones en cuanto al desarrollo integral de dichos recursos y a los alcances de trabajo para estudios de prefactibilidad y factibilidad de proyectos de inversión que puedan ser sometidos a entidades internacionales de financiamiento.

Una meta importante del Estudio es familiarizar al personal de contrapartida de los Gobiernos con la metodología de planificación del desarrollo de cuencas hidrográficas, a fin de capacitarlos para la ejecución de trabajos similares en el futuro.

1.2 Participación y contribución de las Partes

i. OEA. La Secretaría General, por intermedio del Departamento de Desarrollo Regional, se obligó a proveer no menos de 118 hombre-meses de expertos en las diferentes disciplinas del Estudio y un vehículo de campo, así como a efectuar cursos cortos de entrenamiento a nivel local.

ii. Gobiernos. Los servicios de contrapartida previstos en los Acuerdos se refieren a personal técnico profesional y personal auxiliar (ayudantes técnicos, secretarias y personal de servicio) así como al apoyo logístico general, comprendido en éste las facilidades de oficina en la sede y subsedes del Estudio, útiles, equipos, materiales de trabajo y transportes. El personal de Contrapartida, en cifras globales, fue establecido en 168 hombre-meses de técnicos profesionales y 332 hombre-meses de auxiliares, distribuidos de la siguiente manera:


Técnicos profesionales hombre-meses

Personal auxiliar hombre-meses

Argentina

114

252

Bolivia

54

80

Totales

168

332

1.3 Secuencia de las operaciones

Fue previsto un período de operaciones preliminares para establecer contactos con técnicos y organismos nacionales, proporcionar gradualmente el personal - tanto de los Gobiernos como de la Secretaría General - efectuar visitas a la zona del Estudio, instalar los locales para sede y subsedes y redactar el Plan de Trabajo del Estudio.

Las operaciones definitivas se programaron para iniciarse dentro de los 30 días de la aprobación de dicho Plan y su duración fue prevista en 18 meses.

Se estableció, además, que el Estudio llega a su término con la entrega del texto definitivo del Informe Final a los Gobiernos.

1.4 Organización técnica

Tal como es usual en este tipo de servicios prestados por la OEA, la realización de las tareas requeridas para cumplir con los objetivos del Estudio responde a una organización constituida por una Comisión Ejecutiva, dos Codirectores y una Unidad Técnica integrada por los funcionarios nacionales e internacionales asignados al Estudio en régimen de dedicación exclusiva.

La Comisión Ejecutiva está constituida por un representante de cada Gobierno y por el Director de la Oficina de Desarrollo Regional de la OEA o su representante. Es responsable de la formulación general del Estudio y de la aprobación y ejecución del Plan de Trabajo y se le asignan facultades para autorizar eventualmente la ampliación del período de validez del Acuerdo, a fin de facilitar los trabajos complementarios que resulten de las recomendaciones finales.

Los Codirectores están representados por los Directores Nacionales designados por los Gobiernos y por el Jefe de la Misión Internacional de Asistencia Técnica, designado por la Secretaría General. Actúan conjuntamente en el cumplimiento de las responsabilidades asignadas por la Comisión Ejecutiva y tienen la responsabilidad de la dirección de su respectivo personal. Asimismo, deben mantener coordinación con los organismos gubernamentales relacionados con el Estudio.

1.5 Informes

El Acuerdo previo la confección de informes trimestrales de progreso, que los Codirectores han sometido a la Comisión Ejecutiva.

El texto del Informe Final es entregado a los Gobiernos previa revisión, por parte de la Comisión Ejecutiva, de un borrador que les fue sometido oportunamente por el Jefe de Misión y los Directores Nacionales.

Una vez aprobado el Informe Final por parte de los Gobiernos, la edición definitiva es de responsabilidad de la Secretaría General de la OEA.

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